28 Ago
San Agustín: Filosofía Política y Teología
Discípulo de San Ambrosio, la idea más característica de San Agustín es la concepción de una comunidad cristiana, junto con una filosofía de la historia que la presenta como una República, culminación del desarrollo espiritual del hombre.
La Ciudad de Dios y la Dualidad Humana
Su obra cumbre, La Ciudad de Dios, fue escrita para defender al cristianismo contra la acusación pagana de que era responsable de la decadencia del poder de Roma y, en particular, del saqueo de la ciudad. Este tratado implica una reexposición, desde el punto de vista cristiano, de la antigua idea de que el hombre es ciudadano de dos ciudades:
- La ciudad de su nacimiento (terrenal)
- La Ciudad de Dios (celestial)
En San Agustín, se hace explícito el sentido religioso de esta distinción, ya explorada por Séneca y Marco Aurelio. La naturaleza humana es doble: el hombre es espíritu y cuerpo y, por lo tanto, es a la vez ciudadano de este mundo y de la ciudad celestial.
La Clasificación Agustiniana de las Leyes
San Agustín establece una clasificación de leyes a las que está sometido el hombre, encontrando en ellas una justificación racional que proviene de Dios, siendo absolutas e inmodificables. Desde este punto de vista, se fundamenta la idea de Derecho Natural. Así, se determinan, según Capella, diferentes conceptos que conforman la clasificación cuádruple de la ley:
- Ley Eterna
- Ley Divina (Derecho Divino)
- Ley Natural (Derecho Natural)
- Ley Positiva (Derecho Positivo)
1. Ley Eterna
Son aquellas leyes mediante las cuales Dios gobierna su creación. Para Santo Tomás de Aquino, es «la razón de la divina sabiduría en cuanto dirige toda acción y todo movimiento, o sea, el principio ordenador de todo lo creado». Dicha Ley Eterna solo la conoce Dios y constituye el orden general de todas las cosas. Las mentes humanas solo pueden acercarse a ella y hacer suposiciones. Sin embargo, queda un sello plasmado en el corazón de los hombres de dicha Ley Eterna sobre la concepción de lo bueno y de lo malo, que se remite a la conciencia o a la creencia de que algo está bien o mal. Abarca tanto «dar a conocer» como «el imponerse». En los seres inanimados y los animales se manifiesta sin más. En cambio, en el hombre, dotado de una razón semejante a la divina, aunque más limitada, conoce la Ley Eterna a través de su razón.
2. Ley Divina
Según San Agustín, «es la razón o la voluntad de Dios que ordena guardar el orden natural y prohíbe perturbarlo». Dicha Ley Divina se puede encontrar en la Revelación, por ejemplo, en los Diez Mandamientos (Decálogo).
3. Ley Natural
Son aquellos elementos generales, comunes, absolutos e inmutables que se desprenden del entendimiento de la Revelación (Ley Divina). Para Santo Tomás, la Ley Natural parte de que el hombre puede comprender lo que es bueno o malo, dado por Dios, y por tanto será «el conocimiento parcial de la Ley Eterna o Divina por parte de los hombres».
Rousseau: Crítica Social y el Contrato Social
Jean-Jacques Rousseau disiente de las concepciones tradicionales, planteando el estado de naturaleza como una contraposición fundamental entre naturaleza y sociedad. Para él, la naturaleza es intrínsecamente buena, mientras que la sociedad corrompe al hombre.
El Estado de Naturaleza y la Corrupción Social
En el estado de naturaleza, el hombre era libre, deseoso solo de conservar la vida satisfaciendo sus necesidades básicas: sin la necesidad del trabajo para subsistir, sin hogar, sin lenguaje, pero también sin guerras y sin necesidad alguna de los demás, aunque tampoco con deseo de hacer daño. En contraste, en la sociedad, el hombre se convierte en esclavo, dominado por el poder del más fuerte.
La Propiedad Privada: Origen de la Desigualdad
El establecimiento de la propiedad privada marca el momento en que se rompe el encanto del estado natural. Con la introducción de la propiedad, surge la desigualdad moral y, con ella, la sociedad. Esta se consolida mediante un contrato social que, a través de sus leyes, sanciona y perpetúa la propiedad privada y la división entre ricos y pobres. Rousseau argumenta que esta desigualdad es contraria al derecho natural.
Si la sociedad se ha establecido mediante un pacto que es el origen de la desigualdad entre los hombres, le parece evidente, en contra de la opinión común de los juristas que con la teoría del contrato legitiman el estado de cosas existente, que lo que debe reformarse es la misma teoría del pacto, no el orden social ya establecido.
La Voluntad General y la Libertad
Rousseau se pregunta: ¿Cómo puede el hombre permanecer libre renunciando a su libertad? Su respuesta reside en el concepto de la voluntad general. Esta expresa la imagen de que el cuerpo social, como persona moral que es, al igual que todo individuo, debe poseer un alma que lo anime, una «voluntad» que no puede ser sino general, orientada al bien común.
Consecuencias del Pacto Social y la Ruina Humana
El resultado de este pacto, la entrega total de todos a todos, es el pueblo soberano, el conjunto de ciudadanos, que constituyen el poder, la sociedad política o el Estado. Nacía entre el derecho del más fuerte y el derecho del primer ocupante un conflicto perpetuo que solo acababa en combates y asesinatos. La sociedad naciente cedió su puesto a las más espantosas de las guerras. El género humano, envilecido y desolado, al no poder volver sobre sus pasos ni renunciar a las desgraciadas conquistas que había logrado, y laborando únicamente en vergüenza suya por el abuso de las facultades que lo honran, se puso él mismo al borde de su ruina.
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