13 Nov
Principios de Derecho Internacional en la Práctica
Incumplimiento del Arreglo Pacífico de Controversias
El país A está incumpliendo el principio de que los Estados deben resolver sus conflictos internacionales por medios pacíficos. Este principio está recogido en el artículo 2.3 de la Carta de las Naciones Unidas, que establece que los Estados deben buscar soluciones a sus controversias sin poner en peligro la paz ni la seguridad internacionales. En lugar de recurrir a vías como la negociación, la mediación o el arbitraje, el país A amenaza con romper la paz y manda 10.000 policías a la frontera, generando tensión y riesgo de conflicto. Por tanto, no está actuando conforme al deber de arreglo pacífico de controversias.
Violación del Principio de No Intervención
Con la subida de los aranceles como forma de presión al país B, el país A está incumpliendo el principio de no intervención en los asuntos internos de otro Estado. La Carta de las Naciones Unidas prohíbe intervenir o influir mediante coacción en la política interna de otro país, ya sea con fuerza militar o mediante medidas económicas. Aquí, el país A pretende obligar al país B a cambiar su control fronterizo usando castigos económicos, lo cual vulnera su soberanía. Por tanto, esta acción supone una interferencia contraria al Derecho Internacional.
Falta al Deber de Cooperación y Respeto a los Derechos Humanos
El país A tampoco está cumpliendo con el deber de cooperación establecido en el artículo 1.3 de la Carta de las Naciones Unidas. Este artículo exige a los Estados colaborar para resolver problemas internacionales y respetar los derechos humanos sin discriminación. Sin embargo, el país A no solo no coopera con el país B para gestionar la situación migratoria, sino que además, dentro de su territorio, discrimina a los inmigrantes separando a las familias y alimentando solo a los que comparten su religión. Esto vulnera el respeto a los derechos humanos y demuestra una falta de cooperación internacional.
Las Organizaciones Internacionales: Estructura y Clasificación
Requisitos para la Creación de una Organización Internacional
Según Figueroa Pla, una Organización Internacional debe cumplir cinco requisitos:
- Debe existir un tratado o acto jurídico constitutivo que establezca sus fines y estructura.
- Sus miembros deben ser sujetos de Derecho Internacional, generalmente Estados, aunque también pueden ser otros actores como observadores.
- La organización debe contar con órganos permanentes independientes de los Estados.
- Debe tener una Secretaría propia encargada de la gestión interna.
- Debe disponer de financiación propia, normalmente mediante contribuciones obligatorias o voluntarias de sus miembros, lo que garantiza su autonomía.
Criterios de Clasificación de las Organizaciones Internacionales
Las Organizaciones Internacionales se pueden clasificar en función de tres criterios:
- Según sus fines: pueden ser de fines generales, como la ONU, que actúa en muchos ámbitos, o de fines específicos, como organizaciones económicas, científicas o militares.
- Según su ámbito territorial: pueden ser universales, abiertas a todos los Estados (como la ONU), o regionales, limitadas a un área concreta (como la Unión Europea).
- Según la relación entre los Estados miembros: las organizaciones de cooperación solo coordinan políticas comunes, mientras que las de integración implican una cesión de soberanía, como ocurre en la Unión Europea.
Formas de Participación: Miembros Plenos y Restringidos
La participación en una Organización Internacional puede ser plena o restringida.
- La participación plena corresponde a los miembros que forman parte con todos los derechos, ya sea desde la creación de la organización (miembros originarios) o ingresando después cumpliendo los requisitos del tratado constitutivo (miembros admitidos).
- La participación restringida incluye a los observadores, que pueden asistir y participar sin derecho a voto, y a los miembros asociados, que participan de ciertos órganos pero igualmente sin votar, siendo muchas veces un paso previo a la plena incorporación.
El Principio de Buena Fe en los Tratados Internacionales
Fundamento del Principio de Buena Fe
El principio de buena fe en el cumplimiento de las obligaciones internacionales está reconocido en varios documentos esenciales del Derecho Internacional. En la Carta de las Naciones Unidas, en su artículo 2.2, se establece que los Estados deben cumplir de buena fe las obligaciones asumidas. Además, la Declaración de 1970 sobre los Principios de Derecho Internacional reafirma que los Estados están obligados a cumplir de buena fe tanto los tratados como las normas internacionales reconocidas. Por tanto, este principio significa que los Estados no pueden firmar acuerdos para luego incumplirlos deliberadamente o interpretarlos de forma malintencionada.
La Buena Fe según la Convención de Viena
La Convención de Viena de 1969 establece en su artículo 26 que todo tratado en vigor obliga a las partes y debe ser cumplido de buena fe. Además, el artículo 27 aclara que un Estado no puede excusarse diciendo que su Derecho interno le impide cumplir el tratado. La única excepción aparece en el artículo 46, que señala que un Estado puede invalidar su consentimiento si la firma del tratado violó claramente una norma esencial de su Constitución y esta violación es manifiesta. Por tanto, el tratado debe cumplirse, salvo que se haya firmado vulnerando de forma evidente una norma constitucional fundamental.
Relación entre el Derecho Internacional y el Derecho Interno
El Derecho Internacional no puede contradecir la Constitución. Si un tratado contiene disposiciones contrarias a la Constitución del país, este no debe firmarse o antes deberá modificarse la Constitución. Para que una norma internacional tenga validez dentro del Derecho interno, se realiza un proceso de transformación, normalmente mediante una ley de aprobación aprobada por el Parlamento. Una vez hecho esto, el tratado pasa a formar parte del ordenamiento interno y se publica oficialmente para garantizar su conocimiento. Desde ese momento, tiene el mismo rango jurídico que una ley nacional y debe cumplirse mientras esté en vigor.
La Responsabilidad del Estado por Hechos Internacionalmente Ilícitos
Marco Normativo de la Responsabilidad Internacional
Actualmente no existe un Convenio Internacional que regule por completo la responsabilidad de los Estados por hechos ilícitos. Sin embargo, la Comisión de Derecho Internacional elaboró el llamado Proyecto de Artículos de 2001, aprobado por la Asamblea General de la ONU. Este proyecto establece cuándo un Estado comete un hecho internacionalmente ilícito y cuáles son sus consecuencias. Señala tres ideas básicas: que debe existir una acción u omisión que viole una norma internacional; que se genera una relación de responsabilidad entre Estados; y que el Estado que ha causado el daño debe repararlo.
Elemento Clave: La Violación de una Obligación Internacional
El segundo elemento para que exista un hecho internacionalmente ilícito es la violación de una obligación internacional. La violación puede consistir en una acción, una omisión o una combinación de ambas. Solo puede haber violación si la norma estaba vigente en el momento de los hechos. El Proyecto de 2001 distingue entre hechos ilícitos consumados (que se producen en un momento concreto) e ilícitos continuados (que se mantienen en el tiempo). También reconoce los hechos compuestos, formados por una serie de actos que solo pueden calificarse como ilícitos cuando se analizan en conjunto, como ocurre en el genocidio.
El Papel del Daño en la Responsabilidad del Estado
Respecto al daño, parte de la doctrina discute si es necesario para que exista responsabilidad internacional. Sin embargo, el principio general indica que quien causa un daño debe repararlo. El daño puede consistir en una ofensa directa, en la violación de un tratado o en un perjuicio causado a los nacionales de un Estado. Lo importante es que exista un daño concreto y comprobable: no basta con demostrar que se incumplió una norma, sino que ese incumplimiento debe haber generado un perjuicio real.

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