11 Dic

Derechos y Deberes de los Usuarios de Servicios Deportivos Municipales

A continuación, se detallan los aspectos relativos a los derechos y deberes de los usuarios, así como las prácticas prohibidas en las instalaciones deportivas municipales.

Derechos de los Usuarios

Los usuarios tienen derecho a:

  • Conocer la información relativa a los servicios, incluyendo:
    • Las instalaciones y los equipamientos disponibles.
    • Los horarios de prestación del servicio.
    • La lista de las tasas, precios públicos o tarifas vigentes.
    • La suspensión de servicios o cualquier incidencia que se produzca.
  • Disponer de instalaciones y equipamientos deportivos en buenas condiciones de uso y accesibles a personas con alguna discapacidad.
  • Conocer la identidad del personal bajo cuya responsabilidad se presta el servicio y ser atendidos con respeto y cortesía por parte del personal que lo presta.
  • Recibir el servicio por personal con la cualificación adecuada.
  • Formular cualquier sugerencia, reclamación o queja y ser contestado en el plazo establecido, en los términos que se recogen en la Carta de Servicios de los Servicios Deportivos.
  • Ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición respecto a sus datos personales, según lo establecido en la normativa de protección de datos de carácter personal.
  • Utilizar las instalaciones en las condiciones que garanticen la protección de su salud y seguridad, conforme a la normativa reguladora.
  • Exigir el cumplimiento del presente Reglamento por medio de los empleados y de los responsables de la gestión de los centros.
  • La devolución de la tasa, precio público o tarifa abonada, en caso de incumplimiento de los servicios, en los supuestos y en los términos previstos en su acuerdo regulador.

Artículo 8. Deberes de los Usuarios de las Instalaciones Deportivas Municipales

Son deberes de los usuarios de las instalaciones deportivas municipales:

  1. Abonar la tasa, precio público o tarifa que corresponda, en su caso, conservar los títulos de uso de los diversos servicios durante su período de validez y acreditarse a requerimiento del personal de la instalación.
  2. Hacer adecuado uso de las instalaciones deportivas municipales, con la indumentaria apropiada y respetando la normativa específica en cada caso.
  3. Respetar el material y los equipamientos deportivos de las instalaciones deportivas municipales y demás dependencias, colaborando en su mantenimiento.
  4. Respetar los horarios y funcionamiento de los servicios deportivos, atendiendo en cualquier caso a las indicaciones del personal de las instalaciones deportivas municipales.
  5. Mantener siempre una actitud correcta y de respeto hacia los demás usuarios y personal de los servicios deportivos.
  6. Cumplir lo establecido en la normativa vigente y, en especial, lo relativo al consumo de tabaco, alcohol y sustancias estupefacientes.
  7. No acceder a los recintos deportivos con recipientes o envases de vidrio, metal o cualquier otro material que no sea de papel o plástico.
  8. Cumplir y respetar las normas generales contenidas en este Reglamento y las instrucciones específicas de uso de los distintos espacios deportivos de cada centro.
  9. Los acompañantes, espectadores y demás personas que no estén haciendo uso de las instalaciones deberán permanecer fuera de las pistas y terrenos de juego.

Artículo 9. Prácticas Prohibidas para los Usuarios

AYUNTAMIENTO DE MADRID 4

1. Está prohibido:
  • Impedir u obstruir el normal funcionamiento de la instalación deportiva municipal.
  • Utilizar las instalaciones deportivas municipales o cualquiera de sus elementos para un uso distinto de aquél para el que están concebidos.
  • Realizar cualquier tipo de actos que puedan ocasionar daños a las instalaciones deportivas municipales o a cualquiera de sus elementos.
  • Impedir el uso de la instalación deportiva municipal o de cualquiera de sus elementos a otros usuarios.
  • Acceder con animales a las instalaciones, excepto en los casos previstos legalmente.
  • Acceder a las instalaciones con vehículos de cualquier índole, salvo cuando dispongan del espacio habilitado para ello, por el tiempo limitado a la duración de la actividad y previo pago, en su caso, del precio público correspondiente.
  • Impartir clases sin autorización.
  • Realizar cualquier actividad económica lucrativa.
  • Introducir mesas, sillas, sombrillas, tumbonas y cualquier otro mobiliario.
  • Practicar juegos con o sin elementos, salvo en las zonas habilitadas para ello.
  • Utilizar reproductores de música sin auriculares.
  • Arrojar sustancias y residuos o cualquier tipo de desperdicio fuera de los recipientes destinados a tal fin.
  • Introducir objetos en el agua, salvo en los supuestos previstos en esta norma.
  • Comer fuera de las zonas habilitadas para ello.
  • Introducir o exhibir pancartas, símbolos, emblemas o leyendas que, por su contenido o por las circunstancias en las que se exhiban o utilicen pueda ser considerado como un acto que incite o fomente los comportamientos violentos, xenófobos, racistas, o como un acto de manifiesto desprecio a los participantes en la actividad deportiva.
  • Introducir armas, bengalas, petardos explosivos o cualquier producto inflamable, fumígeno o corrosivo.
  • Encender fuego.
  • Realizar reportajes fotográficos o de vídeo, sin autorización expresa.
  • Subarrendar, ceder o prestar el derecho de uso de los espacios deportivos con reserva a terceras personas o entidades sin autorización expresa.
2. Responsabilidad por Enfermedades

Toda persona que acceda a las instalaciones deportivas padeciendo enfermedad infecto-contagiosa transmisible por contacto físico o vía aeróbica sin el conocimiento o la autorización previa de los servicios médicos municipales competentes será responsable de las consecuencias derivadas de dicha conducta.

3. Exención de Responsabilidad del Ayuntamiento

El Ayuntamiento de Madrid o la entidad que gestione el servicio no será responsable:

  • De las lesiones que pueda sufrir el usuario salvo que sean consecuencia de un mal estado de la instalación o de sus equipamientos.
  • De los daños derivados del incumplimiento del presente Reglamento o del mal uso de las instalaciones o equipamientos.

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