03 May

El liberalismo según Stuart Mill

Formamos parte de una red social -> Lo que hace una persona, tiene Repercusiones en su vida, y en la de los demás.

Entonces, a todos nos preocupan las repercusiones que las acciones de otros Pueden causar en nosotros. Nos gustaría poder evitar estas acciones de los Demás. Pero por otra parte, queremos que nos dejen en paz, y que nadie nos Impida hacer lo que queremos.

Tenemos a nuestra disposición varios modos de controlar las conductas de Los demás:

•     Prohibir la conducta y hacer que El Estado la persiga i la castigue.

•     Despreciar y humillar Públicamente esa conducta.

•     Mantenernos alejados de quien Realiza esa conducta.

•     Ser alegremente tolerantes con Las personas cuyas conductas nos incomodan.

El primero, es el único que hace intervenir al estado, el cual tiene un Poder especial: puede utilizar recursos públicos, y puede recorrer a la Violencia. Como podemos ver, no hay opción de que una persona particular Utilice la violencia contra los demás, esta es patrimonio del Estado.

Tesis central del liberalismo -> debemos limitar, en la medida de lo Posible, el recurso al Estado como forma de control de la conducta de las Personas.

¿Con que criterio evaluamos cuando el Estado tiene que intervenir y cuando No? Respuesta:

El estado debe intentar impedir y, en el caso de que se produzcan, debe castigar, las acciones que dañan a los demás. No debe interferir en acciones Privadas con las que no perjudicamos a nadie o nos perjudicamos sólo a nosotros Mismos. 

Fallo: como ya hemos visto al principio la mayoría de nuestras acciones Repercuten en los demás, a veces negativamente. Utilizando este criterio al Final casi todo estaría prohibido.

Solución: tener un criterio que nos permitiera clasificar las acciones en 4 Grupos:

1.    ACCIONES PROHIBIDAS

Acciones que dañan a los demás o violan de algún modo sus derechos básicos. Carácterísticas:

–      Una acción debe prohibirse si Está hecha con intención de hacer daño (asesinar) o si es previsible que lo Haga (conducción temeraria). No se puede castigar una acción cuyas Consecuencias dañinas no pueden preverse. (accidente de tráfico dónde el que lo Provoca iba conduciendo como es debido.)

–      Existen espacios especiales, Dónde se entra voluntariamente en los que se suspende parcialmente la Prohibición de hacer daño (boxeo), pero siempre hay un límite.

–      Los daños prohibidos son los Objetivos. Por ejemplo, a alguien a quien no le gustan los homosexuales se le Instalan unos en la casa del lado, él se sentirá perjudicado, pero este daño es Subjetivo, no se prohíbe.

–      Excepcionalmente se debe Castigar por no ayudar. (No ayudar en un accidente de tráfico). Pero no debemos Extender esta obligación en exceso, porque si tuviéramos tantas obligaciones Con los demás no podríamos vivir nuestra propia vida.

–      El Estado debe hacer que las Personas no eviten su obligación de contribuir al mantenimiento del Estado. (Recordemos: bien público es aquel de cuyo consumo no se puede excluir a quien No ha contribuido a su producción).

2.    ACCIONES CRUELES Y OMISIÓN DE AYUDA

Acciones inmorales y repugnantes que no constituyen violaciones de los Derechos de nadie y no pueden ser castigadas por la ley en un Estado liberal. Mill dice que para evitarlas hay que imponer el estigma social y despreciar a Quienes realicen acciones de este tipo. (Ejemplos: omisión de ayuda en ciertos Casos y la crueldad).

Una sociedad solo puede funcionar bien si hay una difusión entre lo que está Bien y lo que está mal, porque en el fondo, las sanciones sólo tienen efecto Cuando van dirigidas a una actividad mal vista y que hace poca gente. (Si todo El mundo fuera corrupto, no estaría mal visto, y las sanciones no servirían de Nada).

3.    ACCIONES AUTODESTRUCTIVAS Y VICIOSAS

Acciones que consisten en el propio perjuicio. Carácterísticas:

–      Podemos perjudicarnos en el Momento de hacer la acción, pero lo habitual es que el perjuicio quede diferido A un tiempo futuro. (Fumar)

–      También nos podemos perjudicar Reduciendo nuestra libertad actual o futura. (Si hoy me drogo voluntariamente, Mañana no podré dejar de drogarme aunque quiera).

–      No respetándonos a nosotros Mismos nos perjudicamos. (Prostitución).

Estas acciones no deben estar prohibidas ni ser ilegales ni ser Despreciadas por la sociedad, pues a nadie perjudican más que a uno mismo. Sin Embargo estas acciones reciben un castigo natural. (Si te conviertes en un Alcohólico la gente se alejara de ti, Mill dice que este control social es muy Importante con el fin de evitar las actividades autodestructivas).

4.    CONDUCTAS LEGÍTIMAS

Actividades que solo conciernen a los interesados. Son plenamente Legítimas, no se deben perseguir ni castigar. Es más, es incluso censurable que Las personas mostremos rechazo por ellas. (Homosexualidad).

Según Mill, la sociedad tiene tendencia a crear reglas para estas conductas Y hacerlas pasar como parte de la moralidad. Ejemplos que pone: Prohibición Legal de las bebidas alcohólicas, prohibición de trabajar en domingo y la Persecución del mormonismo (por su aprobación de la poligamia (2 mujeres). Es interesante Ver que aún se pueden aplicar a la actualidad.

Mill se da cuenta de unos fallos:

–      El consumo de alcohol sí que es Una conducta legítima y no su venta.

–      Si se trabajara todos los días De la semana, se acabaría cobrando lo mismo por trabajar más (esto en realidad Es mentira), entonces la sociedad tiene derecho a obligar un día de descanso, Pero no tiene derecho a establecer un día en concreto y menos por motivos Religiosos.

–      Con la poligamia, se da cuenta De que está violando su principio de libertad, ya que al ser un matrimonio, es Una reducción de la libertad.

Intervención extranjera

Mill se plantea en qué condiciones es legítimo que una comunidad intervenga En los asuntos de otra. Dice que lo puede hacer si es para proteger el Despotismo a las instituciones libres. 

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