18 Nov

Tipos de Contratos Indefinidos

Contrato Indefinido Ordinario

Puede formalizarse por escrito o de palabra.

Conversión a Fijo y Jornada Completa

Se considerarán fijos y a jornada completa los trabajadores en los siguientes casos:

  • Aquellos que no hubieran sido dados de alta en la Seguridad Social (SS).
  • Los contratos que no se realicen por escrito cuando la ley lo exija.
  • Los celebrados en fraude de ley.

Contrato Indefinido de Apoyo a Emprendedores

Debe formalizarse por escrito y a jornada completa. Incluye un periodo de prueba de un año.

Requisitos para la Empresa

  • Tener menos de 50 trabajadores.
  • No haber realizado despidos improcedentes en los 6 meses anteriores.

Obligación de Mantenimiento del Empleo

El empresario debe mantener al trabajador en el puesto durante al menos 3 años, salvo en casos de despido procedente, jubilación o Incapacidad Permanente (IP).

Contrato Fijo Discontinuo

Se utiliza para trabajos que no se repiten en fechas ciertas. Combina periodos de trabajo con periodos de inactividad. Al final de la campaña, el contrato se suspende.

Debe formalizarse por escrito. La empresa debe llamar a los trabajadores en el orden y forma que determine el Convenio Colectivo (CC).

Tipos de Contratos Temporales

Contrato para Obra o Servicio Determinado

Debe formalizarse por escrito, especificando e identificando con claridad la obra o servicio.

  • Duración: No puede exceder de 3 años, ampliables hasta 12 meses más por Convenio Colectivo (CC).
  • Jornada: Puede ser a jornada completa o parcial.
  • Indemnización por Extinción: 12 días de salario por cada año de servicio.

Contrato Eventual por Circunstancias de la Producción (PCP)

Se utiliza para atender exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos.

  • Formalización: Por escrito, cuando su duración sea superior a 4 semanas o si es a tiempo parcial.
  • Duración Máxima (General): 6 meses, dentro de un periodo de 12 meses.
  • Duración Máxima (Por CC): 12 meses, dentro de un periodo de 18 meses.
  • Jornada: A tiempo completo o parcial.
  • Indemnización por Extinción: 12 días de salario por año trabajado.

Contrato de Interinidad (Sustitución)

Tiene como objetivo sustituir a trabajadores con derecho a reserva del puesto de trabajo.

  • Formalización: Por escrito, identificando claramente al trabajador sustituido.
  • Duración: La misma que la duración de la reserva del puesto del trabajador sustituido. Máximo 3 meses en ciertos supuestos.
  • Jornada: La misma jornada que el trabajador sustituido.
  • Extinción: Se extingue cuando se reincorpora el trabajador sustituido, cuando finaliza el plazo máximo de 3 meses (si aplica), o por la extinción de la causa que dio lugar a la reserva del puesto.
  • Indemnización: No genera derecho a indemnización.

Contratos Formativos y de Fomento del Empleo

Contrato de Primer Empleo Joven

  • Requisitos: Jóvenes menores de 30 años, con experiencia laboral menor a 3 meses.
  • Duración: Mínima de 3 meses y máxima de 6 meses.
  • Jornada: Equivalente al 75% de la jornada de un trabajador a tiempo completo comparable.

Contrato en Prácticas

Requisitos del Trabajador

  • Acreditar una formación previa mediante la titulación correspondiente.
  • Debe celebrarse en los 5 años siguientes a la obtención del título (o 7 años si el trabajador es menor de 30 años).
  • La prestación de servicios debe corresponder con la titulación obtenida.

Condiciones Contractuales

  • Formalización: Por escrito.
  • Duración: Mínimo 6 meses, máximo 2 años.
  • Prórrogas: Si la duración inicial es inferior a dos años, puede prorrogarse hasta dos veces, con una duración mínima de 6 meses por prórroga.

Periodo de Prueba

  • Titulados de Grado Superior: 2 meses.
  • Titulados de Grado Medio: 1 mes.

Retribución

  • Primer año: No inferior al 60% del salario fijado para un trabajador que desempeñe el mismo puesto.
  • Segundo año: No inferior al 75% del salario fijado para un trabajador que desempeñe el mismo puesto.

Extinción

Si el contrato dura menos de 1 año, al llegar el tiempo pactado, debe notificarse su terminación con 15 días de antelación. No genera derecho a indemnización.

Contrato para la Formación y el Aprendizaje

Requisitos del Trabajador

  • Ser mayor de 16 y menor de 25 años (el límite de edad puede variar).
  • Carecer de la cualificación profesional necesaria para el puesto.

Condiciones Contractuales

  • Formalización: Por escrito.
  • Duración (General): Mínimo 1 año, máximo 3 años.
  • Duración (Por CC): Mínimo 6 meses y máximo 3 años.
  • Prórrogas: Se permiten dos prórrogas, no inferiores a 6 meses cada una.

Jornada y Retribución

  • Retribución: No inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
  • Jornada: Completa, combinando trabajo efectivo y formación.
  • Distribución de la Jornada Efectiva:
    • 75% de trabajo efectivo durante el primer año.
    • 85% de trabajo efectivo durante el segundo y tercer año.

Modalidades de Contratación Especiales

Contrato a Tiempo Parcial

Puede concertarse bajo diversas modalidades:

  • Por tiempo indefinido.
  • Para trabajos fijos periódicos (fijo discontinuo).
  • De duración determinada (temporal).
  • Para acceder a la Jubilación Parcial, acordando con la empresa reducir la jornada y el salario entre el 25% y el 75% (aplicable a trabajadores menores de 65 años, cumpliendo los requisitos legales).

Formalización y Horas

Debe formalizarse por escrito, figurando obligatoriamente el número de horas ordinarias de trabajo.

El trabajador puede realizar horas extraordinarias y horas complementarias (aquellas acordadas por ambas partes).

Contrato para Personas con Discapacidad

Requisitos del Trabajador

  • Grado de discapacidad mínimo igual o superior al 33%.
  • Estar inscrito en la oficina de empleo.

Condiciones y Formalización

Debe formalizarse por escrito, incluyendo el certificado de discapacidad. Aunque la duración puede ser indefinida, el texto menciona duraciones entre 1 y 3 años.

Obligaciones Empresariales e Incentivos

  • Las empresas deben mantener al trabajador en el puesto un mínimo de 3 años, sin despedirlo sin causa justificada.
  • En caso de despido procedente, deben sustituirlo por otros trabajadores con discapacidad.

Estos contratos dan derecho a la empresa a disfrutar de bonificaciones o reducciones en la cotización de la Seguridad Social (SS) y subvenciones para la adaptación del puesto de trabajo.

Incentivos a la Contratación

La empresa que contrate a menores de 30 años con experiencia laboral inferior a 3 meses, y que compatibilice el empleo con formación oficial de al menos 90 horas, se beneficiará de reducciones en la Cuota Empresarial de la Seguridad Social (CCC).

Régimen de Trabajadores Autónomos

Requisitos del Trabajador Autónomo (TRADE y General)

Para ser considerado autónomo (especialmente TRADE, Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente, o para evitar la falsa autonomía), se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • No tener a su cargo a trabajadores por cuenta ajena.
  • Disponer de infraestructura productiva y material propio.
  • No realizar su actividad de manera indiferenciada con los demás trabajadores que presten servicios laborales por cuenta del cliente.
  • No contratar ni subcontratar la actividad con terceros.
  • Desarrollar su actividad con criterios organizativos propios.
  • Percibir contraprestación económica en función del resultado de su actividad.

Deja un comentario