30 May

El Plan de Convivencia: Finalidad, Estructura y Medidas para la Mejora en Centros

Finalidad del Plan de Convivencia

El Plan de Convivencia es un documento de planificación inseparable del RRI (Reglamento de Régimen Interior), aunque tiene identidad propia. Se define como el conjunto de normas y propuestas que el centro programa para fomentar, desde una orientación preventiva, un buen clima de convivencia, tanto dentro como fuera del horario lectivo (y, si es posible, dentro y fuera del recinto escolar).

En el marco de la autonomía reconocida por las leyes y en el contexto del centro, el Plan de Convivencia recogerá las normas de conducta de obligado cumplimiento para todos los miembros de la comunidad escolar. Entre las que se refieren a los alumnos, podemos incluir:

  • Asistencia y puntualidad en todas las actividades escolares, dentro y fuera del centro.
  • Mantenimiento de una actitud correcta, no permitiéndose el uso de móviles, otros dispositivos electrónicos o cualquier objeto que pueda distraer al propio alumno o a sus compañeros.
  • Respeto al profesor en clase, en el centro y fuera de él.
  • Trato correcto hacia los compañeros, no permitiéndose violencia física o verbal.
  • Realización de los trabajos que los profesores manden realizar fuera de las horas de clase.
  • Cuidado y respeto de los materiales que el centro pone a disposición de alumnos y profesores.
  • Cuidado de las instalaciones del centro.

Las normas de conducta fomentan el trabajo en valores (tolerancia, pluralismo, democracia, etc.), de ahí que deba garantizarse su cumplimiento por parte del equipo directivo, de los profesores y del personal de administración y servicios.

Estructura del Plan de Convivencia

El Plan de Convivencia no es una estructura cerrada, sino que evolucionará gracias a las experiencias y aportaciones de todos los miembros de la Comunidad Educativa. La valoración de la efectividad de lo puesto en marcha llevará a una continua retroalimentación de este y a la incorporación de nuevas medidas, ideas, actuaciones…, que hacen que sobre todo dentro de la prevención, este sea un Plan de Convivencia flexible y abierto.

De esta manera, este decreto contempla:

  • Los principios generales de la convivencia escolar.
  • Los derechos y de deberes del alumnado, de los padres o tutores, de los profesores, y del personal de administración y servicios.
  • La promoción de la convivencia (Plan de Convivencia y su memoria anual y la elaboración y seguimiento de las normas de convivencia tanto a nivel de centro como del aula).
  • Los agentes implicados en la convivencia escolar de la comunidad educativa (Consejo Escolar, Claustro de Profesores, Equipo directivo, Equipo de Orientación, alumnado, tutores y turas y Comisión de convivencia).
  • Los agentes implicados en la convivencia escolar externos (Administración Educativa, Inspección, Observatorio para la Convivencia Escolar en los centros docentes, etc.).
  • Conductas contrarias a la convivencia, medidas aplicables y procedimientos de intervención.

Como hemos mencionado, no es novedad que las administraciones educativas contemplen distintos elementos en el Plan de Convivencia, aunque se constata un relativo consenso en que contengan, al menos, los siguientes:

  • Análisis de la realidad del centro o contextualización.
  • Objetivos y actitudes del Plan de Convivencia.
  • Criterios de organización, funcionamiento y seguimiento del Plan de Convivencia en relación con:
    • Normas de conducta.
    • Organización y planificación de la actividad docente.
    • Tutoría.
    • Orientación.
    • Actividades extraescolares.
    • Relación familia-escuela.
    • Programas específicos (acogida, tutoría, casos de posible acoso, etc.).
    • Protocolo de actuación educativa ante actitudes que dificulten la convivencia.

Plan de Actuación Preventiva contra la Violencia

Como medida preventiva para prevenir la violencia se encuentran las siguientes:

  • Adaptar la educación a los actuales cambios sociales.
  • Luchar contra la exclusión y desarrollar el sentido del propio proyecto.
  • Superar el Currículo e incrementar la coherencia educativa.
  • Prevenir la violencia reactiva y la violencia instrumental.
  • Prevención de la victimización.
  • Romper la conspiración del silencio sobre la violencia y construir la tolerancia desde la escuela.
  • Prevenir la violencia a través de los procedimientos de disciplina.

No cabe duda de que la prevención se convierte en el primer eslabón de actuación para atajar problemas de acoso desde su raíz.

Se establecen como factores de protección los siguientes:

  • Recogida de datos sobre la situación escolar, el clima del Centro y de cada aula con cuestionarios y pruebas estandarizadas.
  • Utilizar las tutorías como un espacio para crear vínculos afectivos y comunicativos entre todo el grupo.
  • Desde la actividad docente, trabajar la cooperación frente a la competitividad en los formatos de aula y crear ambientes respetuosos con la diferencia y el error.
  • Trabajar las Habilidades Sociales como método de expresar lo que cada uno siente o de comunicar lo que cada uno ve o vive en el Centro.

Protocolo de Actuación ante Casos de Acoso

Cualquier miembro de la Comunidad Educativa que tenga conocimiento expreso de una situación o acoso sobre un alumno o considere tener indicios razonables, lo pondrá inmediatamente en conocimiento del tutor, de un profesor y/o del Orientador y será comunicado al Equipo Directivo. Este primer nivel de actuación corresponde por tanto a todos y cada uno de los miembros de la Comunidad Educativa.

El Equipo Directivo junto con el asesoramiento del Orientador y en su caso del tutor efectuará una primera valoración con carácter urgente, acerca de la existencia o no de la intimidación y el acoso y se iniciarán las actuaciones oportunas según la valoración realizada. Todas estas actuaciones deben quedar recogidas por escrito, así como toda la información posible que se recabe relacionada con el caso.

Actuaciones Posteriores (Confirmada la Situación de Acoso)

Las actuaciones coordinadas por el Equipo Directivo, con el apoyo del Orientador y del tutor que se pueden adoptar una vez valorado y detectado el problema son las siguientes:

  • Medidas de carácter urgente: lo primero indudablemente es apoyar al alumno afectado, dándole seguridad y establecer todas las medidas de control de las que disponga el Centro para frenar de raíz la situación (separación de aula, apoyo psicológico y físico, e incluso ponerse en contacto con la Policía de Menores para proporcionar seguridad al alumno si es necesario). Se aplicará siempre el Reglamento de Régimen Interior lo antes posible y se denunciará la situación a las instancias pertinentes.
  • Comunicación de la situación: se notificará la situación a las familias de las víctimas y de los agresores lo antes posible, así como al personal del Centro si se estima conveniente. Al mismo tiempo se debe establecer contacto con la Inspección Educativa, poniendo en su conocimiento la situación y recogiendo las indicaciones al respecto que esta establezca para el Centro.
  • Plan de Actuación: se tomarán las medidas oportunas según vengan marcadas en el RRI y según asesoramiento de la Inspección Educativa (en el caso especial de Expedientes Disciplinario o posible derivación a otro Centro específico, dependiente de Educación o en caso de que sea necesario de otras Instituciones como Salud Mental, Centro de Día, etc.).
  • Métodos de intervención: desde los centros educativos se elegirá o tendrá en cuenta el método más apropiado de intervención. Por ejemplo, según el Método de Anatole Pikas se pueden llevar a cabo tres etapas de intervención:
    • Entrevistas individuales con cada miembro del grupo, comenzando por el líder y finalizando con la víctima. Este diálogo debe servir para llegar a posibles soluciones de mejora y que se produzca un cambio de conducta
    • Seguimiento con cada alumno durante un tiempo aproximadamente una semana o dos. El objetivo es comprobar si la situación ha mejorado y si los acuerdos se mantienen. Si no fuera así, se retoman las entrevistas con los alumnos que presentan el conflicto y la nueva negociación con ellos.
    • Encuentro de todo el grupo donde se valora la situación, se revisa el cambio y se establecen pautas para que ese cambio se mantenga. Primero se debe reunir al grupo agresor, esta vez en grupo y se revisa que la situación se mantenga en mejoría. Si esto es así se reúne al grupo con la víctima para proporcionar un espacio de acuerdo cara a cara y liberar la tensión que pueda quedar aún, se deben buscar soluciones para que el cambio positivo se mantenga. Se debe plantear la posibilidad de que algún miembro rompa el acuerdo y buscar soluciones para esa situación posible.

El RRI: Denominaciones, Regulación Legislativa, Elementos y Estructura

El RRI (Reglamento de Régimen Interior), aunque no es propiamente parte integrante del Proyecto Educativo de Centro (PEC), está inspirado en él, por lo que sus valores, objetivos y prioridades educativas orientarán las normas que establezca. Su finalidad es regular y armonizar los derechos y las obligaciones de los diferentes miembros de la comunidad escolar, precisando las funciones y las competencias de los distintos órganos de gobierno (unipersonales, colegiados, de coordinación docente, etc.).

Todos los centros educativos deben dotarse de un RRI:

  • El RRI es un documento institucional a medio y largo plazo que establece un marco de referencia para el funcionamiento del centro.
  • El RRI es un documento concreto, realista, claro, flexible, consensuado y participativo, y por ello, útil.
  • El RRI de un centro es un documento que solo sirve para un centro. Hay tantos RRI como centros.

Elementos y Estructura

No es novedad que las administraciones educativas contemplen distintos elementos en el RRI o ROF, aunque se constata un relativo consenso en que contengan, al menos, los siguientes:

  • Denominación, composición y estructura del centro.
  • Normas de organización y funcionamiento del centro.
  • Normas de organización y funcionamiento de los órganos de gobierno (unipersonales y colegiados) y de coordinación docente.
  • Órganos de participación de alumnos, profesores y padres y madres.
  • Derechos y deberes de alumnos, profesores y padres y madres.
  • Normas generales para la convivencia en el centro.
  • Faltas y sanciones.
  • Procedimiento para la reclamación de calificaciones.
  • Normas para el uso de las instalaciones, mobiliario y recursos materiales del centro.

Plan de Dirección

El Plan de Dirección, también denominado Proyecto de Acción Directiva, es un instrumento de planificación para llevar a cabo las distintas actuaciones del Equipo Directivo, desde una perspectiva racional.

Debe incluir:

  • Un análisis del funcionamiento del centro, haciendo hincapié en su organización, problemas y necesidades.
  • Los objetivos que se pretenden alcanzar, con los que deben estar alineados la organización y los recursos del centro —humanos, materiales y económicos—.
  • Los planes y líneas de actuación previstos, y su temporalización o cronograma.
  • Los procedimientos de seguimiento de la propia planificación y ejecución que se lleve a cabo.
  • Los procedimientos con los que será evaluado.

Líneas Generales de Actuación del Plan de Dirección

Un aspecto importante en el Plan de Dirección, lo constituyen sus líneas generales de actuación, que deben girar, al menos, en torno a la relación que establece el Equipo Directivo con los siguientes segmentos y cómo se pretende llevar a cabo:

  • Secretaría/Administración.
  • Supervisión, por parte del secretario, de la gestión de la documentación académica:
    • De los alumnos.
    • De la personal y profesional del profesorado.
    • De la económica del centro.

Evaluación del Plan de Dirección

En la evaluación del Plan pueden emplearse diversos procedimientos, bien de forma aislada o combinada:

  • Evaluación formalizada: objetiva —observación directa y sistemática—, de desarrollo, valoración escala tipo Likert.
  • Evaluación real: ejecución de casos, proyectos —de los integrantes del Equipo Directivo, Claustro de Profesores y Consejo Escolar—, simulaciones.
  • Autoevaluación: de los componentes y de los agentes de dicho proyecto — intercambios orales con los intervinientes en el proceso y realización de una escala de valoración—.

Se realizará de diversas formas y en distintos momentos:

  • Inicial: servirá para reflexionar sobre el trabajo a realizar en el centro.
  • Continua o procesual: de manera que se modificará y mejorará según las necesidades del plan y las sugerencias propuestas.
  • Final: valorar el plan en todos los aspectos, de tal forma que sirva de referente de reflexión y elaboración de propuestas de mejora para los cursos siguientes.

Plan de Atención a la Diversidad

La educación basada en el desarrollo de la igualdad de derechos, deberes y oportunidades, el respeto a la diversidad afectivo-sexual y familiar, el fomento de la igualdad efectiva de mujeres y hombres a través de la consideración del régimen de la coeducación de niños y niñas, la educación afectivo-sexual, adaptada al nivel madurativo, y la prevención de la violencia de género, así como el fomento del espíritu crítico y la ciudadanía activa.

Estructura del Plan de Atención a la Diversidad

La estructura del Plan de Atención a la Diversidad es variable en las distintas Comunidades Autónomas y los propios centros educativos. No obstante, podríamos decir que los elementos comunes que debe recoger son los siguientes:

  • Introducción/contextualización.
  • Objetivos generales y específicos.
  • Detección de necesidades del alumnado.
  • Actuaciones y medidas (generales, ordinarias y específicas).
  • Adaptaciones curriculares (significativas, no significativas, de acceso, de ampliación o enriquecimiento, etc.).
  • Criterios y procedimientos de seguimiento y evaluación para las adaptaciones curriculares.
  • Flexibilización escolar.
  • Profesionales de la educación vinculados al Plan de Atención a la Diversidad y competencias de estos.
  • Aula de integración o abiertas y programas de apoyo individual (en el caso que corresponda).
  • Aula específica y programas de apoyo específicos (en el caso que corresponda).
  • Aulas y programas de inmersión lingüística (en el caso que corresponda).
  • Aulas de acogida.
  • Programas de compensación educativa.
  • Programas de apoyo y refuerzo educativo.
  • Programa del equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica.
  • Criterios y procedimientos de seguimiento y evaluación de los programas previstos.
  • Seguimiento y evaluación del Plan de Atención a la Diversidad.

Plan de Orientación y Acción Tutorial

Indica que dentro de sus funciones se encuentran:

  • La tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con las familias.
  • La orientación educativa, académica y profesional de los alumnos, en colaboración, en su caso, con los servicios o departamentos especializados.
  • La atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del alumnado.
  • La información periódica a las familias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas, así como la orientación para su cooperación en el mismo.
  • La coordinación de las actividades docentes, de gestión y de dirección que les sean encomendadas.

Estructura del Plan de Orientación y Acción Tutorial

A continuación, mostramos los puntos fundamentales que deben contemplarse:

  • Normativa de referencia.
  • Objetivos y/o finalidades de la institución con relación al Plan de Orientación y Acción Tutorial.
  • Agentes implicados en el plan, funciones y competencias (tutores/as y equipo de Orientación).
  • Programas y actividades vinculadas a las sesiones de tutoría.
  • Programas y actividades vinculadas a los especialistas del centro (Pedagogía Terapéutica y Audición y Lenguaje).

Planes Extraordinarios

Los Planes Extraordinarios hacen referencia a aquellos documentos de planificación que surgen en las distintas instituciones educativas a demanda de las necesidades encontradas. Podríamos dividir estos planes en: Planes Específicos y Planes de Contingencia.

Planes de Contingencia

Por su parte, los Planes de Contingencia surgen por cuestión de urgencia en las instituciones, definirán un modelo de Plan de Contingencia para dar continuidad a la actividad educativa, de modo que garantice el derecho a la educación del alumnado en cualquier circunstancia. Así mismo, se velará por su desarrollo, cumplimiento y actualización en todos los centros educativos. Incluirá aspectos organizativos y de funcionamiento del centro, la coordinación de los órganos de gobierno y de coordinación docente y las medidas que faciliten la comunicación con la comunidad educativa.

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