28 Nov

Principales funciones del sistema financiero
Fomentar el ahorro
Captar ese ahorro y canalizarlo hacia la inversión Ofertar aquellos productos que consigan adaptarse a las necesidades de los ahorradores y los inversores
Mantener la infraestructura necesaria para que existan sistemas e instrumentos de pagos seguros y eficaces
que favorezcan el comercio y la creación de riqueza.
 Cubrir determinadas contingencias o riesgos a través de la actividad aseguradora.
Transmitir la política monetaria y financiera con el objetivo de lograr la estabilidad de precios.
Composición DEL SISTEMA FINANCIERO:
1 Activos financieros. (medios ; instrumentos)
2 Intermediarios financieros. (instituciones)
3 Mercados financieros.
1. ACTIVOS FINANCIEROS
Son los títulos emitidos por las unidades económicas que suponen un instrumento para conducir el ahorro hacia la
inversión. Representan un activo (derecho) para quien los posee y un pasivo (obligación) para quien los genera. Ej.
(Letras del tesoro, prestamos, seguros de vida etc.)
Las funciones principales de los activos financieros son:
Transferencia de fondos entre agentes económicos
 Transferencia de riesgos
LAS Características PRINCIPALES de los activos financieros son: liquidez, rentabilidad y riesgo.
 Liquidez: es la facilidad y la certeza de un activo para convertirse en dinero líquido de forma rápida, es decir, a
corto plazo y sin sufrir pérdidas en su valor.
 Rentabilidad: es la capacidad de producir intereses u otros rendimientos
 Riesgo: es la probabilidad de que llegado el vencimiento de su obligación de pago, el emisor del activo no haga
frente al pago o a la amortización de la deuda.
2. Intermediarios financieros.
Son las instituciones que concilian los deseos de las unidades económicas con déficit con los de las unidades
económicas con superávit
Clasificación:
Intermediarios financieros bancarios: son aquellas instituciones que tienen la capacidad de crear dinero bancario.
Van más allá de una labor puramente intermediadora. Ej. (Banco de España, Bancos comerciales, Cajas de ahorro y
cooperativas de crédito)
 Intermediarios financieros no bancarios : Se caracterizan porque son meros mediadores entre demandantes y
oferentes de dinero. No pueden generar dinero bancario. Ej. (ICO, EFC, EDE, Sareb, fundaciones bancarias, fondos
de pensiones)
VENTAJAS DE LA EXISTENCIA DE LOS INTERMEDIARIOS FINANCIEROS:
 Facilitan la actividad de mediación
 Concilian intereses
 Disminuyen riesgos
 Ofrecen un acceso rápido y fiable
 Reducen costes en las transacciones que realizan
 Agilizan el mecanismo de cobros y pagos
Instituciones = intermediarios financieros
Medios = activos financieros = instrumentos financiero
3. MERCADOS FINANCIEROS
Es el mecanismo o lugar donde se intercambian los instrumentos o activos financieros y se determinan sus precios.
FUNCIONES DE LOS MERCADOS FINANCIEROS:
 Poner en contacto a los agentes económicos que intervienen o participan en el mercado, como pueden ser los
ahorradores o inversores.
 Fijar los precios, constituir el mecanismo adecuado para fijar el precio de los distintos activos.
 Proporcionar liquidez a los activos .
 Reducir plazos y costes de mediación.
Características DE LOS MERCADOS FINANCIEROS:
 Transparencia: cuando un mercado ofrece información relativa a los valores que cotizan en él de forma rápida
Y barata se dice que es transparente
 Libertad: no existe barreras de entrada o salida de compradores y vendedores
 Profundidad: un mercado es más profundo cuando mayor número de órdenes de compra y venta de activos
tenga
 Amplitud: se negocian multitud de activos
 Flexibilidad: capacidad de reacción ante las variaciones que se produzcan en los precios y otras condiciones del
mercado.
Clasificación DE LOS MERCADOS FINANCIEROS:
 En cuanto a la forma de funcionamiento:
 Directos: Cuando oferentes y demandantes de fondos se intercambian sin mediadores los activos financieros.
 Intermediados: Cuando al menos uno de los participantes en la operación de compraventa de activos es un
intermediario financiero.
 Respecto a la fase de negociación de los activos:
 Primarios: Se trata del mercado en el que se colocan los activos financieros nuevos del emisor al inversor.
 Secundarios: Se negocian activos financieros ya existentes, entre inversores.
 Por la característica de sus activos:
 Monetarios o de dinero: Se negocian activos financieros a corto plazo, con una alta liquidez y un bajo riesgo.
 De capitales: Se negocian activos financieros a largo plazo, comprende las operaciones de inversión y
financiación.
 Por el grado de intervención de las autoridades :
 Libre: El volumen de activos que se intercambian y su precio se fija únicamente como consecuencia del libre
juego de la oferta y la demanda.
 Regulados: El precio o la cantidad de los títulos se modifican administrativamente.
 En cuanto al plazo
 Al contado: La contrapartida se realiza en el momento de cerrar la operación.
 A plazo: La contrapartida se entrega en un momento posterior al cierre de la operación.
 Por su grado de formalización:
 Organizados: Autorizados y regularizados por ley, se negocia una gran variedad de activos, en un lugar
concreto sujeto a una serie de normas y reglas de obligado cumplimiento. En España reciben el nombre de
mercados secundarios oficiales.
 No organizados: (Over the counter OTC): No hay una normativa pública que autorice el acceso al mercado y las
condiciones de contratación. Las normas internas son flexibles y vienen marcadas por los usos de las partes
que intervienen en el mismo.
El sistema financiero español es un mecanismo dinámico en constante evolución.
La máxima autoridad en materia de política financiera corresponde al gobierno,
El departamento ministerial responsable de todos los aspectos relativos al funcionamiento de las instituciones
financieras es el ministerio de economía (MINECO)
El MINECO ejerce sus funciones a través de una serie de supervisores que se encargan del cumplimiento de las normas
y de controlar y supervisar el adecuado funcionamiento de cada una de las tres áreas en las que se di vide el sistema
financiero. (Área de crédito, área de valores y área de seguros)
El objetivo básico y común de estos 3 órganos ejecutivos es garantizar la estabilidad del sistema financiero
 El Mecanismo Único de Supervisión (MUS) que está formado por el Banco de España (BE) y el Banco Central
Europeo (BCE) se encarga de supervisar a las entidades que operan en el área de crédito
 La comisión nacional del mercado de valores (CNMV): supervisa las entidades que operan en el área de valores
para garantizar la correcta formación de los precios en los mercados.
 La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP): se encarga de supervisar y controlar el
adecuado funcionamiento del área de seguros y de dar la protección adecuada a los clientes de la s entidades
aseguradoras, así como a los partícipes de los planes de pensiones.
MECANISMO Único DE Supervisión (MUS)
El Mecanismo Único de Supervisión (MUS) instaura un nuevo sistema de supervisión financiera formado por el Banco
Central Europeo (BCE) y las autoridades nacionales competentes de los países de la Unión Europea participantes. (En
nuestro caso es el banco de España)
Sus principales objetivos son velar por la seguridad y la solidez del sistema bancario europeo y aumentar la integración
y la estabilidad financieras en Europa.
Constituye el primer paso hacia la denominada «Unión Bancaria europea», del que también forma parte el Mecanismo
Único de Resolución.
BANCO DE España
Es el organismo del Estado español que actúa de banco central nacional y, en el marco del Mecanismo Único de
Supervisión (MUS), el supervisor del sistema bancario español junto al Banco Central Europeo.
El Banco de España es además parte integrante del Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC) y por tanto está
sometido a las disposiciones del Tratado de la Comunidad Europea y a los Estatutos del SEBC.
Su objetivo principal es mantener la estabilidad de precios en nuestro país. A la vez que apoyar la política
DIFERENCIAS DEL EUROSISTEMA Y EL SISTEMA EUROPEO DE BANCOS CENTRALES
Ambos incorporan al Banco Central Europeo pero, por un lado, el SEBC incluye tanto los bancos centrales nacionales
que hayan adoptado el euro como moneda común como los que no. Mientras que, el Eurosistema únicamente inclu ye a
los bancos centrales de los estados miembros que hayan adoptado el euro como moneda común. De este modo el
Euro sistema y el SEBC seguirán coexistiendo mientras haya estados miembros de la Unión Europea que no pertenezcan
a la zona Euro
ENTIDADES DE Crédito
Son aquellas que captan fondos de las unidades económicas con superávit para pr estarlo a las unidades económicas
deficitarias
Para ser entidad de crédito es necesario pedir autorización al banco central europeo, esta autorización la concede el
MUS.
Si se autoriza la creación de la entidad de crédito, se inscribe en los registros es peciales del banco de España. Y la
entidad empezará a operar. Puede llevar a cabo dos actividades:
 Captación de fondos reembolsables del público, en forma de depósito, préstamo o cesión temporal de activos
financieros.
 Emisión de dinero electrónico
No es necesaria esta autorización para las actividades de préstamo y crédito, ya que no se capta dinero del público. Con
lo que cualquiera puede dedicarse habitualmente a financiar otras empresas o particulares sin ser entidad de crédito, ni
estar sometido a la regulación especial ni al mus . Las entidades de crédito deberán estar cubiertas siempre por un
sistema de garantía de depósitos y mantener unas reservas mínimas de liquidez en el banco de España.
Hay dos clases de entidades de crédito.
1. Entidades de depósito: son las únicas autorizadas para obtener depósitos del público. (pueden recibir dinero).
Tienen capacidad de crear dinero bancario, ya que por un lado toman dinero y por otro lo prestan, obteniendo así
un margen financiero. Estas son:
1.1. Bancos comerciales: han de ser sociedades anónimas de carácter privado, desarrollar su actividad con
habitabilidad y ánimo de lucro, y realizar fundamente operaciones de captación de depósitos y concesión de
créditos.
1.2. Cajas de ahorro: pueden realizar las mismas operaciones que la banca, pero esta carece de ánimo de lucro
tienen naturaleza benéfico-social, orientada a la prestación de un servicio.
1.3. Cooperativas de crédito: pretenden servir a las necesidades financieras de sus socios y de terceros mediante
el ejercicio de las actividades propias de las entidades de crédito. Las cooperativas de crédito dependen del
ministerio de economía y gobierno de España por ser entidades de depósito, y también del ministerio de
trabajo y seguridad social por ser cooperativas. Parte de su beneficio se utiliza para crear un “fondo de
educación y promoción”, que se dedica a actividades de formación y educación de sus socios trabajadores.
2. Resto de entidades de crédito: ICO
Es una entidad pública empresarial adscrita al ministerio de economía y empresa e inscrita en el registro administrativo
especial del banco de España, con naturaleza jurídica de entidad de crédito. Actúa como agencia financiera del estado.
Son objetivos del ICO sostener y promover aquellas actividades económicas que contribuyan al crecimiento y a la
mejora de la distribución de la riqueza nacional.
Para lograr estos objetivos el ICO funciona como banco público o entidad de crédito especializada, o bien como agencia
financiera del estado.
Actuación DEL ICO COMO BANCO PÚBLICO O ENTIDAD DE Crédito ESPECIALIZADA: concede préstamos para
financiar operaciones de inversión y liquidez de las empresas. Actúa de dos formas
1. Mediante líneas de mediación: son préstamos diseñados por el ICO a la vez que firma acuerdos con entidades
de crédito privadas para que se los comercialicen. Sus destinatarios son principalmente autónomos y pymes.
Las entidades de crédito asumen el riesgo de impago, por eso estas son las encargadas de analizar la viabilidad
y decidir sobre su concesión. En caso de impago es la entidad de crédito mediadora la que soporta la pérdida y
la que deberá devolver los fondos al ICO
2. Mediante financiación directa: financiando grandes proyectos de inversión, con préstamos diseñados a medida
para la empresa solicitante, con un importe minim0 de 12,5 millones de euros y largos plazos de amortización.
Las empresas de dirigen directamente al ICO que estudia, concede y asume el riesgo de las operaciones.
Actuación DEL ICO COMO AGENCIA FINANCIERA DEL ESTADO
1. Facilitando créditos: por mandato expreso del gobierno, a los afectados por situaci ones de graves crisis
económicas, catástrofes naturales etc. Para intentar paliar los efectos económicos producidos por estas. En
estas ayudas el ICO no asume el riesgo sino que recibe una dotación presupuestaria
2. Gestionando los instrumentos de financiación oficial: el estado español compensa al ICO por los costes que
dichas gestiones pueda conllevar
El ICO se financia en los mercados nacionales e internacionales pero no puede financiarse mediante la captación de
fondos públicos.
EL FONDO DE Garantía DE Depósitos
Tiene por objeto garantizar los depósitos en dinero y en valores u otros instrumentos financieros confiados a entidades
de crédito, con el límite de 100.000€ por entidad y titular. Estas dos garantías son distintas y compatibles entre sí.
Hasta el año 2011 existían tres fondos diferentes, uno para los bancos, otros para las cooperativas y otro para las cajas
de ahorro pero se unieron creando un fondo común al que llamaron Fondo de garantía de depósitos de entidades de
crédito (FGDEC)
Todas las entidades de crédito españolas pertenecerán con carácter obligatorio al FGDEC, aunque no será de aplicación
al ICO. De este modo el FGD se financia con las aportaciones periódicas de las entidades adheridas a él y demás
operaciones de endeudamiento.
COEFICIENTE DE SOLVENCIA: obliga a las entidades de depósito a mantener un volumen mínimo de recursos propios,
en función del riesgo que asuma la entidad, para poder atender sus deudas y soportar las pérdidas de la actividad
bancaria
FROB: (FONDO DE Reestructuración ORDENADA BANCARIA)
Lo creó el gobierno en 2009, Es el organismo encargado de la resolución de las entidades de crédi to. Para su creación se
le dotó con 9.000 millones de euros, el 75% a cargo de los presupuestos generales del estado y 25% a cargo de los
fondos de garantía de depósitos de entidades de crédito. Con el fin del proceso de reestructuración del sector
financiero español.
EL LEASING O ARRENDAMIENTO FINANCIERO:
es un contrato mercantil en virtud del cual una empresa compra determinados bienes muebles o inmuebles para
alquilarlos por un tiempo convenido a cambio del pago de unas cuotas periódicas. Al término del plazo convenido para
la duración del contrato, el usuario podrá optar por la cancelación, renovación u opción a compra.
El renting:
Es una modalidad de alquiler no financiero a medio y largo plazo para bienes de uso duradero, principalmente de
bienes de equipo industrial, vehículos, sistemas informáticos y electrónicos, material de oficina etc. En el que no existe
opción de compra (salvo pacto en contrario)
El factoring:
Consiste en una operación financiera en la que se ceden en firme, con o sin derecho de regreso, y antes de su
vencimiento, los créditos comerciales a corto plazo qué genera una empresa contra sus clientes.
El confirming:
Es un servicio administrativo financiero de gestión integral de pagos que se ofrece principalmente a empresas de
reconocida solvencia, a través del cual se pueden formalizar o confirmar las operaciones de cobros y pagos entre dicha
empresa y sus proveedores.
ENTIDADES DE DINERO Electrónico
Son aquellas personas jurídicas distintas de las entidades de crédito a las que se les ha otorgado autorización para
emitir dinero electrónico, que es admitido como medio de pago por empresas distintas a la entidad emisora. Su función
es transformar el dinero corriente en dinero electrónico. Un ejemplo de esta entidad es PayPal .
SAREB. ( sociedad de gestión de activos procedentes de la reestructuración bancaria)
A cambio de recibir una ayuda de Europa, España firmó el Memorando de Entendimiento (MoU) y se comprometió a
crear la SAREB que es una entidad privada creada en Noviembre de 2012 a raíz de la crisis financiera para ayudar las
entidades con problemas debido a su excesiva exposición al sector inmobiliario.
A la SAREB se le encarga vender los préstamos e inmuebles adquiridos a entidades en crisis, con el objetivo de reducir
los riesgos de las mismas y liquidar los activos problemáticos. Así pues, no es un banco, sino una sociedad de gestión de
activos, el 55% de su capital es privado, mientras que el otro 45% está en manos del fondo de restructuración ordenada
bancaria.

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