27 Ene

1. Contrato de Compraventa

Contrato en el que el vendedor se obliga a transmitir una cosa o derecho a un comprador a cambio de un precio.

Elementos del Contrato de Compraventa

  • Personales: Comprador y Vendedor.
  • Materiales: Cosa y Precio.

1.1. Compraventa Civil

Tipos de ventas:

  • A la vista: Vista y gusto, vista con reserva expuesta de prueba, y, con indicación de especie y calidad.
  • Por orden.
  • Según muestra.

Gastos de otorgamiento de escritura: La primera copia corresponde al Vendedor y las posteriores al Comprador.

Obligaciones del Vendedor:

  • Entrega de la cosa objeto de venta.
  • Saneamiento de la cosa objeto de venta.

Obligaciones del Comprador:

  • Pagar el precio.
  • Pagar intereses según el tiempo entre la entrega de la cosa y el pago, si esto se determina.
  • Pagar intereses si la cosa produce fruto o renta y si se constituye en mora.

1.2. Compraventa Mercantil

Se consideran compraventas mercantiles:

  • Compras de cosas muebles con ánimo de vender, permutar o arrendar.
  • Compras para uso o consumo propio de la empresa.
  • Compras de establecimientos de comercio para el tráfico mercantil.

No son mercantiles:

  • Compras de efectos para el consumo del comprador o personas.
  • Ventas de cosechas propias o ganado, o especies en que se paguen rentas.
  • Ventas de objetos fabricados por artesanos hechos en su taller.
  • Reventa de cualquier persona no comerciante de cosas compradas para consumo propio.

Tipos de contrato según el tipo de bienes:

  • Muebles: Consensuales.
  • Inmuebles: Solemnes.
  • Muebles a plazos: Especiales.
Diferencias entre Compraventa Civil y Mercantil

Se presenta una tabla comparativa:

AspectoCivilMercantil
RegulaciónCódigo CivilCódigo de Comercio
NaturalezaGratuito y onerosoSiempre oneroso
ObjetoPueden ser muebles e inmueblesSolo cosas muebles y excepciones para inmuebles
Partes ContratantesNo hacen actos de comercioSi una parte es comerciante el contrato es comercial
FinalidadUna parte obliga a transferir la cosa y la otra a pagarAdemás de lo de civil, tiene ánimo de lucro
Transformación de la CosaCosa objeto de venta no se transformaReventa conservando misma forma o transformando
EntregaVendedor obligado a entregar cosaVendedor obligado a llevar la mercancía al comprador
ExtinciónNecesita intervención judicialNo necesita intervención judicial

2. Contrato de Arrendamiento

Contrato por el que se consigue un goce temporal de cosas, obras o servicios.

2.1. Arrendamiento Civil

Puede ser de:

  • Cosas.
  • Obras o servicios.

Bienes fungibles consumidos por el uso → No son materia de este contrato.

Elementos personales: Arrendador y Arrendatario.

Obligaciones del Arrendador:

  • Entregar la cosa.
  • Repararla para conservarla.
  • Mantener al arrendatario en goce pacífico.
  • No variar la forma de la cosa arrendada.

Obligaciones del Arrendatario:

  • Pagar el precio.
  • Utilizar adecuadamente la cosa arrendada.
  • Pagar gastos de escritura del contrato.

Responsabilidad del Arrendatario:

  • De daños ocasionados al propietario y los de su casa.
  • Devolver la finca como la recibió (menos lo inevitable por el tiempo).
  • De deterioro siempre que sea su culpa.

El Arrendador puede desahuciar judicialmente cuando el arrendatario:

  • Ha finalizado el término convencional o el fijado.
  • Falta de pago.
  • Infracción de cualquier condición del contrato.
  • Destina la cosa arrendada a uso o servicio no pactado.

2.2. Arrendamiento Mercantil (Leasing)

Operaciones de arrendamiento financiero como la cesión de uso de bienes muebles o inmuebles.

Cuando termina el contrato, el usuario puede:

  • Cancelar: Devolviendo todo.
  • Renovar: En otro período de tiempo.
  • Tener la opción de compra y adquirir la cosa arrendada.

El Registro de Bienes Muebles tiene una sección especial en la que se inscriben los contratos de arrendamiento financiero de bienes muebles corporales no consumibles e identificables.

Elementos del Contrato de Leasing

  • Personales: Sociedad de leasing (intermediario), Empresario (cliente) y Fabricante (vendedor).
  • Reales: Bien (muebles contrato 2 años y inmuebles 10 años), y Precio.
  • Formales: Contrato mercantil, intervención de fedatario público, inscripción en registro de bienes muebles, comisiones de apertura y cancelación y cuotas que devengan IVA.

3. Contrato de Renting

Modalidad de alquiler a mediano y largo plazo para cosas duraderas, equipos industriales, ordenadores… donde no existe opción de compra.

No tiene regulación específica; se acoge a las condiciones del contrato y, si no, al Código Civil de Arrendamiento.

Elementos del Contrato de Renting

  • Personales: Sociedad de renting, Cliente y Fabricante del bien.
  • Reales: Aseguradora, Bien y Precio.
  • Formales: Contrato mercantil, no requiere fedatario público, garantías exigidas al cliente, no tiene gastos de apertura y cuotas que devengan IVA.

4. Contrato de Depósito

4.1. Contrato de Depósito Civil

Contrato gratuito salvo pacto contrario. El sujeto recibe un bien mueble para guardarlo y restituirlo.

Puede ser:

  • Voluntario.
  • Necesario: Cumplimiento de obligación legal u ocasión de calamidad, incendio, saqueo.

Obligaciones del Depositario:

  • Guardar la cosa y restituirla cuando se pida.
  • No utilizar ni servirse de la cosa sin permiso.
  • No manipularla (si está cerrada, mantenerla así).
  • Si se designa sitio donde devolver, debe devolverlo allí.
  • Devolver con todo lo que le pertenezca.

Obligaciones del Depositante:

  • Reembolsar gastos de depositario que tenga al guardar la cosa.
  • Indemnizar si cabe necesidad.
  • Pagar todo lo que se debe por razón de depósito.

4.2. Contrato de Depósito Mercantil

Requiere que:

  • El depositario sea comerciante, como mínimo.
  • Las cosas depositadas sean objeto de comercio.
  • El depósito constituya operación mercantil.

5. Contrato de Seguro

Contrato en el cual un asegurador se obliga, cobrando una prima, a indemnizar dentro de unos límites pactados previamente un daño producido al asegurado o satisfacer un capital, renta u otras prestaciones.

Elementos del Contrato de Seguro

  • Personales:
    • Asegurador: Quien asume el riesgo.
    • Tomador del seguro: Quien firma la póliza, contratando el seguro.
    • Asegurado: El que está cubierto.
    • Beneficiario: Persona física o jurídica designada por el tomador, quien recibe la indemnización.
  • Materiales:
    • Objeto asegurado.
    • Interés asegurado (relación económica asegurado con objeto que se asegura).
    • Suma asegurada (límite máximo indemnización a pagar en cada siniestro).
  • Formales:
    • Solicitud del seguro: Documento que describe el riesgo que se quiere asegurar; no vincula al solicitante.
    • Proposición del seguro: Establece los términos del contrato, inmodificables; pueden aceptarse o rechazarse con contrato de adhesión; vincula durante 15 días al asegurador.
    • Póliza del seguro: Formalización del contrato por escrito. Si hay diferentes cláusulas o difiere de la proposición del seguro, el tomador puede reclamar en 1 mes.

Obligaciones del Tomador o Asegurado:

  • Pago de la prima.
  • Comunicar al asegurador el siniestro (máximo 7 días desde que se conoce).
  • Dar toda la información del siniestro.
  • Hacer todo lo posible para que no ocurra el siniestro.

Obligaciones del Asegurador:

  • Indemnizar al asegurado pagando, reparando o reponiendo el objeto asegurado.

6. Contrato de Factoring

Contrato en el que se ceden de manera firme y con derecho (o sin él) a regreso antes del vencimiento los créditos que genera una empresa a corto plazo con sus clientes. Básicamente, una empresa de factoring hace el trabajo de la empresa que la contrate de gestión de facturas, recibos, letras de sus clientes.

Elementos del Factoring

  • Personales:
    • Entidad de factoring: Entidad de crédito o financiación, analiza solvencia de clientes y admite en función el dar X porcentaje de créditos.
    • Empresa titular del derecho: Quien cobra de inmediato lo que le deben pagando a la de factoring.
    • Clientes de la empresa titular: Obligados al pago por servicios.
  • Real: Tarifa de la entidad de factoring.
  • Formales: Existencia de cuenta de provisión en el factoring con recurso, contrato mercantil con fedatario público y factura o similar de la deuda.

Formas de Factoring

a) Cobertura de Riesgos:
  • Sin recurso: Si no paga el cliente, lo hace la entidad de factoring.
  • Con recurso: No asume la entidad de factoring si no paga el cliente, pero aumenta las posibilidades de recuperarlo. Si llega a vencer y no está pagado, el cliente devuelve a la empresa de factoring los gastos.
b) Según la Financiación:
  • Con anticipo de créditos: Empresa titular puede financiarse y decidir sobre todos los créditos lo que anticipa.
  • Sin anticipo de créditos: Créditos cedidos abonados cuando vencen; el cliente no puede financiarse.

7. Modelos de Contrato Tipo

Elementos necesarios para que sean válidos:

  • Nombre del contrato.
  • Ciudad y fecha de celebración.
  • Identificación de los contratantes.
  • Estipulaciones, condiciones o cláusulas.
  • Conformidad.
  • Firma.

8. Contratación Electrónica: Firma Digital y Certificados

Contrato que se realiza por Internet, excepto los de Derecho de familia y sucesiones (testamento, capitulaciones matrimoniales…).

Lugar de celebración:

  • Contratos hechos por un consumidor: En el lugar en que tenga su residencia habitual.
  • Contratos entre empresarios/profesionales: En el lugar donde esté establecido el prestador de servicios.

Obligaciones del Prestador de Servicios de Internet en la Contratación Electrónica

Antes de iniciar el procedimiento de contratación:

Poner a disposición del usuario de forma clara la información sobre:

  • Condiciones generales del contrato.
  • Trámites a seguir para celebrar el contrato.
  • Si se va a archivar el documento electrónico y si va a ser accesible.
  • Medios técnicos para identificar y corregir errores cuando se introducen los datos antes de confirmar.
  • Lenguas en las que se puede formalizar el contrato.

Se da por cumplida cuando el prestador de servicios pone la información en su página web. Por móvil se cumple cuando se facilita el enlace donde está la información.

Después de haberse celebrado el contrato:

Confirmar la aceptación por:

  • Medio de un recibo por correo al lugar señalado por el contratante en las 24 horas posteriores a la recepción.
  • Medio usado en el procedimiento de contratación.

Las obligaciones anteriores no son necesarias cuando:

  • Hay acuerdo entre ambas partes y ninguna es consumidor.
  • Contrato celebrado mediante intercambio de correo o similar.

8.1. Firma Digital

Prestador de servicios de certificación: Persona física o jurídica expedidora de certificados electrónicos o de servicios de firma electrónica.

La firma electrónica se instrumenta mediante un sistema de “criptografía asimétrica”.

  • Criptografía: Arte de cifrar y descifrar mensajes entre emisor y receptor.
  • Firma electrónica: Conjunto de datos de una persona electrónicamente, para usar como identificación del firmante.
  • Firma electrónica avanzada: Permite identificar al firmante y detectar cualquier cambio de datos firmados.
  • Firma electrónica reconocida: Firma electrónica avanzada que se basa en certificado reconocido, generada con dispositivo de creación de firma.

Documento electrónico: Cualquier información en forma electrónica archivada y susceptible de identificación.

El documento electrónico es soporte de:

  • Documentos públicos: Firmados por funcionarios que pueden dar fe pública (judicial, notarial o administrativa).
  • Documentos expedidos y firmados electrónicamente por funcionarios o empleados públicos.
  • Documentos privados.

Prueba documental en juicio: Soporte en que se hallan datos firmados electrónicamente.

Certificado electrónico: Documento firmado por prestador de servicios de certificación que vincula datos de firmante y confirma identidad.

Certificados reconocidos: Documento expedido por prestador de servicios de certificación que cumple requisitos.

Datos de Certificados Reconocidos:
  • Indicación de que se expiden así.
  • Código identificativo único.
  • Identificación del prestador de servicios que expide el certificado, y su domicilio.
  • Firma electrónica avanzada del prestador.
  • Identificación del firmante (Personas físicas: nombre y DNI; Jurídicas: denominación social y código fiscal).
  • Datos de verificación de firma.
  • Comienzo y fin de período de validez de certificado.
  • Límites de uso de certificado, si hay.
  • Límites del valor de transacciones para las que se puede usar certificado, si hay.

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