15 Dic

Póliza

– En la póliza puede pedirse un cuestionario de antecedente, según el art.
525, relativo a la edad, profesión salud, etc. Las preguntas del cuestionario las formula el asegurador, y se debe responder con la verdad. En el art. 591 se establecen normas relativas a enfermedades preexistentes.

Agravación de los riegos en el seguro de vida

– En la ley anterior estaba prohibido asegurar la posibilidad de suicido, porque era un incentivo a la muerte. Actualmente se establece que el siniestro causado dolosamente por el beneficiario no será cubierto ni cubierta la indemnización, por el seguro.
Derecho Comercial IIgnacia Caballero
Profesora: Rosario ZamoraFernando Ipinza

– Se establece que el riesgo de suicidio del asegurado queda cubierto por los dos primeros años desde el contrato de seguro, según el artículo 598 inc. 2°. No se puede asegurar, por seguro de vida, si me dedico a:

Empresa criminal

Muerto por sus herederos

Muerte en acción de guerra

Seguros de vida

AFP: Como se entregue el dinero dependerá del contrato que firme la persona con la AFP al momento de jubilarse

Renta vitalicia

Art 588: Modalidad de seguro de vida mediante la cual el asegurado recibe del contrante un capital y se obliga a pagarle a él o sus beneficiarios una renta hasta la muerte de aquel o a estos

Modalidades de pensión

Renta mensual

Renta a partir de un período específico: Desde que termina de trabajar, hasta cierta cantidad de año

Esto dependerá de la cantidad de dinero acumulado y de la expectativa de vida

¿Quién administra?

La AFP

El seguro de vida

La persona

La persona y la AFPR

La persona y el seguro de vida

¿Se hereda?

Dependerá quien es dueño; la AFP, el seguro o la persona

Seguro de persona: Seguro de salud

No se aplica al seguro de isapres o FONASA, es un seguro complementario de salud.

Art 588 i V: El asegurador se obliga a pagar de la forma estipulada los gastos de hospitalización, farmacéutico. Las enfermedades que asegure dependen del contrato

No se entrega una cantidad de dinero, sino servicios o productos (farmacéuticos) o pagar lo que no cubre la ISAPRE.
Derecho Comercial IIgnacia Caballero
Profesora: Rosario ZamoraFernando Ipinza

Objeto:

Enfermedades o dolencias que tiene las personas.

Se habla de dolencias preexistentes; Se trata de aquellas enfermedades diagnosticadas por el asegurado al momento de contratar el seguro. Si se lo diagnostican después no se trata de enfermedad pre existente. Algunos seguros se reservan la facultad de nocubrir las enfermedades pre existentes.

Enfermedades pre existentes  Art 591

Indisputabilidad  592: Después de dos años el asegurador ya no puede alegar un aumento de riesgo de la persona , si es que la aseguradora no alegó a tiempo. Excepción: Que la persona hubiera mentido o de manera dolosa hubiese escondido los aumentos de riesgo.

Porque con el aumento de riesgos generalmente implica un aumento de prima. *El sistema de Isapres se contempla 5 años

El asegurador solo tiene cobertura de su seguro después de lo que cubre la isapre

Coberturas patrimoniales  Art 601

Podría significar aplicar principio indemnizatorio a los seguros de personas. En caso de que los seguros de personas contemplan además un daño patrimonial, esa parte se regula de acuerdo a las reglas del seguro de daño y no de personas.

Podría implicar aplicar el principio indemnizatorio (aunque no es una compensación en dinero sino que se entrega un capital o el dinero que se haya pagado por prima)

Seguro de daños

Son los daños sufridos en cosas corporales, en derechos (por ejemplo seguro de responsabilidad contractual) o patrimonial (parte del seguro de vida complementario en que si la enfermedad es más cara la aseguradora le ayuda)

El asegurado no lucra no lucra con el seguro, si se choca un auto le pagaran el mismo y no uno mejor. Art 550

Sin perjuicio de lo anterior se puede pactar un lucro cesante: Es decir que se pague por el hecho de dejar de percibir por el arreglo del auto. Se debe pactar expresamente. Art 551

¿Qué interés se asegura?

Art 546: Se trata de un interés lícito estimable en dinero

Sobre un mismo objeto pueden concurrir varios intereses (por ejemplo seguro de incendio y de terremoto de una misma casa, los dos llevan aa la destrucción del bien pero por motivos distintos)
Derecho Comercial IIgnacia Caballero
Profesora: Rosario ZamoraFernando Ipinza

Permite asegurar universalidades

Establecimientos comerciales

Con o sin designación específica de los bienes que lo compongan.

Art 548: En el momento del siniestro se deben individualizar los bienes y se debe probar que eran partes de esa universalidad

Indemnización

Regla general: En dinero a menos que se estipule reposición art 563

Excepción: Se puede pactar la reposición del bien

La dejación del bien: Art 564 el abandono de la cosa con el objeto de obtener la indemnización total, no es de la naturaleza del contrato. Es decir si el auto queda en 80% dañado se pagará todo el auto, pero eventualmente se podría arreglar, por lo que la aseguradora pide el auto para obtener la indemnización.



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