30 Jun
El Contrato de Seguro: Requisitos y Características Fundamentales
Requisitos del Contrato de Seguro
- Que los contratantes tengan capacidad legal y den su consentimiento.
- Que el objeto cierto a asegurar sea materia de contrato.
- Que quede bien determinada y definida cuál es la causa de la obligación que se establece.
Características del Contrato de Seguro
- Tener trato continuo.
- De adhesión.
- Tener carácter bilateral.
- Ser oneroso.
- Ser aleatorio.
Elementos Esenciales del Seguro
Los elementos del seguro no se han de confundir con los elementos del contrato de seguro. Estos son los componentes fundamentales que definen la naturaleza de la actividad aseguradora:
- Interés asegurable: Existe una relación lícita de valor económico sobre un determinado bien.
- Riesgo: La característica fundamental es que ha de ser incierto, porque si se sabe que va a ocurrir, nadie asumiría la obligación de repararlo y el coste de la indemnización.
- Prima: La prima es una cantidad o importe económico que paga la persona asegurada como contrapartida de las obligaciones de la compañía aseguradora.
Elementos Materiales del Contrato de Seguro
Estos son los documentos clave que formalizan y respaldan la relación contractual:
- Solicitud de seguro: Documento por el que se realiza la petición formal de contratación de un seguro a la compañía aseguradora.
- Propuesta de seguro: Documento en el cual la compañía de seguros, basándose en la solicitud del seguro, realiza una propuesta (que tiene una validez de 15 días) al solicitante del seguro.
- Carta de garantía: Documento de cobertura provisional que se emite cuando la entidad aseguradora tarda en tramitar la póliza.
- Póliza de seguro: Es el documento definitivo, es decir, el documento que prueba la existencia de un contrato de seguro entre las dos partes.
Elementos Personales del Contrato de Seguro
Las figuras que intervienen en la relación contractual son:
- Entidad aseguradora: Es la persona jurídica dedicada de forma profesional a asumir riesgos ajenos, por lo cual percibe una cantidad económica llamada prima.
- Asegurado: Es toda persona física o jurídica cuyo riesgo asume la entidad aseguradora.
- Contratante o tomador del seguro: Nos referimos a la persona física o jurídica que contrata el seguro.
- Beneficiario: Esta figura es la persona o conjunto de personas físicas o jurídicas que reciben la indemnización que se deriva de que se produzca siniestro. El tomador del seguro podrá designar beneficiario o beneficiaria, o modificar la elección previamente realizada.
Tipos de Pólizas de Seguro
La póliza de seguro es el documento o conjunto de documentos donde se formaliza el contrato del seguro, así como sus condiciones, que el tomador del seguro recibe por parte del asegurador.
- Pólizas aisladas: Son las que cubren un solo viaje. Su duración es por el periodo que dure el viaje y, en el caso de mercancías, como máximo 6 meses desde la fecha de emisión.
- Pólizas abiertas: Son las pólizas que cubren una operación o un conjunto de ellas relacionadas que implique un número considerable de viajes. Su duración es por el periodo de la operación.
- Pólizas flotantes: Son un tipo de pólizas que tienen una duración indefinida y se mantienen vigentes mientras no se oponga ninguna de las partes.
- Pólizas sobre volúmenes: Son unas pólizas que se basan en el volumen o en el importe que se pretende asegurar sin necesidad de comunicar cada uno de los traslados.
El Siniestro: Tipos y Consecuencias
La materialización del riesgo dependerá del tipo de seguro, pero en todos los casos se denomina siniestro.
Tipos de Siniestros
- Siniestro total: Cuando la ocurrencia produce la destrucción o desaparición completa del bien asegurado (seguros de daños).
- Siniestro parcial: En los seguros de daños, el siniestro parcial es aquel en el que se destruye o pierde solo una parte del bien asegurado.
- Siniestro pendiente: Aquel que ha sido comunicado por el asegurado a su entidad aseguradora.
- Siniestro pagado: Aquel cuyas consecuencias económicas han sido completamente indemnizadas al asegurado por la compañía de seguros.
- Siniestro declarado: Aquel que no ha sido totalmente indemnizado.
Consecuencias del Siniestro
Cuando ocurre un siniestro cuyo riesgo está amparado por una póliza de seguros, la consecuencia directa para el asegurador es la obligación de indemnizar al tomador o al asegurado; es la consecuencia económica. Otra consecuencia de todo siniestro es la jurídica, que se denomina responsabilidad civil y recae sobre el asegurado o asegurada.
Responsabilidad Jurídica del Transportista
Existe un tipo de seguro dentro de los seguros contra daños, que se denomina «seguro de responsabilidad civil». Este seguro permite cubrir la responsabilidad de un transportista en el daño causado a terceros.
En el caso del transporte terrestre, el transportista tendrá que responder del valor de las mercancías en caso de pérdida o robo, entendiéndose el valor de la mercancía como aquel que tiene en el momento en que fueron entregadas al transportista, no el que tienen en destino como se contemplaba antes.
Conceptos Económicos y Financieros en el Seguro
Capital Asegurado
Cuando contratamos un seguro, lo hacemos por una determinada cantidad. Nos referimos a la cuantificación del riesgo en un determinado importe. A esto le denominamos capital asegurado.
Sobreseguro e Infraseguro
- El sobreseguro: Es la situación que se origina cuando el valor que el contratante atribuye al objeto garantizado en una póliza es superior al que realmente tiene.
- El infraseguro: Tiene lugar en aquellos casos en que, al ocurrir el siniestro, la suma asegurada sea inferior al valor del interés. La compañía de seguros solo indemnizará el daño causado en la misma proporción en la que aquella cubre el interés asegurado.
Provisiones de las Aseguradoras
Las provisiones son cantidades que las entidades aseguradoras guardan para hacer frente a posibles eventos y para el cumplimiento de las obligaciones contraídas con sus asegurados.
- Las provisiones técnico-legales: Son las que por ley están obligadas a realizar y cuyo fin es el cumplimiento de las obligaciones con los asegurados.
- Tipos: provisiones matemáticas, de riesgo en curso, para siniestros pendientes de liquidación o pago, para siniestros pendientes de declaración, de desviación de la siniestralidad, de primas pendientes de cobro.
- Las provisiones voluntarias: Cuyo fin es hacer frente a necesidades de todo tipo.
El Consorcio de Compensación de Seguros
El Consorcio de Compensación de Seguros tiene encomendadas diferentes tipos de funciones, todas ellas encaminadas a generar la confianza y estabilidad del sistema asegurador, y por supuesto a no dejar desatendida ninguna situación:
- Aseguramiento directo
- Coaseguro y reaseguro
- Aseguramiento subsidiario
- Entidad liquidadora
- Prevención y administración de fondos
Modalidades de Cobertura y Cláusulas
Reaseguro
Es aquel en el que una compañía aseguradora contrata a otra empresa de seguros para asegurar los riesgos asumidos. La función básica del reaseguro es proporcionar la capacidad que la entidad cedente necesita para suscribir pólizas superiores a su capacidad económica, por lo que consigue una mayor fortaleza financiera. Y además se consigue compartir el riesgo.
Coaseguro
Otra figura diferente al reaseguro es la del coaseguro: un contrato de coaseguro es aquel en el que el riesgo se distribuye entre varias entidades aseguradoras, quedando todas ellas vinculadas por contrato con el asegurado.
Cláusulas de la Póliza
Dentro de una póliza de seguro podemos encontrar diferentes cláusulas. Cada una de las cláusulas recoge una parte del acuerdo o una condición del mismo. Hay dos tipos de cláusulas:
- Las generales: Que son aplicables a todos los tomadores y que podríamos decir que son comunes.
- Las particulares: Que se aplican o negocian en función de las características del traslado.
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