09 May

TEMA 6-



1.-Un trabajador acaba de ser padre. Ha cotizado durante 200 días a lo largo de su vida laboral, todos ellso en el último año.a) Le corresponde la prestación en concepto de paternidad?

Sí.

B) En caso afirmativo, indica durante cuánto tiempo y en qué cuantía

13 días ininterrumpidos, ampliables en 2 días más por cada hijo a partir del segundo.-Se disfruta desde la finalización del permiso retribuído (2 en la misma localidad y 4 en distinta).-Será el 100% de la base reguladora del trabajador, y el tiene 200 días cotizados en su último año y se requiere 180 días en los últimos 7 años anteriores o 360 días en toda su vida laboral.

C) Indica quien paga el subsidio de paternidad

La Seguridad Social2.-Cuanto tiempo debe tener cotizado una trabajadora para cobrar la maternidad:a) Menor de 21 años:
no se exige cotización previa.

B) Entre 21 y 26 años:

90 días cotizados en los últimos 7 años anteriores, o 180 días en toda su vida laboral.

C) Mayor de 26 años:

180 días cotizados en los 7 años anteriores, o 360 días en toda la vida laboral.

3.-Un trabajador de una empresa farmacéutica con 65 años de edad solicita la pensión contributiva de jubilación. La Seguridad Social le deniega la prestación alegando que no ha cotizado el número de añossuficiente.¿Cuales son los requisitos exigidos para tener derecho a una pensión de jubilación?

Tener cumplidos los 65 años, en determinados casos se permite la jubilación anticipada.-Tener cubiertos 15 años de cotización de los cuales al menos 2 deben estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores a la fecha de jubilación.

4.-Un trabajador de una empresa finaliza su contrato en los próximos días y van a prodecer a contratar a otra persona en su lugar.a) ¿Qué tramites debe realizar la empresa respecto ala Seguridad Social con estos 2 trabajadores?

Afiliación, alta y baja y cotización.

B) En que plazo

Afiliación: se realiza una vez en la vida, con independencia de las altas y bajas que puedan producirse a lo largo de la vida laboral.-Alta: con anterioridad a la iniciación de la relación laboral.-Baja: en un plazo de 6 días naturales desde el cese en el trabajo.

C) Que pasa si la empresa se retrasa en la baja o alta

Alta: tendra efecto desde el día de su presentación.-Baja: se debera cotizar hasta la fecha de su presentación.

5.-Indica que grados de incapacidad permanente existen


Incapacidad permanente parcial:

Para la profesión habitual. Es la que produce al trabajador una disminución no inferior a 33% en el rendimiento de su profesión, sin impedir la realización de las tareas fundamentales de la misma.Requisitos:*Afiliación y alta o situación asimilada al alta.*Periodo de cotización exigido: 1800 días en los diez últimos años cuando se derive de una enfermedad común. En el resto de casos no se exige.Cuantía de la prestación: cantidad equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora.


.-

Incapacidada permanente total:

Para la profesión habitual. Inhabilita al trabajador para la realización de las tareas fundamentales de su profesión, siempre que pueda dedicarse a otras distintas.Requisitos:*Afiliación y alta o situación asimilada al alta.*Período de cotización exigito en caso de IP por enfermedad común:>Menor de 31 años: 1/3 del tiempo entre la fecha que cumplió los 16 años yla fecha del hecho causante.>Igual o mayor de 31 años: un cuarto de tiempo trancurrido desde que se hayan cumplido los 20 años y el día que se hubiera producido la fecha del hecho causante, con un mínimo de 5 años.Cuantía de la prestación: 55% de la base reguladora. se incrementará esta cuantía con complementos a mínimos para pensiones de IPT cualificada (más de 55 años y sin empleo) a menores de 60 años.-

Incapacidad permanente absoluta:

Impide al trabajador el ejercicio de todo tipo de profesión u oficio.Requisitos:*Afiliaciónn y alta o situación asimilada al alta. Este requisito no es necesario cuando la incapacidad se derive de una contingencia común y el trabajador haya cotizado un mínimo de 15 años.*Periodo de cotización exigido: en caso de IP por enfermedad común, el mismo que en la incapacidad permanente total.Cuantía de la prestación: 100% de la base reguladora.-

Gran invalidez:

Situación en la que se halla un trabajador afectado por incapacidad absoluta. Necesita la asistencia de otra persona para realizar los actos más esenciales de la vida Requisitos: los mismos que en la incapacidad permanente total.Cuantía de la prestación: 100% de la base reguladora, incrementado con un complemento que no podrá ser inferior al 45% de la pensión.

6.-Juan es un trabajador en la empresa SEPA S.A. el 1 de enero de 2012 entra en situación de incapacidad temporal por un problema de espalda. ¿Cuanto tiempo podrá estar como máximo en situación de incapacidad temporal? ¿Qué ocurrirá si transcurrido ese tiempo Juan no ha podido recuperar? ¿A partir de que mes dejará de percinir el subsidio por incapacidad temporal?

Duración máxima de 12 meses, prorrogables a instancia del INSS a otros 6 cuando se estime que en ese tiempo el trabajador pueda ser dado de alta médica por curación.Finalizado ese periodo, el trabajador será dado de alta por curación, o bien se examinará el estado del incapacitado en el plazo máximo de 3 meses a efectos de la calificación de incapacidad permanente. No obstante, en caso de que los servicios médicos consideren posible la recuperación, la situación de IT se puede prorrogar hasta un máximo de 24 meses, a contar desde que se inició la incapacidad temporal. A partir de los meses 18 no se cobrará subsidio por incapacidad temporal.

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