04 Nov

La Empresa y la Producción

1. Las Empresas y la Producción

En toda actividad productiva intervienen los siguientes elementos:

  • Los recursos productivos: capital, tierra y trabajo.
  • Empresa o unidad económica de producción.
  • Bienes o servicios. El valor de los bienes y servicios es el valor de la producción de las empresas.
  • La tecnología: el conjunto de conocimientos, instrumentos o métodos técnicos con los que se produce.

Tipos de Procesos Productivos

Existen distintos tipos de procesos productivos:

  • Producción por proyecto: Se produce un único bien o servicio, que no es homogéneo.
  • Producción artesanal: El volumen de producción es pequeño.
  • Producción por lotes: El número de unidades producidas es mayor que en el caso anterior y la producción es más uniforme.
  • Producción en masa: Se elabora un producto estándar u homogéneo, por lo que la producción puede mecanizarse.
  • Producción continua: Son procesos en los que la producción no se puede detener.

Los Objetivos de la Producción

Los objetivos principales de la producción son:

  • Eficiencia: Maximización de la producción para un nivel dado de factores productivos.
  • Eficacia: Alcanzar los niveles mínimos de producción exigidos por el mercado en términos de cantidad, de lugar y de tiempo.
  • Calidad: Satisfacer al cliente al adecuar el producto a sus requerimientos.
  • Flexibilidad: Capacidad de adaptarse a los cambios en la demanda o en los sistemas de producción.

Las empresas requieren financiación, proporcionada por diferentes fuentes financieras.

2. La Clasificación de las Empresas

En el mundo existe una gran variedad de empresas, y existen diversos criterios para clasificarlas:

  • Por el tipo de actividad que desarrollan:
    • Empresas del sector primario (producción de alimentos).
    • Empresas del sector secundario (producción de bienes dirigidos al mercado, fabricantes, etc.).
    • Empresas del sector terciario o de servicios.
  • Por su titularidad (tipos de propietarios de la empresa):
    • Empresas privadas (que pertenecen a las familias).
    • Empresas públicas (que pertenecen al sector público).
    • Empresas mixtas.
  • Por su presencia geográfica: Hay empresas locales, regionales, nacionales, multinacionales y globales.
  • Por su tamaño: Gran empresa, mediana o pequeña.

3. La Forma Jurídica de las Empresas

Otro criterio para clasificar las empresas es atendiendo a su estructura jurídica. En este sentido, se pueden diferenciar dos tipos de empresas:

  • Empresas individuales: Aquellas en las que el empresario es una persona física, es decir, un ser humano concreto, con todos sus derechos y obligaciones.
  • Sociedades: Aquellas en las que la propiedad de la empresa está repartida entre varias personas que se asocian para constituir una única persona jurídica, cualquiera que sea la forma que adquiera.

Tipos de Responsabilidad Empresarial

La responsabilidad es la obligación de los propietarios de hacer frente a las deudas de la empresa. Se clasifica en:

  • Responsabilidad personal: Si el propietario responde de las deudas y obligaciones de la empresa con su patrimonio personal.
  • Responsabilidad mancomunada: Donde cada uno de los socios responde ante terceros a partes iguales.
  • Responsabilidad solidaria: En la que todos los miembros de la sociedad responden ante la obligación en su conjunto.
  • Responsabilidad subsidiaria: Por la que si uno de los socios es insolvente, el resto debe hacer frente a esa obligación.
  • Responsabilidad ilimitada: Si el empresario o socio responde con todo su patrimonio actual y futuro.
  • Responsabilidad limitada: Cuando los socios solo responden a las deudas de la sociedad con el capital aportado en ella.

Empresas y Empresarios Individuales (Autónomos)

Son personas físicas que desarrollan una actividad económica por la que obtienen ingresos y en la que pueden contratar empleados. A estos empresarios se les suele llamar autónomos, porque cotizan como autónomos a la Seguridad Social.

Las características de este tipo de empresas son las siguientes:

  • El empresario controla totalmente la gestión empresarial.
  • Como no hay socios, el empresario responde personalmente de las obligaciones de pago de la empresa.
  • La responsabilidad del empresario es ilimitada.
  • No es necesario ningún trámite especial para que la empresa obtenga su personalidad, puesto que es una persona física.
  • Al ser una persona física, el impuesto que paga por sus ingresos es el Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF).

Las Sociedades

Las sociedades son personas jurídicas y, según la responsabilidad que asumen los socios que las constituyen, se agrupan en sociedades de responsabilidad ilimitada y sociedades de responsabilidad limitada.

Sociedades de Responsabilidad Ilimitada

En estas sociedades, los socios responden con su propio patrimonio personal, actual y futuro, de las deudas sociales.

  • Sociedades Colectivas: Diferentes trabajadores (socios) desarrollan su actividad bajo un determinado nombre.
  • Sociedades Comanditarias Simples: Son comunidades de trabajadores constituidas por dos tipos de socios:
    • Los socios colectivos, que trabajan para la sociedad y tienen responsabilidad ilimitada.
    • Los socios comanditarios, que aportan patrimonio y cuya responsabilidad se limita a dicho importe.
Sociedades de Responsabilidad Limitada (Sociedades de Capital)

En estas sociedades, la responsabilidad de los socios está limitada exclusivamente al patrimonio aportado a la empresa. Son las sociedades de capital y sociedades de interés social.

Entre las sociedades de capital se encuentran la Sociedad de Responsabilidad Limitada y la Sociedad Anónima.

Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L. o S.L.)
  • El capital se encuentra dividido en participaciones sociales, que son partes alícuotas (enteras), indivisibles y acumulables del capital y de las que son propietarios los socios.
  • En la denominación de estas sociedades debe aparecer la indicación “Sociedad de Responsabilidad Limitada” o “Sociedad Limitada”.
  • El capital mínimo inicial para constituir una sociedad limitada debe ser de 3.000€ o superior, y ha de estar íntegramente suscrito y desembolsado al constituir la sociedad.
Sociedad Anónima (S.A.)
  • En las sociedades anónimas, el capital está dividido en acciones.
  • En la denominación de una sociedad anónima deberá figurar la indicación “Sociedad Anónima”.
  • Al constituirse la sociedad, el capital mínimo inicial debe ser de 60.000€ o superior.

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