05 Nov

Ética Empresarial, Responsabilidad Social y Buen Gobierno

Ética Empresarial

La Ética Empresarial es el conjunto de normas y valores diseñados para resolver problemas diarios dentro de las organizaciones. Su importancia ha crecido debido a las malas prácticas empresariales, la lentitud de las leyes y la necesidad de mantener una buena reputación.

Ventajas de la Ética Empresarial:

  • Mejora la confianza de clientes, empleados y proveedores.
  • Ayuda a resolver conflictos sin recurrir a procesos legales.
  • Fortalece la imagen y la cohesión interna de la empresa.

Responsabilidad Social Corporativa (RSC)

La RSC implica que las empresas actúan de forma voluntaria para mejorar el bienestar social y ambiental, cuidando a empleados, clientes, proveedores y el entorno. Se considera responsable la empresa que cuenta con directivos éticos, buenas condiciones laborales y respeto al medio ambiente.

Buen Gobierno Corporativo

Busca una gestión más transparente, justa y participativa. En España, se fomenta principalmente mediante la autorregulación (no leyes obligatorias).

Recomendaciones del Código de Buen Gobierno:

  • Consejeros independientes y mayoría de externos.
  • Límite de edad y número de cargos.
  • Publicación de sueldos.
  • Presencia mínima de mujeres en los órganos de dirección.

Evaluación de Impacto y Sostenibilidad

Balance Social y Medioambiental

Evalúa los efectos sociales y ambientales de la empresa. Los pasos clave son:

  1. Identificar grupos afectados (empleados, clientes, comunidad).
  2. Definir indicadores cuantitativos (accidentes, horas perdidas) y cualitativos (satisfacción del personal o clientes).

Movimiento B Corporation

Son empresas privadas que integran en sus estatutos el compromiso con la sostenibilidad y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). En España se reconocen como Sociedades de Beneficio e Interés Común (SBIC).

Marco Jurídico y Formas Societarias

Consecuencias de la Elección de la Forma Jurídica

Personalidad Jurídica

  • Con personalidad jurídica (sociedades mercantiles): el patrimonio personal de los socios está protegido (responsabilidad limitada).
  • Sin personalidad jurídica: los socios responden con sus bienes personales ante las deudas (responsabilidad ilimitada).

Fiscalidad

Todas las sociedades pagan el Impuesto de Sociedades (IS), generalmente al 25%, excepto las cooperativas, que tributan al 20% en sus beneficios cooperativos.

Sociedades Cooperativas

Ventajas:

  • Participación activa de los socios (principio democrático: “un socio = un voto”).
  • Compromiso.
  • Ventajas fiscales (IS al 20%, exentas de ITP/AJD e IAE).

Desventajas:

  • Decisiones lentas.
  • Obligación de crear fondos de reserva y de formación.
  • Mínimo 3 socios (primer grado) o varias cooperativas (segundo grado). En Aragón, capital mínimo de 3.000 €.
  • Mayor carga administrativa.

Órganos: Asamblea General, Consejo Rector, Interventores y Comité de Recursos.

Sociedades Civiles (S.C.)

Unión de personas que ponen en común dinero, bienes o trabajo para repartirse las ganancias.

  • Constitución: Documento privado o público.
  • Denominación: Debe incluir “S.C.” o “Sociedad Civil”.
  • Capital: Sin mínimo obligatorio.
  • Socios: Mínimo 2 (pueden ser “industriales”, que aportan trabajo).
  • Responsabilidad: Ilimitada.
  • Administración: Todos los socios si no se pacta otra cosa.
  • Beneficios: Proporcionales a lo aportado.
  • Tributación: Por Impuesto de Sociedades.

Sociedades Mercantiles

Agrupan dinero o bienes para realizar una actividad empresarial con ánimo de lucro.

  • Personalistas: Prima la confianza entre socios; responsabilidad ilimitada.
  • Capitalistas: Prima el capital aportado; responsabilidad limitada.

Sociedad Anónima (S.A.)

  • Capital: Mínimo 60.000 €, dividido en acciones (libre transmisión).
  • Socios: Mínimo 1 (puede ser unipersonal).
  • Responsabilidad: Limitada al capital aportado.
  • Órganos: Junta General, Consejo de Administración y Auditores.
  • Uso: Empresas grandes o con muchos accionistas.

Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L.)

  • Capital: Mínimo 1 €, dividido en participaciones (no libremente transmisibles). Si el capital es inferior a 3.000 €, se reserva el 20% de beneficios hasta alcanzarlo.
  • Socios: Mínimo 1.
  • Responsabilidad: Limitada.
  • Órganos: Junta General (no necesaria si hay menos de 15 socios) y Administradores.
  • Uso: Pequeñas y medianas empresas (ideal para empresas pequeñas o familiares; tiene menos gastos y trámites).

Sociedad Laboral (S.A.L. o S.L.L.)

  • Capital: Mayoritariamente de los trabajadores fijos.
  • Socios: Mínimo 3; ninguno puede tener más del 33% del capital.
  • Fondo de reserva: 10% de beneficios cada año.
  • Responsabilidad: Limitada.
  • Ventajas: Ayudas públicas y bonificaciones fiscales (bonificaciones en impuestos como el ITP/AJD, acceso al pago único del desempleo y ayudas del Ministerio de Trabajo).

Nota: Son una buena opción cuando una empresa se disuelve y los trabajadores quieren continuar la actividad para conservar su empleo.

Conceptos Fundamentales de la Empresa

1. La Empresa

Sistema que organiza recursos humanos, técnicos y financieros para producir bienes o servicios y lograr objetivos (eficiencia, beneficios, etc.).

  • Enfoque económico: Unidad básica de producción que combina factores para crear valor.
  • Enfoque administrativo: Conjunto de elementos humanos, técnicos y financieros con estructura jerárquica.

Rasgos distintivos:

  • Deciden cómo usar los factores productivos.
  • Centralizan decisiones.
  • Crean riqueza.
  • Influyen en el consumo y buscan beneficios.

2. El Empresariado

  • Jurídico: El empresario (comerciante según el Código de Comercio) es quien realiza actividades comerciales o industriales.
  • Económico: Persona que dirige la empresa.

Teorías sobre el Empresariado:

  • Smith: Aporta capital.
  • Marshall: Organiza.
  • Knight: Asume riesgos.
  • Coase: Ejerce autoridad.
  • Schumpeter: Es innovador.
  • Galbraith: Representa a los tecnócratas.

Persona jurídica: La empresa tiene derechos y obligaciones propios, distintos de los socios.

3. El Emprendedor

Se promueve la igualdad, la conciliación y la visibilidad femenina y diversa en el ámbito del emprendimiento.

4. Elementos de la Empresa

  • Recursos Humanos: Directivos, propietarios y empleados.
  • Capital: Bienes tangibles e intangibles; puede ser fijo o corriente, físico o financiero.
  • Sistema Organizativo: Coordinación interna para la eficiencia.
  • Entorno Externo: Social, jurídico y económico que condiciona su actividad.

5. Funciones y Objetivos de la Empresa

Funciones principales:

  • Coordinar factores productivos.
  • Crear valor.

Objetivos:

Económicos:
  • Maximizar beneficios (Bº = Ingresos – Costes).
  • Aumentar rentabilidad (% entre beneficio e inversión).
  • Crecimiento empresarial y productividad.
Financieros:
  • Mantener liquidez.
  • Controlar el endeudamiento.
Sociales:
  • Crear empleo.
  • Integrar colectivos.
  • Formar personal.
  • Conciliación de la vida laboral y personal.
  • Cuidado del medio ambiente.

Según el Plazo:

  • Estratégicos: Largo plazo (ej. crecer en el mercado).
  • Tácticos: Corto plazo (ej. ajustar precios).

Características de los objetivos: Deben ser SMART (Específicos, Medibles, Alcanzables, Relevantes y con Plazo definido).

Legislación y Responsabilidad Empresarial

Tipos de Normas Empresariales

La legislación empresarial se basa en tres tipos de normas:

  1. Normas Fiscales: Regulan los tributos que las empresas pagan a Hacienda.
  2. Normas Mercantiles: Se recogen en el Código de Comercio y la Ley de Sociedades de Capital, y regulan la actividad empresarial y comercial.
  3. Normas Laborales: Como el Estatuto de los Trabajadores o los convenios colectivos, regulan las relaciones entre empresarios, trabajadores y sindicatos.

Clasificación de Tributos (Normas Fiscales):

  • Tasas: Por servicios públicos.
  • Contribuciones especiales: Cuando se obtiene un beneficio por obras o servicios públicos.
  • Impuestos:
    • Directos: IRPF (para empresarios individuales), Impuesto de Sociedades (para empresas) e IAE (por actividades económicas).
    • Indirectos: IVA o Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP).
    • Especiales: Sobre productos concretos (alcohol, tabaco, hidrocarburos o electricidad).

Responsabilidad ante las Deudas

Según su naturaleza jurídica, las empresas se diferencian por el tipo de responsabilidad ante las deudas:

  • Responsabilidad Ilimitada: Los socios responden con su patrimonio personal si la empresa no puede pagar.
  • Responsabilidad Limitada: Solo responden con el capital que aportaron.

El Empresario Individual (Autónomo)

La forma más sencilla es la del empresario individual (persona física) que crea y dirige su empresa con sus propios recursos.

Requisitos:

  • Tener capacidad jurídica.
  • Ser mayor de edad o emancipado.
  • Actuar en nombre propio y ejercer la actividad de forma habitual.

Características:

  • No se exige capital mínimo.
  • No requiere inscripción obligatoria en el Registro Mercantil (aunque es recomendable).
  • Su responsabilidad es ilimitada, ya que no hay separación entre su patrimonio personal y el de la empresa.

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