26 Jun

  • Consideración por la Asamblea de Socios:


Se debe indicar los estados contables han sido considerados por la Asamblea Ordinaria, extraordinaria o de intervención y la resolución adoptada al respecto. En caso contrario debe indicarse si la consideración de los mismos se encuentra pendiente con especificación del motivo.

  • Información básica s/ la entidad Cooperativa:


        Naturaleza Jurídica: deberá detallarse la información referente a la Cooperativa, fecha de     constitución y  reconocimiento de personería Jurídica, denominación social, objeto social, modificaciones del estatuto social

2.2  Base de preparación de los estados contables:

        Debe establecerse que los estados contables expuestos han sido formulados de a cuerdo con las normas contables y normativas dictadas por el instituto Nacional de Cooperativismo

  • Información referente a los activos y pasivos:


 3.1 Valuación de la moneda Extranjera:
Debe indicarse la cotización utilizada para convertir a moneda nacional los saldos en moneda extranjera, atendiendo la información brindada por BCP y la resolución INCOOP Nº 3.113/08

3.2 Posición en moneda extranjera:


La posición en moneda extranjera se expondrá arbitrada en dólares de los Estados Unidos de Norte América de acuerdo al siguiente modelo

Concepto                                                 Importe arbitrario                         Importe equivalente

Dólares U.S.A                                         Guaraníes

Activos totales en moneda Extranjera

Pasivos totales en moneda extranjera

Posición Comparada en m/e(*)


Se obtiene de la diferencia entre activos totales en moneda extranjera y pasivos totales en moneda extranjera


3.3 Cartera de créditos:

Debe establecerse que la cartera de créditos ha sido valuada de acuerdo con lo dispuesto por el Marco General de Regulación y Supervisión de Cooperativas, para lo cual se deberá aclarar así:

  • Los deudores han sido clasificados en cinco categorías de riesgo
  • Se han constituido las previsiones necesarias para cubrir las eventuales pérdidas que pueden derivarse de la no recuperación de la cartera
  • Los intereses devengados s/ saldo de los deudores clasificados en cuatro categorías de mayor riesgo y no percibidos en efectivo no incrementan el valor contable de la deuda pues se mantienen en suspenso, salvo los devengados durante el ejercicio anterior si su clasificación en dicho periodo correspondió a la categoría de menor riesgo.
  • Los intereses devengados s/ saldos de deudores clasificados en categoría de menor riesgos se han imputado a excedentes en su totalidad

Las cooperativas deberán informar sobre el total de la cartera morosa, monto a ser calculado desde el 1 día de atraso, tal como se contempla en el numeral 5.6.2.1 b) del Marco General de Regulación y Supervisión.

  • Prestamos normales
  • Prestamos tarjetas de créditos
  • Prestamos Sector Primario industrial
  • Prestamos Refinanciados

3.4 Previsiones/ inversiones y disponibilidades

3.5 Previsiones s/ bienes Adjudicados o Recibidos en donación de pago

3.6 Previsión s/ deudores por venta

3.7 Previsión s/ Partidas pendientes de Conciliación y otras partidas del activo

3.8 Previsiones s/ riesgos directos y contingentes:

Debe aclarase que se han constituido todas las previsiones necesarias para cubrir las eventuales pérdidas s/ riesgos directos y contingentes, de acuerdo  con lo exigido por la resolución INCOOP Nº  499/04

Incluye las previsiones que se encuentran expuestas en el pasivo, como Previsión de despido y otras  que puede tener constituida la cooperativa por importe de Gs. Al cierre del ejercicio

3.9 Propiedad, Planta y equipo:

Establece los bienes de uso se exponen por su costo revaluado, de acuerdo con la variación del índice de precios del consumo, deducidas las depreciaciones acumuladas sobre la base de la tasas determinadas por las disposiciones legales y técnicas

3.10 Cargos Diferidos:

Los cargos diferidos se deben exponer desagregados  de acuerdo con lo siguiente modelo Nº 7.3 b) del marco general de regulación y supervisión

3.11 Servicios no financieros:

Debe exponerse el total de activo fijo destinado a la prestación de estos servicios así como si existen cuentas  a cobrar con este sentido Nº 7.9 b) del marco general de regulación y supervisión

3.12 Limitaciones a la libre disponibilidad de los activos o del patrimonio y cualquier restricción al derecho de la propiedad:

Debe indicarse, si corresponde las restricciones que puedan ser objeto los activos o el patrimonio de la cooperativa (embargos y otros)

3.13 Garantías otorgadas respecto a pasivos:

La cooperativa debe informar sobre las garantías otorgadas por el pasivo (hipotecas, prendas etc.)

3.14 Deudas Financieras:

La Cooperativa tiene al cierre del ejercicio…, las siguientes carteras de ahorros de socio

Concepto                      Saldo del ejercicio              Captaciones    Extracciones      Sald al cierre del Ejer

Ahorro a la vista

Ahorro a plazo

Ahorro Programados

Igualmente cuenta con el siguiente Pasivo Financiero:


Prestamos de entidades Cooperativas nacionales

Prestamos de entidades Cooperativas Internacionales

Prestamos de entidades Bancarias y Financieras Nacionales

Prestamos de entidades Bancarias y Financieras Internacionales

3.15 distribución de créditos y compromisos por intermediación financiera según sus vencimientos

Concepto                                         hasta 30 días  – de 31 a 180 –  181 a 1 año – 1 a 3 años – más de 3 años

  • Créditos vigentes Servicio financiero

  • Compromisos Financieros

3.16 Concentración de la Cartera de préstamos y ahorros por números de socios

A) Debe exponer la distribución de la cartera total entre los mayores deudores

B) Debe exponer la distribución de la cartera de ahorros entre los mayores ahorristas

3.17 Provisiones:

La cooperativa debe informar s/ las provisiones constituidas al cierre del balance general

3.18 ingresos diferidos:

Debe exponerse el monto de los ingresos diferidos como ser: alquileres cobrados por adelantado, intereses capitalizados s/ refinanciaciones etc. Cuya realización o aplicación se efectuara en el transcurso del ejercicio o ejercicios siguientes

3.19 Fondos

La cooperativa debe exponer el total de fondos que ha constituido en el transcurso del periodo que se informa

3.20 Cualquier otro hecho que por su importancia justifique su exposición

4. Patrimonio

4.1 Evolución del patrimonio:

Debe exponerse la evolución del patrimonio de acuerdo con el siguiente modelo

5. Informacion referente a los resultados

5.1 Reconocimiento de los excedentes:

Debe exponerse que para el reconocimiento de los excedentes y las pérdidas se ha aplicado el principio contable de lo devengado, salvo en lo que se refiere a los productos financieros devengados y no percibidos correspondientes a los ingresos contemplados en el numeral 5.4.2 a) y c) del marco de regulación y supervisión de cooperativas, estos productos de acuerdo con la resolución del INCOOP 499/04 solamente pueden reconocerse como excedente en el momento en que sean efectivamente percibidos

5.2 Excedentes especiales:

La cooperativa deberá exponer los rubros de ingresos y egresos provenientes de las operaciones con terceros realizados conforme a la ley 438/94 y el decreto 14052/96. Asimismo deberá indicar el monto abonado en concepto de impuesto por el resultado de estas operaciones

5.3 Diferencia de cambio de bienes:

Debe establecerse que las diferencias de cambio correspondiente al mantenimiento de activos y pasivos en moneda extranjera se muestran en las líneas del Estado de Resultados su resultado neto se expone de acuerdo.

6. Hechos posteriores al cierre del ejercicio

La cooperativa deberá  indicar todos aquellos hechos ocurridos entre la fecha de los estados contables y la publicación, cuyo efecto aunque no se compute en el ejercicio cerrado, proporcione información al socio sobre alteraciones significativas a la estructura patrimonial y de los resultados del nuevo periodo

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