18 Oct

Introducción y Desarrollo Histórico de los Derechos Humanos

H3: Definición y Origen

1. ¿Qué se entiende por derechos humanos?

R: Son derechos morales inalienables e inherentes que todo ser humano posee, y que posteriormente se plasmaron en derechos legales.

3. ¿Cómo se desarrolló la idea de la protección de los derechos humanos?

R: Pasó de ser una idea de derecho natural a normas escritas, con hitos fundamentales como la Carta Magna (1215), la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 en Francia y la Declaración de Derechos de 1791 en EE. UU.

4. ¿Cómo se consiguió la protección en la práctica?

R: Con la Carta de las Naciones Unidas de 1945, la cual reafirmó la fe en la dignidad humana y estableció la cooperación internacional como medio para su protección.

6. ¿Cuándo fue creada la Declaración Internacional de los Derechos Humanos?

R: La Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) fue proclamada por la Asamblea General de la ONU el 10 de diciembre de 1948. (Nota: La Organización de las Naciones Unidas fue creada el 24 de octubre de 1945).

La Carta Internacional de Derechos Humanos y sus Componentes

5. ¿Qué derechos proclamó la Declaración Universal de 1948?

R: Proclamó dos grandes categorías de derechos:

  • Derechos civiles y políticos (como el derecho a la vida, la libertad, la igualdad y la participación).
  • Derechos económicos, sociales y culturales (como el derecho al trabajo, a la educación y a un nivel de vida digno).

7. ¿Cuáles fueron los derechos proclamados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos?

R: Comprende:

  1. Derechos civiles y políticos.
  2. Derechos económicos, sociales y culturales.

8. Mencione cinco derechos civiles y políticos:

R:

  • Derecho a la vida.
  • Derecho a la libertad.
  • Derecho a la seguridad de la persona.
  • Derecho a la igualdad ante la ley.
  • Derecho a la participación política.

9. Mencione los derechos económicos, sociales y culturales:

R:

  • Derecho al trabajo.
  • Derecho a igual salario por igual trabajo.
  • Derecho a un nivel de vida digno.
  • Derecho a la educación.
  • Derecho a fundar sindicatos.

10. ¿Qué otros instrumentos componen la Carta Internacional de los Derechos Humanos?

R:

  • Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
  • Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC).
  • Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

15. Mencione algunos de los derechos que protege el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales:

R:

  1. Derecho al trabajo.
  2. Derecho a condiciones favorables de trabajo e igual salario por el mismo trabajo.
  3. Derecho a un nivel de vida digno.
  4. Derecho a la protección de la familia.
  5. Derecho a la educación.

Mecanismos de Supervisión y Cumplimiento de los Pactos

12. ¿Cuál es el objetivo principal del Comité de Derechos Humanos?

R: Es entablar un diálogo constructivo con los Estados que presentan informes y promover de ese modo su cumplimiento de las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

11. ¿Qué eficacia tiene este mecanismo de presentación de informes realizado por el Comité de Derechos Humanos?

R: Tienen un valor de persuasión, ya que estos informes se examinan en público y, en general, a las autoridades les preocupa que se exponga públicamente la situación de los Derechos Humanos en su jurisdicción.

16. ¿Qué medidas adoptan los Estados Partes en relación con el Pacto?

R: Los Estados Partes presentan informes periódicos sobre los progresos alcanzados en el cumplimiento de las obligaciones del Pacto. Estos informes se examinan ante el Comité, que puede pedir datos complementarios y entablar un diálogo constructivo con los representantes estatales.

18. ¿Qué tipo de información adicional tiene en cuenta el Comité?

R: El Comité considera informaciones de organismos especializados de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y declaraciones de organizaciones no gubernamentales (ONG), tanto escritas como orales.

19. ¿Qué son las “Observaciones generales” del Comité?

R: Son documentos que interpretan artículos del Pacto y ayudan a los Estados a cumplir sus obligaciones, promoviendo la realización progresiva de los derechos.

13. ¿Puede aceptar el Comité de Derechos Humanos denuncias efectuadas a título personal?

R: Conforme a lo dispuesto en el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Comité puede aceptar denuncias de personas que afirman que se han violado sus derechos garantizados por el Pacto, a condición de que el Estado haya ratificado dicho Protocolo.

14. ¿Qué formula el Comité de Derechos Humanos?

R: Formula un dictamen sobre el fondo del caso, que transmite al Estado Parte y a la persona interesada, esperando que el Estado tome las medidas correspondientes para remediar la violación.

40. ¿Quién aprueba las medidas tomadas por la Comisión de Derechos Humanos para tratar las violaciones de los mismos?

R: El Consejo Económico y Social (ECOSOC) de las Naciones Unidas.

Protección contra la Discriminación y Derechos de Grupos Específicos

22. ¿Qué principio fundamental consagra la Carta de las Naciones Unidas respecto a la discriminación?

R: El principio de no discriminación.

23. ¿Cuál es el objetivo principal de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial?

R: Eliminar la discriminación racial en todas sus formas y asegurar la igualdad en el disfrute de los derechos humanos.

24. ¿Qué funciones realiza el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial?

R: Supervisa el cumplimiento de la Convención, examina informes de los Estados y formula recomendaciones.

25. ¿Por qué existe una convención separada sobre los derechos de la mujer?

R: Para garantizar la igualdad sustantiva entre hombres y mujeres y prevenir formas específicas de discriminación estructural contra las mujeres.

26. ¿Qué estrategias ha aplicado la ONU para asegurar la igualdad de la mujer?

R: Ha integrado los derechos de la mujer en sus actividades, realizado conferencias internacionales (como México 1975, Copenhague 1980, Nairobi 1985) y adoptado la Declaración de Viena en 1993.

27. ¿Qué instrumento protege los derechos del niño a nivel internacional?

R: La Convención sobre los Derechos del Niño, en vigor desde el 2 de septiembre de 1990, la cual ha sido ratificada por la gran mayoría de los Estados del mundo.

28. ¿Qué medidas se han tomado para proteger a las minorías?

R: La ONU creó en 1947 la Subcomisión para la Prevención de la Discriminación y Protección de las Minorías, que ha desarrollado estudios y recomendaciones específicas.

29. ¿Qué disposición legal protege a las personas pertenecientes a minorías?

R: El Artículo 27 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos garantiza el derecho de las minorías a disfrutar de su propia cultura, a profesar y practicar su propia religión y a utilizar su propio idioma.

30. ¿Existe un mecanismo universal para tratar los problemas de las minorías?

R: No hay un mecanismo único y exclusivo, pero se promueve la diplomacia preventiva y la acción internacional para evitar conflictos y proteger los derechos de las minorías.

31. ¿Cómo se protegen los derechos de los pueblos indígenas?

R: El principal instrumento internacional que protege sus derechos es el Convenio n.º 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), adoptado en 1989.

Derechos en Situaciones de Conflicto y Asilo

33. ¿Qué protección les asiste a las personas en periodos de conflicto armado?

R: Los Convenios de Ginebra exigen el respeto y la protección de los enfermos, heridos y náufragos de las fuerzas armadas, así como a los prisioneros de guerra, asegurando la igualdad de derechos en la protección de todas las víctimas de guerra, sin discriminación.

36. ¿Cuál es la función principal de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR)?

R: Está encargada de vigilar el cumplimiento de las disposiciones internacionales relativas a la protección de los refugiados y de buscar soluciones duraderas para ayudar a los gobiernos a facilitar la repatriación voluntaria de los refugiados y/o su integración en nuevas comunidades nacionales.

37. ¿Cuál es la definición de “refugiado”, según la Convención que rige los Aspectos inherentes a los Problemas de los Refugiados de África?

R: La amplia definición radica en que se aplica a cada persona obligada a buscar asilo fuera de su país de origen o de nacionalidad, por razones que incluyen la agresión externa, la ocupación y los disturbios civiles internos.

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