20 Feb

Exhortos y despachos


Las diligencias que no puedan practicarse en el lugar la residencia por medio de exhorto, en comendarse al presidente de la junta mas próxima al lugar que deba practicarse.

A falta de tratados o convenios las siguientes reglas:,

Los despachos serán remitidos por vía diplomática, al lugar de residencia de la autoridad que corresponda,


No será necesaria la legalización de firmas.
La Junta deberá expedir los exhortos y despachos, al día siguiente que los ordene.
Los exhortos y despachos promoverán 72 horas a su recepción y se diligenciaran dentro de 5 días sig, Cuando se demore el cumplimiento de un exhorto, se recordará de oficio o a instancia de parte, a la autoridad exhortada; si continúa la demora, lo pondrán en conocimiento del superior si se exige más tiempo no exceder 15dias

De los incidentes:


se tramitaran dentro del espediente principal donde se promueve,Incidentes de previo y especial pronunciamientoNulidad;
Competencia Personalidad;
Acumulación; y Excusas. Cuando se trate de nulidad, competencia y en los casos de acumulación y excusas, dentro de 24 h sig se señalará día y hora de la audiencia Los incidentes que no tengan señalada una tramitación especial, se resolverán de plano oyendo a las partes.
De la acumulaciónEn los procesos que se encuentren en trámite, procede la acumulación de oficio o a instancia de parteCuando se trate de juicios que promueva el mismo actor contra el mismo demandado y que se reclamen las mismas prestaciones Cuando sean las mismas partes y las prestaciones sean distintas, pero vienen de una misma relación de trabajo Cuando sean juicio promovidos por diversos actores contra el mismo demandado y derivado de la relación de trabajo En todos aquellos casos, que puedan originar resoluciones contradictorias. Procedente la acumulación el juicio mas resiente se acumulara al mas antiguo sera competente para conoce de la acumulación la junta que hubiere prevenido
De la continuación del proceso y la caducidadlos presidentes y los auxiliares son responsables de que los juicios no queden inactivos Termino para que el trabajador continúe el trámite del juicio dentro de un lapso de tres meses; de no hacerlo, operará la caducidad Se tendrá por desistida de la acción intentada a toda persona que no haga promoción alguna en el término de seis meses, El Procurador Auxiliartendrá las facultades y responsabilidades de un mandatario; deberá presentar las promociones para continuación y terminación del juicio
De las pruebas los medios de prueba
Confesional Documental Testimonial Pericial Inspección Presuncional;
Instrumental de actuaciones Fotografías y, los medios aportados por la ciencia .La Junta desechará aquellas pruebas que no se relacionen con la litis o resulten inútiles o intrascendentes, las pruebas se orfreceran acompañadas de todos los elementos necesarios para su desahogo.
documentos que, tiene la obligación legal de conservar en la empresa, exista controversia el patrón comprobara.
Fecha de ingreso del trabajador Antigüedad del trabajador Faltas de asistencia del trabajador Causa de rescisión de la relación de trabajo Terminación de la relación o contrato de trabajo, Constancia de haber dado aviso al trabajador de la fecha y causa de su despido El contrato de trabajo Duración de la jornada de trabajo Pagos de días de descanso y obligatorios Disfrute y pago de las vacaciones;
Pago de las primas dominical, vacacional y de antigüedad Monto y pago del salario, si una persona no puede, por enfermedad concurrir para absolver posiciones tiene que comprobar mediante un certificado médico u otra constancia fehaciente que se exhiba, bajo protesta de decir verdad se señalará nueva fecha para el desahogo de la prueba de subsistirel impedimento, el médico deberá comparecer, dentro de los 5 días sig
Tratándose de personas morales la confesionalse desahogará por su representante legal;

De la confesional


Las partes podrán también solicitarque se cite para absolver posiciones a los directores, administradores, gerentes y, en general, a las personas que ejerzan funciones de dirección y administración, en la empresa también a los miembros de la directiva de los sindicatos, Si la persona citada para absolver posiciones, no concurre en la fecha señalada, se le declarará confesa de las posiciones articuladas y se calificara de legales.las normasde desahogo de la prueba confesional Las posiciones podrán ser oral o por escrito, Las posiciones no deberán ser insidiosas o inútiles El absolvente bajo protesta de decir verdad, responderá por sí mismo, sin la presencia de su asesor Cuando las posiciones se formulen oralmente, se pondrán textualmente en el acta cuando sean por escrito, Las posiciones serán calificadas previamente, y la Junta desechará las que no tengan fundamento y motivo de la resolución absolvente contestará las posiciones afirmando o negando Si el absolvente se niega a responder , se tendrá por confeso Son insidiosas las posiciones que tiendan a ofuscar la inteligencia del que ha de responder, para obtener una confesión contraria a la verdad; son inútiles aquellas que versan sobre hechos que hayan sido previamente confesados o que no están en contradicción con alguna prueba o hecho fehaciente que conste en autos o sobre los que no exista controversia; Si la persona que deba absolver posiciones tiene su residencia fuera del lugar ésta librará exhorto, acompañando, en sobre cerrado y sellado, el pliego de posiciones previamente calificado; La Junta exhortada recibirá la confesional Se tendrán por confesión expresa y espontánea, las afirmaciones contenidas en las posiciones que formule el articulante. Se tendrán por confesión expresa y espontánea de las partes, las manifestaciones contenidas en las constancias y las actuaciones del juicio.

De las documentales


Son documentos públicos aquellos cuya formulación está encomendada por la Ley a un funcionario investido de fe publica harán fe en el juicio sin necesidad de legalizaciónLos documentos públicos exp por las autoridades de la Federación, de los Estados, del Distrito Federal o de los municipios; por suscripción se entiende , la colocación al pie del escrito de la firma o huella digital que sean idóneas, para identificar a la persona que suscribe. El patrón tiene obligación de conservar y exhibir en juicio contratos individuales de trabajo que se celebrenListas de raya o nómina de personal, o recibos de pagos de salarios Controles de asistencia, Comprobantes de pagos de participación de utilidades, de vacaciones, de aguinaldos (II, III y IV durante el último año y un año después) Para que hagan fe en la República, los documentos procedentes del extranjero deberán ser legalizados por las autoridades diplomáticas o consulares, Los documentos que se presenten en idioma extranjero deberán ser traducidos por un traductor oficial, término de cinco días,

De la testimonial


Requisitos para ofrecer prueba testimonialSolo podrán ser un máximo de tres testigos Indicará los nombres y domicilios de los testigos Si el testigo radica fuera del lugar de residencia de la Junta, el oferente deberá al ofrecer la prueba, por escrito, de no hacerlo, se declarará desierta Cuando el testigo sea alto funcionario público, podrá rendir por medio de oficio, normas En el desahogo de la prueba testimonialEl oferente de la prueba presentará directamente a sus testigos, y la Junta procederá a recibir su testimonio ;
El testigo deberá identificarse ante la Junta cuando así lo pidan las partes y si no la Junta le concederá tres días para hacerlo Los testigos serán examinados por separado, en el orden en que fueran ofrecido Después de tomarle al testigo la protesta de conducirse con verdad y de las penas en que incurren los testigos falsos, se hará constar el nombre, edad, estado civil, domicilio, ocupación y lugar trabaja y se procederá a tomar su declaración Las partes formularán las preguntas en forma verbal y directamente Primero interrogará el oferente de la prueba y posteriormente a las demás partes.
Las preguntas y respuestas se harán constar en autos, Los testigos están obligados a dar la razón de su dicho, y la Junta deberá solicitarla ,El testigo, enterado de su declaración, firmará al margen de las hojas y así se hará constar por el Secretario término para presenten su pliego de repreguntas de tres días; si el testigo no habla español será por interprete Las objeciones o tachas a los testigos se formularán oralmente al concluir el desahogo de la prueba Un solo testigo podrá formar convicción, si concurren circunstancias de veracidadFue el único que se percató de los hechos La declaración no se encuentre en oposición con otras pruebas Concurran en el testigo circunstancias que sean garantía de veracidad

De la pericial


.La prueba pericial versará sobre cuestiones relativas a alguna ciencia, técnica, o arte .La Junta nombrará los peritos del trabajadorSi no hiciera nombramiento de perito;
Si designándolo no compareciera a la audiencia respectiva a rendir su dictamen; y Cuando el trabajador lo solicita, por no poder pagar un particular Disposiciones En el desahogo de la prueba pericialCada parte presentará personalmente a su perito el día de la audiencia Los peritos protestarán de desempeñar su cargo con arreglo a la Ley e inmediatamente rendirán su dictamen La prueba se desahogará con el perito que concurra, Las partes y los miembros de la Junta podrán hacer a los peritos las preguntas que juzguen conveniente; y En caso de existir discrepancia la Junta designará un perito tercero. El perito tercero en discordia debe excusarse dentro de las 48 horas sig

De la inspección


La parte que ofrezca la inspección deberá precisarel objeto materia de la misma;
el lugar donde debe practicarse; los períodos que abarcará y los objetos y documentos que deben ser examinados. reglasEn el desahogo de la prueba de inspección El actuario, para el desahogo de la prueba, se ceñirá estrictamente a lo ordenado por la Junta;
El actuario requerirá se le pongan a la vista los documentos y objetos que deben inspeccionarse;
Las partes y sus apoderados pueden concurrir a la diligencia de inspección y formular las objeciones que estimen pertinentes;
De la diligencia se levantará acta circunstanciada,

De la presuncional


Presunción es la consecuencia que la Ley o la Junta deducen de un hecho conocido para averiguar la verdad de otro desconocido Hay presunción legal cuando la Ley la establece expresamente; hay presunción humana cuando de un hecho debidamente probado se deduce otro que es consecuencia de aquél .

De la instrumental


La instrumental es el conjunto de actuaciones que obren en el expediente, formado con motivo del juicio.

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