26 Jun
Los Orígenes de la Integración Europea: De Roma a la CEE
En 1957, los seis Estados fundadores dan un paso crucial en la integración económica para eliminar trabas, promoviendo la libre circulación de mercancías y servicios fundamentados en una economía de mercado. Esto se materializa con los Tratados de Roma, mediante los cuales se establecen la Comunidad Económica Europea (CEE), con el objetivo de mantener un mercado común, y la Comunidad Europea de la Energía Atómica (EURATOM). Aunque inicialmente se trataba de tres tratados diferentes, en 1967 se fusionan sus instituciones.
Valores Fundacionales de la Unión Europea
Los valores esenciales de los Estados miembros y de las instituciones europeas son: dignidad, libertad, democracia, Estado de derecho y respeto a los derechos humanos (y de las minorías).
La Política Agrícola Común (PAC)
Dentro del Tratado de la CEE, a finales de la década de 1950 y debido a problemas de abastecimiento de alimentos, se establece la Política Agrícola Común (PAC) como pilar estructural del mercado común.
Desafíos Institucionales y el Compromiso de Luxemburgo
La Comisión Europea se encarga de aplicar los tratados. En un principio, desarrollaba la PAC, pero De Gaulle consideró que se extralimitaba en sus funciones y abandonó las instituciones. Como consecuencia, se produjo el Compromiso de Luxemburgo, que cuestionó el procedimiento de votaciones en los Tratados. De Gaulle, tras sus propuestas y su negativa, se retiró.
Ampliaciones y Consolidación de la Comunidad Europea
Primeras Ampliaciones y el Acervo Comunitario
Se inicia una nueva etapa de integración europea, centrada en la ampliación de las comunidades europeas. Se adhieren Reino Unido, Dinamarca e Irlanda. Se establece un condicionante fundamental para todos los posibles integrantes: el Acervo Comunitario. El Estado que desea integrarse debe aceptar la totalidad de la política comunitaria, es decir, el 100% de las normas europeas, lo cual es innegociable. En función de la sensibilidad de la política, se puede aplazar el periodo transitorio, prorrogándose en el tiempo. Este principio se aplicó a Reino Unido, Dinamarca y Noruega (aunque esta última no se adhirió), y se mantiene vigente a día de hoy.
Hitos en la Cooperación y Seguridad Europea
El Acuerdo de Helsinki, una declaración política aprobada por 35 Estados soberanos el 1 de agosto de 1975, estableció cambios significativos en la vida política europea, contando además con la presencia de Estados Unidos y proponiendo reglas de juego para toda Europa.
Posteriormente, se crea la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE), con un tratado constitutivo basado en el método intergubernamental.
Desarrollos Monetarios y Políticos
En 1979, nace el Sistema Monetario Europeo. También se crea el Parlamento Europeo, institución elegida directamente por los ciudadanos de la Unión. Según el Profesor Aldecoa, con la elección al Parlamento Europeo, la UE se convierte en la primera democracia transnacional. En 1981, ingresa Grecia, tras la dictadura de los coroneles. En 1986, lo hacen España y Portugal. La Declaración de Stuttgart, de 1983, promueve la cooperación política.
El Acuerdo de Schengen
En 1985, se firma el Acuerdo de Schengen, que supuso la desaparición de las fronteras interiores (incluyendo países que no son Estados miembros de la UE, como Suiza).
El Tratado de Maastricht y la Unión Europea
El Tratado de Maastricht (1992) asienta las bases de la ciudadanía europea (doble: europea y nacional). La Unión Europea se estructura sobre tres pilares:
- Pilar Comunitario: Toma de medidas por mayoría cualificada, abandonando el sistema de «un Estado, un voto» y la capacidad de veto.
- Asuntos de Interior y Justicia: Se aborda tímidamente la política migratoria.
- Política Exterior y de Seguridad Común (PESC): Europa habla con una única voz en el exterior.
Nuevas Ampliaciones y Criterios de Adhesión
En 1995, se produce una cuarta ampliación con la adhesión de Austria, Finlandia y Suecia. El gobierno noruego solicitó el ingreso, pero fue rechazado en referéndum. Los países de Europa del Este comenzaron entonces a solicitar su ingreso.
En 1993, el Consejo Europeo aprobó los Criterios de Copenhague, que establecen los parámetros para que un Estado pueda ser miembro de la UE: estabilidad de las instituciones, Estado de derecho, reconocimiento de los Derechos Humanos y economía de mercado.
El Euro y la Gran Ampliación de 2004
En 1999, se firma el Tratado de Ámsterdam, introduciéndose la moneda única: el euro.
El 1 de mayo de 2004, la UE de los 25 se hizo realidad con la incorporación de República Checa, Chipre (solo la parte greco-chipriota), Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta y Polonia. En 2007, se incorporaron Bulgaria y Rumanía.
La Constitución Europea Fallida y el Tratado de Lisboa
La Fallida Constitución Europea
El 29 de octubre de 2004, los jefes de Estado o de Gobierno de la UE firmaron en Roma el Tratado por el que se establece una Constitución para Europa; este tratado estaba previsto que entrara en vigor el 11 de noviembre de 2006. El 12 de enero de 2005, el Parlamento Europeo aprobó una resolución por 500 votos a favor, 137 en contra y 40 abstenciones, en la que recomendó a los Estados miembros que ratificaran la Constitución.
El Tratado de Lisboa: Un Nuevo Marco Jurídico
El Tratado de Lisboa entró en vigor el 1 de diciembre de 2009. El Derecho de la Unión lo utiliza como fuente principal. Se fundamenta en la Constitución Europea. Como afirmó F. Aldecoa, «Es la Constitución Europea con otro traje». El 90-95% del contenido de la CE coincide con el Tratado; el restante 10-15% corresponde a «líneas rojas» que algunos Estados se negaban a traspasar.
En realidad, el Tratado de Lisboa se compone de tres documentos principales:
- Tratado de la Unión Europea (TUE)
- Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE)
- Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea
El artículo 1 del TUE reconoce que «las decisiones serán tomadas de la forma más abierta y próxima a los ciudadanos que sea posible». Por primera vez, se reconoce personalidad jurídica a la Unión Europea, convirtiéndola en un sujeto de derechos y obligaciones.
Objetivos del Tratado de Lisboa
- Crear una unión más estrecha entre los pueblos de Europa.
- Conseguir una Europa más democrática y transparente.
- Establecer una única voz en la escena global.
- Promoción de los valores fundacionales: paz y bienestar.
- Creación de un espacio de libertad, seguridad y justicia.
- Desarrollo económico: mercado común, unión monetaria.
- En sus relaciones con el resto de países, la UE hará valer sus intereses políticos.
Estructura y Contenido del Tratado de Lisboa
El TUE incluye:
- Título I: Disposiciones comunes
- Título II: Principios democráticos de la Unión
- Título III: Marco Institucional
- Título IV: Cooperaciones reforzadas
- Título V: Disposiciones relativas a la acción exterior
- Título VI: Disposiciones finales
El TFUE incluye siete partes: Principios, ciudadanía, asociación con países y territorios de ultramar, acción exterior, disposiciones institucionales y financieras y disposiciones generales. Respecto a la Carta de los Derechos Fundamentales, se establece su obligatoriedad jurídica, con la excepción de Reino Unido y Polonia.
Características Clave del Tratado de Lisboa
- Más eficaz: Procedimientos más simples, Presidente fijo del Consejo Europeo.
- Más democrática: Más poderes para el Parlamento Europeo, iniciativa ciudadana. Combinación de democracia representativa y participativa. Creación de la Iniciativa Ciudadana Europea: necesidad de un millón de firmas.
- Más transparencia: Aclara la función de cada cual, mayor acceso del ciudadano a documentos y reuniones. Declaración de bienes de la Comisión, por ejemplo.
- Más unidad en la escena mundial: Creación de la figura del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad.
- Estrategia de seguridad: Aborda temas como el cambio climático, el terrorismo y el suministro de energía.
Legitimidad y Nuevos Cargos
El Tratado de Lisboa posee una doble legitimidad: es democrático porque los gobiernos nacionales son democráticos, y también lo es (por vía federal) porque existen instituciones elegidas por los ciudadanos europeos, como el Parlamento Europeo. Se crean nuevos cargos: el Presidente del Consejo Europeo y el Alto Representante.
Para la elección del Presidente de la Comisión Europea, el Consejo Europeo tendrá en cuenta el resultado de las elecciones y propondrá un candidato al Parlamento Europeo. El presidente será elegido por el Parlamento.
Tipos de Competencias de la Unión Europea
Se establecen tres tipos de competencias: exclusiva, compartidas y de apoyo.
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