01 Dic
Administración y Ley de Compras Públicas (LCP 19.886)
La Administración realiza procedimientos para crear actos administrativos. La Ley de Compras Públicas (LCP 19.886) obliga a la Administración y otros poderes a usar sus mecanismos para adquirir bienes y servicios.
Conceptos Fundamentales de la Contratación Pública
- Principio de Legalidad: El Estado solo puede adquirir bienes y servicios de privados a través de la forma establecida por la ley.
- Contrato Administrativo vs. Civil:
- Similitud: Existe acuerdo de voluntades (bilateral), a diferencia del acto administrativo que es unilateral.
- Diferencia: El Estado tiene facultades exorbitantes (puede imponer multas, terminar el contrato unilateralmente). Se considera un contrato de adhesión (se aceptan las condiciones de la LCP).
- Formación del Consentimiento: La oferta no garantiza aceptación; el consentimiento nace cuando el Estado selecciona la oferta y adjudica.
- Importancia Económica: El mercado público representa el 4,5% del PIB.
Fases de la Contratación
- Preparación: Nace de una necesidad pública y termina cuando se selecciona al contratante. Todo debe ser transparente en el mercado público.
- Celebración:
- El oferente puede mantener la oferta y suscribir, o desistir (perdiendo la garantía).
- La sola firma no basta; requiere un acto administrativo que apruebe el contrato para finalizar esta etapa.
- Ejecución: Entrega del bien o servicio. Si hay conflicto, el Estado está obligado a sancionar usando sus facultades exorbitantes.
Institucionalidad y Ámbito de Aplicación de la LCP
Sujetos Obligados
- Organismos Públicos: Administración del Estado, Corporaciones Municipales, Poder Judicial, Congreso, Contraloría, Ministerio Público y Consejo Nacional de Televisión.
- Privados/Fundaciones: Si reciben fondos públicos, pueden suscribir convenios. Si tienen administración estatal y reciben más de 1500 UTM, están obligadas.
- Excepción: CENABAST es el único organismo centralizado (Salud) que no pertenece al sistema de contratación pública general.
Dirección de Compras y Contratación Pública (Chile Compra)
Servicio descentralizado con patrimonio propio, con director elegido por Alta Dirección Pública (ADP).
Rol y Funciones Clave
- Rol Central: «Chile Compra NO compra»; coordina el sistema, administra el registro de proveedores y licita convenios marco (tienda electrónica).
- Funciones: Asesorar, representar a organismos en compras complejas, establecer políticas de uso, cobrar tarifas, y actuar como una «Contraloría» del sistema impartiendo instrucciones obligatorias.
- Fiscalización: Monitorea tratos directos y envía informes al Congreso.
Tribunal de Contratación Pública (TCP)
Naturaleza y Composición
- Naturaleza: Tribunal contencioso administrativo especial. No es parte del Poder Judicial, pero está bajo la superintendencia directiva, correccional y económica de la Corte Suprema.
- Composición: 6 jueces titulares y 2 suplentes nombrados por 6 años (abogados con 8 y 5 años de título, elegidos por ADP y terna de la Suprema).
Competencia del TCP
- Acción de impugnación contra actos u omisiones ilegales o arbitrarios en la licitación y en la ejecución del contrato.
- Acción contra la DCP por el registro de proveedores.
- Acción de nulidad por infracción a normas de probidad.
- Limitación: NO tiene competencia para indemnizaciones ni acciones civiles.
Procedimiento ante el Tribunal de Contratación Pública (TCP)
Legitimación y Plazos
- Legitimación Activa: Cualquier persona con interés directo.
- Legitimación Pasiva: Organismo público o terceros (en casos de nulidad).
- Plazo para Demandar: 10 días administrativos desde que se conoció o debió conocer el vicio. Se suspende si se interponen recursos administrativos ante la DCP (reposición, jerárquico).
Etapas del Juicio
- Demanda: Debe cumplir requisitos de la LCP y CPC. Si falla, se otorgan 5 días para subsanar.
- Conciliación: El tribunal cita a audiencia y propone bases de arreglo. Plazo de 10 días para organismos colegiados.
- Fase de Prueba: Si hay hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos. Plazo: 10 días (común). Lista de testigos en los primeros 3 días.
- Incidentes: Se resuelven de plano. Si requieren prueba, se rinde dentro del término probatorio principal.
- Notificación: Por Estado diario. Excepción (Correo electrónico): Auto de prueba, sentencia definitiva, comparecencia personal (sustituye a la cédula).
- Sentencia: Plazo: 10 días hábiles tras la citación (plazo no fatal).
Recursos Procesales
- Apelación: Procede contra la sentencia definitiva ante la Corte de Apelaciones de Santiago.
- Casación: No procede casación en el fondo (la Suprema no ve el fondo), solo casación en la forma.
- Queja: No procede recurso de queja contra la sentencia de segunda instancia.
Medidas Cautelares
- Principalmente: Suspensión del procedimiento de contratación o ejecución del contrato.
- Solicitud: Se solicitan dentro de 5 días hábiles desde conocido el vicio.
- Prejudiciales: Si es prejudicial (antes de la demanda), se exige fianza/garantía y se debe demandar en 5 días o caduca.
- Efecto Civil: La sentencia del TCP habilita para demandar perjuicios en sede civil (plazo máximo 6 meses) sin discutir nuevamente la ilegalidad.
Formas de Término del Juicio
- Inadmisibilidad del trámite
- Sentencia definitiva del TCP no apelada
- Desistimiento
- Retiro de la demanda
- Allanamiento
- Conciliación o equivalente jurisdiccional
- Abandono de procedimiento

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