22 Ene

16.- DIGA CUAL ES EL FUNDAMENTO LEGAL DEL RETIRO?

Un despido justificado depende de tres factores:    Que exista causa determinada en la ley.

    Que se Entregue el aviso de despido conforme a los requisitos establecidos, es decir, Que se entregue por escrito al trabajador reséñando los hechos y fundamentos Que originan el despido.

    Que se Acredite en juicio.

17.- EXPLIQUE CUANDO SE DA LA TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN DE TRABAJO


Son causas de terminación de las relaciones de trabajo:

I. La fuerza mayor o el caso fortuito no imputable al Patrón, o su incapacidad física o mental o su muerte, que produzca como Consecuencia necesaria, inmediata y directa, la terminación de los trabajos;

La fuerza mayor implica la idea de un accidente que Debe su origen a la naturaleza, en cambio, el caso fortuito expresa la idea de Un hecho debido al hombre; aunque los dos hechos son imprevisibles para el Patrón y por lo mismo, no le son imputables.

II. La incosteabilidad notoria y manifiesta de la Explotación;

III. El agotamiento de la materia objeto de una industria Extractiva;

IV. Los casos del artículo 38; y

Este artículo hace referencia a las relaciones de Trabajo para la explotación de minas que carezcan de minerales costeables y Para la restauración de minas abandonadas o paralizadas.

V. El concurso o la quiebra legalmente declarado, si La autoridad competente o los acreedores resuelven el cierre definitivo de la Empresa o la reducción definitiva de sus trabajos.

18.- EXPLIQUE QUE SON LAS CONDICIONES DE TRABAJO


Son las Distintas obligaciones y derechos que tienen los sujetos de una relación Laboral.

             Principio De Igualdad

19.- EXPLIQUE COMO DEFINE LA LEY LA JORNADA DE TRABAJO


Las Condiciones de trabajo en ningún caso podrán ser inferiores a las fijadas en Esta Ley y deberán ser proporcionadas a la importancia de los servicios e Iguales para trabajos iguales, sin que puedan establecerse diferencias por Motivo de raza, nacionalidad, sexo, edad, credo religioso o doctrina política, Salvo las modalidades expresamente consignadas en esta Ley.

El trabajador podrá solicitar de la Junta de Conciliación y Arbitraje la modificación de las condiciones de trabajo, cuando El salario no sea remunerador o sea excesiva la jornada de trabajo o concurran Circunstancias económicas que la justifiquen.

El patrón podrá solicitar la modificación cuando Concurran circunstancias económicas que la justifiquen.

Este artículo en su primer párrafo, establece que el Trabajador, en forma individual puede solicitar la modificación de las Condiciones de trabajo.

La solicitud del patrón, de modificación de las Condiciones de trabajo, se puede realizar, pero nunca podrá llevarse a cabo por Debajo de los mínimos consignados en la Ley.

20.- CUÁL ES LA DURACIÓN MÁXIMA DE LA JORNADA SEMANAL DE TRABAJO?


La Jornada máxima de 8 horas es considerada como una jornada humanitaria de modo General; pero considerando la naturaleza del trabajo, la jornada de trabajo Deberá ser acorde con dicho trabajo, atendiendo a circunstancias tales como la Peligrosidad que implique para la salud del trabajador, el esfuerzo físico o Mental que desarrolla, la tensión nerviosa a que está sometido, etc.

21.- CUÁLES SON LOS TIPOS DE JORNADA QUE EXISTEN?



Jornada diurna es la comprendida entre Las seis y las veinte horas.
Jornada Nocturna es la comprendida entre las veinte y las seis horas.

Jornada mixta es la que comprende períodos de tiempo de las jornadas diurna y Nocturna, siempre que el período nocturno sea menor de tres horas y media, pues Si comprende tres y media o más, se reputará jornada nocturna.

Jornada Extraordinaria


.Consciente el legislador de que al fijar un máximo a la jornada de Trabajo iba a ser rebasada por diversas situaciones no previsibles, de índole Económica o técnica, fue por ello que reguló el trabajo en jornada Extraordinaria.

22.- CÓMO SE PAGAN LAS HORAS CORRESPONDIENTES A LA JORNADA DE EMERGENCIA?


Se da en el supuesto de la prolongación de la jornada ordinaria a Causa de un siniestro o riesgo inminente en que peligre la vida del trabajador, De sus compañeros o del patrón, o la existencia misma de la empresa.

El trabajador está obligado a prestar este tipo de Trabajo y si se niega a ello, puede ser considerada tal negación como una causa Análoga e igualmente grave a las consignadas en el artículo 47.

Artículo 65.- En los casos de siniestro o riesgo Inminente en que peligre la vida del trabajador, de sus compañeros o del Patrón, o la existencia misma de la empresa, la jornada de trabajo podrá Prolongarse por el tiempo estrictamente indispensable para evitar esos males

23.- CUÁL ES EL OBJETO DE LA VACACIONES?


Las vacaciones persiguen El objeto de que en un periodo más o menos largo, el trabajador se olvide un Poco de su trabajo, se libere de las tensiones a que está sujeto todos los Días, recupere las energías perdidas; en fin que pueda descansar sin la Preocupación de tener que iniciar una nueva jornada de trabajo.

Todos los trabajadores disfrutaran en los términos de La Ley, de un periodo anual de vacaciones como mínimo. La duración de las Vacaciones la establece el artículo 76 de la Ley.

24.- CÓMO SE PAGAN LOS DÍAS DE DESCANSO TRABAJADOS? Triples

25.- CUÁL ES EL PLAZO PARA OTORGAR/DISFRUTAR VACACIONES?Dentro de 6 meses

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