01 Nov

Plan de Austeridad y Reactivación Económica: Decreto Presidencial

A continuación, se presenta la transcripción del decreto anunciado por el Presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) para enfrentar la crisis económica que se padece en México y en el mundo. El planteamiento se aleja de las concepciones sobre desarrollo y las políticas que se implementaron durante el periodo neoliberal.

El decreto, que se publicará hoy, se basa en los criterios de eficiencia, honestidad, austeridad y justicia. Dadas las circunstancias ocasionadas por la crisis mundial del modelo neoliberal, se propone la aplicación urgente y categórica de las siguientes medidas:

  1. Política de Empleo y Reducción Salarial

    No será despedido ningún trabajador, pero no habrá incremento de personal. Se reducirá el salario de los altos funcionarios públicos hasta en 25% de manera progresiva; es decir, el que obtenga más ingresos aportará más y será menor el descuento para niveles inferiores. Los altos funcionarios públicos no tendrán aguinaldos ni ninguna otra prestación de fin de año. El concepto de alto funcionario aplica de subdirector hasta Presidente de la República.

  2. Recortes Presupuestales y Cancelación de Subsecretarías

    No se ejercerá el 75% del presupuesto disponible de las partidas de servicios generales y materiales y suministros. Esto incluye lo ya comprometido. Se cancelan 10 subsecretarías y al mismo tiempo se garantiza el empleo con el mismo rango y los mismos ingresos a quienes dejarán dichos cargos.

  3. Extensión de Suspensión Laboral por COVID-19

    Se extenderá la suspensión de labores con goce de sueldo a quienes se encuentran en esta situación por el COVID-19 hasta el 1 de agosto.

  4. Cierre de Oficinas y Reubicación de Servidores Públicos

    Deberá permanecer cerrada la mitad de las oficinas, con excepción de aquellas que atiendan de manera directa al público y las que se consideren esenciales para el beneficio de la gente. En este periodo se hará un esfuerzo de reubicación de servidores públicos en función de lo prioritario para dejar de rentar edificios, vehículos, bodegas e inmuebles, entre otros ahorros.

  5. Programas y Proyectos Prioritarios Excepcionales

    Se posponen las acciones y el gasto del gobierno, con excepción de los siguientes programas prioritarios:

    Programas Sociales y Bienestar

    • Pensión para el Bienestar de Adultos Mayores.
    • Pensión para Personas con Discapacidad.
    • Sembrando Vida.
    • Programa de Apoyo de Niñas, Niños e Hijos de Madres Trabajadoras.
    • Becas para el Bienestar Benito Juárez.
    • La Escuela es Nuestra.
    • Jóvenes Construyendo el Futuro.
    • Tandas para el Bienestar.
    • Banco del Bienestar.
    • Atención Médica y Medicamentos Gratuitos.

    Sector Productivo y Rural

    • Producción para el Bienestar.
    • Precios de Garantía.
    • Distribución de Fertilizantes.
    • Apoyo a Pescadores.

    Infraestructura, Energía y Desarrollo

    • Construcción de 100 Universidades Públicas.
    • Guardia Nacional.
    • Aeropuerto de Santa Lucía.
    • Producción Petrolera.
    • Rehabilitación de las 6 refinerías existentes.
    • Refinería de Dos Bocas.
    • Generación de energía eléctrica con modernización de plantas e hidroeléctricas.
    • Mantenimiento y conservación de carreteras, caminos de mano de obra, caminos rurales y carreteras en proceso de construcción.
    • Sistema Aeroportuario de la CDMX.
    • Terminación del Tren Interurbano México-Toluca.
    • Terminación de presas y canales.
    • Parque Ecológico Lago de Texcoco.
    • Programa de Mejoramiento Urbano.
    • Programa de Reconstrucción.
    • Tren Maya.
    • Tren de Guadalajara.
    • Internet para Todos.
    • Desarrollo del Istmo de Tehuantepec.

    Otros

    • Zona Libre de la Frontera Norte.
    • Espacio Cultural de Los Pinos y Bosque de Chapultepec.
    • Defensa de los Derechos Humanos.
  6. Disposiciones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP)

    La SHCP dispondrá de recursos para cumplir cabalmente con la entrega de participaciones federales a los estados, el pago de nómina, de pensiones y la amortización y servicio de la deuda pública. No se podrán utilizar, sin autorización de la SHCP, recursos de fondos creados por acuerdo o decreto del Ejecutivo.

  7. Trato Excepcional

    Tendrán trato excepcional la SSA, la GN, la SEDENA y la SEMAR.

  8. Aplicación de la Ley de Austeridad

    Se aplicará la Ley de Austeridad Republicana de manera rigurosa.

  9. Blindaje Social, Créditos y Empleo

    La eficiencia, la honestidad y la austeridad permitirán aumentar el presupuesto para fortalecer el blindaje de los programas sociales y los proyectos prioritarios en 622 mil 556 millones de pesos (mdp). Al mismo tiempo, se otorgarán tres millones de créditos dirigidos a la población más necesitada y a la clase media. Asimismo, se crearán dos millones de nuevos empleos, lo cual hará posible proteger al 70% de las familias mexicanas (equivalente a 25 millones de hogares), sobre todo a los pobres y a los integrantes de las clases medias. Todo ello sin aumentar el precio de los combustibles, ni crear nuevos impuestos, ni endeudar al país.

  10. Filosofía de Gobierno

    Se demostrará que hay otra forma de enfrentar la crisis sanitaria, económica o de cualquier índole, siempre y cuando no se permita la corrupción, se fortalezcan valores y principios como el humanismo y se gobierne para y con el pueblo.

  11. Ámbito de Aplicación y Responsabilidad

    Estas medidas aplican para todo el Poder Ejecutivo Federal, incluyendo organismos descentralizados, órganos desconcentrados, empresas de participación estatal mayoritaria y fideicomisos públicos. La responsabilidad de este ordenamiento corresponderá a los secretarios, a los directores de dichos organismos y a la SFP.

Vigencia y Disposiciones Finales

El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el DOF (Diario Oficial de la Federación), y cesará en su vigencia el 31 de diciembre de 2020.

La SHCP, en un plazo no mayor de 180 días contados a partir del presente decreto, llevará a cabo las adecuaciones de carácter presupuestal que en su caso se requieran.

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