05 Ago
Fusión de Empresas: Concepto, Tipos, Motivos y Proceso
Fusión de Empresas
La fusión es una operación por la cual dos o más sociedades se integran en una sola. Esta integración se produce mediante la transmisión en bloque del patrimonio de las sociedades que desaparecen, y a cambio, los socios de esas sociedades reciben acciones o participaciones de la sociedad resultante, que puede ser una sociedad ya existente o una nueva creada expresamente para la operación.
Tipos de Fusión
- Fusión por creación de una nueva sociedad: Varias empresas se disuelven para dar lugar a una nueva entidad, que asume sus patrimonios y continúa la actividad.
- Fusión por absorción: Una empresa absorbe a otra, incorporando su patrimonio. La sociedad absorbida desaparece, mientras que la absorbente mantiene su personalidad jurídica.
- Fusión impropia: Tiene lugar cuando una sociedad absorbe a otra que ya controla al 100%. Al no haber socios externos, no se requiere intercambio de acciones ni otras formalidades habituales.
- Fusión inversa: Ocurre cuando una sociedad es absorbida por una de sus filiales. La empresa madre desaparece, integrándose en su propia dependiente.
- Fusión entre sociedades hermanas (o gemelar): Se da entre empresas filiales de una misma matriz. Es frecuente en grupos empresariales que buscan simplificar su estructura organizativa.
- Fusión múltiple en un solo acto: Varias sociedades se fusionan de forma simultánea en una única operación conjunta, unificándose en una sola entidad.
- Fusión simplificada: Bajo ciertas condiciones, como la propiedad total de una empresa sobre otra, se permite omitir algunos trámites como informes o canjes, agilizando el proceso.
Motivos para una Fusión
Las empresas pueden optar por fusionarse por diversas razones, normalmente vinculadas a sus objetivos estratégicos, financieros u operativos. Entre las causas más comunes destacan:
- Expandirse o crecer rápidamente: La fusión puede facilitar la entrada a nuevos mercados, aumentar la cartera de clientes o acelerar el crecimiento de la empresa.
- Ganar cuota de mercado: Al integrarse con un competidor, se reduce la rivalidad en el sector y se refuerza la posición frente al resto de empresas.
- Protegerse frente a amenazas externas: Fusionarse puede ser una forma de evitar adquisiciones hostiles, adaptarse a cambios normativos o responder ante presiones económicas o del entorno.
- Modificar la estrategia empresarial: Una fusión permite reorganizar la estructura de la compañía o cambiar de rumbo en su modelo de negocio.
- Ahorrar costes: Al unificar estructuras administrativas, logísticas o productivas, se pueden conseguir importantes economías de escala.
- Aprovechar incentivos fiscales: En algunos casos, la operación puede dar acceso a ventajas fiscales que hagan más atractiva la fusión desde el punto de vista económico.
Proceso de Fusión: Fases Clave
Proyecto Común de Fusión (Art. 30-32 LME)
Los administradores de todas las sociedades deben redactar y firmar el proyecto, que contiene la información clave. La firma limita su actuación y obliga a informar de cambios patrimoniales. Se publica en la web o, si no existe, en el Registro Mercantil. Vigencia máxima: 6 meses.
Informe de Administradores (Art. 33 LME)
Cada sociedad explica razones jurídicas y económicas, justifica el tipo de canje y detalla las implicaciones para socios, trabajadores y acreedores.
Informe de Expertos Independientes (Art. 34 LME)
Obligatorio si la sociedad resultante es S.A. o S. Com. por acciones. Evalúa la equidad del canje y si el patrimonio es suficiente. Designado por el Registro Mercantil, salvo acuerdo unánime.
Balance de Fusión (Art. 36 LME)
Se incorpora a la escritura. Se admite el último balance si no tiene más de 6 meses. Si es más antiguo, se debe formular uno nuevo.
Convocatoria de Juntas Generales (Art. 39 LME)
Se publica al menos un mes antes. Antes, los administradores ponen a disposición documentos clave (proyecto, informes, cuentas, estatutos, etc.) en web o domicilio social.
Derecho de Información (Art. 36 LME)
Durante el mes entre convocatoria y junta, socios, obligacionistas y representantes de trabajadores pueden solicitar información.
Acuerdo de Fusión (Art. 39-42 LME)
La junta general debe aprobar el acuerdo conforme al proyecto. Puede hacerse por unanimidad en Junta Universal si no se limitan derechos de información.
Publicación del Acuerdo (Art. 43.2 LME)
Debe publicarse en el BORME y en diarios de gran circulación o notificarse individualmente a socios y acreedores, indicando el derecho de oposición.
Derecho de Oposición de Acreedores (Art. 44 LME)
Los acreedores con créditos anteriores al proyecto y no vencidos tienen un mes desde la publicación para oponerse. Si lo hacen, la fusión no se inscribe sin garantía.
Escritura Pública e Inscripción (Art. 45 y ss. LME)
La fusión se formaliza en escritura pública con todos los documentos y se inscribe en el Registro Mercantil, momento en que adquiere eficacia jurídica.
Comunicación a Hacienda
Para aplicar el régimen fiscal especial de neutralidad, se debe comunicar a la Agencia Tributaria tras la inscripción.
Escisión Empresarial: Definición, Clases, Razones y Fases
Escisión Empresarial
La escisión es un proceso legal que consiste en dividir una empresa separando su patrimonio, generalmente por razones económicas. Es el proceso inverso a la fusión.
Tipos de Escisión
Escisión Total
La sociedad escindida se extingue totalmente y su patrimonio se reparte entre dos o más sociedades, nuevas o existentes. Los socios reciben acciones o participaciones proporcionalmente a su participación previa, implicando la disolución completa.
Escisión Parcial
La sociedad escindida conserva su existencia, pero transfiere una o varias partes identificables de su patrimonio a otras sociedades. Los socios reciben participaciones en las beneficiarias y la escindida reduce su capital social según la parte transferida.
Segregación
Se transfiere una parte del patrimonio a otras sociedades, pero la contraprestación la recibe la propia sociedad escindida, que mantiene así control mediante su participación en las nuevas sociedades beneficiarias.
Tipos Especiales de Escisión
Escisión Parcial Impropia
Las sociedades beneficiarias reciben parte del patrimonio, pero no es obligatorio que exista participación cruzada entre ellas tras la operación.
Escisión Inversa
La sociedad escindida posee el 100% del capital de las beneficiarias, y se reorganiza el patrimonio interno a favor de sus filiales.
Escisión No Proporcional
Los socios no reciben participaciones iguales en todas las sociedades beneficiarias; algunos obtienen acciones solo en ciertas sociedades, permitiendo que los socios sigan caminos empresariales separados.
Motivos para Escindirse
- Separación de actividades: La escisión permite dividir diferentes líneas de negocio, otorgándoles estructura jurídica propia para gestionarlas de forma independiente.
- Creación de negocios comunes: Varias empresas pueden aportar partes de su patrimonio para crear una nueva sociedad y desarrollar juntas un proyecto específico.
- Evitar crecimiento excesivo: Cuando una sociedad es demasiado grande y difícil de gestionar, la escisión facilita aligerar su estructura dividiendo parte del negocio en otras sociedades.
- Solucionar conflictos entre socios: Si existen diferencias importantes entre socios, la escisión permite que cada grupo continúe en sociedades distintas con autonomía de gestión y objetivos.
Requisitos para la Escisión
- Ser una entidad mercantil (S.A., S.L., etc.), excluyendo cooperativas.
- Estar inscrita en el Registro Mercantil correspondiente.
- Que las acciones o aportaciones de los socios estén totalmente desembolsadas.
- Las sociedades beneficiarias pueden ser de diferente tipo mercantil a la escindida.
- Pueden participar sociedades en liquidación, siempre que no hayan comenzado a repartir patrimonio.
Proceso de Escisión: Fases Clave
Elaboración del Proyecto Común de Escisión
Los administradores distribuyen activo, pasivo y acciones entre las sociedades. El proyecto es válido seis meses; pasado ese tiempo, debe rehacerse.
Informe de Administradores
En las sociedades anónimas se debe incluir un análisis de las aportaciones no dinerarias y las razones de la escisión.
Informe de Expertos Independientes
Obligatorio en sociedades anónimas para valorar la equidad del reparto; en limitadas es opcional.
Convocatoria de Junta General
Las sociedades escindidas y beneficiarias convocan a socios con toda la información para aprobar la escisión.
Acuerdo de Escisión
Debe aprobarse en un plazo de seis meses; si no, se elabora un nuevo proyecto.
Derecho de Información
Socios, obligacionistas y trabajadores pueden pedir y revisar información durante el mes antes de la junta.
Publicación de Anuncios
Se publican los anuncios para informar a terceros.
Derecho de Oposición de Acreedores
Acreedores con créditos anteriores pueden oponerse; la fusión se retrasa hasta garantizar las deudas.
Escritura Pública e Inscripción
En escisión total se cancela la sociedad original y se inscriben las nuevas; en parcial solo se inscriben las nuevas.
Comunicación Fiscal a Hacienda
Se comunica a Hacienda para acogerse al régimen fiscal especial si se desea.
Adquisiciones Corporativas: Modalidades y Aspectos Legales Clave
Tipos de Adquisiciones
Compra de Acciones
El comprador adquiere directamente las acciones o participaciones.
- Ventaja para el vendedor: “Corte limpio” y evita doble tributación.
- Desventaja para el comprador: asume todas las contingencias ocultas.
Compra de Activos
Se adquieren solo los activos seleccionados (inmuebles, maquinaria, cartera de clientes).
- Ventaja para el comprador: no asume pasivos ocultos.
- Desventaja para el vendedor: posible doble tributación.
Fusión
Integración de la empresa compradora y objetivo en una sola entidad, ya sea por absorción o creando una nueva sociedad.
Compra de Paquete de Control
Adquisición de suficientes acciones para controlar la gestión de la sociedad.
Proceso de Adquisición
- Pasos: identificación del objetivo, negociación, auditoría legal y financiera (Due Diligence), firma del contrato y cierre.
- Entre firma y cierre hay condiciones suspensivas, como autorizaciones o cesión de contratos.
Régimen de Transmisión de Acciones y Participaciones
- En S.A., acciones representadas por títulos o anotaciones en cuenta.
- En S.L., participaciones sin títulos, se transmiten por escritura pública.
- Existen restricciones legales y estatutarias.
- Cláusulas “Drag-Along” (arrastre) protegen a mayoritarios, y “Tag-Along” (acompañamiento) a minoritarios.
Carta de Intenciones (LOI)
- Documento preliminar no vinculante que marca condiciones, calendario, confidencialidad, exclusividad y jurisdicción.
Legal Due Diligence: Auditoría de Riesgos
- Auditoría para detectar riesgos legales, fiscales, laborales, ambientales, etc.
- Se usa Data Room o se solicitan documentos directamente.
Contrato de Adquisición: Elementos Esenciales
- Contiene: partes, objeto, precio, garantías, responsabilidades, condiciones de cierre, gestión interina, balances de referencia, cláusulas adicionales y anexos.
Diferencia entre Anexo y Side Letter
- Anexos: son documentos que se integran dentro del contrato principal y se consideran parte de él. Su finalidad es ampliar, detallar o facilitar la comprensión de ciertas cláusulas. El más relevante suele ser el de manifestaciones y garantías, donde el vendedor declara el estado real de la empresa. Tienen plena validez legal y están firmados junto con el contrato.
- Side letters (cartas aparte): son documentos externos al contrato, aunque vinculados a él. Sirven para aclarar, complementar o modificar algún aspecto del acuerdo, a menudo con un tono informal. Suelen recoger compromisos “de caballeros” o intenciones no formales. Aunque son posteriores al contrato, pueden llegar a prevalecer si existe conflicto entre ambos.
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