27 Ene

Políticas DE LA UE



MONETARIA

Decidir la cantidad de dinero en circulación y el precio de este (Euribor)

AGRARIA COMÚN

El desarrollo sostenible del medio rural y que los ciudadanos dispongan de un suministro adecuado de alimentos a precios razonables.

PESQUERA COMÚN

Velar por una pesca y acuicultura sostenibles desde un punto de vista económico, medioambiental y social.

REGIONAL

Reducir las diferencias económicas, sociales y territoriales entre los Estados miembros.

DE ENERGÍA

Asegurar el suministro energético y producir energía de formar sostenible.

INDUSTRIAL

Instaurar condiciones marco que favorezcan la competitividad industrial.

DE TRANSPORTE

Crear un espacio único europeo de transporte sostenible.

DE EDUCACIÓN Y FP

Adaptación al mercado de trabajo, favoreciendo el crecimiento y el empleo.


PRINCIPIALES INSTITUCIONES DE LA UE



CONSEJO EUROPEO

Fija los objetivos de la UE, impulsa las principales iniciativas políticas de la UE, toma decisiones sobre cuestiones problemáticas sobre las que no se ha podido llegar a un acuerdo en el Consejo de Ministros, aborda los problemas internacionales a través de una «política exterior y de seguridad común», nombra a los jefes de las altas instituciones constitucionales.

CONSEJO DE LA UE O CONSEJO DE MINISTROS

Negocia y adopta la legislación de la UE junto con el parlamento europeo, coordina las políticas nacionales, aprueba el presupuesto anual de la UE junto con el parlamento, concluye los acuerdos internacionales negociados por la Comisión.

PARLAMENTO EUROPEO

Negocia y aprueba la legislación de la UE junto con el consejo de la UE, aprueba el presupuesto anual de la U, propuesto por la Comisión Europea, ejerce un control democrático de la UE, ratifica los acuerdos internacionales negociados previamente por la Comisión, supervisa la gestión cotidiana de las políticas de la Uníón y coopera con los parlamentos de los Estados miembros de la UE, encauzando sus aportaciones.

COMISIÓN EUROPEA

Elabora propuestas de nueva legislación de la UE y las remite al Consejo y al Parlamento para su aprobación, supervisa cómo los Estados miembros aplican los reglamentos y las directivas europeas, aplica las decisiones adoptadas por el Consejo. Gestiona el presupuesto de las distintas políticas de la UE.

TRIBUNAL DE JUSTICIA

Garantizar el respeto de la legislación de la UE y la correcta interpretación y aplicación de los tratados, resolver los conflictos legales entre los gobiernos de los distintos países de la UE y las instituciones europeas, resolver conflictos surgidos entre particulares empresas e instituciones europeas.

TRIBUNAL DE CUENTAS

Verifica la legalidad y regularidad de los ingresos y gastos de la UE, informa de sospechas de fraude, corrupción etc., elabora informes periódicos y dictáMenes periciales sobre la gestión financiera de la UE.

BANCO CENTRAL EUROPEO

Definir y gestionar la política política monetaria de la zona del euro, controlar la oferta monetaria y la inflación, gestionar las reservas de divisas de la zona euro y la compra y venta de divisas para mantener el equilibrio de los tipos de cambio, supervisar las entidades de crédito e instituciones financieras, rendir cuentas al Parlamento Europeo a través de un Informe Anual. 

ÓRGANOS Y AGENCIAS DE LA UE



ÓRGANO DE POLÍTICA EXTERIOR


SERVICIO EUROPEO DE ACCIÓN EXTERIOR

Garantiza la coherencia y la coordinación de las políticas exteriores adoptadas por la UE. Gestiona las relaciones diplomáticas de la UE con los países no pertenecientes a la UE. Aplica las distintas políticas exteriores y de seguridad establecidas por las Instituciones
Europeas.
ORGÁNOS CONSULTIVOS (El objetivo es garantizar la participación ciudadana en la elaboración de la legislación que les afecta directamente)

A. COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO

Su función es aportar a las instituciones europeas la opinión de los distintos grupos de interés económico y social sobre las propuestas legislativas y las políticas económicas a abordar. Sirve de puente entre la sociedad y el Consejo, la Comisión y el Parlamento Europeo. Integrantes: 350 miembrosde los 28 Estados miembros.

B. COMITÉ DE LAS REGIONES

Representantes locales y regionales de los Estados miembros dan a conocer su opinión sobre la legislación de la UE que repercute directamente en las regiones y ciudades. Emiten dictáMenes sobre la sanidad, la educación, el empleo, la política social… Intengrantes: 350 representantes de los 28 Estados pertenecientes a 5 grupos políticos.

ÓRGANOS FINANCIEROS


A. BANCO EUROPEO DE INVERSIONES

Su función es conceder financiación a proyectos que contribuyan al desarrollo de las regiones y las políticas de la UE. Ofrece lo siguiente: Préstamos de proyectos que impulsen el crecimiento y el empleo en la UE, asesoramiento para lograr la máxima rentabilidad. Las decisiones de financiación son adoptadas por los siguientes órganos: El Consejo de Gobernadores (define la política general de préstamos), El Consejo de Administración (su función es aprobar las operaciones de préstamos), El Comité de Dirección (gestiona los asuntos corrientes), El Comité de Auditoría (comprueba que las operaciones se efectúen de manera correcta).

B. FONDO EUROPEO DE INVERSIONES

Proporciona fondos de capital de riesgo y microfinanciación a pequeñas empresas, facilita garantías a instituciones financieras para cubrir sus préstamos a pequeñas y medianas empresas, ayuda a los países de la UE para desarrollar sus mercados de capital de riesgo.

OTRAS INSTITUCIONES EUROPEAS


A. DEFENSOR DEL PUEBLO EUROPEO

Investiga las reclamaciones recibidas por ciudadanos y empresas de la UE acerca de la actuación de alguna de las instituciones y organismos europeos. Tiene la misión de hacer todo lo posible para solucionar el problema, desde intentar alcanzar una solución amistosa con la institución responsable, hasta presentar un informe especial ante el Parlamento Europeo para que se tomen las medidas oportunas.

B. SERVICIO EUROPEO DE PROTECCIÓN DE DATOS

Garantiza que las instituciones de la UE respeten el derecho a la intimidad de los ciudadanos. Supervisa el registro de los datos personales por parte de la administración de la UE, asesora a las instituciones y los organismos de la UE, se ocupa de las reclamaciones y realiza investigaciones, garantiza la protección de datos.

EL DERECHO DE LA UE


 son las normas que determinan el funcionamiento de interno de la UE. Se caracteriza por los siguientes principios:  
-Principio de primacía garantiza la uniformidadde todos los países. –
Principio de autonomía es un derecho independiente y distinto del Derecho de los Estados miembros y del Derecho Internacionales. ——-
Principio de efecto directo ya que el Derecho de la UE genera derechos y obligaciones directos que afectan tanto a los Estados miembros como a sus ciudadanos.

DERECHO PRIMARIO U ORIGINARIO


Es el derecho creado directamente por los Estados miembros y constituye la normativa básica que afecta a la UE. Está compuesto por los tratados constitutivos de la UE:


El Tratado de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero que tuvo objetivo de consolidar la paz. 


El Tratado de la Comunidad Europea, que establece un gran mercado común de bienes y servicios entro los Estados miembros.
-El Tratado de la Comunidad Europea de la Energía Atómica.
Estos tratados han sido modificados en función de las necesidades y circunstancias que surgían con la adhesión de nuevos Estados miembros a través de los tratados modificativos y  complementarios.

EL DERECHO DERIVADO


está compuesto por las instituciones europeas, concretamente por el Parlamento Europeo y por el Consejo, a propuesta de las Comisión Europea y teniendo en cuenta las directrices del Consejo Europeo. Estos documentos se agrupan en:

Los reglamentos:


son las normas de carácter general y de obligado cumplimiento para tosos los Estados miembros de la UE. Su aplicación es directa.

Las directivas:

 son normas de carácter obligatorio para todos los Estados miembros en cuanto al objetivo o a los resultados que se marcan. Las autoriddades de cada país son las que determinan como alcanzaran esos objetivos.

Las decisiones:

 son normas obligatorias para todos aquellos colectivos a quienes se dirigen. Entran en vigor tras su notificación a los interesados o por su publicación en el DOUE. 

Las recomendaciones y dictáMenes:

 son documentos sin carácter normativo y por ello no son vinculantes. En las recomendaciones se sugiere a los destinatarios un comportamiento determinado, sin obligar a su cumplimiento y en los dictáMenes las instituciones emiten una opinión sobre una situación concreta o sobre un proyecto legislativo, etc.

OTRAS FUENTES DEL DERECHO DE LA UE


-La jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE. Las sentencias emitidas por el Tribunal de Justicia son una fuente formal my importante, ya que completan e interpretan el Derecho Europeo.
-Los acuerdos de la UE con otros Estados miembros o con organizaciones internacionales.
-Los convenios entre los Estados miembros
-Las resoluciones, declaraciones y conclusiones emitidas por la Comisión Europea.

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