22 Nov
Documentos Fundamentales del Centro de Protección
1. Proyecto Educativo de Centro (PEC)
El Proyecto Educativo de Centro es el documento en el que se refleja la identidad del centro, se define su finalidad y se señalan las directrices y criterios fundamentales de la acción social y educativa.
Contenidos del PEC
- Ideario, razón de ser, historia y causas que han motivado la creación del centro.
- Marco administrativo, legal y jurídico, y organismo del que depende.
- Tipología según las características de los menores atendidos.
- La finalidad.
Orientación de la Intervención Socioeducativa en el PEC
- Principios generales y metodológicos.
- Objetivos.
- Actuaciones para conseguir los objetivos.
- Pautas de coordinación con otros centros.
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Estructura Organizativa y Recursos
- Estructura organizativa (organigrama).
- Recursos (humanos, materiales y financieros).
Evaluación y Revisión del PEC
- Evaluar la idoneidad del proyecto y su adecuación a la realidad.
- Comprobar la coherencia interna del proyecto.
- Saber si tiene capacidad para dar respuesta a las necesidades reales de los destinatarios.
2. Reglamento de Organización y Funcionamiento (ROF)
El Reglamento de Organización y Funcionamiento es el documento del centro en el que se reflejan sus normas generales de funcionamiento y se estipulan las condiciones en que tiene lugar la relación entre las personas residentes y la institución.
Derechos y Deberes de los Menores Residentes
Derechos de los menores residentes:
- Información, cuidados, PEI, figuras estables de referencia, revisión, espacio de escucha, etc.
Deberes de los menores residentes:
- Respetar a las personas, los horarios y las normas, desarrollar las actividades, etc.
Proyecto Educativo Individualizado (PEI)
El Proyecto Educativo Individualizado (PEI) es el documento que planifica la intervención educativa de cada menor. En él se incluyen las estrategias y las actuaciones destinadas a su atención integral y personalizada.
La persona que ejerza de tutora será la responsable de elaborar el PEI.
Ámbitos de Intervención del PEI
- Ámbito físico: desarrollo físico y estado de salud.
- Ámbito de la vida diaria: hábitos alimentarios, higiene, etc.
- Ámbito socioafectivo: relación del menor con su entorno, con sus iguales, etc.
- Ámbito escolar o de aprendizaje: evolución escolar, nivel cognitivo, etc.
- Ámbito familiar: la relación que el menor mantiene con su familia, visitas, calidad, llamadas.
Desarrollo e Implementación del PEI
Principios Metodológicos
- Importancia de la acción tutorial: La acción tutorial se orienta a fomentar su madurez y a mejorar sus habilidades de toma de decisiones, para ayudarle en su propio desarrollo personal y social.
- Afecto y autoestima.
- Normalización de la vida cotidiana: Dinámicas de funcionamiento lo más similares posible a un entorno familiar normalizado.
- Individualización: Huir de la estandarización y tener en cuenta el principio de individualización y las características particulares de cada persona.
- Participación: La organización del centro debe adaptarse lo máximo posible a las preferencias y los deseos de los menores, que se les considere como protagonistas.
Actividades de Intervención en el Centro
- Actividades para el desarrollo de hábitos: higiene personal, orden, etc.
- Actividades de vida saludable: ejercicio, alimentación, etc.
- Actividades para favorecer el desarrollo integral: normas, valores sociales, mejora de la autoestima.
- Habilidades sociales: mejorar la comunicación, la interacción con los demás, etc.
Seguimiento de la Intervención
Evaluar la evolución del menor y dejar registro de ella.
Intervención con la Familia Biológica
Reuniones de Seguimiento
- Los progresos de la familia.
- Los progresos del menor.
El Proceso de Reunificación Familiar
La intervención también debe dirigirse al proceso de reunificación con la familia, implicando a las familias, potenciando el vínculo entre el menor y la familia, y ayudándoles a superar sus dificultades.
- Capacitación de la familia para ejercer el rol parental.
- Eliminación o reducción de las condiciones que dieron lugar a la desprotección.
- Reparación de las secuelas.
El Acogimiento Familiar
El acogimiento familiar es una figura jurídica mediante la cual familias y personas se hacen cargo, de forma temporal o permanente, de la crianza y educación de niños y niñas que se hallan en situación de desprotección, con la finalidad de contribuir a que su desarrollo tenga lugar en un medio normalizado.
Modalidades de Acogimiento Familiar
- Acogimiento en familia extensa: Se confía la guarda a algún familiar de la familia extensa (abuelos, tíos, etc.).
- Acogimiento en familia ajena: Con una familia que no tiene relación con la familia biológica.
Consideraciones Importantes sobre el Acogimiento
- Figura por la que la guarda del menor se cede a la familia acogedora durante un periodo.
- No hay finalidad adoptiva; la finalidad seguirá siendo el retorno a la familia de origen.
- El acogimiento no rompe los vínculos con la familia biológica.
- Las familias acogedoras recibirán apoyo técnico y supervisión del proceso.
- No está remunerado, pero existen ayudas en función de las necesidades.
Tipos de Acogimiento Familiar
Acogimiento de Urgencia
Dirigido principalmente a menores de 6 años, en los casos en los que hay que intervenir de forma inmediata en la separación del menor y la familia.
Acogimiento Familiar Temporal
Periodo breve con la finalidad de retornar a su entorno familiar. Tiene una duración máxima de 2 años, salvo que por el interés superior del menor se aconseje la prórroga de la medida.
Acogimiento Familiar Permanente (a largo plazo)
Periodo más largo, superior a 2 años. Se constituye al finalizar el plazo de dos años de acogimiento temporal o cuando por ciertas circunstancias se opta por esta opción.
Acogimiento Especializado o Profesionalizado
Casos en los que el menor debe estar en un entorno familiar en el que al menos uno de los miembros de la familia tenga una titulación específica, formación y experiencia para atender sus necesidades. En estos casos se percibirá una compensación económica.
Acogimiento de Fines de Semana y Vacaciones
También llamado acogimiento flexible, consiste en proporcionar al menor en acogimiento residencial la posibilidad de disfrutar de un ambiente familiar en días puntuales.
Proceso de Acogida Familiar
1. Información
Cualquier familia o persona soltera o divorciada, tenga o no hijos, podrá optar al acogimiento dirigiéndose a la Consejería de Bienestar Social o Asuntos Sociales de su comunidad autónoma.
2. Solicitud
Formulario con datos personales y causas que justifiquen el acogimiento, acompañado de:
- Certificado de antecedentes penales y registro negativo de delitos sexuales.
- Informe médico de salud física y psíquica.
- Certificado de empadronamiento.
- Fotocopia de las declaraciones del IRPF, impuesto de patrimonio u otro documento que refleje la capacidad económica. Certificado de actividad laboral.
3. Aprobación o Desestimación de la Solicitud
Valoración de la idoneidad, aspectos que se tienen en cuenta:
- Tener estabilidad emocional y no tener enfermedades físicas o psíquicas.
- Disponer de tiempo y posibilidad de dedicación.
- Medios económicos suficientes y vivienda adecuada.
- Apoyo familiar y social.
- Que todo el grupo familiar comparta la voluntad de la acogida.
- Aceptación de la historia, identidad y cultura del menor.
- Aceptación de la relación del menor con su familia, facilitando el regreso.
4. Asignación
Se realiza un informe con las características del menor y el tipo de acogida recomendable. En esta fase se informa a la familia sobre las características del menor, de su historia, sus posibilidades, etc.
5. Acoplamiento
Cuando el menor se integra en una familia, se plantea un periodo de acoplamiento con la familia, donde se realizan actividades conjuntas. Este periodo se prolongará hasta que se considere que el menor está preparado para irse con la familia.
6. Seguimiento
Se lleva a cabo un seguimiento y supervisión tanto del menor como de la familia, y se les prestan los apoyos necesarios.
Si la relación entre el menor y la familia no funciona, se cancelará el proceso de acogida y el menor volverá al centro de protección a la espera de una nueva familia u otras medidas.
La Adopción
La adopción es una institución jurídica de integración familiar que, por medio de una decisión judicial, crea entre adoptante y adoptado un vínculo de filiación idéntico al de los hijos biológicos.
Fases del Proceso de Adopción
- Solicitud de familia adoptante: Aportar documentación para la valoración de idoneidad.
- Valoración de idoneidad: Evaluación integral de la familia y su contexto. Si se supera, se otorga un certificado de idoneidad.
- Asignación de un niño o niña: Se asignará a la familia si reúne las condiciones adecuadas para atender las necesidades del menor.
- Guarda con fines de adopción: Si se llega a un acuerdo, se le otorga la guarda a la familia para comprobar la compatibilidad y el desarrollo del menor con la familia.
Diferencias Clave entre Acogimiento y Adopción
1. Vinculación entre las Partes
Acogimiento familiar: Se lleva a cabo la integración del menor en una familia hasta que pueda retornar con su familia de origen o se determine otra medida de protección más apropiada.
Adopción: Se constituye la relación de filiación entre la familia adoptante y la persona adoptada.
2. Constitución
Acogimiento familiar: Se puede constituir por resolución administrativa si las partes implicadas están de acuerdo, o por resolución judicial si la familia no está de acuerdo.
Adopción: Siempre se constituye por resolución judicial.
3. Temporalidad
El acogimiento familiar es temporal y la adopción es definitiva.
4. Relación con la Familia Biológica
Acogimiento familiar: La familia biológica conserva el derecho de relacionarse con el menor (excepto si hay dictamen contrario por resolución judicial).
Adopción: Se produce la extinción de los vínculos jurídicos entre el menor y su familia biológica.
5. Patria Potestad
Acogimiento familiar: La familia biológica puede conservar la patria potestad, aunque la guarda corresponda a la familia acogedora.
Adopción: La familia adoptiva tiene la patria potestad y la ejerce.

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