05 Jul

Requisitos Legales para la Escisión de Sociedades Mercantiles

Para que una sociedad pueda participar en un proceso de escisión, debe cumplir una serie de requisitos esenciales:

  1. Ser una entidad mercantil. Se excluyen las Sociedades Cooperativas, que se rigen por otro régimen legal.
  2. Estar inscritas en el Registro Mercantil correspondiente.
  3. Que las acciones o aportaciones de los socios a la sociedad escindida se encuentren íntegramente desembolsadas.
  4. Las sociedades beneficiarias de la escisión pueden ser de un tipo mercantil diferente al de la sociedad escindida.
  5. Al igual que en la fusión, pueden participar en procesos de escisión sociedades en liquidación, siempre que no haya comenzado el reparto del patrimonio.

Modalidades de Adquisición Empresarial

Una adquisición o toma de control de una empresa puede efectuarse de diversas maneras:

Tipos Principales de Adquisición: Acciones o Activos

  1. Comprando acciones.
  2. Comprando activos.

Otras Modalidades de Adquisición

  1. Fusión.
  2. Compra de un paquete de control.

Criterios de Diferenciación en Adquisiciones

  • Criterio fiscal.
  • Objeto de adquisición.
  • Simplicidad.
  • Directa.

Posición General de Vendedor y Comprador

El Vendedor prefiere la Venta de Acciones por dos motivos:

  1. Evitar la doble tributación en la compraventa de activos.
  2. Lograr un «corte limpio» en la operación.

El Comprador prefiere la Compraventa de Activos por dos motivos:

  1. Elegir qué es lo que quiere y lo que no quiere adquirir.
  2. No adquirir contingencias ocultas que pudiera haber en la sociedad.

Diferencia entre Anexo y Side Letter en Contratos de Adquisición

Comprender la distinción entre un anexo y una side letter es crucial en la negociación de contratos de adquisición:

Anexo

El anexo es parte integrante y vinculante del contrato principal. Contiene información técnica, financiera o legal detallada (por ejemplo: lista de empleados, balance, activos). Posee el mismo valor jurídico que el cuerpo del contrato.

Side Letter

La side letter es un acuerdo accesorio y paralelo, suscrito normalmente al margen del contrato principal. Regula aspectos secundarios o confidenciales (por ejemplo: pactos de no competencia, condiciones especiales para un socio). Puede ser vinculante o tener carácter interpretativo o aclaratorio.

En síntesis, el anexo forma parte del contrato, mientras que la side letter puede ser confidencial y externa, aunque jurídicamente relevante.

Tipos de Cesión Global de Activo y Pasivo

  • Cesión Global Plural

    Es aquella en que la transmisión en bloque del patrimonio de la sociedad cedente se realiza a favor de dos o más cesionarios. Para ello, es necesario que todo patrimonio que se ceda constituya una unidad económica.

  • Cesión Global por Sociedades en Liquidación

    Las sociedades en liquidación podrán ceder globalmente su activo y pasivo siempre que no hubiera comenzado la distribución de su patrimonio entre los socios.

  • Cesión Global Internacional

    Cuando la sociedad cedente y el cesionario fueran de distinta nacionalidad, la cesión global de activo y pasivo se regirá por lo establecido en sus respectivas leyes personales.

Tipos y Motivos de Fusión Empresarial

Tipos de Fusión

  • Fusión por creación de nueva sociedad.
  • Fusión por absorción.
  • Fusión simplificada.
  • Fusión simplificada (no existe ni experto independiente ni canje): Fusión impropia, fusión inversa, fusión entre hermanas o gemelas.

Motivos para la Fusión

  • Expansión, adquisición o aumento de cuota de mercado.
  • Motivos defensivos: Por ejemplo, ante una amenaza hostil, para evitar el control de un competidor, o debido a cambios legislativos que puedan afectar a un competidor.
  • Cambio de estrategia u orientación comercial.
  • Ahorro de costes.

Calendario y Fases del Proceso de Fusión

El proceso de fusión de sociedades mercantiles sigue un calendario y una serie de fases bien definidas, reguladas por la Ley de Modificaciones Estructurales (LME):

Proyecto Común de Fusión (Arts. 30–32 LME)

Redactado y firmado por los administradores de todas las sociedades intervinientes. Incluye información esencial como el tipo de canje, estatutos, fechas de efectos, etc. Una vez suscrito, limita las actuaciones de los administradores, quienes deben informar sobre cambios patrimoniales significativos. Debe publicarse en la web o depositarse en el Registro Mercantil. Tiene una validez máxima de 6 meses.

Informe de los Administradores (Art. 33 LME)

Cada sociedad debe elaborar un informe explicando los motivos económicos y jurídicos de la fusión, justificando el tipo de canje y analizando sus efectos para socios, trabajadores y acreedores.

Informe de Expertos Independientes (Art. 34 LME)

Es obligatorio si la sociedad resultante es una S.A. o una comanditaria por acciones (no necesario en S.L. ni fusiones simplificadas). Verifica que el tipo de canje es equitativo y que el patrimonio aportado es suficiente. Lo designa el Registro Mercantil, salvo acuerdo unánime de dispensa entre las sociedades.

Balance de Fusión (Art. 36 LME)

Se incorpora a la escritura pública. Puede utilizarse el último balance anual aprobado si no han pasado más de 6 meses desde su cierre respecto al proyecto. En caso contrario, se formula un nuevo balance.

Convocatoria de Juntas Generales (Art. 39 LME)

Debe anunciarse con al menos un mes de antelación. Antes del anuncio, los administradores deben poner a disposición del público (en la web o domicilio social) los documentos clave: proyecto, informes, cuentas anuales, balance de fusión, estatutos y pactos relevantes.

Derecho de Información (Art. 36 LME)

Durante el mes entre la convocatoria y la junta, socios, obligacionistas y representantes de los trabajadores pueden examinar toda la documentación y formular preguntas sobre la operación.

Acuerdo de Fusión (Arts. 39–42 LME)

Se aprueba en Junta General de cada sociedad conforme al proyecto común. En Junta Universal puede acordarse por unanimidad, siempre que no se limiten derechos de información.

Publicación del Acuerdo o Comunicación Individual (Art. 43.2 LME)

Se debe publicar en el BORME y en un diario de gran circulación en las provincias de cada sociedad. Alternativamente, puede notificarse de forma individual a socios y acreedores. Debe constar el derecho de oposición de los acreedores.

Derecho de Oposición de Acreedores (Art. 44 LME)

Los acreedores cuyos créditos sean anteriores a la publicación del proyecto, no vencidos y no suficientemente garantizados, tienen un mes desde la publicación del acuerdo para oponerse. Hasta que no se les garantice el cobro, no puede formalizarse la fusión.

Otorgamiento de Escritura Pública e Inscripción (Arts. 45 y ss. LME)

Una vez vencido el plazo de oposición, se otorga escritura pública incluyendo el proyecto, informes, publicaciones, balances, etc. La fusión surte efectos legales solo tras su inscripción en el Registro Mercantil.

Comunicación del Régimen Fiscal Especial

Si se opta por el régimen de neutralidad fiscal, debe notificarse a la Agencia Tributaria en los plazos establecidos tras la inscripción registral.

Elementos Clave en un Contrato de Adquisición Empresarial

  1. Aspectos Formales

    En la práctica española, se incluyen secciones como «reunidos», «intervienen», «exponen» y «cláusulas». El contenido anglosajón suele estructurarse con un índice, definiciones y partes.

  2. Objeto del Contrato

    Se define claramente lo que se está vendiendo: acciones o activos.

  3. Precio y Contraprestación

    En los contratos de compraventa se debe indicar el precio y la forma de pago. Si la contraprestación no es dineraria, se debe especificar qué se entrega y en qué condiciones. Si el precio está sujeto a ajustes, el contrato debe detallar cómo se aplicarán dichos ajustes.

  4. Manifestaciones y Garantías

    Consiste en un listado de garantías que el vendedor declara y que el comprador considera esenciales para cerrar la operación. Suelen ser extensas y, a veces, se incluyen como anexo en lugar de estar en el contrato principal. Estas garantías pueden llevar matizaciones o excepciones recogidas en una carta o anexo adicional.

  5. Límites de Responsabilidad

    Los límites de responsabilidad suelen centrarse en dos aspectos: la cantidad máxima por la que el vendedor responde (por ejemplo, un tope en franquicias) y el plazo de tiempo durante el cual se puede reclamar. En caso de reclamaciones de terceros cubiertas por garantías del vendedor, suele acordarse que ambas partes actuarán conjuntamente para gestionarlas.

  6. El Cierre y sus Condiciones

    El tiempo entre la firma del contrato y su ejecución se debe a razones como la necesidad de autorizaciones de terceros y a la planificación fiscal, ya que la estructura de la operación no se activa hasta la firma para evitar costes innecesarios.

  7. Garantías

    El comprador busca protegerse frente a posibles inexactitudes en las garantías del contrato, pudiendo reclamar si sufre daños. El vendedor, ante un precio aplazado, quiere garantías de cobro y suele exigir medios de seguridad como avales, depósitos o cheques bancarios.

  8. La Gestión Interina del Negocio

    Durante la gestión interina (entre el compromiso de venta y el cierre), el vendedor sigue gestionando la sociedad, pero para tomar decisiones extraordinarias necesita el consentimiento del comprador.

  9. Los Balances de Referencia

    Los balances de referencia son clave al inicio del proceso de adquisición. Se usan el balance de cierre del último ejercicio y un balance interino más reciente para fijar la valoración y el precio inicial. A medida que avanza la negociación, la situación económica puede cambiar, por lo que esos balances se actualizan para la fijación final del precio.

  10. Cláusulas Misceláneas

    Las cláusulas misceláneas regulan aspectos formales como las notificaciones, la pervivencia del contrato (si una cláusula es nula, el resto sigue vigente), la cesión de títulos (prevalece el contenido sobre el título en caso de conflicto) y cuestiones como el idioma aplicable del contrato.

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