24 Oct

Tipos de ISAPRES:


ISAPRES abiertas:


ofrecen sus servicios a cualquier trabajador o persona que quiera afiliarse voluntariamente y a sus familiares. La afiliación y planes de salud son de oferta pública.

ISAPRES cerradas:


prestan servicios a una empresa particular o a un grupo de empresas, de forma que solo los trabajadores y sus familiares pueden afiliarse a estas instituciones.

Cómo funcionan las ISAPRES:


Las ISAPRES funcionan en base a un esquema de seguros, los cuales están facultados para recibir y administrar la cotización obligatoria de salud, esto es, un 7% de la remuneración imponible de trabajadores y personas afiliados a este sistema.

Prima del contrato de la ISAPRES:


 la cantidad periódica que pagas por pertenecer a la misma, se determina en función de la edad, el sexo y el riesgo del cotizante.

Además, los cotizantes pueden adherir a beneficiarios: hijos hasta los 18 años de edad y/o cargas médicas (cualquier beneficiario que el cotizante quiera agregar). A cargo de estas cotizaciones, las ISAPRES financian prestaciones de salud y el pago de licencias médicas.

Listado de ISAPRES en Chile Las Instituciones de Salud Previsional (ISAPRE) son un sistema privado de seguros de salud, actualmente conformado por doce Aseguradoras (seis abiertas y seis cerradas). 

ISAPRES Abiertas


• Isapre Banmédica • Isapre Consalud • Isapre Colmena • Isapre Cruz Blanca • Isapre Nueva Masvida • Isapre Vida Tres

ISAPRES Cerradas


• Isapre Chuquicamata • Isapre Fundación BancoEstado • Isapre Fusat • Isapre Ríoblanco • Isapre SanLorenzo • Isapre Cruz del Norte No todos los planes son iguales,

ISAPRES ofrecen tres tipos de planes


A. Preferentes:


Ofrecen mejores coberturas en ciertos prestadores, por ejemplo ciertas clínicas o centros médicos definidos. Generalmente también tienen cobertura libre elección, pero menores. (Por ejemplo, puede cubrir un 90% sin tope en cierta clínica, pero un 70% con tope 3 UF en otras clínicas).

B. Libre elección


Las coberturas son las mismas, no importa donde usted se atienda, pero suelen ser menores o más caros.

C. Planes cerrados


Las coberturas son mayores que en el preferente, pero usted sólo puede atenderse en una institución en particular. Además, existe una plataforma web llamada Queplan.Cl la cual permite a las personas informarse, comparar y solicitar planes de salud de las ISAPRES.

Este sitio web consiste en un poderoso comparador, que en base a los datos ingresados por la persona (sexo, edad y cargas) permite calcular el precio de cada plan y, a través de su algoritmo, asignar un puntaje a cada uno, lo que permite ordenar los mejores planes para el perfil o grupo ingresado en el comparador. Además, permite realizar el contacto directo con ejecutivos o la ISAPRE misma, solicitando el plan que eligió.


FINIQUITO documento q trabajador y empleador aprueban ante un ministro de fe; x ej: Notario público, donde se da término a la relación laboral.

debe quedar estipulada la causal de despido y todos los acuerdos a los que se comprometen ambas partes, en cuanto a plazos, indemnizaciones y el monto que el empleador debe pagar al empleado.

¿Cuándo corresponde pagar un finiquito?


 cuando empleador pone fin al contrato

 motivo que corresponder pagar un finiquito por parte del empleador es que, como parte del contrato de trabajo, esté estipulado el pago de una indemnización al terminar la relación laboral.

si el contrato es inferior a 30 días, no corresponde cancelar el finiquito por parte del empleador.
Esto cambia si que el contrato se extiende x + de 30 días, o si el empleado se mantiene entregando sus servicios con conocimiento del empleador; sí le corresponde una indemnización al trabajador desvinculado.

Plazo legal para otorgar el finiquito:


 
plazo de 10 días hábiles, desde el termno. Si ambos llegan a un acuerdo, es posible pactar su pago en cuota (considerando intereses y reajustes). En este caso el finiquito sólo puede ser ratificado ante la Inspección del Trabajo. al contrario, si el empleador no cumple con el plazo fijado, el trabajador puede acudir a la Inspección del Trabajo (DT) a poner un reclamo.

Para que el finiquito sea válido debe contar con la firma de ambos (o de sus representantes, mediante un poder simple).

En el caso de despido, el trabajador tiene el derecho a no firmar si no está de acuerdo con las causales.

El empleador deberá tener al día el pago de las cotizaciones previsionales, de salud y del seguro de desempleo (si corresponde) hasta el último día del mes anterior al despido. El trabajador si no está de acuerdo con los montos puede dejar constancia en el finiquito, aunque acepte los otros pagos al momento de firmar (gratificaciones o vacaciones proporcionales).

Desvinculación:


finalizar el contrato, de 1 o + personas que cumplen labor dentro de una organización.

Tipos de desvinculación:



Desv Vol

Empleado quien decide su desvinculación

Abandonos


Bajo nivel de satisfacción.  Mejores oportunidades laborales. Horarios más flexibles. Poco compromiso laboral.

Jubilaciones


Final de la carrera profesional.  Elaboradas con tiempo de antelación. Jubilación anticipa.

Desv Involuntaria


La organización determina si despide a un trabajador:

Cese:


 Mala adecuación del trabajador con el ambiente laboral.  Poco interés de superación. Mala relación entre el empleado y la empresa.

Despido:

Cambios producidos en la empresa. Baja productividad. Mal manejo de los factores externos.

Causales de desvinculación laboral:


Las causales  estipuladas en los artículos 159, 160 y 161 del Código del Trabajo

ART. 159


El contrato  terminará de acuerdo a los siguientes casos: 1.- Mutuo acuerdo de las partes. 2.- Renuncia del trabajador. 3.- Muerte del trabajador. 4.- Vencimiento del plazo convenido en el contrato. 5.- Conclusión del trabajo que dio origen al contrato. 6.- Caso fortuito o fuerza mayor.

Art.160:


contrato termina sin derecho a indemnización invocando 1 o + causales:

 1.Conductas indebidas graves, comprobadas:  Falta de probidad (honradez) desempeño funciones; acoso sexual; Vías de hecho ejercidas por el trabajador en contra del empleador o de cualquier trabajador que se desempeñe en la misma empresa. Injurias x el trabajador al empleador. Conducta inmoral  que afecte a la empresa.

2.Negociaciones que ejecute el trabajador dentro del giro del negocio y que hubieren sido prohibidas por escrito en el respectivo contrato por el empleador..- No concurrencia a  labores sin causa justificada durante dos días seguidos, dos lunes en el mes o un total de tres días durante igual período de tiempo; asimismo, la falta injustificada, o sin aviso previo de parte del trabajador que tuviere a su cargo una actividad, faena o máquina cuyo abandono o paralización signifique una perturbación grave en la marcha de la obra.

4.Abandono del trabajo: salida intempestiva (inoportuna) e injustificada durante las horas de trabajo, sin permiso del empleador,  Negación a trabajar sin causa justificada

5.Actos omisiones o imprud temeraria q afecte la seguridad o al funcionam del establ

6.El perjuicio material causado intencionalmente en las instalaciones, maquinarias, herramientas

7.Incumplimiento grave de obligaciones q impone el contrato

Art 161:


El empleador podrá poner término al contrato  como causal las siguientes probl:  Neces de la empresa, bajas en la produc, cambios en las condiciones del mercado o de la economía. Desahucio del empleador.

Art 161 bis:


invalidez, total o parcial, no es justa causa para el término del contrato. El trab q fuere separado de sus funciones por tal motivo, tendrá derecho a la indemnización artículo 163 del Código del Trabajo.


Qué es una licencia médica?


beneficio q permite al trabajador  (dependiente, independiente o contratado por días/turnos) ausentarse del trabajo, X  incapacidad parcial o total, pudiendo percibir durante este período el Subsidio por Incapacidad Laboral (SIL), que reemplaza su remuneración, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos en la normativa.

La licencia debe ser conocida y tramitada por el empleador en el caso de un trabajador dependiente y autorizada por COMPIN o ISAPRE según corresponda.

Tipos de LM existentes


1) Enfermedad o accidente común. 2) Medicina preventiva. 3) Licencia maternal pre y postnatal. 4) Enfermedad grave niño menor de un año. 5) Accidente del trabajo o de trayecto. 6) Enfermedad profesional

Quién emite las licencias médicas?
Médico general o especialista, un Cirujano dentista o una Matrona.

Monto de la licencia medica:se calcula según la cantidad de días por la que fue autorizada la licencia.

Las licencias con duración de tres días o menos, no tienen asociado el derecho a percibir el subsidio.

Un subsidio por incapacidad laboral se debe pagar, al menos, con la misma periodicidad que la remuneración, sin que pueda ser, en caso alguno, superior a un mes.

Plazos de presentación de una licencia:


Trab dependientes del sector privado


Deben presentar las licencias en un plazo de 2 días hábiles, contados desde la fecha de inicio del reposo

Trab dependientes del sector público:


deben presentar las licencias médicas a sus respectivos empleadores dentro de 3 días hábiles, desde la fecha de inicio del reposo

Trab independientes:


a diferencia de los dependientes, deben presentar la licencia directamente a la COMPIN o la ISAPRE dentro de los 2 días hábiles siguientes a la fecha de emisión de la licencia por parte del profesional y siempre que esté dentro del período de vigencia del reposo.

Tipos de emisión de licencias: tres vías:


Licencia Médica Electrónica (LME):


Para  empleadores adscritos a esta modalidad, dispone directamente, vía Web, sin que el trabajador deba llevar su licencia al empleador. El empleador debe además estar en convenio (contrato de servicios) con alguno de los operadores de LME autorizados por Fonasa: I-Med o Medipass. Ese convenio no tiene costo para el empleador.

LME Mixta (electrónica, pero impresa por el médico al momento de emisión): el empleador no está adscrito a la modalidad de licencias electrónicas, por lo tanto el trabajador debe llevar su licencia impresa al empleador. El trab independiente debe llevar la liceLM ante COMPIN jurisdiccional.

LM en formulario de papel (LM):


Los trabajadores deben llevar la licencia médica, dentro del plazo que la Ley le otorga, al empleador para los trabajadores dependientes, y a la COMPIN jurisdiccional, correspondiente a su domicilio residencial, para los trabajadores independientes.

•El empleador no tiene facultades para cuestionar una LM presentada por su trab, ni devolverla a éste, aunque esté incompleta.

Es deber del empleador recepcionar licencia y tramitarla al COMPIN, ISAPRE o Caja de Compensación a la que el empleador este afiliada. Si la licencia no consigna algún dato de llenado de responsabilidad del prestador, COMPIN rechazará, informando  motivo al trab x ej, falta firma del médico tratante).

Si no está completa en los campos competentes al empleador, sólo COMPIN puede devolverla, para q éste complete los datos faltantes 2 días hábiles.
Sí, la ISAPRE y COMPIN pueden rechazar, reducir o ampliar el reposo de una lic. LM 

Causales rechazo o reducción de licencia


• Causales orden médico


Falta de justificación del reposo xq se considera que no hay  incapacidad lab temporal que impida q el trabajador asista a trabajar, o bien, que habiendo estado originalmente impedido de ir al trabajo, el reposo dado es excesivo.

Pérdida de la temporalidad de LM. Tiene por finalidad q el trabajador haga reposo x un tiempo para que recupere  y vuelva a trabajar.Corresponde rechazar LM en q se determine q el trabajador ya no va a estar nuevamente en condiciones de volver al trabajo (irrecuperabilidad), ello se explica porque la licencia es un beneficio temporal y no puede usarse indefinidamente como si fuera una pensión de invalidez.

• Causales orden jurídico:


Falsificación o adulteración LM − Entrega antecedentes  falsos o simulación de enf debidamente comprobada. − Enmendadura de la licencia. En estos casos se puede obtener una licencia que reemplace la enmendada. − Realización de trabajos remunerados o no durante el reposo dispuesto en la licencia.

Causale orden adm:
No tener calidad de trab dep o independiente. −Presentar licencia fuera de plazo. − Incumplimiento del reposo. No se considera incumplimiento del reposo ir a ex. O proced ordenados x el médico, deberá acreditarse.− Permite presentar un reclamo ante COMPIN rechazo de  LM por parte (ISAPRE).

Trámite se debe hacer dentro de 15 días desde la pronunciación de la ISAPRE y COMPIN


FONASA cotizantes aportan el 7% de sus ingresos imponibles y acceden a un Plan Único de Salud, independiente del aporte y condiciones de salud de cotizantes.

Hay 4 categorías de beneficiarios


Grupo A personas q tienen tarjeta de gratuidad dada por el consultorio por ser definidos como “carentes de recursos”. Incluye a los beneficiarios de Pensiones Básicas Solidarias, los causantes del Subsidio Familiar, los miembros de las familias Chile Solidario y los beneficiarios del programa PRAIS (programa de retornados), entre otros.

Grupo B personas ingreso imponible mensual es igual o menor a $ 165.000 (2011).

Grupo C ingreso imp. Mensual mayor a $165.000 y menor o igual $240.900. Persona dentro de este tramo de ingresos cuenta con + de 3cargas familiares pasa al Grupo B.

grupo D incluye a personas cuyo ingreso imponible mensual es mayor a $240.900. Si una persona dentro de este tramo de ingresos cuenta con más de tres cargas familiares pasa al grupo C.

Como acreditarse en Fonasa:


Trabajadores dependientes

personas q desempeñan un trabajo para un empleador del sector público o privado, bajo un vínculo de dependencia laboral y destina un 7% de salud a Fonasa.

Tipo de contrato:


Trabajadores contratados a plazo fijo o indefinido. Trabajadores por temporada o por una obra o faena determinada.

Requisitos para acreditar en Fonasa:


Copia de cedula de identidad___Ultima liquidación de sueldo, donde figure el descuento para Fonasa___Carta de desafiliación entregada por una Isapre (si aplica)__Poder simple en caso de que el trámite sea realizado por un tercero.___El resultado de proceso será informado al interesado, vía correo electrónico dentro de 24 horas.

Para agregar una carga legal:


Certificado que acredite el derecho a asignación familiar de la carga legal, emitida por el IPS o caja de compensación para trabajadores dependientes a la que este suscrito el empleador.

Para revalidar la condición legal para hijo/a de entre 18 y 24 años se debe presentar una vez al año (Marzo) certificado de alumno regular, emitido por el mismo IPS o CCAF.

Los hijos mayores de 25 años no califican como carga legal.

Convivientes civiles:


Certificado otorgado por el registro civil que acredite la relación de parentesco conviviente civil.

Declaración jurada simple del afiliado, en la que consigne que él o la conviviente civil  vive a expensas y no percibe una renta.

Trabajadores Independientes  trabajadores q desarrollan en forma autónoma un oficio o profesión y  les reportan ingresos.

Como ingresar a Fonasa:


Debe cumplir con el requisito de haber pagado seis cotizaciones continuas o discontinuas en los últimos 12 meses, o bien de haber cotizado en el mes inmediatamente anterior a la fecha en q reciban el beneficio.

Requisitos para acreditarse en Fonasa:


documentación solicitada debe ser presentada en cualquier sucursal de Fonasa o mediante inscripción en línea

–Cedula de identidad —Planilla de cotización del mes inmediatamente anterior a la fecha en que reciban el beneficio.–El resultado del proceso será informando al interesado, vía electrónica, en 24 hrs hábiles.

Beneficios en la red publica otorga el 100% de cobertura: incluidas en los progr de salud.

– programa de salud del niño, salud adolescente,salud de a mujer,adulto mayor.

Consultorios de especialidades, Hospitales públicos y centros de urgencias:

Fonasa otorga el 100% de cobertura ara los asegurados de los A y B


El 90% y el 80 % para asegurados de los tramos C y D


Los asegurados serán derivados desde el consultorio de APS a un centro de especialidad y hospital público (vía urgencia) para que le realicen:

Examen de medicina preventiva

Fonasa entrega el 100% de la cobertura financiera para todos los asegurados que soliciten el examen de medicina preventiva en el consultorio mas cercano a su domicilio particular o laboral.

Este examen forma parte del régimen de garantías explicitas de salud-  AUGE/GES, y consiste en pesquisar tempranamente enfermedades o condiciones prevenibles o controlables para algunas enfermedades y la mortalidad asociada a ellas.

Los exáMenes dependen de la edad y condición específica de salud:

Embarazada en control.

RN < de=»» 15=»»>Niños entre 2 a 15 años. –Hombres y mujeres de 15 años y +


Beneficios  de fonasa


Garantías explícitas en salud AUGE/GES


80 patologías, otorga cuatro garantías explícitas de acceso, oportunidad, calidad financiera y calidad. obliga a FONASA. En caso de no ser cumplidos, se debe realizar un reclamo, y en último caso a la súper intendencia de salud.

Modalidades de atención libre elección: puede atenderse sistema privados, pensionados de hospitales públicos y en las consultas de profesionales que hayan suscrito convenio con FONASA.

Pueden acceder beneficiarios de FONASA B, C, D.

Existiendo para ello tres niveles: 1, 2, 3.

Pago asociado al diagnóstico:PAD:


permite conocer con anticipación el valor a cancelar en cualquiera de las 62 intervenciones disponibles. Es necesario elijas, previa hospitalización, valorizar el programa de salud q te entrega el centro asistencial en cualquier sucursal.

La atención integral del PAD, incluye la resolución de la patología y las complicaciones derivadas de ella, hasta 15 días posteriores al alta.

El prestador en convenio no podrá cobrar diferencias por días cama, derecho de pabellón, recargo horario, arsenalera, medicamentos e insumos.

Prestamos médicos:


Los asegurados de Fonasa, tienen la posibilidad de acceder a un préstamo medico para financiar una parte o la totalidad del valor del copago de aquellas prestaciones sujetas a este beneficio, ya sea en la red pública o privada en convenio con Fonasa.

Los préstamos pueden ser:


Hospitalizaciones (mín 1 noche)

Intervenciones quirúrgicas inscritas en PAD

Urgencia con riesgo vital o secuela funcional grave, condición que debe ser certificada.

Tratamientos psiquiátricos, radioterapia y quimioterapia.

 prótesis y ortesis

tto y seguimientos GES.

Requisitos para obtenerlo:
Estar al día con el pago de las cotizaciones. -Acreditar seis meses continuos o discontinuos de cotizaciones, dentro de los 12 meses (trabajadores dependientes o trabajadores por turno al día o jornada)

-Acreditar 12 meses continuos de cotizaciones (trabajadores independientes)

-Contara con 2 codeudores que acrediten ser trabajadores dependientes (mas la firma de sus empleadores respectivos) y tener un ingreso igual o superior al del beneficiario que solicita el préstamo. Los pensionados pueden presentar solo un codeudor.

-completar una solicitud del préstamo medico (emitida en sucursal Fonasa)

-Adjuntar a la solicitud el Programa de Atención de Salud  o el cupón de pago GES, previamente valorizado.

-No estar moroso en préstamos médicos anteriores.

Los préstamos médicos son cancelados en cuotas mensuales, las que no pueden exceder el 10% de los ingresos del beneficiario. Y si es para financiar una atención médica de emergencia (ley de urgencia) no supera el 5% de los ingresos del beneficiario.

Licencias médicas:


Como cotizantes de FONASA, se tiene la posibilidad de acceder a las licencias medicas si se cumple con el tiempo de afiliación al sistema previsional, y con la cantidad de de cotizaciones establecidas en la normativa que rige esta materia.


Ley 16.744 “ley sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales”


Esto se hace con la finalidad de mantener al tanto a las personas trabajadoras para que hagan cumplir sus derechos y que estén bien informados al momento de tener un accidente laboral o padecer una enfermedad profesional.

¿Que es la ley 16.744?


Ley destinada a accidentes de trabajo y enfermedades profesionales , fue promulgada el año 1968 y establece el seguro social obligatorio contra accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

También estarán protegidos todos los estudiantes de establecimientos fiscales particulares x accidentes o en la realización de su práctica educacional.

Cómo funciona?


 pagan un seguro en el sistema de mutualidades que otorga a sus trabajadores el beneficio para recibir en forma gratuita prestaciones médicas y económicas en el evento de sufrir un accidente del trabajo, de trayecto o una enfermedad profesional.

¿Qué son las mutuales de seguridad?


Son las instituciones privadas sin fines de lucro, encargadas de las acciones de prevención de riesgo, de los servicios y tratamientos de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, estas son:

Generalidades


¿Qué es un accidente de trabajo?


: Es toda lesión que una persona sufra a causa o en ocasión de un trabajo y le produzca incapacidad o muerte.

¿Qué es una enfermedad profesional? :
Es la causada de forma directa en el ejercicio de la profesión o trabajo el cual realice una persona y le produzca incapacidad o la muerte.

¿Qué es un accidente de trayecto?:


El lo ocurrido en el trayecto directo ida o vuelta a las dependencias de el trabajo.

¿Qué se debe hacer ante un accidente de trabajo?


Informar de inmediato al empleador, quien coordinará su traslado o rescate.

El trabajador colaborara con la investigación para que se verifique la causa del accidente.

¿Qué  hacer ante un acc de trayecto?


Dirigirse centro asistencial de mutual.

Debe informar a su jefe directo.

De no ser posible lo anterior se debe dirigir al servicio de salud mas cercano del lugar del accidente.

¿Cuales son las prestaciones otorgadas por la ley?


Articulo 29:


La víctima de un accidente de trabajo o enfermedad tendrá derecho a la siguiente prestaciones , que se otorgaran gratuitamente hasta su recuperación o mientras cesan los síntomas de la enfermedad que los causa

Atención medica, quirúrgica y dental__Hospitalización.__Medicamentos y productos farmacéuticos__Prótesis y aparatos ortopédicos (ortesis), y su reparación.__Rehabilitación física.__Rehabilitación física y reeducación profesional, y gastos de traslado.

¿Que beneficios otorga?


Asesorías en prevención de riesgos mediante programas de capacitación dirigidos a los trabajadores.

Asesorías en prevención de riesgos a través de programas específicos.

Cuales son las prestaciones económicas otorgadas por la ley


Subsidios__Indemnizaciones __Pensiones __Pensiones de supervivencia

¿Cómo se calculan las indemnizaciones?


Artículo 26°se entiende por sueldo base mensual el promedio de las remuneraciones o rentas, sujetas a cotización, excluidos los subsidios, percibidas x el afiliado en los últimos 6 meses,anteriores al accidente o al dg médico, en caso de enf profesional.

serán calculadas en base a el sueldo del trabajador sin contemplar bonos y o subsidios percibidos en los últimos 6 meses antes del diag.

Para el otorgar prestaciones pecuniarias (Dinero en efectivo)
los accidentes y enfermedades de trabajo se clasifican en

incapacidad temporal__producen invalidez parcial__producen invalidez total__producen gran invalidez__producen la muerte.


Conforme a la ley y sus excepciones

Art.31


Menciona que este subsidio se pagara durante toda la recuperación y TTO

Art 32


También están incluidos los días feriados y no estarán afectos a descuentos por reajuste.

Art. 33


Si el enfermo se negase a trat o dificultara su recuperación se podría dar lugar a suspender su indemnización , para eso se necesita la autorización del medico tratante y el jefe técnico correspondiente.

Art. 35


Si la disminución es igual o superior al 15% y menor al 40% la victima tendrá derecho a una indemnización de a lo menos 15 veces su sueldo base.

Art 36


La indemnización mencionada será pagada de una sola vez por el valor total o en mensualidades (fecha de pago)

Art 38


Si la incapacidad es mayor a un 40% e inferior a 70% se dispondrá un pago mensual de un 35% de sueldo .

Articulo 39 :
Se considera invalido total a quien haya sufrido una perdida de su función en un 70% (superior) y este dispondrá de un pago mensual de 70% de su sueldo.

Evaluación, reevaluación y revisión de incapacidades:


exclusiva de organismos correspondientes a dicha causa, es decir, será exclusiva competencia de los servicios de salud o mutualidades.

porcentaje exacto de dicha discapacidad dependerá de la clasificación que de el especialista dado las normativas y clasificación de la mutualidad antes mencionadas

Durante los primeros 8 años contando desde la fecha de concesión de la pensión el afectado deberá someterse a exáMenes cada dos años, pasado ese plazo el organismo podrá exigir nuevos exáMenes con la frecuencia que permite el reglamento

Comité paritario que trabajen ms de 25 personas debe existir un comité paritario de higiene y seguridad el cual tiene distintas funciones, tales como asesorar en el correcto uso de herramientas, vigilar el cumplimiento de trabajadores y empresa sobre medidas de prevención e investigar las causas de los accidentes que ocurran.

Las empresas estarán obligadas a mantener al día los reglamentos internos de higiene y seguridad en el trabajo y los trabajadores a cumplirlos con respecto a las exigencias de dicho reglamento. Dichos reglamentos deberán consultar la aplicación de multas a quienes no utilicen los elementos de protección personal que se les haya otorgado o que no cumplan con las obligaciones que entregan las normas de higiene y seguridad.

Conclusión:


gran relevancia para los trabajadores  ya que se puede fiscalizar y a su vez proteger tanto a los trabajadores como a estudiantes. siendo muy importante implementar las medidas de bioseguridad, cumplir con los protocolos establecidos por cada empresa, para así minimizar el riesgo de tener un accidente o padecer una enfermedad profesional.


Cómo la ley protege la maternidad?



Otorga derechos de descansos, subsidios y fueros a todas las trabajadoras embarazadas, otorga a los padres trabajadores un descanso x acimiento del hijo, y derechos y subsidios para la trabajadora o trabajador q tenga a su cuidado a un menor

¿Qué mpresas deben cumplir con la protección a la maternidad?



Todas las empresas e instituciones públicas y privadas, incluso los centros comerciales y malls. Y en todas las sucursales o faenas que posea el establecimiento, empresa o servicio.

¿a qué descansos tengo derecho?


Prenatal: 6 semanas antes del parto.

Postnatal: 12 semanas después del parto.

Postnatal parental: 12 o 18 sem (dependiendo de si la madre se queda en casa o si regresa a trabajar por media jornada) después del postnatal recién mencionado.

¿Se pueden ampliar los permisos de pre y post natal? Si,en los siguientes casos:

Descanso prenatal suplementario: en caso de enfermedad durante el embarazo.

Descanso prenatal prorrogado (parto tardío): en caso de que el parto se produjera después del descanso prenatal (6 semanas). Este descanso se extenderá hasta el nacimiento del niño/a y a partir de esa fecha se contará el descanso postnatal.

Descanso postnatal suplementario:


enfermedad como consecuencia del parto.

 nace antes de la sem 33 de gestación, o si nace pesando menos de 1.500 gramos, el descanso postnatal será de 18 semanas.

En caso de partos múltiples, el descanso se extiende siete días por cada niño a partir del segundo.

Si ocurren estas dos circunstancias simultáneamente, el descanso será el de mayor duración.

Todos estos casos deberán ser acreditados por certificados del médico tratante.

Como padre, ¿tengo algún derecho?


Sí, los derechos del padre son:

Permiso pagado de 5 días, el que podrá utilizar a su elección desde el momento del parto en días corridos, o distribuirlos dentro del primer mes desde la fecha del nacimiento.

Permiso pagado de cinco días en caso de que se le conceda la adopción de un hijo, contado desde la sentencia definitiva que le otorgó el derecho.

Permiso postnatal parental, si es q la madre decide traspasarle semanas, pudiendo traspasar un máximo de seis sem a jornada completa;

pero si la madre decide tomarse 18 semanas a media jornada, puede traspasar un máximo de 12 semanas en media jornada.
Ambos casos, las semanas utilizadas deben ser las semanas finales del período de descanso y habrá derecho a un subsidio en base a sus remuneraciones con un tope de 66 UF.

Derecho a sala cuna mantenida o financiada por la empresa :empresa hay 20 ó +trab mujeres) y si, por sentencia judicial, se le ha confiado el cuidado personal de un menor de dos años.

En caso de muerte de la madre durante el parto o el período posterior corresponderá al padre cumplir el permiso postnatal o el resto de él para el cuidado del hijo, el fuero maternal y el subsidio correspondiente.

Si adopto un hijo, ¿tengo derecho a la protección de maternidad?



Sí, todos los derechos de permisos y subsidios maternales también se aplican a los casos de adopción, tuición o cuidado personal de menores, siempre que se presente la resolución judicial correspondiente.

¿En qué otros casos puedo hacer uso de la protección a la maternidad?


La madre tiene derecho a permiso y subsidio, en caso de enf grave de hijos (-) 1año. Si ambos padres son trabajadores, cualquiera de ellos, a elección de la madre, tiene derecho al permiso y subsidio.

El trabajador/a q tenga a su cargo el cuidado de un menor de edad, por habérsele otorgado judicialmente la tuición o el cuidado personal como medida de protección, o en virtud de lo previsto en los artículos 19 o 24 de la Ley N° 19.620 (ley de adopción), tendrá derecho al permiso posnatal parental.



El menor tiene menos de seis meses, habrá derecho a posnatal de 12 sem más el permiso posnatal parental


La madre tiene derecho a un permiso de diez jornadas ordinarias de trabajo al año, distribuidas a elección del trab en jornadas completas, parciales o combinadas, cuando tenga un hijo menor de 18 años con accidente grave o con una enfermedad terminal en su fase final o enf grave, aguda y con probable riesgo de muerte (acreditadas mediante certificado otorgado por el médico que tenga a su cargo la atención del menor).

Si ambos son trabajadores, cualquiera de ellos, a elección de la madre, tiene derecho al permiso.

Las horas deben ser restituidas por el trabajador mediante imputación a su próximo feriado anual (vacaciones) o laborando horas extraordinarias, o en la forma que convengan trabajador y empleador.

Fuero maternal:


derecho que tiene toda mujer trabajadora a no ser despedida por su empleador, sino con autorización del juez competente, quien sólo podrá concederla en los casos de las siguientes causales: vencimiento del plazo convenido, conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato o hechos imputables a la conducta del trabajador.

En caso de que el padre haga uso del permiso postnatal parental también gozará de fuero laboral


Ese fuero dura un período equivalente al doble de la duración de su permiso, a contar de los diez días anteriores al comienzo del uso del mismo. El fuero del padre no podrá exceder de tres meses.
El fuero se aplica también en caso de adopciones y rige además para el personal de las Fuerzas Armadas, Carabineros y la PDI.

¿Cuánto dura el fuero maternal?



Todo el periodo de embarazo y hasta un año después de expirado el descanso maternal (periodo de postnatal).

¿Puedo ser despedida durante el período de pre y post natal?



No, legalmente el empleador no puede despedirla durante los respectivos descansos de maternidad que le correspondan, salvo si su empleador cuenta con autorización judicial.

Si me despiden durante el fuero maternal, ¿dónde y cuándo puedo reclamar?



Ante los Tribunales del Trabajo,plazo de 60 días hábiles contados desde el día del despido.

Durante los períodos de pre y post natal, ¿sigo recibiendo mis remuneraciones o rentas?



Sí, usted recibe un subsidio maternal que equivale a la totalidad de su remuneración y las asignaciones que estuviese percibiendo, con tope de 73,2 UF.

Sólo se descontarán las imposiciones de previsión y descuentos legales q correspondan.
Si usted regresa a trabajar por media jornada durante su período postnatal parental, tendrá derecho a la mitad del subsidio de lo que le habría correspondido si hubiera tomado el descanso a jornada completa, y a lo menos el 50% de las remuneraciones fijadas en el contrato de trabajo. 
Si usted regresa a trabajar por media jornada durante su período postnatal parental, tendrá derecho a la mitad del subsidio de lo que le habría correspondido si hubiera tomado el descanso a jornada completa, y a lo menos el 50% de las remuneraciones fijadas en el contrato de trabajo.

¿Cómo se calcula el subsidio maternal?



Para trabajadoras dependientes, se calcula sobre el promedio de las remuneraciones, subsidios o ambos que haya percibido los últimos tres meses anteriores a la licencia pre natal.
Para trabajadores independientes, la base de cálculo considera el promedio de las rentas, subsidios o ambos, que haya percibido los seis meses inmediatamente anteriores a la licencia por prenatal.

¿Puede mi empleador condicionar mi contratación por estar embarazada o en edad fértil?



No, ningún empleador puede condicionar la contratación, ni exigir certificados que acrediten esta situación al momento de contratar a una mujer.

¿Cuándo tengo derecho a sala cuna?



Cuando trabaja en una empresa que ocupa veinte o más trabajadoras de cualquier edad o estado civil. O en centros o complejos comerciales e industriales y de servicios, administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica, cuyos establecimientos ocupen, entre todos, veinte o más trabajadoras.

¿Debe mi empleador construir una sala cuna en la misma empresa o tiene otras opciones a su alcance?



Su empleador tiene 3 opciones:

  1. Mantener o construir salas anexas e independientes del local de trabajo, pero de propiedad de la empresa.
  2. Mantener en forma conjunta una sala cuna con otros empleadores.
  3. Designar y pagar una sala cuna externa, que cuente con autorización de la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji).

Si no me gusta la sala cuna de la empresa, ¿puedo exigir a mi empleador el pago de una sala cuna externa?



No, si el empleador mantiene o paga una sala cuna determinada, usted debe llevar a su hijo a esa sala cuna. De lo contrario, deberá costearla usted misma.

Al volver al trabajo luego del postnatal, ¿puedo pedir permiso de salida para alimentar a mis hijos?



Sí, existe el derecho a la alimentación de los hijos hasta 2 años. Las madres trabajadoras disponen de una hora al día para dar alimento a sus hijos. Este derecho puede ejercerse de las siguientes formas a acordar con el empleador:
a) En cualquier momento dentro de la jornada de trabajo
b) Dividíéndola, a solicitud del interesado, en dos bloques de media hora cada uno.
c) También pueden retrasar el ingreso o adelantar la salida en media o una hora.

¿Quién fiscaliza la puesta en práctica de la protección a la maternidad?



La Dirección del Trabajo. En el caso específico de las salas cunas, la entidad encarga de la fiscalización es la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji).

¿Existen sanciones para quienes no cumplan la norma de protección a la maternidad?



Sí, las infracciones contemplan multas de 14 a 70 UTM, multa que se duplica en caso de reincidencia

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