21 Ago
Características del Estado de Derecho
Constitución
La Constitución es la ley máxima que regula y estructura el funcionamiento de un Estado de Derecho.
División de Poderes
- Legislativo: Elabora leyes y controla el poder ejecutivo (Parlamento).
- Ejecutivo: Aplica leyes y dirige la administración y la defensa del Estado (Gobierno).
- Judicial: Aplica leyes y sanciona su incumplimiento (Tribunales).
El Estado Social de Derecho
El Estado Social de Derecho es una evolución del Estado liberal que reconoce y garantiza los derechos sociales. Surgió en Estados Unidos tras la crisis económica de 1929, con el New Deal marcando el inicio del reconocimiento de estos derechos. Su función principal es reconocer y proteger los derechos de los ciudadanos, lo que implicó una mayor necesidad de recaudación de fondos por parte del Estado (Hacienda Pública).
Fundamentos Filosóficos del Estado de Derecho y Democrático
Maquiavelo y Hobbes iniciaron un enfoque realista de la política, buscando comprender el origen del poder y las formas adecuadas de conservarlo. Sin embargo, sus teorías enfrentaron críticas significativas, especialmente en lo que respecta a la razón de Estado, la monarquía absoluta y las teorías contractualistas.
Las Teorías Contractualistas
Las teorías contractualistas surgieron en oposición a los regímenes políticos imperiales, donde la soberanía residía exclusivamente en el monarca. Sus principios fundamentales son:
- Todo ser humano nace libre y dueño de sí mismo.
- La legislación es común para todos los individuos.
- La soberanía reside en el pueblo.
Los conceptos clave de estas teorías incluyen:
- Estado de naturaleza
- Sociedad política o civil
- Contrato o pacto social
John Locke
John Locke es fundamental para los principios del Estado de Derecho. Distingue entre el estado de naturaleza y la sociedad política o civil. En el estado de naturaleza, los seres humanos gozan de libertad, propiedad e igualdad, rigiéndose por una ley natural que les obliga a respetarse mutuamente.
Los ciudadanos delegan el poder en tres ramas:
- Legislativo: Encargado de elaborar leyes que regulan la convivencia (Parlamento).
- Ejecutivo: Responsable de gobernar aplicando dichas leyes (Gobierno).
- Federativo: Se ocupa de los asuntos exteriores y de la guerra (Ministros de Exteriores y de Guerra).
Locke busca establecer un equilibrio entre estos poderes para estabilizar el sistema político. Además, postula que si los gobernantes incumplen el pacto social, los ciudadanos tienen el derecho de elegir nuevos representantes y gobernantes.
Montesquieu
Montesquieu es conocido por su fundamental aporte a la teoría de la división de poderes: legislativo, ejecutivo y judicial.
Immanuel Kant
Para Immanuel Kant, el Estado se origina en los individuos como fundamento de la sociedad política. Esta se basa en la libertad, la igualdad de dignidad y leyes comunes. Sin el reconocimiento de la dignidad de las personas, la sociedad política sería imposible.
Jean-Jacques Rousseau
Jean-Jacques Rousseau, figura clave de la Ilustración, participó en la redacción de la Enciclopedia. Entre sus obras más destacadas se encuentran Discurso sobre el origen y los fundamentos de la desigualdad entre los hombres y El contrato social.
Algunas de sus ideas políticas centrales incluyen:
- El ser humano es bueno por naturaleza.
- El pueblo entrega todo su poder a la voluntad general, cuya expresión se encuentra en la ley.
Rousseau también establece contrastes fundamentales entre conceptos:
- Derecho limitado vs. Propiedad
- Estado de naturaleza vs. Estado civil
- Instinto vs. Justicia
- Impulso físico vs. Moralidad
- Apetitos vs. Derecho
- Inclinaciones vs. Razón
- Libertad natural vs. Libertad civil y moral
Alexis de Tocqueville
Alexis de Tocqueville adoptó una posición centrista, siendo un firme partidario de las reformas democráticas y de una sociedad basada en la igualdad de condiciones. Sus obras más influyentes son La democracia en América y El Antiguo Régimen y la Revolución.
Para Tocqueville, la democracia no es solo una forma de gobierno, sino también un estado de sociedad caracterizado por la ausencia de jerarquías rígidas. Sin embargo, identificó dos grandes riesgos inherentes a la democracia:
- El individualismo insolidario.
- El paternalismo intervencionista del gobierno.
John Stuart Mill
John Stuart Mill, en su obra Sobre la libertad, se centró principalmente en la libertad individual. Sostenía que el Estado debe respetar y proteger los derechos de los ciudadanos, interviniendo únicamente para evitar situaciones de injusticia social y para defender la libertad individual.
Jürgen Habermas
Jürgen Habermas defiende un Estado de Derecho democrático en el que tanto sus miembros como sus instituciones eviten el dogmatismo y el relativismo. Su teoría busca conectar la ética del discurso con los procesos democráticos, aplicando procedimientos discursivos que fundamentan nuestro Estado de Derecho y que permiten establecer la validez de las normas y decisiones adoptadas de manera recíproca.
Teorías Contractualistas Contemporáneas
Las teorías contractualistas contemporáneas, representadas por pensadores como John Rawls, Robert Nozick y David Gauthier, abordan la justicia de la estructura básica de la sociedad.
John Rawls y la Justicia Distributiva
John Rawls sostiene que la estructura básica de la sociedad está compuesta por las instituciones más relevantes, cuya función es distribuir los beneficios y cargos dentro de la sociedad. Propone una serie de principios de justicia que buscan garantizar:
- Igual libertad: Cada persona debe tener un derecho igual al sistema más extenso de libertades básicas iguales compatible con un sistema similar de libertades para todos.
- Principio de la diferencia: Las desigualdades económicas y sociales deben estructurarse de manera que beneficien al máximo a los miembros menos aventajados de la sociedad.
- Igualdad de oportunidades: Las posiciones y cargos deben estar abiertos a todos bajo condiciones de justa igualdad de oportunidades.
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