22 Abr

Dependiendo de la actividad económica, se distinguen tres sectores principales: sector primario (crean utilidad al obtener recursos de la naturaleza), sector secundario (desarrollan una actividad productiva al transformar físicamente unos bienes en otros más útiles para su uso) y terciario comerciales y otros servicios. 

Dependiendo de su ámbito de actuación, una empresa puede ser local, regional, nacional, multinacional, las últimas realizan sus actividades en dos o más nacionales. Según su tamaño o dimensión, una empresa puede ser grande (mínimo 250 trabajadores), mediana (de 50 a 249 trabajadores), pequeñas (entre 10 y 49) y microempresas (menos de 10). En España, el 95,8 % son microempresas.

En función de quienes sean los propietarios, las empresas se clasifican en tres: privadas, públicas y mixtas. Las privadas son aquellos cuya propiedad y control se encuentran en manos de particulares. Las públicas aparecen cuando el capital y el control pertenecen a las instituciones de la administración pública (Estado, comunidades autónomas o ayuntamientos), mientras, las empresas mixtas, se caracterizan porque el capital procede tanto de aportaciones públicas, como privadas


El empresario individual es la persona física que ejerce de forma más habitual y por cuenta propia una actividad comercial, industrial o profesional, y responde con todo su patrimonio de las deudas que pueda contraer su negocio. Su responsabilidad es limitada.
Tiene siete carácterísticas principales: Mayor de edad o menor con un representante legal, no existe capital mínimo para iniciar la actividad, su responsabilidad es limitada, la gestión de la empresa y su representación legal corresponden a un titular, la razón social de la empresa será el nombre del titular, el empresario tributa a través del impuesto sobre la renta de las personas físicas Por los rendimientos de su actividad económica y no es obligatoria la inscripción en el registro mercantil del acto de constitución.

Las principales ventajas son que el empresario decide con plena autonomía como dirigir la empresa y qué hacer con los beneficios. Es la forma más sencilla de establecer un negocio, y por ello, la forma más extendida en nuestro país.

El principal inconveniente es que el empresario asume todo el riesgo, ya que responde con todos sus bienes frente a las deudas de la empresa


La sociedad limitada S.L. O S.R.L  es una sociedad mercantil de carácter capitalista, cuyo capital está dividido en partes iguales, llamadas participaciones y en la que los socios tienen limitada su responsabilidad al capital aportado. Cuatro carácterísticas: Se puede constituir con uno o más socios, el capital social no puede ser inferior a 3000 € y en el momento de la constitución tiene que estar totalmente desembolsado, la responsabilidad de los socios es limitada y en su denominación, junto con su nombre, deberá figurar la expresión sociedad de responsabilidad limitada SRL o SL. Los órganos de gobierno de una S.L. Son: La junta general, que es el órgano supremo de la sociedad y donde están representados todos los socios, el otro órgano son la los administradores, Que se encargan de la gestión de la empresa y de ejecutar las decisiones de la junta general. En una S.L., los socios tienen ciertos derechos: Participar en el reparto de los beneficios y en el patrimonio resultante de la liquidación de la empresa, adquirir con preferencia nuevas participaciones en caso de aumento del capital, votar en la junta general en función De sus aportaciones, y estar informados de las actuaciones de los administrativos.

La gran ventaja de esta sociedad es que los socios no responden con su patrimonio ante las posibles deudas, pero pueden perder lo aportado, sin embargo, el principal inconveniente o desventaja está en las restricciones que tienen los socios para transmitir sus participaciones a personas extrañas a la sociedad


la sociedad anónima S.A. Es una sociedad mercantil de carácter capitalista cuyo capital social está dividido en partes iguales, llamadas acciones y en la que la responsabilidad de los socios está limitada a la aportación limitada. Tiene cinco principales carácterísticas: Se puede constituir con uno o más socios, los socios solo pueden perder el dinero invertido, el capital mínimo es de 60.000 € y deberá estar totalmente suscrito y desembolsado en al menos un 25 % en el momento de construirse la sociedad, y en su denominación o razón social, junto con el nombre, deberá figurar la expresión sociedad anónima o SA, Los órganos de gobierno de la SA son: La junta general de accionistas (órgano supremo donde  Los accionistas de liberan y deciden sobre los asuntos más importantes de la empresa), se puede clasificar de formas diferentes. Junta general ordinaria, extraordinaria o universal, el otro órgano es el consejo de administración, que es el órgano de gestión y representación de la sociedad.

Las acciones son títulos que representan una parte del capital social de la empresa, pueden ser nominativas o al portador, las acciones confieren cuatro derechos a los socios: Participar en el reparto de los beneficios, tener preferencia para adquirir nuevas acciones en el caso de que se amplíe el capital, votar en la junta general en función de las acciones que posean, y estar informado de las acciones de los administradores de la sociedad.

Las ventajas de la SA son: La facilidad para vender las acciones, se puede acceder al mercado financiero con la emisión de bonos y obligaciones o cotizar en la bolsa y favorece a la división entre la propiedad y la gestión

Deja un comentario