01 Oct
Ramas del Derecho Administrativo
El Derecho Administrativo se subdivide en diversas ramas especializadas que regulan la actividad estatal en sectores específicos:
- Agricultura y Ganadería: Derecho forestal, Reglamentación de los rastros, Herrar, Protección de especies en peligro de extinción.
- Aguas: Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), Comisión Intermunicipal de Agua Potable y Alcantarillado de Colima y Villa de Álvarez (CIAPACOV), Derecho pesquero, Derecho marítimo.
- Económico: Banco de México (Banxico), Tesorería, Secretaría de Economía.
- Hacendario: Servicio de Administración Tributaria (SAT), Contraloría, Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), Derecho aduanero, Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF).
- Educativo: Secretaría de Educación Pública (SEP), Ley General de Educación.
- Comunicaciones: Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), Correos de México, Casetas de cobro, Agencia Federal de Aviación Civil, Ferrocarril de México, Ley de Inmigración.
- Gobernación: Secretaría de Gobernación (SEGOB), Derecho electoral, Derecho penitenciario, Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), Juegos y sorteos, Diario Oficial de la Federación (DOF), Registro Nacional de Población (RENAPO).
- Defensa y Seguridad: Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), Secretaría de Marina (SEMAR), Fiscalía General de la República (FGR), Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
- Trabajo: Ley Federal del Trabajo, Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
- Turismo: Secretaría de Turismo (SECTUR), Secretaría de Cultura, Embajadas, Consulados, Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE).
- Medio Ambiente.
El Poder Ejecutivo Federal
El Presidente de los Estados Unidos Mexicanos
El ejercicio del Supremo Poder Ejecutivo de la Unión se deposita en un solo individuo, denominado «Presidente de los Estados Unidos Mexicanos» (Art. 80 Constitucional).
Requisitos para ser Presidente:
- Ser mexicano por nacimiento.
- No ser ministro religioso.
- Haber residido en el país todo el año anterior al día de la elección.
- No pertenecer al ejército.
- No ser alto funcionario de la Administración Pública o gobernador de estado.
- No haber sido presidente de la República.
Facultades del Presidente:
- Promulgar leyes.
- Ejecución de leyes.
- Facultades reglamentarias.
- Nombramiento y remoción de funcionarios.
- Indulto.
Poderes Implícitos
Son las atribuciones inherentes a la posición que jerárquicamente ocupa el Presidente dentro del aparato administrativo estatal.
Secretarías de Estado
Definición de Secretaría de Estado
Es un órgano superior político-administrativo que auxilia al Presidente de la República en el despacho de los asuntos de una rama de la actividad del Estado.
El Secretario de Estado
Es la persona física titular de la secretaría, nombrado y removido libremente por el Presidente de la República.
Secretarías y Secretarios de Estado:
Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo (CJPF)
Conceptos y Fuentes del Derecho Administrativo
Criterios para entender el Derecho Administrativo
El Derecho Administrativo puede ser entendido a través de diversos criterios:
- Criterio legalista.
- Criterio de las relaciones jurídicas.
- Criterio de los servicios públicos.
- Criterio de los organismos de aplicación.
- Criterio de la organización.
Acto Administrativo Simple
Declaración interna con efectos individuales indirectos.
Hecho Administrativo
Actividad que se traduce en operaciones técnicas o actuaciones físicas. Por ejemplo, las sanciones a faltas del reglamento.
Fuentes del Derecho Administrativo
Fuentes Formales:
- Constitución.
- Ley.
- Reglamento.
- Decretos.
- Circulares.
- Jurisprudencia.
Fuentes Informales:
- Costumbre.
- Doctrina.
- Principios generales del Derecho.
La Constitución como Fuente Formal
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es fundamental porque:
- Regula el poder público estableciendo la estructura del Estado (Arts. 40 y 49).
- Establece la competencia del Poder Ejecutivo (Arts. 80 y 89).
- Establece la competencia del Poder Legislativo (Arts. 73 y 79).
- Establece la competencia del Poder Judicial (Arts. 103, 104, 107).
- Define la existencia de la Administración Pública (Arts. 91, 92 y 93).
- Establece las garantías de los gobernados (Arts. 1 al 29 y 123).
Tipos de Leyes
- Orgánicas: Regulan la estructura y funcionamiento de los diferentes órganos de la administración.
- Reglamentarias.
- Ordinarias.
Tipos de Reglamentos
- De Ejecución/Organización: Explican y aclaran el contenido de la ley.
- De Necesidad.
Decretos
Crean situaciones concretas e individuales y necesitan publicidad.
Circulares
Disposiciones de carácter interno que se mandan de órganos superiores a inferiores.
Actividad y Funciones del Estado
Actividad Administrativa
Son los actos materiales y jurídicos que se realizan en virtud de las atribuciones que la legislación positiva otorga a la Administración Pública.
Poder Legislativo (P. Legis)
Estructura clave:
- Comisión Permanente del Congreso de la Unión (37 miembros: 19 diputados y 18 senadores).
- Congreso de la Unión (CU).
- Cámara de Diputados (CD).
- Cámara de Senadores (CS).
- Comisiones legislativas (trabajo de senadores en áreas específicas).
- Contaduría Mayor de Hacienda.
Función Ejecutiva
Consiste en tomar decisiones particulares creadoras de situaciones jurídicas concretas, encaminadas a la satisfacción de necesidades de interés público.
Atribución de Servicios
La actividad tendiente a satisfacer las necesidades generales de los particulares, ya sea de forma directa o concesionada (ejemplos: transporte público, servicios de educación y agua).
Organización de la Administración Pública
Criterio Subjetivo
Implica una estructura orgánica, una pluralidad de entes a los que está atribuida la función administrativa.
Gobierno
Hace referencia a una parte del Estado e implica la preponderancia de alguno de los órganos a través de los cuales se ejercita el poder. Existen modelos parlamentario y presidencial.
Formas de Organización de la Administración Pública
La Administración Pública se organiza de tres formas principales: centralizada, descentralizada y desconcentrada.
1. Centralización
Ejemplos: Presidencia de la República, Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, Secretarías de Estado.
- Las facultades de decisión y mando se encuentran concentradas en los órganos superiores.
- Su personalidad jurídica es la misma del Estado.
- Sus facultades son otorgadas por la Constitución, ley o reglamento.
- Es creada por la ley.
2. Descentralización o Paraestatales
Tipos: organismos corporativos e institucionales.
- Existe transferencia de facultades de decisión y de mando a organismos que se encuentran desvinculados de la administración centralizada.
- Tiene autonomía plena.
- Tiene personalidad y patrimonio propios.
- Es creada por ley o decreto.
- Está sujeta al control de la Administración Pública.
3. Desconcentración
La SEP (Secretaría de Educación Pública) es un órgano centralizado. Los órganos que deriven de la SEP y que gocen de cierta autonomía técnica y operativa, pero sin personalidad jurídica propia, son desconcentrados.
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