La Ética en la Atención Sanitaria: Autonomía y Legislación
De acuerdo con la Ley N° 19.451, los principios bioéticos y los códigos de ética profesional, se considera ético que un paciente decida poner término a su tratamiento siempre que dicha decisión sea libre, informada y consciente. El principio de autonomía reconoce el derecho de toda persona a decidir sobre su propio cuerpo y atención médica, mientras que los principios de beneficencia y no maleficencia obligan al profesional a respetar esta voluntad, evitando imponer medidas que el paciente no desee. Asimismo, los códigos deontológicos establecen que el equipo de salud debe garantizar que el paciente reciba información clara sobre las consecuencias de su decisión y documentar su negativa, asegurando en todo momento un trato digno y respetuoso conforme a la ética y la legislación vigente.
Definición de Bioética
La bioética es el estudio sistemático de la conducta humana en el ámbito de las ciencias de la vida y la atención de la salud, analizada a la luz de los valores y principios morales. Actúa como un puente entre las ciencias biológicas y las humanidades —filosofía, historia, antropología— promoviendo la reflexión sobre el impacto ético de los avances científicos y tecnológicos en la vida humana.
Principios Bioéticos Fundamentales
- Autonomía: Reconoce el derecho de toda persona a decidir libre y conscientemente sobre su cuerpo, su salud y sus tratamientos.
- Beneficencia: Obliga a los profesionales a actuar buscando siempre el bien del paciente, promoviendo su bienestar.
- No Maleficencia: Exige evitar causar daño o sufrimiento innecesario.
- Justicia: Implica equidad en el acceso a los recursos sanitarios y en la distribución de beneficios y cargas de la investigación.
Corrientes Bioéticas Principales
- Principalismo: Se basa en los cuatro principios fundamentales (autonomía, beneficencia, no maleficencia y justicia).
- Utilitarismo: Prioriza las acciones que generen el mayor beneficio posible para el mayor número de personas.
- Personalismo: Centra la reflexión ética en la dignidad intrínseca y el valor absoluto de la persona humana.
- Universalismo: Sostiene que existen valores y principios éticos universales válidos para toda la humanidad.
Hitos Históricos y Documentos Éticos Internacionales
- Código de Núremberg (1947): Surgió tras los juicios de Núremberg por crímenes médicos cometidos durante la Segunda Guerra Mundial. Fue el primer documento internacional que estableció normas éticas claras para la investigación con seres humanos, destacando el consentimiento voluntario, la protección del bienestar del participante y la necesidad de beneficios científicos reales. (Actualmente sigue vigente como base ética internacional).
- Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948): Adoptada por la Asamblea General de la ONU, consagra derechos fundamentales como la dignidad, igualdad, libertad y protección contra tratos inhumanos o degradantes. En investigación, subraya el respeto a la autonomía, integridad física y psíquica, y la dignidad de toda persona involucrada en estudios científicos.
- Declaración de Helsinki (1964): Elaborada por la Asociación Médica Mundial, establece los principios éticos que deben guiar la investigación médica en seres humanos. Resalta el principio de autonomía, el derecho a la autodeterminación, la toma de decisiones informadas y el consentimiento informado. Es un documento rector que ha sido actualizado en múltiples ocasiones.
- Informe Belmont (1978): Marca el nacimiento formal de la bioética moderna. Establece tres principios fundamentales: respeto por las personas, beneficencia y justicia. Distingue entre investigación clínica (beneficio directo para el paciente) e investigación no clínica (valor científico o social), aportando una base ética sólida para los comités de ética en investigación.
- Normas CIOMS (1982): Elaboradas por el Consejo Internacional de Organizaciones de Ciencias Médicas, adaptan los principios éticos internacionales a diversos contextos culturales y científicos, enfatizando la protección de poblaciones vulnerables y la revisión ética independiente. Continúan vigentes, con su última actualización en 2024.
Criterios Éticos de Ezekiel Emanuel para la Investigación en Seres Humanos
- Valor científico: La investigación debe tener un propósito científico válido y aportar conocimiento útil.
- Justicia: Los beneficios y riesgos deben distribuirse de manera equitativa entre los participantes.
- Revisión ética: Todo estudio debe ser evaluado y aprobado por un comité ético independiente.
- Consentimiento informado: Los participantes deben aceptar libre y voluntariamente, comprendiendo los riesgos y beneficios.
- Selección equitativa: Los sujetos deben ser elegidos de manera justa, evitando discriminaciones o explotación.
- Riesgo-beneficio: Los riesgos deben ser razonables en relación con los posibles beneficios.
- Capacidad para cumplir: Los investigadores deben tener los recursos y competencias necesarios para realizar el estudio de forma ética y segura.
Marco Ético y Legislación Chilena
El Código Ético actúa como un marco ético-jurídico que regula la investigación científica en seres humanos, respaldado por la Ley N° 20.120, que establece las normas sobre la investigación científica en el ser humano, su genoma y la procreación asistida. Esta ley busca garantizar la dignidad, los derechos y la seguridad de los participantes en investigaciones biomédicas.
- Uso de placebos: Se permite únicamente cuando no existe un tratamiento estándar disponible o cuando su uso no expone al participante a riesgos graves o irreversibles.
- Adecuación del esfuerzo terapéutico: Implica ajustar las medidas terapéuticas según el estado y pronóstico del paciente, evitando tratamientos inútiles o desproporcionados.
- Obstinación terapéutica: Se refiere a la prolongación innecesaria de tratamientos que ya no aportan beneficios reales, vulnerando los principios de beneficencia y no maleficencia.
Etiquetas: autonomía del paciente, Bioética, consentimiento informado, Ética Médica, Ezekiel Emanuel, Legislación Chilena, Ley 20120, principios bioéticos
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