13 Ago
El Salario: Conceptos Fundamentales y Estructura
El salario es la totalidad de las percepciones económicas que reciben las personas trabajadoras, sin discriminación alguna.
Tipos de Salario
- En dinero (retribución dineraria): Pago por una cantidad en metálico, cheque o transferencia bancaria.
- En especie (retribución en especie): Entrega de productos o servicios, cuyo valor no puede superar el 30% del total de retribuciones de la persona trabajadora.
Estructura del Salario
La estructura del salario se compone de la siguiente manera:
- Salario base del grupo profesional o salario de contratación.
- + Complementos o pluses salariales.
- = Salario bruto.
Además, se incluyen dos pagas extraordinarias al año por ley: una en Navidad y la otra en el mes que se pacte.
Conceptos Clave en la Retribución Laboral
Salario Mínimo Interprofesional (SMI)
El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es la cantidad mínima que debe percibir una persona trabajadora, sin distinción de sexo o de edad, como salario base por una jornada completa.
Fondo de Garantía Salarial (FOGASA)
El FOGASA es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Trabajo que garantiza a la persona trabajadora la percepción de salarios, así como las indemnizaciones por despido o extinción de la relación laboral, pendientes de pago a causa de insolvencia o procedimiento concursal del empresario.
El Recibo de Salarios o Nómina
El recibo de salarios se ha ajustado al modelo establecido por el Ministerio de Trabajo; no obstante, las empresas pueden implementar su propio modelo de nómina si se ajusta al oficial. Con la liquidación del salario, la empresa está obligada a entregar a la persona trabajadora un documento denominado nómina.
Percepciones en la Nómina: Salariales y No Salariales
Percepciones Salariales
Las percepciones salariales son aquellas que retribuyen el trabajo efectivo o los periodos de descanso computables como de trabajo. Incluyen:
- Salario base: Parte fija según convenio por unidad de tiempo. Puede incluir plus de convenio.
- Complementos salariales:
- Personales: Por antigüedad, conocimientos, idiomas, etc.
- Puesto de trabajo: Por condiciones especiales (nocturnidad, peligrosidad…).
- Calidad/cantidad de trabajo: Por productividad o rendimiento.
- Complementos especiales: Ej. incentivos, guardias, horas extra.
- Pagas extra (vencimiento > mes): Mínimo 2 al año (normalmente en Navidad y verano). Prorrateables en nómina mensual.
- Salario en especie / Retribución flexible: No en dinero. Hasta el 30% del total. Ejemplos: Seguro médico, comidas en restaurante, transporte público, entrega de acciones.
Percepciones No Salariales
Las percepciones no salariales son cantidades que se perciben en función de determinadas circunstancias surgidas durante la relación laboral, pero no retribuyen ni el trabajo efectivo ni los periodos de descanso. Las principales percepciones no salariales son:
- Indemnizaciones y suplidos:
- Manutención y viajes: Reembolso por comidas y hoteles en viajes de trabajo.
- Plus de transporte/distancia: Compensación por desplazamientos.
- Gastos de locomoción: Gastos por ir al trabajo con vehículo propio.
- Quebranto de moneda: Para cubrir errores en pagos/cobros (ej: cajeros).
- Desgaste de útiles/ropa: Por uso de herramientas o ropa de trabajo.
- Teletrabajo: Gastos de conexión, equipos, etc.
- Prestaciones de la Seguridad Social:
- Incapacidad temporal o accidente.
- Desempleo parcial o ERTE.
- Mejoras de la acción protectora:
- Ayudas por maternidad, nacimiento, cuidado de hijos, etc.
- Indemnizaciones:
- Por fallecimiento, traslado, despido o suspensión.
- Por lesiones o accidentes laborales.
- Otras percepciones:
- Tarjeta transporte, cheque guardería, ayudas escolares, etc.
Deducciones en la Nómina
Para calcular la cantidad neta que percibirá una persona trabajadora, a los devengos íntegros se les ha de practicar una serie de deducciones. La fórmula es:
Devengos (percepciones salariales + percepciones no salariales) – Deducciones (cotizaciones a la Seguridad Social + IRPF) = Salario Neto.
Cotización a la Seguridad Social y Retención a cuenta del IRPF
Las dos deducciones legales que se practican en el recibo de salarios son:
- Aportaciones del trabajador a las cotizaciones de la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta. Ambas son el resultado de aplicar los tipos de cotización sobre las bases de cotización.
- Retenciones a cuenta del IRPF, que se obtienen aplicando el tipo de retención sobre la base sujeta a retención.
Las contingencias protegidas por las cotizaciones a la Seguridad Social incluyen: contingencias comunes, desempleo, formación profesional, FOGASA, mecanismo de equidad intergeneracional, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, y cotización adicional de las horas extraordinarias.
La Cotización a la Seguridad Social
Las personas trabajadoras y las empresas cotizan a la Seguridad Social para cubrir los riesgos o contingencias. Para conocer el importe de la cotización, primero se calculan las bases de cotización; a estas se les aplican los tipos de cotización para obtener la cuota que habrá de ingresarse en la Seguridad Social.
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