03 Nov

Fundamentos del Derecho Laboral

El Derecho Laboral se caracteriza por ser:

  • Voluntario
  • Dependiente
  • Retribuido
  • Por cuenta ajena
  • Personal

Jurisdicción Social y Tribunales de Trabajo

Requisito Previo: Conciliación

Es requisito previo el intento de acto de conciliación o intento de acuerdo ante el Departamento de Trabajo de la CC.AA. Existen excepciones.

Jerarquía de los Tribunales

  • Juzgado de lo Social.
  • Sala de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia (recurso de suplicación).
  • Sala de lo Social de la Audiencia Nacional.
  • Sala IV de lo Social del Tribunal Supremo (recurso de casación).

Administración Laboral

El Ministerio de Trabajo y Economía Social supone la intervención del Estado en el ámbito de las relaciones laborales.

Inspección de Trabajo

La Inspección de Trabajo es un órgano de la Administración del Estado cuya finalidad es garantizar el cumplimiento de la legislación laboral.

El Contrato de Trabajo

Es el acuerdo entre empresario y trabajador por el que este se obliga a prestar determinados servicios, por cuenta del empresario y bajo su dirección, a cambio de una retribución pactada. (Aplica también a extranjeros no comunitarios).

Cláusulas Contractuales Específicas

Confidencialidad
Guardar secreto de la información de la empresa.
Concurrencia
No trabajar en un competidor sin permiso durante la vigencia del contrato.
No Competencia (Postcontractual)
No trabajar en el mismo sector tras la extinción del contrato (máximo 2 años para técnicos, 6 meses para otros).
Permanencia
Si el trabajador recibe formación especializada, debe permanecer un tiempo determinado (máximo 2 años).
Exclusividad
No tener otro empleo. El trabajador puede renunciar a esta cláusula avisando con 30 días de antelación.

Horas Extraordinarias

Se clasifican en:

  • Por fuerza mayor.
  • Estructurales (o no estructurales): deben compensarse antes de los 4 meses siguientes a su realización.

Derechos y Deberes del Trabajador

Derechos

Incluyen los básicos de la Constitución y los derivados del Estatuto de los Trabajadores:

Derechos Constitucionales Básicos

  • Libre elección de profesión.
  • Sindicación y negociación colectiva.
  • Medidas de conflicto (huelga).
  • Reunión y participación.
  • Ocupación efectiva.

Derechos Derivados del Estatuto

  • No discriminación.
  • Promoción y formación profesional.
  • Integridad física y salud.
  • Respeto a la intimidad y dignidad.
  • Descanso y remuneración puntual.
  • Ejercicio de acciones derivadas del contrato.

Deberes

  • Cumplir obligaciones del puesto con buena fe y diligencia.
  • Respetar medidas de seguridad e higiene.
  • Acatar órdenes del empresario.
  • No realizar competencia desleal.
  • Contribuir a mejorar la productividad.
  • Cumplir los pactos del contrato sin renunciar a derechos.

Obligaciones y Potestades del Empresario

Obligaciones

  • Respetar los derechos de los trabajadores.
  • Cumplir la normativa laboral.
  • Afiliar y dar de alta en la Seguridad Social.
  • Comunicar contratos al SEPE en un plazo de 10 días.
  • Informar a los representantes legales.
  • Cotizar a la Seguridad Social e ingresar retenciones de IRPF.

Potestades Empresariales

Poder de Dirección
Incluye la organización, el control y la emisión de órdenes necesarias para la prestación laboral.
Poder Disciplinario
Capacidad de sancionar incumplimientos, limitado por la ley, sin afectar haberes ni descansos.

Permisos Retribuidos

Matrimonio
15 días.
Exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto
Tiempo indispensable.
Enfermedad grave, accidente, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo domiciliario de familiar hasta 2º grado (consanguinidad o afinidad)
5 días.
Fallecimiento de familiar hasta 2º grado
2 días, o 4 días si requiere desplazamiento.
Lactancia de hijo menor de 9 meses
1 hora diaria o reducción de media hora de la jornada.
Traslado de domicilio
1 día.
Cumplimiento de deber público (jurado, testigo, etc.)
Tiempo indispensable.
Derecho de sufragio (presidente, vocal, interventor, apoderado)
Día de la votación más reducción de 5 horas el día siguiente.
Representación de trabajadores
Tiempo necesario.
Búsqueda de empleo (extinción por causas objetivas)
6 horas semanales durante el periodo de preaviso.

Conflictos Laborales y Mecanismos de Resolución

Tipos de Conflictos

  • Colectivos: Afectan a un grupo de trabajadores.
  • Individuales: Afectan a un solo trabajador (se resuelven ante el tribunal).

Fases de Resolución

  1. Solicitud.
  2. Negociación.
  3. Resolución (acuerdo, árbitro, vía extrajudicial).
  4. Vía judicial (si las anteriores fallan).

Medidas de Conflicto

Huelga

Suspensión colectiva del contrato. Implica alta en la Seguridad Social, libertad de no sumarse y establecimiento de servicios mínimos. La convocatoria requiere mayoría, comité y comunicación. Se resuelve por pacto o arbitraje obligatorio.

Cierre Patronal

Medida aplicable en casos de peligro, ocupación o irregularidades. Requiere comunicar a la autoridad laboral con 12 horas de antelación. Implica la suspensión del contrato, alta en la Seguridad Social, pero sin prestación por Incapacidad Temporal (IT).

Soluciones Pacíficas

Conciliación
Aproxima las posturas de las partes.
Mediación
Un tercero propone una solución no vinculante.
Arbitraje
Un tercero impone un laudo obligatorio.

Salud Laboral y Prevención de Riesgos

La salud laboral busca prevenir riesgos y proteger la integridad de los trabajadores.

Obligaciones del Empresario (LPRL)

  • Evitar y evaluar riesgos.
  • Planificar la prevención.
  • Informar y formar a los empleados.
  • Garantizar la seguridad de equipos y Equipos de Protección Individual (EPI).
  • Proteger colectivos sensibles (embarazadas, menores, temporales).

Derechos y Deberes del Trabajador

Derechos

  • Información y formación.
  • Abandonar el puesto ante riesgo grave e inminente.
  • Vigilancia de la salud.
  • Participación en materia preventiva.

Deberes

  • Usar equipos y EPI correctamente.
  • Informar sobre riesgos detectados.
  • Colaborar en la prevención.

El Plan de Prevención

Debe incluir recursos humanos, materiales y económicos, medidas de control, programa de vigilancia de la salud, formación continua y coordinación integral, siguiendo la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL).

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