03 Nov
Fundamentos del Derecho Laboral
El Derecho Laboral se caracteriza por ser:
- Voluntario
 - Dependiente
 - Retribuido
 - Por cuenta ajena
 - Personal
 
Jurisdicción Social y Tribunales de Trabajo
Requisito Previo: Conciliación
Es requisito previo el intento de acto de conciliación o intento de acuerdo ante el Departamento de Trabajo de la CC.AA. Existen excepciones.
Jerarquía de los Tribunales
- Juzgado de lo Social.
 - Sala de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia (recurso de suplicación).
 - Sala de lo Social de la Audiencia Nacional.
 - Sala IV de lo Social del Tribunal Supremo (recurso de casación).
 
Administración Laboral
El Ministerio de Trabajo y Economía Social supone la intervención del Estado en el ámbito de las relaciones laborales.
Inspección de Trabajo
La Inspección de Trabajo es un órgano de la Administración del Estado cuya finalidad es garantizar el cumplimiento de la legislación laboral.
El Contrato de Trabajo
Es el acuerdo entre empresario y trabajador por el que este se obliga a prestar determinados servicios, por cuenta del empresario y bajo su dirección, a cambio de una retribución pactada. (Aplica también a extranjeros no comunitarios).
Cláusulas Contractuales Específicas
- Confidencialidad
 - Guardar secreto de la información de la empresa.
 - Concurrencia
 - No trabajar en un competidor sin permiso durante la vigencia del contrato.
 - No Competencia (Postcontractual)
 - No trabajar en el mismo sector tras la extinción del contrato (máximo 2 años para técnicos, 6 meses para otros).
 - Permanencia
 - Si el trabajador recibe formación especializada, debe permanecer un tiempo determinado (máximo 2 años).
 - Exclusividad
 - No tener otro empleo. El trabajador puede renunciar a esta cláusula avisando con 30 días de antelación.
 
Horas Extraordinarias
Se clasifican en:
- Por fuerza mayor.
 - Estructurales (o no estructurales): deben compensarse antes de los 4 meses siguientes a su realización.
 
Derechos y Deberes del Trabajador
Derechos
Incluyen los básicos de la Constitución y los derivados del Estatuto de los Trabajadores:
Derechos Constitucionales Básicos
- Libre elección de profesión.
 - Sindicación y negociación colectiva.
 - Medidas de conflicto (huelga).
 - Reunión y participación.
 - Ocupación efectiva.
 
Derechos Derivados del Estatuto
- No discriminación.
 - Promoción y formación profesional.
 - Integridad física y salud.
 - Respeto a la intimidad y dignidad.
 - Descanso y remuneración puntual.
 - Ejercicio de acciones derivadas del contrato.
 
Deberes
- Cumplir obligaciones del puesto con buena fe y diligencia.
 - Respetar medidas de seguridad e higiene.
 - Acatar órdenes del empresario.
 - No realizar competencia desleal.
 - Contribuir a mejorar la productividad.
 - Cumplir los pactos del contrato sin renunciar a derechos.
 
Obligaciones y Potestades del Empresario
Obligaciones
- Respetar los derechos de los trabajadores.
 - Cumplir la normativa laboral.
 - Afiliar y dar de alta en la Seguridad Social.
 - Comunicar contratos al SEPE en un plazo de 10 días.
 - Informar a los representantes legales.
 - Cotizar a la Seguridad Social e ingresar retenciones de IRPF.
 
Potestades Empresariales
- Poder de Dirección
 - Incluye la organización, el control y la emisión de órdenes necesarias para la prestación laboral.
 - Poder Disciplinario
 - Capacidad de sancionar incumplimientos, limitado por la ley, sin afectar haberes ni descansos.
 
Permisos Retribuidos
- Matrimonio
 - 15 días.
 - Exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto
 - Tiempo indispensable.
 - Enfermedad grave, accidente, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo domiciliario de familiar hasta 2º grado (consanguinidad o afinidad)
 - 5 días.
 - Fallecimiento de familiar hasta 2º grado
 - 2 días, o 4 días si requiere desplazamiento.
 - Lactancia de hijo menor de 9 meses
 - 1 hora diaria o reducción de media hora de la jornada.
 - Traslado de domicilio
 - 1 día.
 - Cumplimiento de deber público (jurado, testigo, etc.)
 - Tiempo indispensable.
 - Derecho de sufragio (presidente, vocal, interventor, apoderado)
 - Día de la votación más reducción de 5 horas el día siguiente.
 - Representación de trabajadores
 - Tiempo necesario.
 - Búsqueda de empleo (extinción por causas objetivas)
 - 6 horas semanales durante el periodo de preaviso.
 
Conflictos Laborales y Mecanismos de Resolución
Tipos de Conflictos
- Colectivos: Afectan a un grupo de trabajadores.
 - Individuales: Afectan a un solo trabajador (se resuelven ante el tribunal).
 
Fases de Resolución
- Solicitud.
 - Negociación.
 - Resolución (acuerdo, árbitro, vía extrajudicial).
 - Vía judicial (si las anteriores fallan).
 
Medidas de Conflicto
Huelga
Suspensión colectiva del contrato. Implica alta en la Seguridad Social, libertad de no sumarse y establecimiento de servicios mínimos. La convocatoria requiere mayoría, comité y comunicación. Se resuelve por pacto o arbitraje obligatorio.
Cierre Patronal
Medida aplicable en casos de peligro, ocupación o irregularidades. Requiere comunicar a la autoridad laboral con 12 horas de antelación. Implica la suspensión del contrato, alta en la Seguridad Social, pero sin prestación por Incapacidad Temporal (IT).
Soluciones Pacíficas
- Conciliación
 - Aproxima las posturas de las partes.
 - Mediación
 - Un tercero propone una solución no vinculante.
 - Arbitraje
 - Un tercero impone un laudo obligatorio.
 
Salud Laboral y Prevención de Riesgos
La salud laboral busca prevenir riesgos y proteger la integridad de los trabajadores.
Obligaciones del Empresario (LPRL)
- Evitar y evaluar riesgos.
 - Planificar la prevención.
 - Informar y formar a los empleados.
 - Garantizar la seguridad de equipos y Equipos de Protección Individual (EPI).
 - Proteger colectivos sensibles (embarazadas, menores, temporales).
 
Derechos y Deberes del Trabajador
Derechos
- Información y formación.
 - Abandonar el puesto ante riesgo grave e inminente.
 - Vigilancia de la salud.
 - Participación en materia preventiva.
 
Deberes
- Usar equipos y EPI correctamente.
 - Informar sobre riesgos detectados.
 - Colaborar en la prevención.
 
El Plan de Prevención
Debe incluir recursos humanos, materiales y económicos, medidas de control, programa de vigilancia de la salud, formación continua y coordinación integral, siguiendo la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL).

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