19 Jul

1. Definición y Elementos de la Norma Jurídica

La norma jurídica es un precepto general e imperativo que regula los aspectos más relevantes del individuo en sociedad, basado en los principios de equidad y justicia, con la finalidad del bien común. Sus elementos característicos son:

  • Generalidad: Rige para todas las personas por igual.
  • Carácter permanente: Busca que sus efectos sean duraderos.
  • Obligatoriedad: Implica una voluntad superior que manda y una inferior que la cumple.
  • Establecida por la autoridad pública: Emana del Poder Legislativo.
  • Coercitiva: Se cumple mediante la fuerza.
  • Heterónoma: Se aplica desde fuera al individuo.
  • Imperativa: Impone un deber.
  • Inmediata: Se aplica desde su entrada en vigor.
  • Sanción: Se castiga su incumplimiento con una pena.

2. Relaciones Reguladas por el Derecho Nacional

El derecho nacional regula las relaciones en dos ámbitos principales:

Derecho Nacional Público

Organiza el poder público y reglamenta las relaciones de los particulares con el gobierno.

  • Derecho Constitucional: Conjunto de normas que determinan la forma del Estado, organizan los poderes públicos, fijan sus atribuciones y establecen los derechos individuales.
  • Derecho Administrativo: Conjunto de normas que reglamentan la actividad del Estado y de las entidades que persiguen fines de interés general bajo la dirección de la autoridad pública.
  • Derecho Penal: Conjunto de normas que regulan al delincuente, al delito o a la pena, aplicables en defensa social.
  • Derecho Procesal: Conjunto de normas que regulan la organización y atribuciones de los tribunales, la forma de hacer valer las acciones en los juicios y la manera de solicitar la intervención judicial en actos de jurisdicción voluntaria.

Derecho Nacional Privado

Rige las relaciones entre particulares o de particulares con personas públicas en su ámbito privado.

  • Derecho Civil: Conjunto de normas que regulan los requisitos generales de los actos jurídicos privados, la familia y la propiedad privada (ej. contratos de compraventa, testamentos).
  • Derecho Comercial: Conjunto de normas y principios que rigen los actos de comercio y la capacidad y deberes de quienes hacen de estos actos su profesión habitual.
  • Derecho de Minas: Conjunto de normas que regulan la actividad minera y establecen las normas para la constitución de la propiedad sobre yacimientos minerales.
  • Derecho Industrial y Agrícola: Conjunto de normas que regulan jurídicamente las actividades emanadas de la industria y la agricultura.
  • Derecho del Trabajo (en parte): Conjunto de normas que regulan las relaciones laborales entre trabajador y empleador, así como las medidas de seguridad y protección para los trabajadores.

3. La Ley: Definición, Vigencia y Derogación

La ley es una declaración de la voluntad soberana que, manifestada de la forma prescrita por la Constitución, manda, permite o prohíbe.

Vigencia de la Ley

La ley rige desde el momento de su promulgación y publicación. La vacancia legal es el período entre la publicación de una ley y su entrada en vigor.

Derogación de la Ley

La derogación es la eliminación de una ley. Existen dos tipos:

  • Derogación expresa: Una nueva ley declara explícitamente la eliminación de una norma anterior.
  • Derogación tácita: Una nueva ley se vuelve incompatible con una norma anterior, dejándola sin efecto. Puede ser total (elimina la norma completa) o parcial (elimina solo una parte de la norma).

4. Supremacía Legal y Jerarquía Normativa

La supremacía legal se refiere a la posición jerárquica de la Constitución por encima de todas las demás normas jurídicas, tanto internas como externas. Ninguna norma puede contradecirla.

El ordenamiento jurídico, conforme a la supremacía constitucional, se estructura jerárquicamente de la siguiente manera:

  • Constitución Política del Estado
  • Leyes interpretativas de la Constitución
  • Leyes Orgánicas Constitucionales
  • Leyes de Quórum Calificado
  • Ley o Ley Común
  • Tratados Internacionales
  • Decretos
  • Reglamentos

5. Efectos de la Ley en el Tiempo

Los efectos de la ley en cuanto al tiempo se rigen por los siguientes principios:

  • Publicación: La ley no obliga sino una vez promulgada y publicada. La publicación se realiza mediante inserción en el Diario Oficial, y desde esa fecha se considera conocida y obligatoria.
  • Conocimiento: Nadie puede alegar ignorancia de la ley una vez que ha entrado en vigencia.
  • Irretroactividad: La ley siempre dispone para lo futuro y no tiene efecto retroactivo.

6. La Persona Natural

a) Definición de Persona Natural

La persona natural es todo individuo de la especie humana, sin importar su edad, sexo, condición o estirpe. Se clasifican en chilenos y extranjeros.

b) Principio y Fin de la Existencia de la Persona Natural

  • Principio de la Existencia Legal: La existencia de toda persona comienza al nacer, es decir, al separarse completamente de su madre. Para que haya existencia legal y sea considerada persona y sujeto de derecho, debe cumplir los siguientes requisitos: ser separado del vientre materno, haber sido separado completamente de la madre y haber sobrevivido un instante a la separación.
  • Principio de la Existencia Natural: Comienza con la concepción (unión de gametos) y se extiende hasta el nacimiento.
  • Fin de la Existencia Legal (Muerte Legal): Se produce con la cesación de las funciones vitales, específicamente el cese de las funciones encefálicas.
  • Muerte Presunta: Declarada por un tribunal en casos de ausencia prolongada.

c) Diferencias entre Persona Natural y Persona Jurídica

Se presentan tres diferencias fundamentales:

  • Origen: La persona natural es un ser humano; la persona jurídica es una creación del derecho.
  • Composición: La persona natural es un individuo; la persona jurídica es una organización de personas o bienes.
  • Fin: La persona natural termina con la muerte; la persona jurídica termina por disolución o extinción según lo establezca la ley o sus estatutos.

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