26 Sep
Evaluación Médico Legal de la Integridad Sexual: Un Enfoque Modernizado en Perú
La implementación del Nuevo Código Procesal Penal (NCPP) en el sistema jurídico del Perú constituye un paso trascendental hacia la modernización del Instituto de Medicina Legal, el cual representa el principal organismo técnico-científico de asesoramiento pericial. Este instituto brinda el soporte especializado a todo el sistema de administración de justicia y, por ende, al Poder Judicial, consolidándolo como el proveedor fundamental de los medios de prueba necesarios y garantizando su autonomía, independencia, objetividad científica e imparcialidad en los procesos judiciales.
Una de las medidas de modernización y fortalecimiento institucional pasa por la construcción de infraestructura moderna y adecuada, equipamiento tecnológico de punta y la amplia y permanente capacitación de sus recursos humanos. Esto es crucial frente a los cambios y exigencias que significa esta nueva herramienta jurídica, así como la reformulación de nuestros procesos y flujogramas, complementado con la elaboración de protocolos, manuales de procedimientos y guías médico-legales, entre otros. En los últimos años, los diversos grupos profesionales que realizan funciones periciales en nuestra institución, dentro del contexto de la implementación del NCPP, han venido desempeñando un rol preponderante en el sistema de administración de justicia, con la elaboración y puesta en vigencia de dichas herramientas periciales.
Descripción del Proceso de Evaluación
En este proceso se incorporan aspectos de la prestación del servicio médico-legal relacionados con el respeto de los principios éticos, tales como: el respeto a los derechos y autonomía del ciudadano, el reconocimiento de sus necesidades y limitaciones, inquietudes y expectativas para con el proceso, evitando la revictimización.
Sujetos de Evaluación Médico Legal
- Presuntas víctimas de delitos contra la libertad sexual.
- Presuntos victimarios de delitos contra la libertad sexual.
- Niños, niñas o adolescentes a quienes las autoridades soliciten el examen de integridad sexual sin mediar denuncias de agresión sexual (ej. fuga de domicilio y/o abandono de hogar).
- Presunto abandono familiar, moral o material.
- Niños, niñas o adolescentes infractores (retenidos) puestos a disposición por la autoridad competente (Juez, Fiscal).
- Otros, a solicitud de la autoridad competente.
Actividades del Proceso de Evaluación
- Recepción, identificación y registro del usuario.
- Entrevista e información a la presunta víctima sobre el procedimiento a realizar.
- Evaluación física integral médico-legal.
- Recolección de elementos de prueba: biológicos y/o físicos.
- Perennización de las evidencias médico-legales.
- Elaboración del informe (certificado médico-legal – CML).
- Interconsultas a otras especialidades médicas y afines.
- Solicitud de exámenes auxiliares.
- Procesamiento, almacenamiento y custodia de los resultados de los exámenes auxiliares.
- Registro y archivo: se registran e imprimen dos informes, uno para archivo interno y otro para la entrega a la autoridad solicitante.
- En caso de haberse solicitado examen(es) auxiliar(es), con el(los) resultado(s) se elaborará una ampliación del informe (Post-Facto), donde se señalarán los resultados emitidos y las conclusiones médico-legales respectivas.
Proceso de Admisión: Recepción, Identificación y Registro
Identificación del Usuario
- Se verificará la identidad de la persona a evaluar con el Documento Nacional de Identidad (DNI) u otro documento de identidad válido (Partida de Nacimiento, Boleta y/o Libreta Militar, Licencia de Conducir, etc.).
- En el caso de niños, niñas o adolescentes, se procederá a la identificación del adulto o policía que los acompaña, verificando sus documentos personales, registrando sus datos, impresión dactilar y otros generales de ley en el sistema de registro correspondiente. Estos datos deberán estar consignados en el oficio petitorio; en caso contrario, no se procederá con la realización del examen.
- En casos de niños, niñas o adolescentes en condición de retenidos, además de lo anterior, deberá consignarse en el oficio petitorio la situación jurídica del menor, siendo este un requisito indispensable para la evaluación integral médico-legal del(os) menor(es).
Toma de Impresiones Dactilares
Esta actividad es parte de la identificación de la persona a evaluar y puede evitar la suplantación de las mismas. Se describen dos formas más frecuentes para tomar estas impresiones:
- Pelmatoscópica: para preescolares (de 0 a 3 años).
- Dactiloscópica:
- Decadactilares: para niños, niñas o adolescentes e indocumentados.
- Unidactilar o Monodactilar: para todas las personas documentadas, debe ser con el dedo índice derecho o, en ausencia del mismo, puede ser el índice izquierdo, cualquier dedo pulgar o la palma de la mano, haciendo referencia a la impresión tomada.
Registro de Casos
- El personal administrativo priorizará la atención de presuntas víctimas y presuntos victimarios de delitos contra la libertad sexual, atendiéndolos en los horarios establecidos para cada División/Unidad Médico Legal.
- Se debe explicar, si el caso lo amerita, la importancia de registrar los datos básicos para este proceso.
- Si la presunta víctima es niño, niña o adolescente, el personal administrativo no obviará su presencia, debiendo saludarlo(a) con la amabilidad y el respeto que se le brinda a toda persona.

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