08 Abr

7.LA POLITICA CRIMINAL DESDE EL PUNTO DE VISTA DE LAS INSTITUCIONES··

La política criminal de desde el mundo antiguo hasta la ilustración


La política criminal presentaba rasgos de crueldad. Se proponía extirpar conductas desviadas o criminales sin reparar en los medios o sea se trasgredían los derechos humanos. Había sesgos de violencia, crueldad frente al desviado o criminal. Cabe señalar tres rasgos básicos:
··Era vindicativa: se establecía la venganza contra la delincuencia. Si el delito era privado la venganza era privada porque se consideraba que muchos aspectos del código penal, que tienen que estar perseguidos por el orden público, entonces eran perseguidos privadamente. Se trata de un mecanismo para vengarse del criminal. Ej. El principio ojo por ojo, diente por diente. Hoy nos parece muy cruel pero al principio supuso un avance histórico porque anteriormente la venganza era desmedida.
·Tenía sentido expiatorio: quien había cometido un delito se consideraba que no solo había hecho un daño y tenía culpa, también tenía culpa religiosa. El delincuente ha hecho daño una persona y ha conjurado la animadversión de los dioses que elevan a castigar. René Girard, autor francés, escribió un libro sobre la culpa dando explicación de la culpa en el mundo antiguo. Existía mucha violencia y la sociedad piensa que hay que poner límites en ella para no eliminar el grupo. La sociedad tiene que dar rienda suelta a su instinto de violencia pero lo tiene que hacer sobre una persona, la culpable de esa violencia, la llamada víctima propiciatoria, el chivo expiatorio. El sacrificio de esa persona satisfacía a los dioses. Era alguien que había transgredido los valores o tabús del grupo. Es necesario que un hombre muera por el pueblo y entonces el pueblo quedaba liberado.
·Tenía carácter aniquilador o destructivo: no se limitaba a establecer castigos a los criminales también quería eliminarlo. En el siglo XVIII se sientan las bases de la ilustración y los fundamentos de un estado de derecho.

··A partir de la Ilustración


Autores como Beccaría, Jovellanos y Kant quieren acabar con lo anterior. La pena es un castigo pero no una venganza, ni una espía acción, ni la destrucción de la persona. Hay dos concepciones encontradas:
··Beccaría y Jovellanos: consideran que la pena tiene un carácter intimidatorio. La pena no debe ser castigo sino prevenir, intimidar a la persona para que no cometa delito, sabiendo las consecuencias que obtendrá.
·Kant y Hegel: consideran que la pena tiene un carácter retributivo, ya que el carácter intimidatorio atentaba contra la libertad de las personas. Las personas son libres y responsables por lo que tienen que responder de los actos que cometan y afrontar el castigo que les impongan.
·En España: los crausistas(Concepción Arenal) defienden la concepción corrección y está de la pena. La pena tiene un carácter educativo.

··La política criminal en el estado social de derecho


Según Gustav Radbruch, es donde la política criminal se preocupa por primera vez por las circunstancias del delincuente desde una perspectiva abstracta. No es un ser de carne y hueso. El estado de derecho considera la persona dentro de sus circunstancias que su ámbito social, la comunidad la que forma parte. Por primera vez se intenta estudiar rasgos informadores del delincuente. Radbruch hace crítica a autores defensores del estado liberal de derecho: en la sociedad liberal todo está sometido a las leyes de un mercado. El delito es una mercancía que tiene que ser pagada con un precio, como por ejemplo la pena privativa de libertad, la pena capital… El precio es el castigo. El delito es una mercancía dañada.


el precio es el castigo, el delito es una mercancia dañada. Frente a ésto, en el intento de establecer una política criminal inspirada en principios realistas, se vincula a las nuevas categorías del estado de derecho: derecho o económico, social y cultural. Esta nueva visión penetra en la política criminal. Por primera vez se estudian las causas sociales del delito. Lo normal, es que surja por unas causas sociales debido al ambiente. Hay una gran relación entre ignorancia y delito. El delito está provocado por la escasa educación y formación vinculada a valores cívicos respetando los principios sociales.

8.EL TRIDIMENSIONALISMO

El estudio del delito se plantea desde un área multidisciplinar:
··La criminología estudia los factores sociales, psicológicos… que influyen en el delito.
·La perspectiva jurídica estudia el derecho procesal penal, el derecho penitenciario…
·La política criminal tiene una óptica de carácter ético.
Estas tres ópticas de enfoque, se contemplaban como iii comportamientos opacos. Hoy en día, los tres enfoques se necesitan mutuamente y han de ser entendidos en su conjunto, los factores son distintos pero se complementan.
El tridimensionalismo comprender mejor estas dimensiones. Uno de los problemas más arduos es la definición de derecho. Es tan difícil porque se puede contemplar desde distintas perspectivas y según la perspectiva obtenemos una definición u otra.

Dato constitutivo:

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Como hecho social: causar la muerte de alguien. En sociedad se ve que se ha producido un delito, y el delito está relacionado con el derecho. Se estudia por la sociología jurídica(criminología).
·Como norma: libros de derecho . Se estudia por la teoría del derecho(Teoría del derecho penal).
·Como valor: alguien comete un acto condenable . No hay derecho para que esto ocurra , de ahí que sea un valor de la norma cívica. Muchos actos que realizamos a diario son actos jurídicos pero sólo nos damos cuenta de ello cuando se comete una infracción con ellos. Por ejemplo, el autobús es un contrato de trasporte, el conductor tiene que llevarte al sitio acordado, no donde quiera él. Se estudia por la filosofía del derecho(Política criminal ).

Nota predominante


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Como hecho social: lo que importa en los hechos sociales es la eficacia, que las normas se cumplan.  ·Como norma: lo que importa es la validez. La norma es válida cuando es promulgada de acuerdo con los requisitos del ordenamiento jurídico, creada por el órgano competente y recogida en el órgano que da publicidad a la norma. Si no cumple estos requisitos no es válida.
·Como valor: lo que importa es la justicia, que la norma sea justa para una defensa de la persona.   Este planteamiento tridimensional supera el problema de la definición del derecho. Cuando se estudiara un hecho criminal encontramos esas tres perspectivas. Por ejemplo, un hacker informático trabaja en un banco y redondea las cuentas de clientes en unas cuentas que son suyas . Al ser cantidad pequeña no se percibe pero él lo realiza a mil personas. Para evitar trascendencia , opinión pública e inseguridad pública se etapa como se puede pagándole para que se vaya de la empresa o que trabaje en la policía de informático . Hay una norma, y es que el código penal tipifica el fraude informático, por lo que hay un valor. A nadie le gusta que le sustraigan los derechos y bienes de que les son propios. La problemática jurídica se soluciona con este cuadro del tridimensionalismo .

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