14 Dic

sabs sistema adminkistracion de bienes y servicios

El Sistema de Administración de Bienes y Servicios es el conjunto de normas de carácter jurídico, técnico y administrativo que regula la contratación de bienes y servicios.

Está compuesto por los siguientes subsistemas: a) Subsistema de Contratación de Bienes y Servicios, que comprende el conjunto de funciones, actividades y procedimientos administrativos para adquirir bienes, contratar obras.Etc b) Subsistema de Manejo de Bienes, que comprende las funciones, actividades y procedimientos relativos al manejo de bienes; c) Subsistema de Disposición de Bienes, que comprende el conjunto de funciones, actividades y procedimientos relativos a la toma de decisiones sobre el destino de los bienes de uso.

objetivo: Establecer los elementos esenciales de organización, funcionamiento y de control interno, relativos a la administración de bienes y servicios.

ARTÍCULO 6.- (ÁMBITO DE APLICACIÓN) I. Las presentes NB-SABS y los instrumentos elaborados por el Órgano Rector, son de uso y aplicación obligatoria por todas las entidades públicas .

). El SABS tiene dos niveles de organización: a) Nivel Normativo, a cargo del Órgano Rector; b) Nivel Ejecutivo y Operativo, a cargo de las entidades públicas.

ARTÍCULO 9.- (ATRIBUCIONES DEL ÓRGANO RECTOR). El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, como Órgano Rector tiene las siguientes atribuciones: a) Revisar, actualizar y emitir las NB-SABS y su reglamentación; b) Difundir las NB-SABS y su reglamentación a las entidades públicas y privadas.

órgano rector es el ministerio de economía y finanzas publicas.

principios sabs :solaridad ,control social ,transparencia ,economía ,eficacia ,equidad.

NORMAS GENERALES DE AUDITORÍA GUBERNAMENTAL

Aplicación Estas normas son de aplicación obligatoria en la práctica de la auditoría realizada  por los auditores gubernamentales de las siguientes organizaciones de auditoría: – Contraloría General del Estado; – Unidades de Auditoría Interna de las entidades públicas; y – Profesionales independientes o firmas de auditoría.

competencia-.La primera norma general es: El auditor gubernamental o grupo de auditores gubernamentales designados para realizar la auditoría deben tener individualmente y en conjunto, respectivamente, la suficiente capacidad técnica, entrenamiento y experiencia profesional, para lograr los objetivos de auditoría.

Independencia 01. La segunda norma general es: Los auditores gubernamentales deben estar libres de impedimentos y prejuicios que puedan comprometer su imparcialidad u objetividad. Además, deben mantener una actitud y apariencia de independencia.

Ética 01. La tercera norma general es: En el ejercicio de sus funciones, el auditor gubernamental debe regirse por el Código de Ética del auditor gubernamental emitido por la Contraloría General del Estado.

Diligencia profesional 01. La cuarta norma general es: Se debe ejercer el debido cuidado y diligencia profesional en la planificación, ejecución y comunicación de resultados del examen, así como en otras actividades que hacen a la labor de auditoría.

Control de calidad 01. La quinta norma general es: Las organizaciones de auditoría deben implantar un sistema interno de control de calidad. Este sistema debe estar sujeto a revisiones periódicas internas y externas.

Ordenamiento jurídico administrativo y otras normas legales aplicables, y obligaciones contractuales 01. La sexta norma general es: El auditor gubernamental debe obtener una seguridad razonable sobre el cumplimiento del ordenamiento jurídico administrativo y otras normas legales aplicables, y obligaciones contractuales que resulten significativas para el logro de los objetivos de auditoría.


Relevamiento de información 01. La séptima norma general es: Las organizaciones de auditoría, deben realizar relevamiento de información a efectos de determinar la inclusión de auditorías en el programa de operaciones anual o la auditabilidad, según corresponda.

Ejecución 01. La octava norma general es: Cualquiera sea el objeto del examen y tipo de auditoría a ejecutarse, la misma debe ser planificada y supervisada; estar acompañada de evidencia; y sus resultados deben ser comunicados en forma escrita.

Seguimiento 01. La novena norma general es: La Contraloría General del Estado y las Unidades de Auditoría Interna de las entidades públicas deben verificar oportunamente el cumplimiento de las recomendaciones contenidas en sus informes. Además, las Unidades de Auditoría Interna deben verificar el cumplimiento de las recomendaciones emitidas por las firmas privadas de auditoría y profesionales independientes.

PRINCIPIOS NORMAS GENERALES Y Básicas DE CONTROL INTERNO GUBERNAMENTAL-

NORMA GENERAL DE AMBIENTE DE CONTROL El ambiente de control define al conjunto de circunstancias que enmarcan el accionar de una entidad desde la perspectiva del control interno y que son, por lo tanto, determinantes de las conductas y los procedimientos organizacionales.

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