10 Dic
El Proceso
Proceso: es una serie de actos realizados por el órgano regulador, las partes y los terceros relacionados entre sí por el fin que se persigue, que es satisfacer las pretensiones de las partes.
Procedimiento: son las formalidades que deberán estar revestidos los actos dentro del proceso para que valgan.
Juicio: es la contienda que sostienen dos o más partes, con intereses opuestos, ante un órgano regulador que la dirige y concluye con una resolución.
Podemos decir que el proceso lo componen los actos, el procedimiento lo componen las formalidades de que deberán estar revestidos esos actos y el juicio se compone de la acción, la competencia, las excepciones y defensas, las pruebas, las resoluciones judiciales, los recursos, etc.
Presupuestos Procesales
Son aquellos que deben existir antes de iniciarse el proceso, para que éste se pueda desarrollar válidamente.
Los presupuestos procesales comunes a todo proceso son:
- La competencia del juez
- La legitimación procesal de las partes
Capacidad: Es la aptitud de ser sujeto de derechos y obligaciones, esta es la que se le conoce con el nombre de goce y la aptitud de poder ejercitar y hacer valer por sí mismo sus derechos y cumplir con sus obligaciones, conocida como capacidad de ejercicio.
Legitimación en la causa: cuando el actor es el titular del derecho que reclama (legitimación activa) y el demandado el obligado (legitimación pasiva).
Legitimación procesal: es la idoneidad de la persona para actuar en un proceso.
Representación: Es la facultad que tiene una persona para intervenir válidamente en un acto jurídico por otra persona, como si esta otra persona fuera la que lo estuviera realizando.
Sujetos Procesales
- Son todos aquellos que intervienen en un proceso.
- Son sujetos procesales: el juez, los secretarios, los notificadores, el Ministerio Público, los peritos, los testigos y, desde luego, las partes.
- Las partes en un proceso son aquellas que resultan afectadas dentro de un proceso o quienes las representan.
Tercero
Es la persona que no interviene en la celebración de un acto jurídico y que, además, no se encuentra representada legal o convencionalmente en el mismo.
Terceristas
Se le llama así cuando un tercero comparece a juicio sin que nadie lo haya llamado, sino que comparece a discutir frente a las partes principales un derecho propio o se pone del lado de alguna de ellas.
Etapas en que se Divide el Proceso
1.- Etapa Postulatoria: Comprende desde el ejercicio de la acción en donde se plantean las pretensiones del actor y las resistencias que opone el demandado al contestar la demanda; esta etapa concluye determinando la litis.
2.- Etapa Probatoria: Se desenvuelve en 4 momentos:
- Ofrecimiento de pruebas.
- Admisión de pruebas (o rechazo).
- Preparación (citar testigos, nombrar peritos, fijar días para audiencias de desahogo, etc.).
- Desahogo de pruebas (hay pruebas que se desahogan por su propia naturaleza).
3.- Etapa Preconclusiva: Es la que comprende la formulación de los alegatos en algunas materias y conclusiones en otras. Son las series de consideraciones o razonamientos que hacen las partes ante el juez respecto de las etapas postuladora y probatoria.
4.- Conclusiva o Sentencia: Aquí es donde el juez estudia los hechos narrados en la demanda y en la contestación, así como las acciones, excepciones y defensas hechas valer por las partes, valora las pruebas rendidas y dicta la sentencia que pone fin a la instancia.
La Acción
Es la facultad para poner en movimiento al órgano jurisdiccional.
Pretensión significa: lo que alguien pide. Las pretensiones del actor serán las reclamaciones concretas que hace en contra del demandado.
Excepción
La excepción es un medio de combatir las pretensiones que el actor reclamó en la demanda, dilatando o destruyendo su procedencia.
Excepción Dilatoria: Ataca el proceso y no el derecho en que se basa la acción. Ejemplo: incompetencia del juez.
Excepción Perentoria: No ataca el proceso, sino el derecho en que se basa el ejercicio de la acción. Ejemplo: prescripción.
Diferencias
La defensa no tiende a dilatar o destruir nada; la defensa es la negación del derecho en que se fundan las prestaciones reclamadas.
Jurisdicción
Significado etimológico es: decir o declarar el derecho.
La competencia es el límite de la jurisdicción.
Tiempo y Proceso
El vocablo «término» es una expresión de origen latino «terminus» y hace alusión al límite final en cuanto a tiempo, espacio o actividad.
El término hace alusión al lapso comprendido entre un día y hora iniciales; y el día y hora finales. Dentro de ese lapso han de ejercerse los derechos y cumplirse las obligaciones procesales.
Clasificación de los Términos
Término legal: será el que se consagre directamente en la legislación.
Término judicial: aquel que concretamente ha señalado el juzgador dentro del proceso y que, aunque tenga base legal, ya está determinado con precisión en el desenvolvimiento del proceso. «En los autos se harán constar el día en que comienzan a correr los términos y aquel en que deben concluir.»
Término convencional: aquel que es resultado del acuerdo de los interesados, a través de una disposición contenida en un convenio.
Cómputo de los Términos
La palabra cómputo hace referencia a la manera de calcular los términos.
Preclusión
«La preclusión se define generalmente como la pérdida, extinción o consumación de una facultad procesal.
Caducidad de Instancia
En el vocabulario jurídico se ha introducido el vocablo «caducidad» para significar una de las especies de extinción del proceso, sin llegarse a la sentencia definitiva, por causa de inactividad.
La caducidad, dice la ley, no extingue la acción, pero hace nulo el procedimiento.
Prescripción
Es la pérdida o adquisición de un derecho por el simple transcurso del tiempo.
La prescripción adquisitiva (positiva) es un modo en el cual puedes adquirir cosas ajenas por haberlas poseído durante un periodo de tiempo y porque se han cumplido ciertos requisitos legales.
Por otro lado, la prescripción extintiva (negativa) es aquella en que se extinguen acciones o derechos porque no los has ejercido y además deben cumplirse ciertos requisitos legales.
Diferencia entre Prescripción y Caducidad de la Instancia
- La prescripción opera respecto al derecho sustantivo, mientras que la caducidad extingue el derecho procesal.
- La prescripción puede ser adquisitiva o extintiva; la caducidad es siempre extintiva.
Concepto de Resolución Judicial
Una resolución judicial es un dictamen que emite un tribunal para ordenar el cumplimiento de una medida o para resolver una petición de algunas de las partes intervinientes en un litigio.
Clasificación de las Resoluciones Judiciales
- Auto: Es una resolución judicial que implica un pronunciamiento de los jueces sobre una petición de las partes vinculada al proceso jurisdiccional.
- Providencias: Son aquellas resoluciones que realiza el juez y que se refieren a cuestiones procesales que necesitan una decisión judicial según lo que se encuentra establecido por la ley.
- Sentencias: Es el tipo de resolución judicial más frecuente y que, ya sea en primera o en segunda instancia, se realiza para poner fin a un proceso y una vez que ha concluido el proceso ordinario, la tramitación establecida por la ley.
Audiencia
En el Derecho Procesal, una audiencia es una actuación realizada en el tribunal y en presencia del juez, quien escucha las peticiones de las partes y adopta una decisión sobre el asunto discutido.
Sentencia
Es la resolución definitiva en la que se pone fin a un proceso judicial y es dictada por el juez o tribunal, solucionando definitivamente el conflicto.
Requisitos de las Sentencias
- Escrita o verbal: Dependiendo de la jurisdicción, pueden darse sentencias escritas (jurisdicción civil o administrativa) o sentencias verbales (jurisdicción penal o laboral).
- Estructura: la sentencia debe contener siempre la misma estructura: encabezamiento, antecedentes del hecho, hechos probados, fundamentos de derecho y fallo (resultado de la sentencia).
- Obligación de motivar: Esto significa que se deben expresar los razonamientos jurídicos y sobre los hechos probados que han conducido al juez o tribunal a tomar su decisión razonadamente.
- Congruencia: la sentencia tiene que adecuarse a lo que hayan pedido las partes en el juicio sin que pueda dar más de lo pedido o menos de lo resistido.
Naturaleza Jurídica del Laudo Arbitral
El laudo es la resolución dictada en el procedimiento arbitral, con eficacia equiparable a las sentencias judiciales, que dirime el conflicto surgido entre las partes por efecto del compromiso por el que estas acordaron atribuir la resolución de sus controversias a dicho procedimiento, renunciando a someterlas a la jurisdicción ordinaria civil.
Cosa Juzgada
Alude al efecto que posee una sentencia judicial firme, el cual hace que no sea posible iniciar un nuevo proceso referente al mismo objeto.
Aspecto Formal
La cosa juzgada formal se advierte en el interior del proceso mismo, como el efecto de la resolución judicial.
Aspecto Material
Surge a partir de la última resolución del proceso judicial. Por esta razón, no influye directamente en el proceso, sino que su carácter se considera exterior, porque afecta a los que le siguen.
Impugnabilidad de las Resoluciones Judiciales
En México, la impugnación es el medio que tienen las partes para cuestionar las decisiones judiciales que consideren injustas o que afecten sus intereses.
El derecho a impugnar es una garantía constitucional que se encuentra reconocida en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual establece que toda persona tiene derecho a un juicio justo y a la tutela judicial efectiva, lo que incluye el derecho a impugnar las resoluciones judiciales.
Vías Impugnativas
Recurso de apelación: Es el medio que tienen las partes para cuestionar las decisiones de los tribunales de primera instancia ante un tribunal de segunda instancia. La apelación se interpone ante el tribunal que dictó la resolución impugnada y se resuelve por un tribunal superior.
Juicio de amparo: Es el medio de defensa constitucional que tiene cualquier persona para protegerse de actos de autoridad que violen sus derechos humanos o las garantías constitucionales. El juicio de amparo (derivados de sentencias) se interpone ante un tribunal colegiado y puede ser utilizado para impugnar tanto resoluciones judiciales como actos de otras autoridades.
Diversas Formas de Ejecución
Ejecución de sentencia: Es el proceso mediante el cual se hace efectiva una sentencia definitiva o firme. La ejecución de sentencia puede incluir el pago de una indemnización, el cumplimiento de una obligación, el embargo de bienes, entre otros.
Ejecución provisional de sentencia: Es el proceso mediante el cual se ordena el cumplimiento de una sentencia antes de que ésta sea firme. La ejecución provisional de sentencia se puede conceder cuando se acredite que la no ejecución de la sentencia podría causar un perjuicio irreparable.
Ejecución de medidas cautelares: Son aquellas medidas que se adoptan antes de que se dicte la sentencia definitiva para proteger los derechos de las partes o garantizar la eficacia de la sentencia que se dicte en el proceso. Las medidas cautelares pueden incluir el embargo de bienes, la prohibición de realizar determinadas actividades, entre otras.

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