15 Abr

Unidad Formativa 1: Tesorería

Formas y Medios de Pago

Cuando una empresa realiza compras, se dirigirá a diferentes tipos de entidades:

  • Proveedores: Para materias primas, mercaderías, etc.
  • Proveedor de inmovilizado material: Para mobiliario, ordenadores, etc.
  • Empresa de suministros: Para suministradores de agua, luz, etc.
  • Empresa de servicios: Para servicios de transportes, etc.

Los acuerdos entre la empresa compradora y la vendedora determinarán, entre otros aspectos, las condiciones y formas de pago:

Condiciones de Pago

  1. Pago anticipado: Se realiza un pago antes de recibir la mercancía. Pueden ser pagos a cuenta o entregas para futuras compras o prestaciones de servicio. Los medios de pago usados normalmente son:
    • Efectivo
    • Cheque
    • Domiciliación bancaria
    • Transferencias
    • Tarjetas bancarias
  2. Pago al contado: La empresa compradora paga al momento de recibir la mercancía o prestación de servicio. Los métodos de pago son los mismos que en el apartado anterior.
  3. Pago aplazado o a crédito: El proveedor acepta el pago posterior a la entrega de la facturación. Existen las siguientes modalidades:
    • Aplazamiento en un solo pago.
    • Aplazamiento parcial: Una parte de la factura se pagará al contado y el resto se aplaza a una fecha acordada.
    • Aplazamiento fraccionado: La factura se divide en varios plazos aplazados en el tiempo. En esta modalidad, los instrumentos de pago suelen ser las letras de cambio y los pagarés.

Medios de Pago Específicos

A través de Oficinas de Correos
  • Giro postal: El dinero se entrega en una oficina postal y Correos lo envía al destinatario. El envío se realiza tanto a nivel nacional como internacional.
  • Giro inmediato: Similar al giro postal, pero indicando servicio urgente y pagando un mayor importe por el servicio.
  • Pago contrarreembolso: Pagamos el coste del pedido directamente a la persona u oficina de Correos que entrega la mercancía.
  • Correos (Pagos de recibos): Permite pagar facturas de empresas como Endesa, Gas Natural, Cofidis, Línea Directa, Mapfre, Vodafone.
Efectivo

La Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, ha aprobado establecer el límite general para pagos en efectivo en 1.000 euros.

Formas de justificar el pago en efectivo:

  1. El recibo: Documento que emite quien cobra una cantidad de dinero, certificando de este modo que lo ha recibido. Se puede pagar a través de cajeros o banca electrónica. También se puede domiciliar a una cuenta bancaria; para ello se necesita la autorización escrita del deudor para que la entidad financiera pueda realizar el pago.
  2. El cheque: Documento con una orden de pago en que el firmante (librador), que es el que firma el cheque, ordena a una entidad financiera (librado), que es el banco, para que pague a su poseedor (tomador), la persona a cuyo nombre va el cheque, la cantidad reflejada a la vista.
    Plazos para cobrar el cheque:
    • Emitido y pagadero en España: 15 días.
    • Emitido en la Unión Europea y pagadero en España: 20 días.
    • Emitido en otro país fuera de la Unión Europea y pagadero en España: 60 días.
    Modalidades del cheque:
    • Cheque al portador: Lo cobra la persona que lo tiene en su poder.
    • Cheque nominativo: Solo lo puede cobrar la persona cuyo nombre figura en el cheque.
    • Cheque cruzado: Debe ser depositado en una cuenta bancaria que el beneficiario tenga a su nombre. Se identifica por dos rayas transversales en el anverso, pudiendo aparecer o no el nombre del banco donde se depositará.
    • Cheque conformado o certificado: La entidad financiera garantiza (habitualmente durante 15 días) que existen fondos suficientes para pagar al beneficiario.
  3. Transferencia bancaria: Orden de traspaso de fondos entre cuentas.
    • Bizum: Proveedor de servicios de pago en España, sistema de pagos instantáneos entre particulares y para compras en comercios.
  4. Las tarjetas: Requieren un PIN o clave para operar con ellas o utilizarlas en cajeros. En compras online, se solicita un código adicional enviado al teléfono móvil registrado del titular.
  5. La letra de cambio: Título valor que se adquiere, por ejemplo, en estancos. Intervienen:
    • Librador: Quien emite la letra (vendedor/acreedor).
    • Librado: Quien debe pagar la letra (comprador/deudor).
    • Tomador/Tenedor: Quien posee la letra y a quien se debe pagar (puede ser el librador o un tercero).
    • Avalista: Persona que garantiza el pago si el librado no lo hace.
    • Endosante: Quien transfiere la letra a otra persona.
    • Endosatario: Quien recibe la letra por endoso.
    Tipos de vencimientos:
    1. A fecha fija: El vencimiento es una fecha concreta.
    2. A un plazo contado desde la fecha: El vencimiento se calcula sumando un plazo (ej. 30 días) a la fecha de emisión.
    3. A la vista: Pagadera en el momento de su presentación.
    4. A un plazo contado desde la vista: El vencimiento se calcula desde la fecha de aceptación por el librado.
  6. El pagaré: Es un compromiso de pago de una persona (llamada firmante, que es quien emite y firma el pagaré) que contrae frente a un beneficiario (el que cobra) por un importe determinado y en un lugar y vencimiento establecidos.

    La diferencia con la letra de cambio es que el pagaré lo emite el pagador (deudor), mientras que la letra de cambio la emite el beneficiario (acreedor). Es decir, en el pagaré hay un compromiso de pago, mientras que en la letra de cambio hay una orden o solicitud de pago.

    Elementos del pagaré:
    • La denominación de «pagaré» inserta en el texto del título.
    • La promesa pura y simple de pagar una cantidad determinada en euros u otra moneda convertible admitida a cotización oficial.
    • La indicación del vencimiento.
    • El lugar en que el pago haya de efectuarse.
    • El nombre de la persona a quien haya de hacerse el pago o a cuya orden se haya de efectuar (beneficiario).
    • La fecha y el lugar en que se firme el pagaré.
    • La firma de quien emite el título (firmante).

Libros de Tesorería

Son libros voluntarios y se complementan con programas informáticos de gestión.

  • Libro de caja: Registra diariamente las anotaciones de entradas y salidas de dinero en efectivo. Incluye el registro de operaciones realizadas y el recuento al finalizar la jornada laboral (contar billetes, monedas, cheques, vales y pagos con tarjetas). El objetivo es obtener la suma total del saldo de caja.
  • Libro registro de bancos: Recoge todas las operaciones que realiza la empresa con las entidades financieras a través de cuentas corrientes, cuentas de ahorro, cuentas de crédito. Para cada cuenta se utilizará un libro u hoja de registro independiente. La gestión de las cuentas bancarias en la empresa determina las siguientes acciones:
    • Registro en el libro de bancos de las transferencias, domiciliaciones, traspasos, cobros o pagos de letras de cambio, cobros o pagos de pagarés.
    • Archivar los extractos bancarios por orden cronológico.
    • Conciliación bancaria: Comparar periódicamente los saldos que recogen los extractos facilitados por la entidad financiera y el libro registro de bancos para identificar y ajustar diferencias.

En contabilidad y registros de tesorería:

  • DEBE: Representa entradas de dinero o aumentos de activo/gasto.
  • HABER: Representa salidas de dinero o aumentos de pasivo/patrimonio neto/ingreso.

Conceptos Clave (Tema 1)

  • Endoso: Ceder a favor de alguien un documento de crédito expedido a la orden, haciéndolo constar al dorso del documento.
  • Apoderado: Persona o entidad nombrada por otra para actuar en su nombre.
  • Girar: Extender un documento mercantil (letra, cheque) a cargo de un deudor.
  • Abono en cuenta: Anotación de una cantidad de dinero en el haber de una cuenta. Puede hacerse en efectivo, cheque, por transferencia.
  • Adeudo en cuenta: Anotación en el debe de una cuenta, es decir, se ha realizado un pago o cargo.

Gestión Previsional de la Tesorería

1: Presupuesto de Tesorería

Es una herramienta de gestión a corto plazo que refleja los flujos monetarios (Cash flow). Su objetivo es la prevención, mostrando con antelación los posibles déficits (falta de liquidez) o excedentes de tesorería (exceso de liquidez). De esta forma, la empresa podrá gestionar:

  • En caso de déficits: la obtención de recursos financieros (líneas de crédito, descuentos comerciales).
  • En caso de excedentes: plantear inversiones para que los saldos no permanezcan inmovilizados.
Factores a tener en cuenta para el presupuesto de tesorería:
  • El periodo global para el que se realizará la previsión (trimestral, semestral, anual).
  • La periodicidad de los flujos (mensual, semanal).
Elaboración del presupuesto:
Cobros (Entradas de dinero)

Son los ingresos monetarios de la empresa. Los más importantes provienen de:

  • Venta de productos o prestaciones de servicios a clientes.
  • De forma extraordinaria: venta de inmovilizado (solar, nave, etc.), subvenciones, préstamos recibidos.

Para trasladar los cobros a la plantilla de presupuesto de tesorería deberá tenerse en cuenta:

  • Plazo de cobro a los clientes.
  • La fecha valor, que es la fecha real en la que el dinero estará disponible en la cuenta.
  • El IVA repercutido: Se cobra a los clientes y posteriormente se ingresará a Hacienda en las liquidaciones trimestrales.

Nota: En las VENTAS se aplica el IVA repercutido.

Pagos (Salidas de dinero)

Son los gastos monetarios de la empresa. Los principales pagos son:

  • Compra de productos a proveedores (mercaderías, materias primas).
  • Compras de inmovilizado material (maquinaria, transporte).
  • Pago por prestaciones de servicios (alquileres, reparaciones, seguros, etc.).
  • Pago de impuestos (IVA, IS, IRPF).
  • Pago de salarios y gastos sociales (nóminas, seguros sociales).
  • Amortizaciones e intereses de préstamos.
  • Devolución de préstamos (principal).

Nota: En las COMPRAS se aplica el IVA soportado.

Concepto relacionado: Valor residual es el valor que se espera que tenga un activo al final de su vida útil.

2: Corrección de Desequilibrios en el Presupuesto de Tesorería

  • Déficit: Salidas de dinero superiores a las entradas en un periodo. Falta de liquidez.
  • Superávit: Entradas de dinero superiores a las salidas en un periodo. Exceso de liquidez.
Financiación para los Déficits (La empresa no tiene suficiente liquidez)
  • Financiación comercial (Negociación con terceros):
    • Obtener mayores plazos en los pagos de las compras o prestaciones de servicio.
    • Conseguir menores plazos en el cobro de las ventas o prestaciones de servicios (o anticipos de clientes).
  • Financiación bancaria (Recursos obtenidos de bancos):
    • Descuento de efectos comerciales: Anticipar el cobro de letras o pagarés.
    • Líneas de crédito: Disponer de fondos hasta un límite pactado.
    • Préstamos a corto plazo.
  • Financiación no bancaria:
    • Leasing: Alquiler de un bien con opción de compra al final del contrato.
    • Factoring: Venta de derechos de cobro (facturas) a una entidad financiera (factor) para obtener liquidez inmediata.
    • Confirming: Gestión de pagos a proveedores ofrecida por una entidad financiera.
    • Aportaciones de socios.
Inversiones para los Superávits (La empresa tiene exceso de liquidez)
  • Financiación comercial (Oportunidades con terceros):
    • Anticipo de pagos a proveedores con bonificaciones o descuentos (pronto pago).
  • Inversiones financieras a corto plazo (Bancarias o Mercado):
    • Depósitos a plazo fijo.
    • Compra de Deuda Pública a corto plazo (Letras del Tesoro).
    • Fondos de inversión monetarios.
  • Inversiones financieras (No bancarias / Mercado de Capitales):
    • Compra de Bonos y Obligaciones privados.
    • Acciones (si se busca rentabilidad a corto plazo, aunque con mayor riesgo).

3: El Sistema Financiero

Es el conjunto de instituciones, intermediarios, mercados e instrumentos financieros cuya principal función es canalizar el excedente que generan los agentes ahorradores hacia aquellos agentes con necesidades financieras.

1: Instituciones del Sistema Financiero Español

Son las autoridades y organismos que regulan el sistema financiero, controlando el cumplimiento de las normas que se hayan establecido.

  • Banco Central Europeo (BCE): Define y ejecuta la política monetaria en los países de la zona euro.
  • Banco de España (BE): Supervisa el sistema bancario español y ejecuta la política monetaria bajo las directrices del BCE.
  • Gobierno español (Ministerio de Economía): Máximo responsable de la legislación y regulación del sistema financiero en España.
  • Comunidades Autónomas: Tienen competencias en materia de cajas de ahorro y cooperativas de crédito en su ámbito territorial.
  • Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV): Supervisa e inspecciona los mercados de valores españoles y la actividad de cuantos intervienen en los mismos.
  • Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP): Controla la actividad aseguradora en España y la realizada por las entidades gestoras de fondos de pensiones.

2: Mercados Financieros

Es el lugar o mecanismo donde se negocian los activos financieros entre agentes interesados en comprarlos y venderlos, estableciéndose el precio del intercambio y la cantidad.

Se pueden clasificar según diversos criterios:

  • Según la fase de negociación:
    • Mercado primario o de emisión: Los activos intercambiados son de nueva creación (primera venta).
    • Mercado secundario o de negociación: Se intercambia la titularidad de un activo financiero ya existente.
  • Según el plazo de vencimiento de los activos:
    • Mercado monetario: Se negocian activos financieros con vencimiento a corto plazo (generalmente, inferior a 18 meses). Ej: Letras del Tesoro, pagarés de empresa.
    • Mercado de capitales: Se negocian activos financieros con vencimiento a largo plazo (superior a 18 meses) o sin vencimiento. Ej: Acciones, bonos y obligaciones.

3: Intermediarios Financieros

Su función es poner en contacto a los agentes con excedentes financieros (ahorradores) y a los que tienen necesidades financieras (inversores/prestatarios), ofreciendo garantías a ambas partes.

  • Intermediarios financieros bancarios: Crean dinero bancario.
    • Bancos
    • Cajas de Ahorro (transformadas en bancos o fundaciones)
    • Cooperativas de Crédito
    • Instituto de Crédito Oficial (ICO)

    Sus servicios se basan en la captación de dinero a través de depósitos de los ahorradores y ofrecer préstamos o créditos a los agentes necesitados de financiación. También realizan operaciones no estrictamente bancarias como la contratación de seguros o fondos de inversión.

  • Intermediarios financieros no bancarios: Realizan intermediación financiera, pero no pueden captar depósitos a la vista ni crear dinero bancario.
    • Instituto de Crédito Oficial (ICO): Entidad pública empresarial que concede préstamos, a menudo con condiciones favorables, para financiar proyectos empresariales (innovación, exportación, ecológicos, culturales, sociales). Actúa a través de entidades colaboradoras.
    • Compañías aseguradoras: Se comprometen a indemnizar, dentro de límites y condiciones pactadas, en caso de que ocurra el siniestro asegurado, a cambio de una prima.
    • Gestoras de fondos de pensiones privados: Gestionan las aportaciones de los ahorradores que desean complementar en un futuro las pensiones públicas de jubilación que abona la Seguridad Social.
    • Empresas de leasing (Arrendamiento Financiero): Financian bienes de equipo (u otros activos) mediante un contrato de alquiler con opción de compra al final del mismo.
    • Empresas de factoring: Adquieren los derechos de cobro (facturas) de otras empresas (cedentes) a cambio de una comisión y unos intereses, proporcionando liquidez inmediata al cedente y asumiendo (o no) el riesgo de impago.
    • Sociedades de Garantía Recíproca (SGR): Facilitan el acceso al crédito de las pymes mediante la prestación de avales.
    • Empresas de Servicios de Inversión (ESI): Sociedades de valores, agencias de valores, sociedades gestoras de carteras.

4: Banco de España

Es el banco central nacional de España. Desde 1999, está integrado en el Eurosistema (anteriormente Sistema Europeo de Bancos Centrales – SEBC). Su principal función es la de supervisar el sistema bancario español y participar en la ejecución de la política monetaria única definida por el Banco Central Europeo (BCE). Su actividad está regulada por la Ley de Autonomía del Banco de España.

El Eurosistema está compuesto por el Banco Central Europeo (BCE) y los bancos centrales nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea cuya moneda es el euro.

El Banco de España, como miembro del Eurosistema, participa en el desarrollo de las siguientes funciones básicas:

  • Definir y ejecutar la política monetaria de la zona euro.
  • Realizar las operaciones de cambio de divisas.
  • Poseer y gestionar las reservas oficiales de divisas de los Estados miembros.
  • Promover el buen funcionamiento de los sistemas de pago en la zona euro.
  • Emitir los billetes de curso legal (la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda es el organismo encargado de su fabricación en España).

Banco Central Europeo (BCE)

Situado en Fráncfort (Alemania), es el órgano responsable de la política monetaria europea para la zona euro. Es independiente de los gobiernos y demás organismos de la UE. Sus principales funciones son:

  • Garantizar la estabilidad de precios y proteger el valor del euro (controlar la inflación, objetivo cercano pero inferior al 2%).
  • Supervisar las entidades de crédito significativas y el sistema bancario (Mecanismo Único de Supervisión – MUS).
  • Prestar dinero a los bancos comerciales (operaciones de refinanciación) y fijar los tipos de interés oficiales.
  • Autorizar la emisión de billetes en euros.
  • Mantener un buen funcionamiento de las infraestructuras de los mercados financieros (sistemas de pago como TARGET2).

Competencias Propias del Banco de España

Además de su participación en el Eurosistema, el Banco de España tiene las siguientes competencias a nivel nacional:

  • Fomentar y proteger el buen funcionamiento y la estabilidad del sistema financiero español.
  • Vigilar y controlar la solvencia y el cumplimiento de la normativa específica de las entidades de crédito (bancos, cajas, cooperativas de crédito, ICO) y otras entidades financieras bajo su supervisión.
  • Poseer y gestionar las reservas de divisas y metales preciosos no transferidas al BCE.
  • Poner en circulación la moneda metálica (acuñada por la FNMT-RCM por cuenta del Estado).
  • Actuar como agente financiero de la Deuda Pública.
  • Elaborar y publicar estadísticas e informes.
  • Asesorar al Gobierno español en materias económicas y financieras.
  • Prestar servicios de tesorería al Estado.

La sede central está situada en Madrid y actualmente hay 15 sucursales repartidas por el territorio nacional.

Servicios de las Sucursales del Banco de España (al público)

  • Cambio de pesetas por euros (servicio finalizado el 30 de junio de 2021).
  • Recogida de billetes y monedas falsas.
  • Canje de billetes deteriorados.
  • Suscripción de Deuda Pública.
  • Solicitud de información de la Central de Información de Riesgos (CIRBE).
  • Presentación de reclamaciones contra entidades supervisadas.
  • Cambio de euros a otras monedas (servicio limitado).

5: Entidades Bancarias

Son instituciones (generalmente con ánimo de lucro y bajo la forma de sociedades anónimas – los bancos) que realizan operaciones bancarias. Su actividad principal consiste en aceptar depósitos de los ahorradores (pasivo) y con ellos invertir en préstamos o créditos a personas físicas, jurídicas o administraciones públicas (activo).

Los depósitos en las entidades bancarias españolas (y de otros países de la UE adheridos) están garantizados por el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) hasta un límite de 100.000 euros por titular y entidad.


6: La Banca a Distancia

Permite realizar operaciones bancarias sin necesidad de desplazarse a una oficina física.

  • Cajeros automáticos (ATM): Disponibles generalmente 24 horas. Permiten retirar efectivo, ingresar dinero, consultar saldos, pagar recibos, etc.
  • Banca telefónica: Operaciones a través de llamada telefónica, a menudo con sistemas automáticos o agentes personales.
  • Banca por Internet (Banca online o electrónica): A través de la página web o aplicación móvil de la entidad. Permite realizar la mayoría de las operaciones bancarias. El mayor inconveniente puede ser la percepción de seguridad en la red, aunque las entidades invierten fuertemente en proteger las transacciones.

Conceptos Clave Adicionales

  • Bróker: Intermediario que pone en contacto a compradores y vendedores de activos financieros, actuando por cuenta ajena y cobrando una comisión. No toma posiciones propias.
  • Dealer: Intermediario que compra y vende activos financieros por cuenta propia, asumiendo el riesgo de la operación. Gana con el diferencial entre el precio de compra y venta (spread).
  • SEPA (Single Euro Payments Area): Zona Única de Pagos en Euros. Es una iniciativa de la industria bancaria europea que permite realizar pagos en euros (transferencias, adeudos directos) entre cuentas situadas en los países miembros con las mismas condiciones, eficiencia y seguridad que los pagos nacionales.
  • Caución: Sinónimo de garantía o fianza. Seguridad que se ofrece para el cumplimiento de una obligación.
  • Comisiones bancarias: En general, las comisiones por servicios bancarios están exentas de IVA, aunque pueden estar sujetas a otros impuestos indirectos en casos específicos o fuera de la UE.

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