12 Dic

Características del acto administrativo

Enumere y defina sucintamente los caracteres del acto administrativo

Presunción de legitimidad

Se presume, salvo prueba en contrario, que el acto es legítimo, dictado de acuerdo con el ordenamiento jurídico vigente.

Ejecutoriedad

Facultad de la AP de disponer que se realice o cumpla con el acto por sus propios medios, sin la intervención de un juez, para que sea eficaz.

Impugnabilidad

La AP puede suspender la ejecución si afecta al interés público o causa grave perjuicio al administrado, o si el acto tiene una nulidad absoluta.

Estabilidad

Luego de que el juez dicta sentencia definitiva, el acto goza de validez y permanencia y no puede ser revocado ni por el órgano administrativo que lo creó.

Extinción del acto administrativo

Como se puede extinguir un acto administrativo

Formas de extinción

Existen 2 formas de extinción: La natural y la provocada, la provocada a su vez puede ser provocada por hechos o por un acto posterior.

  • Natural: El acto se consume, agotándose integralmente sus efectos; “muere” en forma natural. Se opera cuando se cumple el objeto del acto.
  • Provocada:
    • Por hechos: Estos hechos pueden haberse previsto al tiempo de la emisión del acto administrativo; como ocurre con la extinción por cumplimiento de plazo, por una condición resolutoria, o bien pueden ser imprevistos (imposibilidad de hecho sobreviniente).
    • Por acto posterior: Se extingue mediante una declaración de voluntad, y no de pleno derecho. Hay extinción de un acto administrativo por otro acto, que puede provenir de los particulares, o de la misma Administración.

Motivación del acto administrativo

Que es la motivación del acto administrativo

La motivación es un requisito esencial del acto administrativo, previsto en la ley 19.549, que establece en su inciso E: Deberá ser motivado (explicar), expresándose en forma concreta las razones que inducen a emitir el acto. Es la exteriorización de la causa y finalidad, lo que permite el control de legalidad y la protección de los derechos de los administrados.

Vicios del acto administrativo

Como se llama el vicio en el objeto del acto administrativo

El vicio en el objeto del acto administrativo se denomina “vicio de violación de la ley”, ya que se trata de una transgresión clara y manifiesta al ordenamiento jurídico por ser el objeto del acto prohibido por la ley, o ser imposible, o indeterminado.

Como se llama el vicio en la finalidad del acto administrativo

El vicio en la finalidad se denomina “desviación del poder, son vicios de tipo subjetivo que tiene lugar cuando el acto es dictado con un fin distinto al previsto en la ley, ya sea para obtener un beneficio propio o para un terceros o grupo, pero que no tenga como finalidad el interés público.

Acción de lesividad y otros conceptos

Que es la acción de lesividad?

Esta acción consiste en que un órgano administrativo que dictó un acto, presente en sede judicial esta acción para que el órgano judicial revise dicho acto y si corresponde, por ser ilegal o lesivo del bien común, lo revoque.

Esta acción debe ser interpuesta por el mismo órgano que dictó el acto ilegítimo y siempre que el particular no conozca ni sea responsable de esa ilegitimidad (porque en ese caso aunque le haya dado derechos, el acto puede revocarse en sede administrativa).

Se aplica entonces solamente a los actos administrativos irrevocables en sede administrativa.

Que es la conversión?

Conversión: Si los elementos válidos de un acto administrativo nulo permitieren integrar otro que fuere válido, podrá efectuarse su conversión en éste consintiéndolo el administrado. La conversión tendrá efectos a partir del momento en que se perfeccione el nuevo acto. Art. 20 de la LPA

Que es la cosa juzgada administrativa?

La cosa juzgada administrativa es la estabilidad formal que tiene el acto, que no podrá ser revocado en sede administrativa (salvo que favorezca al particular) y solo podrá posteriormente ser anulado en sede judicial.

En que fallo la CSJN fundó la doctrina de la cosa juzgada administrativa?

El fallo que funda la doctrina de la cosa juzgada es “Elena Carmen de Canton c/ Gobierno Nacional” del año 1936.

Los requisitos que surgen del fallo para que haya cosa juzgada administrativa son:

  • Que no haya una ley que autorice a revocar el acto en sede administrativa.
  • Que el acto sea unilateral (si es bilateral las partes pueden pactar su revocabilidad)
  • Que se trate de un acto individual y concreto (si el acto es de alcance general como un reglamento, puede ser revocado)
  • Que el acto provea de la administración
  • Que declare derechos subjetivos (la estabilidad de la cosa juzgada administrativa se basa en la garantía de proteger estos derechos del administrado)
  • Que cause estado (que haga cosa juzgada porque se agotó la vía administrativa o porque ya no puede ser objeto de recurso jerárquico)
  • Que haya sido dictado bajo el ejercicio de facultades regladas
  • Que sea un acto regular

Que diferencias existen entre el procedimiento constitutivo y el procedimiento recursivo?

Procedimiento constitutivo.- Es aquel procedimiento administrativo que se inicia con la presentación de una solicitud el administrado, y que culmina con el pronunciamiento del órgano encargado para pronunciarse, de acuerdo a lo dispuesto en el TUPA (Texto Único de Procedimiento Administrativo) de la entidad.

Procedimiento recursivo.- Es aquel procedimiento administrativo que se inicia con la presentación de un recurso administrativo por parte del administrado y que culmina con el pronunciamiento del órgano encargado para pronunciarse sobre dicho recurso, de acuerdo a lo dispuesto por el TUPA de la entidad. Este es un procedimiento administrativo distinto a aquel en que se emitió el acto administrativo que se impugna.

Que formas de notificación prevé el procedimiento de la LPA?

Las notificaciones podrán hacerse por cualquier medio que de certeza de la fecha de recepción del instrumento en que se recibió la notificación y en su caso, el contenido del sobre cerrado si este se empleare.

  • Por acceso directo de la parte interesada, su apoderado o representante legal al expediente, dejándose constancia expresa y previa justificación de identidad del notificado; se certificará copia íntegra del acto, si fuere reclamada;
  • Por presentación espontánea de la parte interesada, su apoderado o representante legal, de la que resulten estar en conocimiento fehaciente de acto respectivo;
  • Por cédula, que se diligenciará en forma similar a la dispuesta por los arts. 140 y 141 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación;
  • Por telegrama con aviso de entrega;
  • Por oficio impuesto como certificado expreso con aviso de recepción; en este caso el oficio y los documentos anexos deberán exhibirse en sobre abierto al agente postal habilitado, antes del despacho, quien los sellará juntamente con las copias que se agregarán al expediente;
  • Por carta documento;
  • Por los medios que indique la autoridad postal, a través de sus permisionarios, conforme a las reglamentaciones que ella emite.

Cual es el único recurso necesario para agotar la instancia administrativa?

El único recurso es el Recurso Jerárquico. Es el medio por el cual un particular puede recurrir al órgano superior jerárquico más elevado, para que revise la decisión del inferior jerárquico, y en su caso, se la revoque suspenda o modifique. Con este recurso se agota la vía administrativa. Es de carácter obligatorio

El recurso de alzada es optativo o necesario?

El recurso de alzada es optativo. El interesado puede interponerlo o ir directamente a la instancia judicial, por que no es un requisito necesario previo a la vía judicial. Si se elige la vía judicial no puede luego interponer el recurso de alzada, en cambio a la inversa si.

Contra que actos procede el recurso de reconsideración?

Es el pedido que hace a la misma autoridad que emitió el acto que lo revoque, sustituya o modifique ante un error cometido por el. Procede contra actos definitivos, asimilable a definitivos, interlocutorios o de mero trámite que afecten derechos subjetivos.

Con qué principio fundamental del procedimiento administrativo se vincula el derecho a la vista del expediente?

Se vincula con el libre flujo de información, y la publicidad

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