19 Oct
La Constitución de 1812
La Constitución de 1812, conocida popularmente como «La Pepa», es un texto fundamental en la historia de España, elaborado en un contexto de guerra y vacío de poder.
Clasificación de la Fuente
- Fuente: Nos encontramos ante una fuente primaria e histórica. Se trata de una selección de artículos de la Constitución de 1812, promulgada el 19 de marzo de 1812 (por lo que se le denomina la «Pepa»).
- Naturaleza: Es un texto jurídico-político de gran trascendencia histórica, al tratarse del primer texto constitucional español, elaborado por unas Cortes extraordinarias.
- Autor: Los diputados reunidos en las Cortes Extraordinarias de Cádiz. El texto es colectivo, redactado por juristas y políticos, y sus artículos debían ser aprobados por la Asamblea Constituyente.
- Destinatario: Es de carácter público. El destinatario es el pueblo español, dirigido a todos los habitantes de la nación española (incluyendo ambos hemisferios).
Análisis del Contenido
Ideas Principales
Las Cortes Generales y Extraordinarias de España, reunidas en Cádiz, aprobaron la primera Constitución española, reconociendo gran cantidad de derechos y libertades contrarios al régimen absolutista. Dichos derechos hacen referencia a:
- La soberanía nacional.
- La división de poderes.
- La igualdad ante la ley.
- El catolicismo como religión oficial del Estado.
Como toda Constitución, esta expresa la correlación de fuerzas políticas e ideológicas mayoritarias en la Asamblea Constituyente. Se trata de un texto muy extenso en el que se regulan con detalle todas las cuestiones relacionadas con la vida política y los derechos de los ciudadanos. Destacamos los siguientes puntos:
- El artículo 6 subraya el amor a la patria.
- El artículo 4 da importancia a la confesionalidad del Estado.
Ideas Secundarias
En la selección de artículos que a continuación analizaremos se recogen principios fundamentales del liberalismo. Los artículos seleccionados abordan las siguientes ideas, clave del sistema constitucional:
- La idea de «Nación» queda plasmada en el diseño de un Estado unitario, que afirma los derechos de los españoles en su conjunto por encima de los históricos de cada reino, y que ampara a todos sus componentes del territorio europeo y ultramarino.
- (Artículos 1 y 2) Los diputados representan a la nación, lo que supone la eliminación de toda otra representación. Con la afirmación de los derechos individuales y colectivos de los españoles, se ponían los fundamentos para acabar con un modelo de sociedad basado en las exenciones y privilegios, con el fin de conseguir la igualdad de los ciudadanos.
- En el artículo 3, la Constitución proclama la Soberanía Nacional en detrimento del Rey, al que se le quitaba la exclusividad de la función legisladora, atribuida ahora a las Cortes, junto con el Rey.
Comentario Histórico
En relación con el análisis efectuado, centraremos este comentario en los siguientes aspectos:
Aprovechando el vacío de poder existente, los sectores más liberales pretendieron, mediante una serie de decretos y la Constitución de 1812, acabar con el Antiguo Régimen y establecer un Estado liberal. Es importante por ser el primer intento de revolución burguesa en España.
Influencias y Características
La Constitución se inspira en la Revolución Francesa de 1791, pero es más avanzada y progresista que esta, ya que acepta el sufragio universal masculino y una amplia garantía de derechos. En la Constitución se refleja que existía una mayoría de diputados liberales partidarios de reformas revolucionarias.
Este hecho es resultado de las circunstancias concretas en que se reunieron las Cortes:
- Muchas provincias ocupadas por los franceses no pudieron enviar representantes a las Cortes y se buscaron suplentes en Cádiz.
- No hubo representantes de las clases populares, ya que la mayoría de los diputados eran burgueses.
La Constitución proclama la Soberanía Nacional en detrimento del Rey, al que se le quita la función legisladora, atribuida ahora a las Cortes, que tendrían una sola cámara (son unicamerales), elegida por sufragio universal masculino. A pesar de su carácter liberal, tiene algunos aspectos conservadores, como la confesionalidad católica del Estado y el reconocimiento de las propiedades de los grupos privilegiados.
Vigencia y Abolición
La Constitución no tuvo vigencia real en España por causa de la guerra. Fernando VII la abolió en 1814. Se aplicó posteriormente en el Trienio Liberal (1820-1823) y durante unos meses de 1836. Por último, dicha Constitución está muy influenciada por la ideología ilustrada, cuyas ideas encontramos reflejadas en sus artículos.
Conclusión y Legado
En función del texto comentado, podemos concluir que la Constitución de Cádiz responde a los intereses de la burguesía, que aspiraba a construir el Estado conforme a criterios racionales. También tiene un carácter ético al querer conseguir la felicidad de los ciudadanos.
Constituye uno de los pilares de la historia del constitucionalismo español. Fue una de las primeras a nivel mundial y, desde luego, la única verdaderamente liberal de su época. Inspirada en el texto francés de 1791, sirvió de modelo o referencia para:
- Las constituciones de Francia, Portugal, varios estados alemanes e italianos.
- Las nuevas naciones que surgieron en América tras la emancipación de varios territorios de Ultramar.
- Todas las constituciones habidas en nuestro país desde 1812 hasta 1978.
Sin embargo, su efectividad y alcance fueron muy limitados, ya que fueron prácticamente muy pocas las medidas que se llevaron a la práctica, al menos durante su primer periodo de vigencia.
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