06 Abr

COMENTARIO 7: CONSTITUCIÓN DE 1876 (30-06-1876)No se encontramos ante un texto jurídico donde nos encontramos algunos de los artículos de esta Constitución de 1976. Fue escrito por las cortes y sancionado por el monarca, Alfonso XII. Fue escrito el 20 de Junio de 1876 en Madrid, para toda la nacíón española y se trata de una fuente primaria._El Siglo XIX habrá una revista habilidad política. Tras la marcha de Isabel II. Como el pueblo quería monarquía vino Amadeo de Saboyá. Su único apoyo, Prim muere asesinado y se encuentra con un país que le rechaza. Ante esta situación, dimite._Para evitar el vacío de poder, Pi y Margal proclama la República. Esta nueva etapa fue muy inestable. Duró 11 meses y hubo 4 presidentes diferentes. Al ser una situación insostenible, el general Pavía da un Golpe de Estado en 1874. El poder está en manos de Serrano, en un gobierno provisional. Al final de ese mismo año el general Martínez Campos encabeza otro pronunciamiento, que acaba con la proclamación de Alfonso XII como nuevo rey.
_En la nueva etapa, llamada restauración se va a intentar establecer un nuevo sistema político: el turnismo. Con este el partido liberal y el conservador se van a turnar el poder, con el objetivo de que para alcanzar el poder no hicieran falta pronunciamientos militares y reinará la paz._Necesitaban una nueva constitución moderada que dejara algunos artículos abiertos a distintas interpretaciones, para que sirviera tanto a los liberales como los conservadores siempre con el objetivo de mantener el orden político y el equilibrio._El tema Principal, son los artículos más importantes de la Constitución de la Restauración. Esto es hablar de diferentes ideas, como la religión, los derechos individuales y duales, el poder, la organización del Estado etc._En el artículo 11 nos habla de la religión. La religión católica es la oficial del Estado, aunque se respetan los demás siempre y cuando se practique en la intimidad._El artículo 13 hace referencia a los derechos individuales, concretamente el derecho que poseen todos los individuos de besar su opinión sincera censurada “todo español tiene derecho a…”_Los cinco siguientes artículos tratan sobre la monarquía constitucional y lo que ello supone._En el artículo 18, la Constitución recoge que el poder de hacer las leyes reside en las cortes y en el rey._El artículo 19 habla de la composición de las Cortes y el 20 habla sobre la del senado. No se los pueden ser elegidos por el rey, por el Estado o por el pueblo pero siempre “por el método que determine la ley” (artículo 22)._Artículo 28 muestra el método de elección de los diputados._El artículo 50; del poder ejecutivo se le otorgan al rey._Y por último tenemos el artículo 75 que nos habla de que hoy no hay diferencias existentes en los territorios, ya que el sistema foral ha sido abolido. Sin embargo, los conciertos económicos continuaban en Vigo._La centralización establecida en 1876 acabó con los restos del sistema foral vasco, y abríó el camino para la transformación del viejo fuerismo en un nacionalismo de base étnica católica. Debido al fracaso de la experiencia republicana, las clases altas y medias apostaron por una solución acorde con el contexto internacional y conveniente a sus intereses: la restauración monárquica. Este sistema fue apoyado por la iglesia, el ejército y el pueblo que garantiza el orden público. Sin embargo, fue rechazado por los antiguos y nuevos políticos._El objetivo de la restauración era situar dentro al hijo de Isabel II, Alfonso XII. El gran protagonista de este plan fue Antonio Cánovas del Castillo, político encargado de restaurar la monarquía. El sistema de la restauración se basó en la Constitución de 1876 y que era punto intermedio entre las de 1845 y 1869. Los puntos más polémicos se dejaban a elección del gobierno de turno, como por ejemplo el sufragio en la cuestión reside religiosa. El gobierno de turno es debido al sistema bipartidista y se impuso en esta época, dominada por los partidos Conservadores y Liberales._En conclusión, hay que mencionar que esta constitución tuvo gran impacto en nuestra historia, ya que fue la mayor vigencia en la historia contemporánea de España. Los artículos de la Constitución estaban abiertos a distintas concepciones para que sirviera para el gobierno liberal y para el conservador. De esta forma podría funcionar el bipartidismo que se da durante toda esta época de la restauración Borbónica. Sin embargo, las elecciones nunca expresaban el posible malestar del pueblo ya que estaban amañadas. Durante esta época también está muy presente en el caciquismo.

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