27 Dic
El CONTRATO DE TRABAJO:
es 1
Acuerdo entre empresario y trabaja. Por el cual el trabaj. Se obliga
A prestar sus servicios a cuenta del empresario recibiendo a cambio d
1retribución. Tipos de contratos: voluntariedad; decisión libre y
Voluntaria del trabajador.
Ajenidad; el resultado del trabajo es
Propiedad del empresario. Subordinación o dependencia; el trabajador
Presta sus servicios dentro del ámbito de organización y dirección
Del empresario. Remuneración; obligación del empresario de abonar al
Trabajador una remuneración por el trabajo realizado.
La Regulación DEL CONTRATO DE TRABAJO:
Derexos y obligaciones del trabajador y empresario: 1las
Disposiciones legales y reglamentarias del estado.2los convenios
Colectivos.3la voluntad de las partes manifestada en el contrato de
Trabajo.4los usos y costumbres locales y profesionales.
LOS SUJETOS DEL CONTRATO DE TRABAJO:
El trabajador: es la persona física k voluntariamente presta
Servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de
Organización de otra persona. Las empresas pueden contratar
Como trabajadores:a) a kienes tengan plena capacidad de obrar
Son(mayores de 18 y menores de 18 legalmente emancipados) b) personas
Mayores de 16 y menores de 18 si(viven de forma independiente con el
Consentimiento expreso de sus padres o tutores, teniendo la
Autorización de la persona k las tenga a su cargo)c) los extranjeros
Con autorización de trabajo y residencia, para los no comunitario.
A)Contratación DE MENORES;tiene una finalizada protectora k prohíbe
La admisión al trabajo a menores de 16 años, no pueden hacer
Actividades u ocupar puestos de trabajo k el gobierno declare
Insalubres o peligrosos, les prohíbe realizar horas extraordinariasy
Jornada nocturna, todo esto tiene consecuencias legales para la
empresa, el empresario k infringe las normas sobre la edad de
Contratación laboral incurre en responsabilidad administrativa
Sancionable con multas de carácter económico a propuesta dela
Inspección de trabajo. B)Contratación DE EXTRQANJEROS: los
Trabajadores comunitarios pueden ser contratados libremente y el
Resto de trabajadores extranjeros necesitan un permi9so de trabajo y
Residencia.C)Contratación DE FAMILIARES: la legislación no prohíbe
Expresamente la contratación laboral de familiares pero establece la
Regla de la presunción legal de la no existencia, la ET excluye los
Trabajos familiares salvo demuestre la condición de asalariados. La
Ley general de la segu,soci. Establece k no tendrán la consideración
De trabajadores por cuenta ajena por conanguinidad o afinidad hasta
El segundo grado cuando convivan en su hogar y estén a su cargo, a
Partir del estatuto de trabajo autónomo estos pueden contratar a los
Hijos menores de 30años k concican con ellos pero kedarán excluidos
Del cobro por desempleo. El empresario: es akella persona física l
Reciben la prestación de servicios de las personas conrtratadas para
Ser cedidas a empresa usuarias xr empresas de trabajo temporal
Legalmente constituidas. A)PERSONA FÍSICA; la personalidad o
Capacidad jurídica del empresario individual se adkiere por el
Nacimineto, la capacidad de obrar se adkiere con la mayoría de edad
18 años o por emancipación, puede concertar contratos de trabajo
Como empresarios individual a (toda persona mayor de edad, persona
Menores de 18 y mayores de 16 k estén emancipados, moneres de edad
No emancipados pero asistido de sus representantes legales y nunca
Por sí solo. B)PERSONAS Jurídicas; los empresario titulados de
Empresas de ciertas dimensiones son personas jurídicas, actúan en el
Mercado de trabajo a través de las personas físicas k encarnan sus
órganos de representación kienes conciertan los contratos de
Trabajo. C)OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO ANTES DE CONTRATAR;
Inscripción de la empresa en la ss. Mediante la inscripción la
Empresa comunica k va a contratar a empeados. Comunicación de la
Apertuta de centro de trabajo a la consejería de empleo de su
Comunidad autónoma.
LA FORMA DEL CONTRATO DE TRABAJO:
Pueden celebrar el contrato de forma verbal o escrita, la et exige
Expresamente la forma escrita en dos casos;1.-cuando sea exigido xr 1
Disposición legal( contratos formativos, de duración determinada, a
Tiempo parcial, fijo discontinuo, a distancia, contratados en el
Extranjeros, de determinadas relaciones laborales
Especiales:deportistas profesionales) 2.-cuando cualkierqa de las
Partes del contrato exija su formalización por escrito, la flata de
Formación escrita genera al empresario unas determinadas
Consecuencias legales(*los contratos no celebrados por escrito y k
Deben serlo se presumirán celebrados a jornada completa y a tiempo
Indefinido. *una infracción administrativa grave, sancionable por la
Inspección de trabajo vía acta de infracción.).
CLAUSULAS CONTRACTUALES ADICIONALES:
clausulas recogidas en la
Et:-pacto de plena dedicación( no puede efectuarse la prestación
Laboral de un trabajo para diversos empresarios, el trabajador puede
Rescindir este pacto de plena dedicación y recuperar su libertad
Comunicándolo por escrito al empresario con un preaviso de 30dias.
-pacto de no competencia(después de extingido el contrato de trabajo,
K no puede tener una duración superior a dos años para los técnicos
Y a 6meses para los demás trabajadores es válido si concurren los
Rekisitos siguientes: el empresario tenga un efectivo interés
Industrial o comercial en ello o se satisfaga al trabajador una
Compensación económica adecuada) -pacto de permanencia(el trabajador
Ha recibido una especializaci8on profesional con cargo al empresario
Puede pactarse entre ambos la permanencia en la empresa durante
Cierto tiempo no superior a 2años y debe formalizarse xr escrito).
-Clausulas no recogida en la ET:(pacto de horas extraordinarias,
Lugar de trabajo, liquidación y pago de salarios, pagas
Extraordinarias, confidencialidad, descanso por jornada continuada).
EL PERIODO DE PRUEBA Y Duración:-
para
Técnicos de prueba(6mese)-demás trabajadores(2meses cuando la empresa
Tenga menos de 25 trabaj. No podrá exceder de 3meses)- contratos en
Practica(2meses para titulados en grado superior y 1mes grado medio)
-contrato de apoyo a emprendedores(1año en todos los
Casos)-contratos temporales de hasta 6meses(1mes máximo).
Resolución O DESISTIMIENTO:
Durante el periodo de prueba el trabaj. Tiene los derexos y Tiene
Los derexos y obligaciones correspondientes al puesto de trabajo k
Desempeñe como si fuera de plantilla los únicos derexos k no se
Tienen son los derivados de la extinción del contrato..
OBLIGACIONES DE LA EMPRESA EN LA Gestión DE Contratación:
Comunicación del contrato y su copia básica al sepe(en la oficina
De empleo a través de contrat@, el plazo 10 días desde su
Formalización), información a los representantes de los
Trajadores(entrega copia básica a los repre. De los trabaja. En un
Plazo de 10 días, notificación de los contratos temporales las
Prorrogas y denuncias de los contratos de duración determinada),
Información a los trabajadores(sobre los elementos esenciales del
Contrato y las condiciones de ejecución de la prestación laboral
Cuandu NO figuren en el contrato de trabaj. Xr escrito, plazo 2mese),
Afiliación y alta de los trabajadores(antes del inicio de la
Actividad laboral a través del sistema RED).
CONTRAT@:
Es un servicio web k permite a los empresarios realizar la Comunicación de los contratos de trabajo y de las copias básicas de Los mismos, las empresas k puedan utilizarlo son akellas k dispongan De 1autorizacion de los servicios públicos de empleo, contrat@ Permite comunicar contrato, prorrogas, transformaciones a Indefinidos, llamamientos de fijos discontinuo, copias básicas de Contrato, pacto de horas complementarias y también permite consultar Datos. Estos datos se comunican de manera individualizada(se cumunica Los datos del contrato k PREVIAMENTE han suscrito la empresa y el Trabajador, se comunica PROVISIONALMENTE los datos del contrato Cumplimentado el modelo correspondiente y se confirman una vez ha Sido suscrito xr la empresa y trabajador. De manera Múltiple a través De fixeros en formato XML los datos de contrato k previamente han Suscrito las empresas y trabajadores.

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