06 Dic
Aplicación y Diversidad del Derecho en el Imperio Romano
Este derecho letrado y oficial se aplicaba poco fuera de Roma. Allí predominaban los usos locales y las formas tradicionales de resolución de litigios. En algunas provincias de cultura más específica, como Egipto o Grecia, el derecho local tenía particularidades muy importantes que resistían a los patrones del derecho romano clásico. En otras zonas menos romanizadas (como Germania, ciertas zonas de la Galia y de Hispania), el derecho oficial de Roma llegaba con dificultad. La iurisprudentia romana clásica contribuyó a la unificación de los derechos europeos hasta nuestros días, no por su difusión por el Imperio en el período de mayor esplendor, sino porque constituyó un tesoro literario en el que, posteriormente, encontraron fuente de inspiración los juristas europeos.
La Crisis del Imperio y la Transformación del Saber Jurídico
La crisis del Imperio Romano a partir del siglo III y la posterior caída del Imperio de Occidente (en el 476) pusieron en jaque este conocimiento jurídico, que requería una gran formación lingüística, cultural y jurídica, y cuyo particularismo impedía una producción masiva. Cabe destacar que las leyes imperiales, las constitutiones principum, cobraron importancia progresivamente.
A partir de entonces, el derecho experimentó una profunda transformación:
- Se administrativiza: El saber, proveniente de una tradición intelectual, evoluciona hacia una técnica burocrática de aplicación (más o menos mecánica) de las órdenes del poder.
- Pierde finura intelectual: Gana en generalidad y automatismo, pero pierde finura casuística y elaboración intelectual.
- Se simplifica: El derecho se convierte en una actividad menos exigente, se simplifica y se hace más accesible a los legos. El saber jurídico pierde rigor y profundidad de análisis.
- Se vulgariza: Este fenómeno, más pronunciado en las provincias por la influencia de los derechos locales, da lugar a la formación de un derecho romano vulgar (Vulgarrecht), que mantiene una relación con el derecho romano clásico similar a la de las nuevas lenguas neolatinas o románicas con el latín.
La Compilación de Justiniano: El Corpus Iuris Civilis
A mediados del siglo VI, el emperador Justiniano, un apasionado por la cultura clásica y nostálgico de las antiguas grandezas de Roma, emprendió la tarea de recopilar los textos jurídicos de la tradición literaria romana. Este esfuerzo abarcó desde las obras de los juristas romanos clásicos hasta la legislación imperial de sus predecesores.
Esta monumental obra recopilatoria, que a partir del siglo XVI recibió el nombre de Corpus Iuris Civilis, se compone de varias partes:
- Digesto o Pandectas: Un resumen y selección de las obras de los grandes juristas clásicos.
- Código (Codex): Una compilación de la legislación imperial de sus predecesores.
- Instituciones (Institutiones): Un manual de introducción al estudio del derecho.
- Novellae (Novellae Constitutiones): Una compilación de las «nuevas constituciones» promulgadas por el propio Justiniano después de la publicación del Código.
Este conjunto de libros constituyó la memoria medieval y moderna del derecho romano, ya que la mayor parte de las obras originales de los jurisconsultos clásicos se fue perdiendo, especialmente tras la conquista árabe de centros culturales como Beirut, Alejandría y Constantinopla.
La Relevancia de los Estudios Romanísticos en la Formación de los Juristas
El derecho romano interesa no solo como una experiencia histórica culturalmente localizada, sino que, sobre todo, atrae porque constituye una referencia constantemente releída y reinterpretada por la tradición jurídica posterior.
Justificación del Estudio del Derecho Romano
El estudio del derecho romano como disciplina «dogmática» (es decir, dotada de naturaleza «práctica») ha sido justificado fundamentalmente según dos argumentos: la perfección del derecho romano y la importancia de su legado para el derecho actual.
- La «perfección del derecho romano»: Se argumenta que los romanos estaban dotados de una especial sensibilidad para todo lo referente al derecho. Crearon conceptos y soluciones cuya equidad (exactitud y adecuación a la naturaleza de las cosas) o justicia (conformidad con un patrón ideal) parecen imponerse a la usura del tiempo.
- La importancia de su legado: Se subraya el interés del derecho romano para la interpretación del derecho contemporáneo, lo que se conoce como «interpretación histórica».
La «Perfección» del Derecho Romano: Una Perspectiva Crítica
La idea de una especial perfección del derecho romano se basa en varias suposiciones:
- Desde un punto de vista material: La suposición de que existen patrones universales de justicia que regulan las relaciones humanas y que algunas culturas, como la romana, se aproximaron más a ellos. Esta idea se fundamenta en la creencia de una naturaleza humana transtemporal y transcultural.
- Desde un punto de vista formal: La existencia de técnicas avanzadas para tratar las cuestiones jurídicas, tales como:
- Formas de organización de la justicia (el valor de la decisión de un juez).
- Modelos de raciocinio (como la argumentación del caso).
- Formas de repartir las funciones entre los diversos operadores del derecho (juristas, magistrados, legisladores).
El Desafío de la Perspectiva Histórica
Desde la perspectiva de corrientes de pensamiento que resaltan el carácter cultural y local de los valores de cada época (como historiadores y sociólogos), se ha destacado la dificultad de que los valores, técnicas y principios jurídicos superen el tiempo o la adversidad cultural. Por ejemplo:
- El principio de reciprocidad en las prestaciones, clave en la idea actual de justicia, no funcionó en sociedades donde se valoraba dar sin pedir nada a cambio (principio de la «liberalidad», la «gracia» o el «don»).
- El principio del carácter sagrado de la vida humana tampoco arraigó en culturas que anteponían otros valores, como la seguridad o la retribución del mal infligido.
Los historiadores del derecho con frecuencia efectúan una lectura del derecho anterior desde una perspectiva actual, tratando de recolectar las «raíces» de los conceptos e instituciones actuales. Por ejemplo, al estudiar el Estado o la propiedad, buscan en el derecho romano entidades o conceptos como el dominium sobre las cosas. Sin embargo, un estudio de la lógica originaria de dichos conceptos, tanto en su contexto conceptual como institucional, demostraría que, si se respeta su significado histórico, este no corresponde, de ninguna manera, al actual.

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