29 Ene

Ayudas al Desarrollo de Proyectos Cinematográficos: Selectivas y Generales

Ayudas Selectivas a Largometraje sobre Proyecto

Estas ayudas están destinadas a proyectos que se enmarcan en alguna de las siguientes categorías:

  • Con especial valor cinematográfico, cultural o social.
  • Que sean de carácter documental.
  • Que incorporen nuevos realizadores.
  • Que sean de carácter experimental.

Financiación y Beneficios

  • Presupuesto total: 7.076.600€, provenientes del Fondo de Protección a la Cinematografía.
  • Límite máximo del beneficio: 500.000€, sin superar el 40% del coste de producción.

No se pueden presentar largometrajes que ya hayan obtenido ayuda en la convocatoria anterior, a no ser que les haya sido rechazada. Un mismo proyecto puede presentarse hasta 3 veces.

Requisitos para la Productora

Para que la productora pueda conseguir la ayuda, debe cumplir con:

  • Emplear alguna de las lenguas oficiales españolas.
  • Usar en la mayor parte del rodaje territorio español.
  • Realizar la posproducción en estudios mayoritarios de territorio español (por cada requisito no cumplido se reduce un 10% de la ayuda).

Beneficiarios

  • Empresas productoras independientes, como las AIE (Agrupación de Interés Económico) o varias empresas productoras asociadas.
  • Las productoras que tengan al menos un empleado con un grado de discapacidad igual o mayor al 33% (esta condición no se aplica a largometrajes documentales o experimentales).
  • Cada productora puede tener un máximo de dos ayudas selectivas.
  • No pueden recibir la ayuda las productoras sancionadas por el incumplimiento de la normativa de igualdad entre hombres y mujeres.

Requisitos Específicos de los Proyectos

Los proyectos deben tener nacionalidad española, lo cual será comprobado por el ICCA, y contar con su aprobación.

Para Largometrajes con Valor Cinematográfico, Cultural, Social, Documentales o Nuevos Realizadores:
  • El coste máximo de producción debe ser de 1.800.000€, o de 3.000.000€ en el caso de largometrajes de animación.
  • Acreditar una financiación de al menos el 15%.
  • Al menos el 50% del presupuesto debe realizarse en España o revertir en autores o equipos técnicos, artísticos o de servicios españoles.
  • Al menos un 10% del presupuesto debe destinarse a copias, publicidad y promoción para su estreno comercial en salas de exhibición cinematográfica en España.
  • El estreno del largometraje debe tener lugar como mínimo en 15 salas de exhibición cinematográfica en un plazo máximo de 12 meses. Este número se reduce a 5 salas para documentales y largometrajes con versión original en lenguas cooficiales distintas del castellano (en este último caso, debe exhibirse en versión original en al menos 3 salas).
  • La empresa productora solicitante debe haber producido, en los últimos 6 años (o 8 si es de animación), 2 cortometrajes o 1 largometraje, o haber participado en una serie o película de televisión como productora encargada de la producción.
Para Largometrajes Experimentales:
  • El coste máximo de producción debe ser de 300.000 euros y el coste mínimo de 80.000 euros.
  • Al menos el 50% debe realizarse en España o revertir en autores, equipos técnicos, artísticos o de servicios españoles.

Instrucción del Procedimiento y Criterios de Selección

Estos criterios se aplican a largometrajes con especial valor cinematográfico, cultural o social, documentales o que incorporen nuevos realizadores:

Fase 1: Puntuación Inicial
  • Los proyectos pueden obtener un máximo de 50 puntos.
  • Se otorgan 2 puntos a los proyectos de empresas productoras de Canarias.
Fase 2: Calidad, Valor Artístico y Nivel de Desarrollo (Máximo 35 puntos)
Proyectos con Valor Cinematográfico, Cultural o Social:
  • Relevancia y originalidad del proyecto: 1-5 puntos.
  • Calidad del guion y de los diálogos: 1-5 puntos.
  • Tratamiento de los personajes: 1-5 puntos.
  • Estructura: 1-5 puntos.
  • Memoria de dirección: 1-5 puntos.
  • Nivel de desarrollo y madurez del proyecto: 1-5 puntos.
  • Autores y equipo técnico: 1-5 puntos.
Proyectos de Carácter Documental:
  • Relevancia y originalidad del proyecto: 1-10 puntos.
  • Investigación desarrollada: 1-10 puntos.
  • Estructura: 1-5 puntos.
  • Propuesta formal: 1-5 puntos.
  • Memoria de dirección: 1-5 puntos.
  • Nivel de desarrollo y madurez del proyecto: 1-5 puntos.
  • Autores y equipo técnico: 1-5 puntos.

Únicamente los proyectos que obtengan en esta fase una puntuación mínima de 15 puntos pueden pasar a la siguiente fase.

Fase 3: Adecuación del Presupuesto (Máximo 15 puntos)
  • Adecuación al equipo técnico-artístico: 1-5 puntos.
  • Adecuación a los gastos propios de la producción: 1-5 puntos.
  • Adecuación al plan de trabajo: 1-5 puntos.
Valoración de Proyectos Experimentales:
  • La calidad, valor artístico y nivel de desarrollo del proyecto: hasta 64 puntos.
  • El presupuesto del proyecto: hasta 20 puntos.
  • La experiencia de la empresa productora: hasta 8 puntos.
Participación Femenina (Puntuación Adicional):
  • Dirección: 3 puntos.
  • Guion: 2 puntos.
  • Producción ejecutiva: 2 puntos.
  • Al menos el 40% del total de profesionales en puestos clave (composición de BSO, dirección de fotografía y arte, jefatura de montaje y sonido directo…): 3 puntos.

Si la productora es de Canarias, puede obtener 2 puntos extras siempre que no se supere la puntuación máxima de 100 puntos.

Determinación de las Cuantías de Ayuda

El porcentaje de ayuda se determina según la puntuación total obtenida:

  • Puntuación entre 90-100: 100% de la ayuda.
  • Puntuación entre 85-89,99: 95%.
  • Puntuación entre 80-84,99: 90%.
  • Puntuación entre 70-79,99: 85%.
  • Puntuación entre 60-69,99: 80%.
  • Puntuación entre 50-59,99: 75%.

Ayudas Generales a Largometraje sobre Proyecto

Estas ayudas se convocan mediante un único procedimiento de selección y son incompatibles con las ayudas selectivas. Un proyecto solo puede participar en una de las dos convocatorias.

Presupuesto y Distribución

  • Presupuesto total: 35.000.000€, provenientes del Fondo de Protección a la Cinematografía, distribuido de la siguiente manera:
    • 8.425.000€: Destinados al pago de importes previstos en las letras a) y b) del apartado duodécimo, imputables al presupuesto de 2019.
    • 17.600.000€: Destinados al pago de importes previstos en las letras b) y c) del apartado duodécimo, imputables al presupuesto de 2020.
    • 7.250.000€: Destinados al pago del importe previsto en la letra c) del apartado duodécimo, imputable al presupuesto de 2021.
    • 1.225.000€: Destinados al pago del importe previsto en la letra c) del apartado duodécimo, imputable al presupuesto de 2022.
    • 500.000€: Destinados al pago del importe previsto en la letra c) del apartado duodécimo, imputable al presupuesto de 2023.

Cuantía Máxima y Requisitos de Productora

  • Cuantía máxima de ayuda: 1.000.000€, sin superar el 40% del coste.
  • Requisitos de la productora: Los mismos que en las ayudas selectivas (lenguas oficiales, rodaje en territorio español, posproducción en estudios mayoritarios españoles, con reducción del 10% por incumplimiento).

Beneficiarios

  • Empresas productoras independientes, como las AIE, o varias empresas productoras.
  • Cada empresa productora o conjunto de ellas solo puede resultar beneficiaria de dos ayudas por el mismo ejercicio.

Requisitos de los Proyectos

  • Deben tener nacionalidad española (comprobado por el ICCA).
  • Acreditar su carácter cultural certificado por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICCA).
  • Los proyectos de largometraje realizados en régimen de coproducción con empresas extranjeras deben obtener la aprobación correspondiente.
  • Requisitos económicos y de exhibición:
    • Coste mínimo reconocido: 1.300.000€ (300.000€ para documentales). Para coproducciones internacionales con países iberoamericanos, el coste mínimo es de 150.000€.
    • Acreditar una financiación de, al menos, el 35% del presupuesto.
    • Al menos el 50% del presupuesto declarado debe realizarse en España o revertir en autores, equipos técnicos, artísticos o de servicios españoles.
    • Al menos un 15% del presupuesto debe destinarse a copias de exhibición cinematográfica en España.
    • El estreno debe efectuarse en un plazo máximo de 9 meses desde la notificación de la resolución de calificación, cumpliendo con requisitos mínimos de salas según el coste o tipo de película:
      • Coste superior a 2 millones de euros: 40 salas.
      • Coste igual o inferior a 2 millones de euros: 20 salas.
      • Versión original en lenguas cooficiales distintas del castellano: 12 salas (al menos 6 en versión original).
      • Documentales: 5 salas.

Instrucción y Valoración de los Proyectos

El ICCA valorará los proyectos con una puntuación total, siendo necesaria una puntuación total mínima de 50 puntos.

Criterios de Valoración:
  • Carácter cultural: hasta 3 puntos.
  • Trayectoria del director o directora (incluyendo director novel): hasta 3 puntos.
  • Solvencia de la empresa solicitante o del productor-gestor: hasta 16 puntos.
  • Viabilidad económica y financiera del proyecto: hasta 41 puntos.
  • Impacto socioeconómico, de la inversión e innovación: hasta 37 puntos.

Determinación de la Cuantía de las Ayudas

Las ayudas se concederán por orden descendente de puntuación hasta agotar la dotación presupuestaria:

  • Puntuación entre 100 y 75 puntos: 100% de la ayuda solicitada.
  • Puntuación entre 74,99 y 65 puntos: 85% de la ayuda solicitada.
  • Puntuación entre 64,99 y 50 puntos: 75% de la ayuda solicitada.

Pago de la Ayuda

  1. 20% se abonará en el momento del reconocimiento del derecho tras la resolución de concesión.
  2. 50% se abonará tras el inicio de rodaje y su comunicación al ICCA.
  3. Hasta el 30% restante se abonará tras la resolución de reconocimiento del coste del largometraje.

Obligaciones de los Beneficiarios

  • Iniciar el rodaje y comunicarlo al ICCA.
  • Comunicar el final de rodaje y solicitar la calificación y el certificado de nacionalidad en el plazo de 18 meses (o 36 meses para animación y documentales).
  • Acreditar el coste de la película y la inversión del productor.
  • Asumir, mediante declaración responsable, el compromiso de mantener en su propiedad la titularidad de los derechos del largometraje durante tres años desde la fecha de su calificación por grupos de edad.

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