11 Jul

Introducción a las Sociedades y su Impacto en la Educación

La Sociedad Rural

Comienza cuando el hombre se hace sedentario hasta el siglo XVIII. En este momento histórico, que dura muchísimos siglos, el poder lo ostenta el dueño de la tierra, el terrateniente, el señor que posee los bienes. Su institución educativa es la familia, donde se aprende cómo educar a los hijos y se enseñan las labores agrícolas. No había escuelas en esta época y las familias, en su mayoría, no sabían leer.

La Sociedad Industrial

Comienza desde el siglo XVIII hasta aproximadamente 1970 (fechas aproximadas). El poder en la sociedad industrial y lo que movía la economía era la industria y los bienes manufacturados. Su institución educativa era la escuela, tal como la conocemos hoy, que surge a partir de la sociedad industrial, donde el obrero necesita adquirir una serie de conocimientos que la familia no le puede proporcionar.

En España, la escolarización universal comienza en 1982, una fecha muy cercana y más propia de la sociedad de la información, donde el 100% de la población está escolarizada y la educación es obligatoria desde los 6 hasta los 14 años.

La Sociedad de la Información

Comenzó (más o menos) en 1970 y se extiende hasta hoy. El poder aquí lo ostenta el dueño de la información. La institución educativa principal son los medios de comunicación.

Características del Mundo Actual

Vivimos en un mundo que es:

  • Imperialista: Expansionista, crece, se propaga y se impone rápidamente por todo el mundo.
  • Neoliberal en la economía: Movida por el lucro (ganar más dinero).
  • Con grandes diferencias económicas entre países ricos y pobres, que no disminuyen, sino que van aumentando.
  • Dominación cultural: Pretende dominar la conciencia de los ciudadanos y hasta el sentido de la vida.
    • Sociedad de consumo.
    • Socialización online (a medida que aumenta la socialización online en vez de la presencial, corremos más peligro).
  • Sociedad de la información: Las TIC (Tecnologías de la Información y Comunicación) y la información como elemento esencial. Todos los procesos están directamente moldeados por los medios tecnológicos.
  • Cambios en la familia: En su estructura, organización y relaciones.

Conceptos Fundamentales: La Organización

¿Qué es una Organización?

Es un grupo de personas que se unen para conseguir unos fines, realizando una serie de actividades en un contexto sociohistórico. Otros conceptos serían:

  • Es un conjunto de personas con una ordenación normativa, con un sistema de autoridad, con un sistema de comunicación y con un sistema de coordinación; funciona dentro de un entorno que lo rodea y realiza actividades que normalmente tienden a una meta final o a unos objetivos.
  • “Es la combinación de los medios humanos y materiales disponibles, en función de la consecución de un fin, según un esquema preciso de dependencias e interrelaciones entre los distintos elementos que la constituyen”.

Las organizaciones van evolucionando y cambiando sus elementos con el paso del tiempo.

Elementos Comunes a las Organizaciones

  • Metas/objetivos.
  • Distribución de funciones o tareas (en una escuela, cada uno tiene una función).
  • Coordinación y métodos de trabajo, unas formas y metodologías de hacer.
  • Calendario, horario de trabajo, vacaciones, etc.
  • Sede o lugar donde se desenvuelve, físicamente o vía online.
  • Evaluación, rendición de responsabilidades.
  • Estructura: Conjunto ordenado de los elementos que le dan sentido. Generan: normas, interacciones sociales, sentimientos de respeto, adhesión, hostilidad, rechazo, etc.

Nota: Todas las asociaciones son organizaciones, pero no todas las organizaciones son asociaciones.

Sistemas Educativos

Tenemos el sistema social, que incluye las relaciones sociales y todo lo relacionado con la educación. Dentro de este, encontramos el sistema educativo. Como parte de este sistema educativo, tenemos el sistema escolar, que es el sistema formal que abarca desde la educación infantil hasta la universidad, y es controlado por el Estado. Ya dentro del sistema escolar, tenemos el centro educativo, que se centra en etapas específicas de la vida.

Tipos de Educación

Los procesos educativos se dan a través de:

  • Educación Formal: Es un sistema educativo oficial e institucionalizado. Está cronológicamente graduada con un título al final del periodo. Se da en centros educativos de infantil, primaria, etc. Es muy importante el hecho de que está muy estructurada y planificada para cada ciclo, curso, materia, con ciertos requisitos como, por ejemplo, tener una edad o haber aprobado los cursos anteriores. Por último, es intencional y responde a unos intereses de la sociedad. (Ejemplos: infantil, primaria y secundaria, los llamados centros escolares).
  • Educación No Formal: Está fuera del sistema educativo oficial, puede o no estar graduada cronológicamente. A veces se obtiene un título o certificado. Se realiza en instituciones de diverso tipo, como ayuntamientos, asociaciones, iglesias, etc. Está poco estructurada, pero sí planificada, dirigida a grupos particulares y también es intencional. (Ejemplos: academias o escuelas deportivas, que enseñan cosas de manera planificada pero fuera del sistema escolar).
  • Educación Informal: Se encuentra fuera del sistema educativo oficial, no está graduada cronológicamente, no se obtiene un título y se puede realizar en cualquier lugar. Está poco estructurada y es abierta, donde todos pueden participar en ella y que aparentemente no es intencional. (Ejemplos: aspectos de la sociedad que no se educan formalmente, como redes sociales, televisión, internet, modas. Es menos tangible, no se sabe quién lo lleva ni cuándo nos influye, pero nos influye).

Sistemas Educativos Nacionales

Se forman mediante la existencia de un conjunto de instituciones de educación formal.

  • Están estructurados por etapas, ciclos o cursos.
  • Su proyecto educativo está regulado y supervisado por el Estado.
  • Se costean, en gran medida, con fondos públicos.
  • Están a cargo de profesores formados y supervisados por instituciones públicas.
  • Expenden títulos y certificados regulados por las administraciones educativas.

Administraciones Educativas

Las Administraciones educativas están formadas por la Administración General del Estado y las Administraciones de las Comunidades Autónomas competentes en educación.

La estructura jerárquica es: MinisterioConsejeríasDelegaciones.

  • Lo que dice el Ministerio se publica en el BOE (Boletín Oficial del Estado).
  • La Consejería (a nivel autonómico) se publica en el BOJA (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, o el boletín correspondiente de cada C.A.).
  • La Delegación es la representación de la Consejería en cada provincia (por ejemplo, la Junta de Andalucía tiene una delegación por provincia).

La Organización Escolar como Disciplina

¿Qué es la Organización Escolar como Disciplina?

  • “Ordenación de los elementos de la escuela para que concurran adecuadamente a la educación de los escolares” (Gairín).
  • “La organización es un elemento facilitador de las opciones que se hayan tomado en los demás elementos del modelo didáctico” (Gimeno).
  • “El estudio de la ordenación más adecuada de la totalidad de elementos que interactúan en la comunidad escolar, orientada al desarrollo eficaz del proyecto educativo” (Cardona).

¿Qué es la Escuela?

La escuela es una organización educativa, compuesta, por lo menos, por niños y/o jóvenes, sus familias y los profesionales. Estos miembros interactúan con diferentes roles y sus actuaciones giran en torno al aprendizaje de competencias/contenidos planificados y sistematizados. Se ubica en un espacio específico y tiene unos límites temporales y geográficos en su ámbito de actuación.

Finalidades de la Escuela

  1. Conseguir el pleno desarrollo de la personalidad del alumno.
  2. Formar en: respeto, tolerancia, libertad, dentro de los principios básicos de convivencia.
  3. Adquirir hábitos intelectuales, técnicas de trabajo y conocimiento científico-técnicos, humanísticos, estéticos, valores, formas de actuar, etc.
  4. Capacitar para ejercer actividades profesionales.
  5. Formar en el respeto de la pluralidad lingüística y cultural.
  6. Preparar para participar efectivamente en la vida social y cultural.

Marco Legal Educativo

Legislación Educativa

La Legislación Educativa es un conjunto de leyes y normas emanadas del órgano político competente, de distintos rangos y jerarquías, que regulan en un ámbito territorial determinado todo lo referente al sistema educativo.

Textos Legislativos

Leyes

  • Leyes fundamentales: Se encuentran en la cúspide de la pirámide normativa. Desde el punto de vista jurídico-formal no son leyes, sino textos de máximo rango (ej. la Constitución).
  • Leyes orgánicas: Relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, como Estatutos de Autonomía, régimen electoral general y las previstas en la Constitución. Requieren mayoría absoluta en el Parlamento para su aprobación.
  • Leyes ordinarias: Las demás leyes del Parlamento que no tienen la consideración de orgánicas. Requieren mayoría simple para su aprobación.

Decretos

  • Decretos-leyes: Son dictados por el poder ejecutivo (Gobierno) en situaciones de urgente y extraordinaria necesidad justificada, y deben ser aprobados posteriormente por el Órgano legislativo (Congreso).
  • Decretos legislativos: Es una norma jurídica con rango de ley que emana del poder ejecutivo (el Gobierno) en virtud de las competencias prescritas en la Constitución, mediante una delegación expresa del Parlamento.
  • Decretos acordados en Consejo de Gobierno: Aprueban normas reglamentarias y las resoluciones que deben adoptar dicha forma jurídica. Estos decretos llevarán la firma de la persona titular de la Presidencia y de la Consejería proponente.

Órdenes y Resoluciones

  • Órdenes: Disposiciones y resoluciones de las personas titulares de las Vicepresidencias y de las Consejerías. Las órdenes irán firmadas por la persona titular del órgano.
  • Instrucción: Protocolo de Identificación del alumnado con NEAE (Necesidades Específicas de Apoyo Educativo) y organización de la respuesta educativa.
  • Resoluciones: Es el acto final del procedimiento administrativo o legislativo, expresado por el órgano competente.

Constitución Española: Artículo 27

El Artículo 27 de la Constitución Española establece:

  • Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.
  • La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.
  • Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.
  • La enseñanza básica es obligatoria y gratuita.
  • Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes.
  • Se reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de centros docentes, dentro del respeto a los principios constitucionales.
  • Los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos, en los términos que la ley establezca.
  • Los poderes públicos inspeccionarán y homologarán el sistema educativo para garantizar el cumplimiento de las leyes.
  • Los poderes públicos ayudarán a los centros docentes que reúnan los requisitos que la ley establezca.
  • Se reconoce la autonomía de las Universidades, en los términos que la ley establezca.

Leyes Educativas en España: Evolución Histórica

A continuación, se presenta la evolución de las principales leyes educativas en España:

  • 1970: LEY GENERAL DE EDUCACIÓN (Ley de Villar Palasí)
  • 1978: La Constitución Española
  • 1980: LOECE (Ley Orgánica de Estatutos de Centros Escolares)
  • 1985: LODE (Ley Orgánica del Derecho a la Educación)
  • 1990: LOGSE (Ley de Ordenación General del Sistema Educativo)
  • 1995: LOPEG (Ley de Participación, Evaluación y Gobierno de los Centros Docentes)
  • 2002: LOCE (Ley Orgánica de Calidad de la Educación)
  • 2006: LOE (Ley Orgánica de Educación)
  • 2013: LOMCE (Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa)
  • 2020: LOMLOE (Ley Orgánica de Modificación de la Ley Orgánica de Educación, conocida como Ley Celaá)

Ley Orgánica de Educación (LOE, 2006)

  • Necesidad de mejorar la calidad (informes internacionales) después de haber conseguido generalizar la enseñanza.
  • El Estado fija el 55-65% de enseñanzas mínimas.
  • «Educación para la ciudadanía» obligatoria. Religión opcional.
  • Evaluación de diagnóstico: 4º de Educación Primaria y 2º de ESO.
  • Contenidos comunes a todas las materias (contenidos transversales): Comprensión lectora, Expresión oral y escrita, Comunicación audiovisual, TIC y Educación en valores.
  • Evaluación según competencias.
  • Se revisa la formación inicial del profesorado.
  • Concepción educativa de la Educación Infantil (0-6 años). Voluntaria. Gratuita de 3-6 años. A los 5 años se inicia la lengua extranjera, lectura y escritura, TIC, etc.
  • En Educación Secundaria Obligatoria (ESO) se contempla:
    • 2 materias más que en EP. Menos profesores (en Primaria las clases las dan entre 2-4 profesores, mientras que en la ESO dan muchos más. Esta ley busca reducir esa diferencia).
    • Diversificación curricular a partir de 3º de ESO o Programas de Cualificación Profesional (PMAR).
    • Repetir con más de 2 o 3 asignaturas. Máximo dos años. Plan específico de refuerzo (depende de las asignaturas suspendidas, no se puede pasar de curso si se suspenden las troncales).
  • No hay reválida, pero sí selectividad.

Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE, 2013)

  • Es una reforma de la LOE.
  • Intenta reducir la tasa de fracaso escolar.
  • Mejorar los resultados educativos de los informes internacionales.
  • Mejorar la empleabilidad y estimular el espíritu emprendedor.
  • Refuerzo de los conocimientos instrumentales (ej. Educación artística no troncal, específica).
  • Flexibilización de las trayectorias académicas.
  • Sistema de evaluaciones externas. El Estado fija los estándares de aprendizaje (el Estado establece lo que todos los alumnos de todas las comunidades deben saber en cada etapa).
  • Incentivo al esfuerzo: mayor exigencia a los estudiantes, profesores y centros.
  • Se refuerza el poder de la dirección y disminuye el del Consejo Escolar.
  • Los docentes son considerados autoridad pública (por ejemplo, agredir tanto verbal como físicamente a un profesor tiene mayor pena que a una persona cualquiera).
  • En Educación Primaria:
    • Desaparecen los ciclos. 6 cursos.
    • Se divide Conocimiento del medio natural, social y cultural (Ciencias Naturales y Ciencias Sociales).
    • No se imparte Educación para la Ciudadanía, sino Valores Sociales y Cívicos.
    • Evaluaciones de diagnóstico (3º y 6º).
  • En Educación Secundaria Obligatoria (ESO):
    • Se contemplan dos ciclos: 1º ciclo (1º, 2º, 3º) y 2º ciclo (4º).
    • Repetición de curso (más de 3 materias, o 2 si son Lengua y Matemáticas).
    • Los Programas de Diversificación Curricular de 3º y 4º son sustituidos por los Programas de Mejora del Aprendizaje y el Rendimiento (PMAR) en 2º y 3º.
    • Los Programas de Cualificación Profesional Inicial (PCPI) son sustituidos por los ciclos de Formación Profesional Básica (2 años). Se obtiene el Título de ESO con evaluación final superada.
    • Evaluación final con 3 modalidades: Enseñanzas académicas, Enseñanzas aplicadas o ambas (en suspenso).
  • Bachillerato:
    • Tres modalidades: Artes, Ciencias, Humanidades y Ciencias Sociales.
    • Se podrá repetir 1 vez cada curso (excepcionalmente 2).
  • Formación Profesional:
    • Se accede de unos a otros: FP Básica, FP de Grado Medio y FP de Grado Superior.
    • Permanecen las familias profesionales.

Ley Orgánica de Modificación de la Ley Orgánica de Educación (LOMLOE, Diciembre 2020)

  • Es una reforma de la LOE (un solo artículo de modificación).
  • Pretende aumentar las oportunidades formativas de toda la población.
  • El Estado fija el 50-60% de enseñanzas mínimas.
  • Modelo de dirección profesional.
  • Nueva distribución de competencias entre la dirección y el Consejo Escolar.
  • Prioriza las plazas de centros públicos sobre los concertados.
  • Evaluación de las competencias adquiridas al final de Primaria y ESO, muestral y plurianual, con carácter informativo, formativo y orientador.
  • Los alumnos con NEE (Necesidades Educativas Especiales) serán incluidos en centros ordinarios (10 años para que cuenten con recursos). Los centros de educación especial se reservan para casos de «atención muy especializada».
  • Los centros sostenidos con fondos públicos aplicarán la coeducación.
  • El cuerpo de inspectores accede a través de una valoración de sus capacidades para el puesto (antes era a través de una “prueba”).
  • Calendario de implantación: 2021-2024. Las leyes tardan en ponerse en acción, no se implantan inmediatamente después.
  • En Educación Primaria:
    • 3 ciclos: 6 cursos.
    • 3º ciclo: Educación en valores cívicos y éticos.
    • Religión sin asignatura espejo.
    • Medidas alternativas y preventivas de la repetición. Se puede repetir una vez en primaria y dos veces en educación obligatoria (si se repite 1 vez en primaria, solo se puede repetir 1 vez en secundaria; y si no se repite en primaria, se puede repetir 2 veces en secundaria). Se busca evitar la repetición.
    • Evaluación de diagnóstico en 4º.
  • En Educación Secundaria Obligatoria (ESO):
    • Programas de diversificación y de refuerzo a partir de 3º de ESO.
    • Formación profesional básica (se obtiene título de ESO).
    • Asignatura de valores cívicos y éticos.
    • Evaluación de diagnóstico en 2º.
  • Bachillerato:
    • Posibilidad de Bachillerato en tres años, distribuyendo las asignaturas de los dos años en tres.
    • Modalidad Bachillerato General, que ofrece una mezcla de contenidos para que el alumno pueda optar a diversas categorías.
    • Título con 1 asignatura pendiente (sin concretar).
  • Formación Profesional:
    • Mayor flexibilización e incorporación de nuevos contenidos.
    • Se agiliza la acreditación de la experiencia laboral.

Diferencia entre Concurso y Oposición

La diferencia entre concurso y oposición es la siguiente:

  • Los concursos valoran los méritos que uno obtiene, y las plazas se adquieren por las personas con mayor puntuación en esos méritos.
  • La oposición es un examen de distintas modalidades (oral, escrito, etc.) que se realiza para optar a adquirir una plaza.

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