31 Oct

Hacia una Definición de la Doctrina Social de la Iglesia (DSI)

Etimología y Definiciones Fundamentales

  • Doctrina: Enseñanza que se da para la instrucción de alguien. Ciencia o sabiduría. Conjunto de ideas y opiniones sustentadas por una persona o grupo.
  • Social: Campos en los que se desarrolla la convivencia humana. El Ser Humano (SH) como centro de las realidades temporales que condicionan la vida en sociedad.
  • De la Iglesia: Perspectiva educativa desde la que podemos reflexionar.

Reflexión Personal sobre el Evangelio

El Evangelio está escrito para todo hombre, creyente o no. Es anunciado por la Iglesia porque la misión que Cristo confirió es fundamentalmente religiosa. También es sobrenatural y debe ser transmitida a todo hombre.

Estamos aquí, en esta sociedad, que no es perfecta, por lo que algo habrá que hacer. Ese «qué hacer» debe acompañarse de otras preguntas esenciales:

  • ¿Cómo hacerlo?
  • ¿Quién tiene que hacerlo?
  • ¿Dónde?
  • ¿Cuándo?
  • ¿Para qué?
  • ¿Para quién?
  • ¿Con quién?

Estas son las preguntas a las que tenemos que ir respondiendo a la luz del Evangelio.

Reflexión Ética y Propuesta Social

El discurso social de la Iglesia se transforma en una propuesta social. Y en virtud de su misma naturaleza de reflexión, se traduce en una propuesta ética y cultural y actúa por ello como verdadera y eficaz fuente de renovación.

Las enseñanzas sociales de la Iglesia no ofrecen soluciones directas a los problemas que nos torturan; sin embargo, ofrecen un fundamento moral, compatible para todos los hombres de buena voluntad, sobre el cual es posible construir juntos un orden social más humano y fraterno.

El Principio de Subsidiariedad

Este principio define la función que corresponde a la autoridad. Define, limita y consolida la acción del gobernante. El término subsidio significa ayuda, servicio, asistencia, pero no excepcional, según el sentido que le da la Real Academia de la Lengua, ya que debe ser continuo y universal, es decir, que tenga igual valor cuando se trate de sociedades menores respecto de las más elevadas.

El momento solemne de proclamación de este principio se encuentra en el texto capital de la encíclica Quadragesimo Anno, de Pío XI. Además, el principio de subsidiariedad ha estado presente tanto en la Sagrada Escritura como en el Magisterio social de la Iglesia.

Ideas Clave sobre la Subsidiariedad:

  • El principio de subsidiariedad es la función o tarea propia de la autoridad, es decir, del Gobierno o de quien ostente tal autoridad.
  • Prioridad de la iniciativa de los gobernados: como individuos o asociados.
  • La autoridad debe permitir, resolver e impulsar la iniciativa individual y de pequeñas asociaciones.
  • En caso de necesidad, debe sostener y ayudar.
  • Debe ayudar a coordinar la acción de esa iniciativa individual con la acción de los demás componentes sociales, todo ello en orden al bien común.
  • Sistema de conexión, de menor a mayor: la persona, los grupos intermedios, el Estado. Gracias a la solidaridad dinámica entre ellos se producirá una expresión adecuada de la sociedad y sus exigencias.

El Principio del Bien Común

En toda formación social se dan dos elementos: Gobernador y Gobernado. Ambos sujetos están coordinados para orientar su quehacer hacia el bien común, que, a su vez, está confiado a la autoridad. La cual no es dueña, sino sierva de los asociados. Por tanto, se encuentra en la línea de subordinación a la primacía del hombre.

El bien común es el punto de convergencia de los dos sujetos capitales. Consiste, además, en la defensa de los derechos y deberes de la persona humana.

Según el Magisterio, el Bien Común (BC) abarca a todo el hombre, es decir, tanto las exigencias del cuerpo como las del espíritu (Juan XXIII. Pacem in terris, n. 57). Su objeto propio es el desarrollo de los valores personales del hombre como imagen de Dios (Pío XII. Com sempre, n. 16).

Aspectos Fundamentales del Bien Común:

  • Es el principio que coordina la solidaridad, la subsidiariedad y la participación.
  • No se identifica solo con el bien colectivo, dejando al margen el individual.
  • No se trata solo de bienes materiales, sino también culturales y espirituales.

Laicidad Sí, Laicismo No: Distinción y Diálogo

Evolución del Concepto de Laicidad en el Magisterio

  1. Primera fase: Separación y Contraposición. Laicidad entendida como separación y contraposición entre el Estado y la Iglesia, entre católicos y “los demás”.
  2. Segunda fase: Distinción y Autonomía. Pío XI —aun manteniéndose en contra del laicismo— reconoció también la legitimidad de la laicidad, entendida como distinción entre Estado e Iglesia, y el respeto a su recíproca autonomía.
  3. Tercera fase: Diálogo. Pío XII y Juan XXIII hablan de un sano concepto de laicidad; pero fue el Concilio Vaticano II el que reconoció el término de laicidad como un diálogo con la cultura moderna y con todas las culturas.

Diferencia Conceptual (Arizmendi)

  • Laicidad: Es respetar las distintas opiniones de fe, en un marco jurídico de libertad religiosa para todos. El Estado no impone ni obstruye una religión.
  • Laicismo: Es el rechazo a todo lo ligado a una concepción creyente. Es pretender que ni Dios ni las iglesias tengan cabida en la vida pública, las leyes y las instituciones.

Los obispos pretenden que todos los ciudadanos tengan plenos derechos a ejercer la libertad religiosa.

El Modelo Constitucional Español (1978)

El Cardenal Martínez Sistach señala la Constitución Española de 1978, que presentó una solución novedosa para no posicionarse ni en la confesionalidad ni en el laicismo. Así, según el Art. 16, afirma: “ninguna confesión tendrá carácter estatal”.

Hay tres órdenes por las que el arzobispo de Barcelona la consideraba novedosa:

  1. Rompe o evita la tradicional concepción de la confesionalidad o laicidad como extremos opuestos, alternativos y hostiles.
  2. La Constitución supera el concepto clásico de laicidad y la contempla como un contenido cuya función es informadora.
  3. La Constitución se fundamenta en el principio de libertad religiosa, siempre y cuando en ningún momento se altere el orden público.

Por ello, considera que la laicidad del sistema constitucional es:

  • Positiva: Porque se basa en la colaboración.
  • Abierta: Porque se abre a la religión sin discriminarla e incluso promocionándola.

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