15 Mar

Deontología Profesional

La deontología busca encontrar el sentido y el fin último de la profesión. Surge de la necesidad de reglamentar éticamente el ejercicio profesional.

  • Género: Conjunto de deberes y principios que rigen a las personas que pertenecen a una categoría profesional.
  • Especie: Conjunto de deberes y principios que rigen la conducta de los abogados.

Etimológicamente, proviene de Deon (deber) y Logos (discurso), es decir, el discurso del deber. Jeremy Bentham, autor de Deontología o Ciencia de la Moralidad, sostiene que todo lo no regulado por el Derecho es un espacio de conducta libre donde interviene la deontología.

Integración de la Ética Profesional

  1. Neutral partidismo / amoralidad: La función del abogado es técnica; su objetivo es llegar al resultado (Luigi Ferrajoli, Gerardo Carrió).
  2. Eticista: La función del abogado tiene como bien superior la justicia.

Importancia de la Ética Jurídica

  • Carácter contradictorio de la abogacía: La ética jurídica orienta la conducta.
  • La maldad del abogado es, casi siempre, un tópico.
  • Confrontación de derechos en una confrontación de pretensiones de justicia.

Es vital distinguir entre regla (mandato definitivo, validez procesal) y principio (mandato de optimización, validez por su contenido).

Evolución del Pensamiento Ético

  • Aristóteles: La razón de hacer las cosas es la felicidad (bien perfecto, autosuficiente, actividad peculiar).
  • Epicureísmo: El placer es la felicidad.
  • Estoicismo: El universo está determinado; no controlamos lo externo, pero sí nuestro sentir (Marco Aurelio y Séneca).
  • Época Medieval:
    • San Agustín de Hipona: La felicidad es el fin último, pero es cuestión de amor, no de conocimiento o actividad.
    • Tomás de Aquino: Síntesis de cristianismo y aristotelismo; la felicidad es imperfecta en el mundo de los vivos.
  • Época Moderna:
    • David Hume: Falacia naturalista. Las pasiones nos mueven a actuar; la razón no puede controlarlas. Fundamentos: utilidad y simpatía.
    • Immanuel Kant: El deber es lo bueno. Distingue entre imperativos hipotéticos (condicionados) e imperativos categóricos (obligatorios siempre).
    • Utilitarismo: Ética hedonista enfocada en el mayor bien para el mayor número de personas. Bentham (aritmética de los placeres) y J.S. Mill (placeres superiores e inferiores).

Corrientes Contemporáneas

  • Anarquismo: Busca la justicia mediante el cambio de estructuras sociales y la eliminación de la opresión.
  • Emotivismo (Ayer, Stevenson): Los enunciados éticos expresan emociones o buscan provocar comportamientos.
  • Prescriptivismo (Richard Hare): Las normas morales son universales; si algo es bueno, debe serlo para todos en condiciones similares.
  • Ética del discurso (Robert Alexy): Importa el procedimiento para llegar al bien.
  • Kittay: El cuidado es capacidad moral y fuente de la dignidad humana.

Clasificación de la Ética

La ética se divide en diversas ramas: descriptiva vs. normativa, cognitiva vs. no cognitiva, de móviles vs. de fines, de bienes vs. de fines, procedimentales vs. sustantivas, teológica vs. deontológica, de la intención vs. de la responsabilidad, y de mínimos vs. de máximos.

El Derecho y la Sociedad

Para Paolo Grossi, el derecho es una realidad inmaterial que organiza la vida social. El problema actual es la separación entre sociedad y derecho, lo que empobrece al ciudadano.

Roscoe Pound distingue entre:

  • IUS: Ético, relacionado con lo justo.
  • Lex: Normas autoritativas que pierden la connotación ética.

Funciones del Derecho (François Ost)

Cuando una relación social se convierte en una relación jurídica, el derecho transforma la interacción mediante el reconocimiento recíproco, la aparición de un tercero y la justiciabilidad.

  • Funciones primarias: Consagración de valores y codificación de prácticas sociales.
  • Funciones secundarias: Identificación de fuentes, arbitraje, memoria y encuadramiento.

Perspectivas Jurídicas

  • Oliver Wendell Holmes Jr.: Teoría predictiva del derecho (lo que harán los tribunales).
  • Luigi Ferrajoli: El derecho debe reducir el dolor humano (sufrido e infringido).
  • Robert Alexy: El derecho tiene dos dimensiones: real/fáctica (legalidad y eficacia) e ideal/crítica (pretensión de corrección moral).

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