10 Sep
1. Evolución histórica
- a) La Escuela Italiana se relaciona con los Glosadores, especialmente Francisco Acursio. En 1228 sostuvo que nadie debía ser juzgado por una ley a la que no estaba sometido. Los Posglosadores desarrollaron criterios para resolver conflictos entre leyes.
- b) La Escuela Holandesa fue territorialista y aplicaba excepcionalmente la ley extranjera por cortesía internacional. Savigny defendió una posición universalista y consideró que debía aplicarse el derecho más adecuado a la relación jurídica.
2. Lex Mercatoria e Incoterms
- a) La Lex Mercatoria reúne normas, principios y usos del comercio internacional. Incluye usos comerciales, contratos tipo, jurisprudencia arbitral y Principios UNIDROIT. Los Incoterms establecen obligaciones, costos y riesgos entre las partes.
- b) La costumbre mercantil son prácticas reiteradas de los comerciantes. La autonomía de la voluntad permite elegir la ley aplicable, pero tiene límites como normas imperativas, orden público y buenas costumbres.
3. Norma de conflicto
- a) Determina qué legislación se aplicará a una relación jurídica internacional, sin resolver directamente el conflicto. Sus elementos son: supuesto de hecho, factor de conexión y consecuencia jurídica.
- b) En un matrimonio internacional, el factor de conexión puede ser el lugar de celebración o domicilio conyugal. La consecuencia es determinar qué ley regulará la relación.
4. Ley extranjera
- a) El artículo 2051 del Código Civil establece que el derecho extranjero declarado aplicable por las normas peruanas debe ser aplicado de oficio por el juez.
- b) El juez debe interpretar la ley extranjera según el sistema jurídico al que pertenece. Si existen dudas, el artículo 2053 permite solicitar información por vía diplomática.
5. Jurisdicción y factores de conexión
- a) Los factores de conexión vinculan una relación con un Estado. Pueden ser personales (nacionalidad, domicilio), reales (ubicación de bienes), conductuales (lugar de celebración o ejecución) y voluntarios (elección de jurisdicción).
- b) El juez peruano puede tener competencia si existen conexiones con Perú, como que el contrato se haya celebrado en Lima y una parte sea una empresa peruana.
6. Reenvío
- a) Ocurre cuando la norma peruana remite a una ley extranjera y esta, mediante sus normas de conflicto, remite a otro Estado. El artículo 2048 establece que se aplica el derecho interno del Estado declarado competente, evitando el reenvío.
- b) Su finalidad es dar seguridad jurídica y evitar cadenas indefinidas de remisiones entre diferentes leyes.
7. Orden público internacional
- a) El artículo 2049 permite excluir una ley extranjera cuando sea incompatible con los principios fundamentales del ordenamiento peruano o las buenas costumbres.
- b) Es una excepción excepcional. No basta que la ley extranjera sea diferente; debe existir una verdadera incompatibilidad con principios fundamentales.
8. FOB e Incoterms
- a) FOB (Free On Board) significa que el vendedor cumple cuando coloca la mercancía a bordo del buque en el puerto acordado. Desde ese momento, el riesgo pasa al comprador.
- b) Si la mercancía se daña después de ser colocada a bordo, el riesgo corresponde al comprador, aunque podría existir responsabilidad del transportista o asegurador.
9. Calificación y reenvío
- a) La calificación determina la naturaleza jurídica de una relación. La Lex Fori califica según la ley del juez y la Lex Causae según la ley aplicable al fondo.
- b) Primer grado: Perú → Francia → Perú. Segundo grado: Perú → Francia → España.
10. Cuestión previa
- a) Es una cuestión que debe resolverse antes de la principal porque influye en su resultado.
- b) Ejemplo: en una sucesión, determinar si una adopción es válida antes de establecer si alguien puede heredar. Las teorías pueden ser de independencia, absorción y adaptación o coordinación.
11. Fraude a la ley
- a) Consiste en modificar intencionalmente un factor de conexión para obtener una ley más favorable y evitar una norma obligatoria. Se diferencia del orden público porque aquí existe manipulación deliberada.
- b) Ejemplo: cambiar ficticiamente el domicilio a otro país para evitar normas peruanas sobre divorcio.
12. Objeto y sistemas del DIP
- a) El DIP regula relaciones privadas con elementos extranjeros y determina la ley aplicable y el juez competente. Utiliza métodos indirectos (normas de conflicto) y directos (normas sustantivas).
- b) El Sistema Angloamericano utiliza principalmente el domicilio. El Sistema de la Nacionalidad, relacionado con Mancini, utiliza la nacionalidad.
13. Límites a la Lex Mercatoria
La autonomía permite elegir la Lex Mercatoria, pero está limitada por normas imperativas, normas de policía, orden público internacional y buenas costumbres. No puede utilizarse para evadir derechos laborales, tributarios o del consumidor.
14. Límites a la autonomía
- a) Elegir una ley extranjera no permite evitar normas laborales peruanas imperativas cuando el trabajador labora en Perú.
- b) Las normas de policía son imperativas y protegen intereses esenciales del Estado. Se aplican aunque las partes hayan elegido una ley extranjera.
15. Arbitraje y costumbre mercantil
- a) Si no se eligió la ley aplicable, el tribunal arbitral determina las normas correspondientes considerando el contrato, usos comerciales y prácticas internacionales. Puede utilizar los Principios UNIDROIT y la Lex Mercatoria.
- b) La costumbre mercantil son prácticas reiteradas y aceptadas por los comerciantes. Sirve para interpretar, integrar y complementar contratos internacionales.
Pregunta 1. Evolución histórica y doctrinas estatutarias del DIP
a) La Escuela Italiana buscó resolver qué ley debía aplicarse cuando existían relaciones con elementos extranjeros. Los Glosadores, como Acursio, analizaron la aplicación de normas fuera del territorio; los Posglosadores, especialmente Bartolo de Sassoferrato, desarrollaron la distinción entre estatutos personales, reales y mixtos para determinar su alcance territorial.
b) La Escuela Holandesa sostuvo un enfoque territorialista: cada Estado aplica principalmente su propia ley y la aplicación de leyes extranjeras se admite por comitas gentium o cortesía internacional. En cambio, Savigny planteó un enfoque universalista, buscando determinar para cada relación jurídica su sede o conexión jurídica más adecuada, sin limitarse estrictamente al territorio.
Pregunta 2. Lex Mercatoria, Incoterms y usos del comercio
a) La Lex Mercatoria es el conjunto de principios, reglas, usos y prácticas desarrollados para regular el comercio internacional. Sus principales instrumentos son los Principios UNIDROIT, los Incoterms y los usos y reglas bancarias internacionales.
b) El ordenamiento peruano reconoce la costumbre internacional como fuente aplicable cuando corresponde y permite que las partes ejerzan la autonomía de la voluntad para elegir la ley o reglas que regirán sus contratos internacionales, dentro de los límites establecidos por las normas imperativas y el orden público.
Pregunta 3. Configuración y estructura de la norma de conflicto
a) Una norma de conflicto tiene tres elementos:
- Supuesto de hecho: situación jurídica que presenta elementos extranjeros.
- Factor de conexión: elemento que permite vincular el caso con un determinado ordenamiento jurídico.
- Consecuencia jurídica: determina qué legislación será aplicable.
b) Por ejemplo, el artículo 2070 del Código Civil peruano establece que el estado y capacidad de la persona se rigen por la ley de su domicilio. El supuesto es el estado o capacidad; el factor de conexión es el domicilio; y la consecuencia es la aplicación de la ley del domicilio.
Pregunta 4. Naturaleza y aplicación de la ley extranjera
a) Según el artículo 2051 del Código Civil, la ley extranjera aplicable se considera Derecho, por lo que el juez debe aplicarla de oficio y no simplemente tratarla como un hecho que las partes deben probar.
b) El juez debe interpretarla conforme a los criterios y reglas de interpretación del propio ordenamiento extranjero, buscando aplicarla de la manera en que sería entendida en su país de origen.
Pregunta 5. Competencia jurisdiccional e identificación de factores de conexión
a) Los factores de conexión son:
- Personales: domicilio o sede de la empresa española y peruana.
- Reales: lugar donde se ejecutará la obra, Bolivia.
- Conductuales: celebración del contrato en Lima y lugar pactado para el pago, Madrid.
- Voluntarios: cualquier cláusula de elección de foro o jurisdicción, si fue pactada.
b) Sí puede existir competencia internacional del juez peruano, principalmente porque el contrato fue celebrado en Lima, lo que constituye un criterio de conexión relevante con el Perú. Además, debe revisarse si el Libro X del Código Civil reconoce competencia por el lugar donde se originó la obligación o por otros criterios aplicables al caso.
Pregunta 6. Tratamiento normativo del reenvío en el Perú
a) El artículo 2048 del Código Civil establece como regla general que los jueces aplican únicamente las normas de Derecho interno del Estado declarado competente por la norma de conflicto peruana, sin tomar en cuenta sus normas de conflicto, limitando así el reenvío.
b) Esta limitación busca garantizar seguridad jurídica, previsibilidad y estabilidad, evitando que la aplicación sucesiva de normas de conflicto genere incertidumbre sobre cuál legislación terminará regulando la relación jurídica.
Pregunta 7. Excepciones a la aplicación de la ley extranjera
a) El juez puede negarse a aplicar la ley extranjera mediante la excepción de Orden Público Internacional, cuando su aplicación resulte incompatible con principios fundamentales del ordenamiento peruano.
b) Debe existir una incompatibilidad grave y manifiesta entre el resultado de aplicar la ley extranjera y los principios fundamentales del ordenamiento peruano. No basta una simple diferencia entre ambas legislaciones.
Pregunta 8. Incoterms y transmisión del riesgo
a) En FOB Puerto del Callao (Incoterms 2020), el vendedor entrega la mercancía a bordo del buque designado por el comprador en el puerto de embarque. El riesgo se transmite al comprador cuando la mercancía queda a bordo del buque.
b) Si la mercancía se daña durante el trayecto marítimo, después de haber sido colocada a bordo, el comprador asume la pérdida, porque el riesgo ya se había transmitido con el FOB.
Pregunta 9. Instituciones dogmáticas del DIP
a) La calificación consiste en determinar cómo debe clasificarse jurídicamente una situación para elegir la norma de conflicto aplicable. La Lex Fori utiliza los conceptos jurídicos del país del juez; la Lex Causae utiliza los conceptos jurídicos de la ley que resulta aplicable al fondo.
b) El reenvío ocurre cuando la norma de conflicto de un país remite a la legislación extranjera y esta, a su vez, remite a otra legislación.
- Primer grado o de retorno: la ley extranjera devuelve la cuestión a la ley del país del juez.
- Segundo grado: la ley extranjera remite a la legislación de un tercer Estado.
Pregunta 10. La cuestión previa o incidental
a) Es el problema que surge cuando, para resolver una cuestión principal, primero debe determinarse otra cuestión jurídica independiente que tiene conexión internacional.
b) Por ejemplo, en una sucesión puede ser necesario determinar primero si una adopción realizada en el extranjero es válida para establecer si una persona tiene vocación hereditaria. Entre las teorías están la Lex Fori, que aplica la ley del juez a la cuestión incidental, y la Lex Causae, que aplica la ley que regula la cuestión principal.
Pregunta 11. Fraude a la ley
a) El fraude a la ley ocurre cuando una persona modifica intencionalmente un factor de conexión para conseguir que se aplique una legislación más favorable y evitar una norma imperativa. Se diferencia del orden público internacional porque el fraude implica una conducta deliberada para eludir la ley, mientras que el orden público protege principios fundamentales del Estado.
b) Ejemplo: una persona cambia ficticiamente su domicilio a otro país únicamente para evitar la aplicación de una norma peruana imperativa. Si se demuestra la intención de evadir la ley peruana, el juez puede desconocer ese cambio artificial y aplicar la legislación que correspondía.
Pregunta 12. Objeto, funciones y sistemas doctrinales del DIP
a) El DIP estudia las relaciones jurídicas privadas que contienen elementos extranjeros y determina qué juez es competente y qué ley debe aplicarse. La norma de conflicto no resuelve directamente el problema, sino que indica qué ley debe aplicarse. La norma sustantiva regula directamente los derechos y obligaciones.
b) El Sistema Angloamericano utiliza principalmente el domicilio como factor de conexión. El sistema de la Nacionalidad, desarrollado por Mancini, utiliza la nacionalidad de la persona. En el Perú, para el estado y capacidad de las personas, se utiliza con carácter general la ley del domicilio.
Pregunta 13. Límites a la Lex Mercatoria y a la autonomía de la voluntad
La autonomía de la voluntad no es absoluta. Las partes no pueden utilizar la Lex Mercatoria o una ley extranjera para dejar sin efecto normas de policía, normas imperativas u orden público. Esto es especialmente importante en materias como laboral, tributaria y protección al consumidor, donde existen reglas obligatorias que deben respetarse.
Pregunta 14. Caso sobre autonomía de la voluntad y normas de policía
a) No. La elección de una ley extranjera no puede utilizarse para renunciar a derechos laborales imperativos reconocidos por la legislación peruana, especialmente cuando el trabajo se realiza presencialmente en el Perú.
b) Las normas de policía son normas imperativas que el Estado considera esenciales y que se aplican directamente a determinadas relaciones, aunque las partes hayan elegido otra ley. Por ello, los beneficios laborales peruanos, como CTS, gratificaciones y protección frente al despido, prevalecen sobre la elección contractual extranjera cuando resulten aplicables.
Pregunta 15. Arbitraje internacional, costumbre mercantil y Lex Mercatoria
a) Sí. Conforme al artículo 57.3 del Decreto Legislativo 1071, si las partes no han elegido las normas jurídicas aplicables al fondo, el tribunal arbitral puede aplicar las normas jurídicas que considere apropiadas, pudiendo recurrir a los Principios UNIDROIT y usos del comercio internacional, según las circunstancias del caso.
b) La costumbre mercantil sirve para integrar el contrato cuando existen aspectos no regulados expresamente. Los usos comerciales permiten determinar cómo normalmente se interpretan o ejecutan determinadas obligaciones en el comercio internacional, siempre que sean aplicables al caso.

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