11 Sep
Derecho Mercantil: Marco Jurídico y Sujetos Clave en México
1. Definición de Derecho Mercantil
El derecho mercantil se define como una rama del derecho privado que tiene como objeto la regulación de los actos de comercio, los comerciantes y las relaciones jurídicas que emanan de la actividad comercial. Su fundamento legal se encuentra en el Artículo 1 del Código de Comercio.
2. Naturaleza Especial y Federal del Derecho Mercantil
Este derecho es considerado especial por su enfoque en una materia particular: el comercio. Asimismo, es federal, ya que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su Artículo 73, fracción X, otorga al Congreso de la Unión la competencia exclusiva para legislar en materia mercantil.
3. Legislación Fundamental del Derecho Mercantil
Las principales normativas que rigen el derecho mercantil en México incluyen:
- Código de Comercio.
- Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM).
- Ley de Títulos y Operaciones de Crédito (LTOC).
- Ley General de Instituciones de Seguros y Fianzas.
- Ley del Mercado de Valores, entre otras disposiciones aplicables.
4. Sistema de Supletoriedad en Materia Mercantil
El sistema de supletoriedad establece que, ante la ausencia de una disposición expresa en la legislación mercantil, se aplicará de manera supletoria el derecho común, específicamente el Código Civil Federal. Sin embargo, esta aplicación está sujeta a que no sea contraria a la naturaleza propia del derecho mercantil, conforme al Artículo 2 del Código de Comercio.
5. Usos Mercantiles
Los usos mercantiles son prácticas reiteradas y aceptadas dentro del ámbito comercial que adquieren fuerza obligatoria. Su validez está condicionada a que no contravengan lo establecido por la ley, según lo dispuesto en el Artículo 2 del Código de Comercio.
6. Sujetos del Derecho Mercantil
Los sujetos principales del derecho mercantil son:
- Los comerciantes.
- Las sociedades mercantiles.
- Las personas que accidentalmente realizan actos de comercio.
Estos sujetos se encuentran definidos en los Artículos 3 y 4 del Código de Comercio.
6.1. Definición de Comerciante
Se consideran comerciantes:
- Las personas físicas con capacidad legal que hacen del comercio su ocupación ordinaria.
- Las sociedades constituidas conforme a la Ley General de Sociedades Mercantiles.
- Las sociedades extranjeras que realicen actos de comercio en territorio mexicano.
Esta definición se encuentra en el Artículo 3 del Código de Comercio.
6.2. Comerciantes Habituales y Ocasionales
- Comerciantes Habituales: Aquellos que dedican el comercio como su actividad principal y ordinaria (Artículo 3, fracción I).
- Comerciantes Ocasionales: Personas que ejecutan actos de comercio sin que esta sea su actividad primordial.
6.3. Prohibiciones para Ejercer el Comercio
Existen ciertas restricciones para el ejercicio del comercio, incluyendo:
- Los corredores públicos.
- Los quebrados no rehabilitados.
- Las personas condenadas por delitos contra la propiedad.
Estas prohibiciones están establecidas en el Artículo 12 del Código de Comercio.
7. Restricciones para el Comerciante Casado
Cuando un comerciante está casado bajo el régimen de sociedad conyugal, se requiere el consentimiento del cónyuge para ejercer el comercio. Esta situación puede ser solventada mediante la celebración de capitulaciones matrimoniales o la adopción del régimen de separación de bienes, de acuerdo con el Artículo 9 del Código de Comercio y el Código Civil Federal.
8. Formalidades para Sociedades Mercantiles Extranjeras
Para que una sociedad mercantil extranjera pueda operar legalmente en México, debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Obtener la autorización de la Secretaría de Economía.
- Protocolizar sus documentos constitutivos ante notario público.
- Registrarse en el Registro Público de Comercio.
Estos requisitos se detallan en los Artículos 250 a 252 de la LGSM.
9. Diferencia entre Empresario y Comerciante
- Comerciante: Es el sujeto regulado por el derecho mercantil que realiza actos de comercio.
- Empresario: Es un concepto económico más amplio que engloba a quienes organizan y dirigen una empresa, independientemente de si son o no comerciantes en el sentido jurídico estricto.
10. Obligaciones Fundamentales del Comerciante
Los comerciantes tienen diversas obligaciones establecidas en los Artículos 16 a 19 del Código de Comercio:
- Inscribirse en el Registro Público de Comercio.
- Mantener una contabilidad adecuada.
- Conservar la correspondencia relacionada con su actividad.
- Utilizar su firma electrónica y razón social en todos los actos mercantiles.
10.1. Obligación de Llevar Contabilidad Adecuada
Esta obligación implica el registro sistemático de todas las operaciones comerciales y la conservación de los comprobantes, libros y documentos que reflejen de manera fiel la situación financiera del comerciante. Las disposiciones se encuentran en los Artículos 33 a 46 del Código de Comercio.
10.2. Formalidades de la Contabilidad con Fuerza Probatoria
Para que la contabilidad de un comerciante tenga valor probatorio en un juicio, debe cumplir con las disposiciones fiscales y mercantiles, ser llevada en libros autorizados, presentarse de forma clara y contar con la conservación de los documentos de soporte. Esto se rige por los Artículos 33, 34 y 38 del Código de Comercio.
10.3. Obligación de Guardar la Correspondencia
Consiste en la conservación de cartas, telegramas, facturas y cualquier otra comunicación relacionada con la actividad comercial por un periodo de diez años, según el Artículo 46 del Código de Comercio.
10.4. Diferencia entre Firma Digital y Firma Electrónica
- Firma Electrónica: Es un conjunto de datos electrónicos que se vinculan a un firmante.
- Firma Digital: Es una modalidad de firma electrónica que ofrece mayor seguridad, basada en principios criptográficos.
10.5. Valor Probatorio de Documentos Digitales
Un documento digital de un comerciante tendrá valor probatorio en juicio si cumple con los requisitos de integridad, autenticidad, disponibilidad y confiabilidad, conforme a los estándares establecidos en la legislación aplicable, particularmente el Artículo 89 bis del Código de Comercio.
10.6. Valor Probatorio de Documentos Privados
Un documento privado de un comerciante adquiere pleno valor en juicio cuando es reconocido expresamente por el firmante o es validado mediante peritaje, además de cumplir con los demás requisitos legales. Esto se fundamenta en los Artículos 129 y 130 del Código de Comercio.
10.7. Obligación de Inscripción en el SIEM
Se refiere a la inscripción obligatoria en el Sistema de Información Empresarial Mexicano (SIEM) con el propósito de proporcionar y actualizar información sobre la actividad económica del comerciante. Esta obligación se deriva del Artículo 29 de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones.
11. Actos de Comercio Mixtos
Un acto de comercio se considera mixto cuando una de las partes interviene como comerciante y la otra no. La regulación de estos actos recae principalmente en el Código de Comercio, específicamente en su Artículo 4.
12. Acta Constitutiva de una Sociedad Mercantil
El acta constitutiva es el documento notarial que formaliza la voluntad de los socios para crear una sociedad mercantil. En ella se establecen los estatutos y las reglas internas que regirán su funcionamiento, conforme al Artículo 5 de la LGSM.
13. Requisitos del Acta Constitutiva
De acuerdo con el Artículo 6 de la LGSM, el acta constitutiva debe contener, entre otros, los siguientes elementos:
- Nombre, nacionalidad y domicilio de los socios.
- Objeto social de la sociedad.
- Razón social o denominación social.
- Duración de la sociedad.
- Importe del capital social.
- Domicilio social.
- Forma de administración de la sociedad.
- Facultades de los administradores.
- Procedimiento para la distribución de utilidades y pérdidas.
- Establecimiento del fondo de reserva.
- Causas de disolución de la sociedad.
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