06 Nov

Medidas para el Aprendizaje

a) Adecuación Personalizada de las Programaciones Didácticas

  • Su finalidad es que todo el alumnado pueda participar en su grupo-clase.
  • En todas las etapas educativas se elaboran programaciones y se planifican las unidades didácticas.
  • Consiste en adecuar las programaciones didácticas a los diferentes ritmos, estilos y capacidades de aprendizaje.

Clasificación de la Medida Curricular:

  • Ordinaria de Nivel II: Tiene en cuenta al grupo-clase.
  • También de Nivel III: Tiene en cuenta al alumnado del grupo que requiere una respuesta diferenciada.
  • Extraordinaria Nivel IV: Alumnado que requiere una Adaptación Curricular Individual Significativa (ACIS).

b) Refuerzo Pedagógico

  • Aplicable en cualquier etapa educativa.
  • Medida de respuesta de Nivel III.
  • Consiste en adecuar la metodología y las estrategias organizativas con apoyos ordinarios.

Alumnado al que va dirigida:

  • El que tiene dificultades de aprendizaje en un área o materia.
  • El que ha promocionado con alguna materia suspendida el curso anterior.
  • El que tiene que permanecer un año más en el mismo curso.
  • Alumnado de incorporación tardía que se incorpora de forma transitoria a un curso inferior al que le corresponde por edad.

Preferiblemente, el refuerzo se tiene que realizar dentro del aula ordinaria utilizando estrategias organizativas.

c) Enriquecimiento Curricular

  • Medida curricular extraordinaria de Nivel III.
  • Dirigida al alumnado con Altas Capacidades Intelectuales.

Consiste en:

  • Ampliación de los objetivos.
  • Ampliación de los contenidos de las diferentes áreas o materias.
  • Uso de una metodología específica.
  • Tener en cuenta las capacidades, intereses, estilo de aprendizaje, etc.

Preferiblemente, las actuaciones se tienen que realizar dentro del aula ordinaria, en el marco de la adecuación personalizada de las programaciones didácticas.

En determinados momentos, pueden constituirse pequeños grupos fuera del aula para trabajar alguna competencia específica.

Incluso se pueden proponer actividades fuera del horario lectivo que impliquen a las familias.

d) Enseñanza Intensiva de las Lenguas Oficiales para Alumnado Recién Llegado

  • Medida de Nivel III.
  • Se aplica cuando el alumnado recién llegado tiene una competencia lingüística inferior en cualquiera de las dos lenguas, tomando como referencia el nivel que le corresponde por edad.
  • Se aplica si su nivel de conocimiento no resulta funcional para poder abordar con éxito el aprendizaje de las diferentes asignaturas.
  • Se debe priorizar el aumento de la competencia lingüística.
  • Si se incorpora a partir de 2º curso de Educación Primaria, se le tiene que realizar una adaptación de Acceso al currículum.
  • Se deben organizar programas intensivos de carácter grupal para la adquisición de la competencia lingüística.

e) Adaptación Curricular Individual Significativa (ACIS)

  • Medida curricular extraordinaria de Nivel IV.
  • Dirigida a alumnado que cursa la enseñanza obligatoria.
  • Dirigida a alumnado con Necesidades Educativas Especiales (NEE) y también con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo (NEAE).
  • Se aplica cuando el desarrollo competencial es inferior a dos o más cursos, tomando como referencia las competencias establecidas en el currículum ordinario oficial correspondiente al nivel en el que se encuentra escolarizado.
  • Requiere ser valorado adecuadamente (evaluación sociopsicopedagógica).

f) Programas Personalizados para la Adquisición y el Uso Funcional de la Comunicación, el Lenguaje y el Habla

  • Medida de Nivel IV.
  • Para alumnado que presenta Necesidades Específicas de Apoyo Educativo (NEAE).
  • Requiere una atención educativa intensiva y especializada en este ámbito.
  • Su objetivo es que desarrolle las competencias comunicativas y lingüísticas funcionales en contextos de interacción y aprendizaje.
  • Son programas personalizados que desarrolla el personal docente de la especialidad de Audición y Lenguaje (AyL), con la colaboración del equipo educativo y todos los agentes con los que se comunica el alumno/a de forma habitual.
  • Para alumnado escolarizado en las etapas de Educación Infantil y Etapas Obligatorias.
  • Requiere evaluación e informe sociopsicopedagógico.

Medidas de Flexibilización

a) Permanencia un año más en el mismo curso

  • Medida de Nivel III.
  • Carácter excepcional.
  • Puede aplicarse en cualquier curso de la enseñanza obligatoria y en Bachillerato.

Límites de aplicación:

  • En Educación Primaria: Un año más en el mismo curso, solo 1 vez a lo largo de la etapa.
  • En ESO: Un año más en el mismo curso, 1 vez a lo largo de la etapa, máximo 2 cuando la segunda vez es en 3º o 4º curso.

Es decisión del equipo docente y requiere la elaboración de un plan específico de refuerzo.

b) Flexibilización en la escolarización en la enseñanza obligatoria para alumnado de incorporación tardía

  • Alumnado que presenta un desarrollo competencial inferior a 2 o más cursos.
  • Puede escolarizarse de manera transitoria en un curso inferior al que le correspondería.
  • Esta medida se considera de Nivel III.
  • Esta medida es decisión del equipo docente, asesorado por el servicio de orientación, y requiere la opinión de la familia.
  • El equipo docente elabora un plan específico de refuerzo.
  • Cuando se superan las barreras, el alumno/a se incorpora al curso que le corresponde por edad.

c) Flexibilización en el inicio de escolarización en 2º ciclo de Educación Infantil para alumnado con necesidades educativas especiales o retraso madurativo

  • Respuesta de Nivel IV.
  • Carácter extraordinario.
  • Requiere evaluación e informe sociopsicopedagógico.
  • Dirigida a alumnado que presenta Necesidades Educativas Especiales (NEE) o retraso madurativo.

Aplicación:

  • Alumnado que le corresponde escolarizarse en el Nivel de 3 años: Puede escolarizarse en las unidades de 2-3 años. Si ya está matriculado, puede permanecer un año más en estas unidades.
  • Alumnado que le corresponde escolarizarse en el Nivel de 4 años: Puede escolarizarse en el nivel de 3 años.

d) Prórroga de permanencia un año más en 2º ciclo de Educación Infantil para alumnado con necesidades educativas especiales (NEE)

  • Medida de Nivel IV.
  • Carácter extraordinario.
  • Dirigida a alumnado con Necesidades Educativas Especiales en 2º ciclo de Educación Infantil.
  • Puede aplicarse 1 única vez en el ciclo, en cualquiera de los niveles.
  • Se aplica siempre y cuando de este modo se contribuya a optimizar la maduración y la adquisición de las competencias necesarias para continuar su escolarización con mejores garantías de éxito.
  • Requiere evaluación e informe sociopsicopedagógico.

e) Prórroga de escolarización en la enseñanza obligatoria para alumnado con necesidades educativas especiales (NEE)

  • Respuesta extraordinaria de Nivel IV.
  • Dirigida a alumnado con Necesidades Educativas Especiales.
  • Se aplica cuando se ha agotado la medida de permanencia 1 año más en el mismo curso.
  • Puede aplicarse en cualquier curso de la enseñanza obligatoria.
  • Máximo 2 veces (1 en Primaria, 1 en Secundaria).
  • Requiere evaluación e informe sociopsicopedagógico.

f) Flexibilización en la duración de la etapa para alumnado de altas capacidades intelectuales

  • Medida de Nivel IV, de carácter excepcional.
  • Consiste en la incorporación a un curso superior al que le corresponde.
  • El alumno debe disponer de un grado suficiente de madurez, y se debe prever que la medida es adecuada para su desarrollo personal y de socialización.
  • Puede adoptarse esta medida hasta un máximo de 3 veces en la enseñanza obligatoria.

Opciones de Flexibilización:

  • Anticipar la escolarización en 1º de Primaria.
  • Reducir en 1 año la escolarización en cualquiera de los cursos de Primaria (siempre que no se haya anticipado el inicio de escolarización).
  • Reducir 1 año la escolarización en cualquiera de los cursos de la etapa de ESO.
  • Acabar en 3º de la ESO si se le autoriza la medida de flexibilización en este curso y ha logrado los objetivos de la etapa. Se le expedirá el Título de Graduado en ESO.

Requiere evaluación sociopsicopedagógica.

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