11 Oct

Ciclo Presupuestario y Principios Fundamentales

Fases del Ciclo Presupuestario

Fase de Aprobación

La discusión presupuestaria se produce a través del Congreso y el Senado. El Artículo 133 del Reglamento del Congreso establece:

  1. Solo se admiten enmiendas que supongan aumentos de gastos si proponen que se reduzca en la misma sección la misma cantidad.
  2. Las enmiendas que comporten una disminución de ingresos requieren la conformidad del Gobierno para que se tramiten.

Si la aprobación no se da antes del 1 de enero del ejercicio, se considerarán automáticamente prorrogados los presupuestos del año anterior hasta que se apruebe y se publique en el BOE.

Fase de Ejecución

Su objetivo es la materialización de los ingresos y gastos previstos en el presupuesto durante el ejercicio.

Aspectos Clave de la Ejecución
  • Duración del Ejercicio: Un año. A cada ejercicio se le imputan derechos liquidados durante el ejercicio, obligaciones económicas reconocidas hasta fin de diciembre. Los créditos para gastos que el último día no estén afectados al cumplimiento de obligaciones reconocidas serán anulados.
  • Modificaciones Durante el Ejercicio: El presupuesto recoge créditos que se pueden modificar durante el ejercicio para determinar los créditos finales. Posibles modificaciones incluyen: créditos extraordinarios, suplementos de crédito, transferencias de crédito, incorporaciones de crédito y créditos ampliables.
  • Anticipos de Tesorería: Autorizaciones para realizar gastos inaplazables antes de la aprobación del proyecto, autorizados por el Gobierno a petición del Ministerio de Economía.
  • Procedimiento de Ejecución del Gasto Público: Los gastos públicos se materializan a través de las fases de aprobación, de compromiso de gasto, de reconocimiento de obligación, de ordenación de pago y fase de pago material.
  • Procedimiento de Ejecución de los Ingresos Públicos: Los ingresos se materializan a través de las fases de liquidación y recaudación.

Fase de Control

Se aplican técnicas que garantizan la gestión según la normativa legal. El control interno se desarrolla durante la fase de ejecución y lo lleva a cabo la Administración en 3 tipos: control de legalidad, financiero y de eficacia. El control político le corresponde a las Cortes Generales.

Principios Presupuestarios

Los principios presupuestarios surgen con el pensamiento clásico, de carácter liberal, que necesitaba de limitaciones del poder ejecutivo. Posteriormente, se definieron principios modernos que recogen dos tendencias: el reforzamiento del poder ejecutivo y una mayor autonomía, y la aceptación del Estado como corrector de la evolución. Se clasifican en tres clases:

Principios Políticos

  1. Principio de Competencia: Afirma la soberanía del pueblo sobre los recursos y obligaciones del Estado.
  2. Principio de Universalidad: Establece la inclusión de todos los ingresos y gastos del presupuesto.
  3. Principio de Claridad: El presupuesto se ha de estructurar de forma que permita conocer la procedencia de los ingresos y la finalidad de los gastos.
  4. Principio de Especialidad Cualitativa: Los recursos se asignan solo a los fines establecidos.
  5. Principio de Publicidad: Las fases del ciclo presupuestario están abiertas a la información del público.
  6. Principio de Exactitud: Los recursos y gastos del documento presupuestario tienen que acercarse lo máximo posible a la ejecución presupuestaria.
  7. Principio de Anticipación: Tiene que ser aprobado por el Parlamento antes de empezar el ejercicio.

Principios Contables

  1. Principio de Presupuesto Bruto: Las partidas de presupuestos tienen que ser establecidas sin deducciones.
  2. Principio de Unidad de Caja: Todos los ingresos y pagos tienen que centralizarse en una tesorería única.
  3. Principio de Especificación: Todos los ingresos y pagos tienen que ser clasificados por criterios lógicos.
  4. Principio de Ejercicio Cerrado: El presupuesto ha de recoger exclusivamente ingresos y gastos ejecutados en el periodo de vigencia.

Principios Económicos

  1. Principio de Gestión Mínima: El presupuesto ha de ser lo más reducido posible.
  2. Principio de Equilibrio Presupuestario: Los gastos presupuestarios tienen que ser financiados por los ingresos ordinarios.
  3. Principio de Neutralidad Impositiva: Los impuestos tienen como único fin la recaudación.
  4. Principio de Autoliquidación de la Deuda: El endeudamiento se justifica si se usa para financiar gastos de inversión que luego generen tantos ingresos como para pagar intereses y la devolución.

Presupuesto Clásico Frente a Nuevas Técnicas Presupuestarias

A los antiguos enfoques del presupuesto se han añadido nuevas técnicas con el fin de proporcionar criterios para evaluar resultados y la eficacia de las actuaciones del sector público. Las más importantes son:

Presupuesto por Programas

Trata de definir los objetivos que pretende lograr la actuación pública, los programas necesarios para conseguirlos y los recursos que es necesario destinar, evaluando sistemáticamente las alternativas disponibles para aplicar las más eficaces. La evaluación y el estudio de la eficacia se hace mediante el método de análisis coste-beneficio.

Presupuesto de Base Cero

Pyhrr, el creador, lo definió como un proceso operativo de planificación y presupuesto que exige a las administraciones justificar con detalle todas las peticiones presupuestarias desde el principio, mediante la agrupación de todas las actividades a realizar en paquetes de decisión que después serán evaluadas y priorizadas de manera adecuada. Comporta:

  1. Que el nivel de gasto de cada una de las actividades deberá estar justificado.
  2. Para esta técnica es más importante analizar el porqué de los gastos y si se emplean de forma adecuada.
  3. Los paquetes de decisión aumentan las probabilidades de descubrir intentos de fraude en la elaboración del presupuesto.
  4. La asignación de recursos a cada actividad se realizará mediante priorización previa.

Aspectos Esenciales del Análisis Coste-Beneficio

Se usa para la evaluación de proyectos, en este caso, la forma de aplicar recursos. Se pretende evaluar su rendimiento o minimizar su coste. La evaluación se puede realizar para obtener el valor actual del proyecto o para obtener una tasa interna de rentabilidad. Se preferirá el proyecto que tenga un valor actual de la inversión más elevado o una tasa interna de rentabilidad más alta.

Teoría General de los Ingresos Públicos

Concepto y Clases de Ingresos Públicos

El sector público necesita tener los recursos suficientes para poder hacer frente a los gastos derivados del cumplimiento de sus funciones. Los ingresos se clasifican:

Según el Grado de Voluntariedad
  • Gratuitos (Voluntarios): Sin contrapartida. Son ingresos importantes los ingresos por loterías o transferencias de la UE.
  • Contractuales: Derivan de la participación de entes públicos en la economía privada, por la que consiguen una contraprestación (venta de bienes o servicios).
  • Coactivos: Derivan de la soberanía del Estado para imponer exacciones a los ciudadanos, por poder penal (multas) o fiscal (tributos). Los tributos incluyen:
    • Tasas: Se aplican por usar bienes públicos o servicios que beneficien al que paga.
    • Contribuciones Especiales: Se imponen por el beneficio que obtienen las personas o el aumento de valor de su patrimonio por la realización de obras o inversiones públicas y prestación de servicios públicos. El importe representa un gravamen proporcional a todos los que se benefician.
    • Multas: Se imponen para penalizar y evitar actos antijurídicos.
    • Impuestos: Son ingresos que el Gobierno y los niveles territoriales del Gobierno reciben del sector privado por coacción y sin contrapartida directa.
Según la Fuente Económica (Clasificación de Neumark)
  • Ingresos Procedentes de la Propia Economía Pública: Provienen de otras instituciones públicas del mismo o de otro país.
  • Ingresos de la Economía Privada: Provienen del sector privado por los servicios del sector público. Pueden ser ingresos con contraprestación directa e ingresos coactivos.

El Impuesto: Conceptos Fundamentales

Los impuestos son los ingresos que reciben el Gobierno central y los niveles territoriales del Gobierno del sector privado. Son de carácter coactivo y sin contraprestación directa, basándose en la renta y la riqueza. Sus características principales son la inexistencia de una contraprestación concreta y directa por parte del Estado y su carácter coactivo, es decir, que el sector público determina de forma unilateral el concepto y el importe que han de pagar los entes privados. Representan el 90% de los ingresos totales no financieros de las Administraciones Públicas.

La Ley 58/2003 General Tributaria establece que los tributos se basan en la capacidad económica de las personas y en principios de justicia, generalidad e igualdad.

Elementos Estructurales del Impuesto

  • Sujeto Pasivo: El obligado tributario que ha de cumplir con la obligación tributaria principal.
  • Obligado Tributario: Personas físicas o jurídicas que tienen que cumplir con las obligaciones tributarias.
  • Contribuyente: Sujeto pasivo en quien recae el hecho imponible. El sujeto pasivo y el contribuyente pueden coincidir o no si la figura obligada a cumplir las prestaciones tributarias es igual a la que ha de soportar la carga tributaria.
  • Sustituto del Contribuyente: Persona física o jurídica que por ley y en lugar del contribuyente ha de cumplir la obligación tributaria.
  • Hecho Imponible: Presupuesto jurídico o económico fijado por ley para configurar cada tributo y cuya realización origina la obligación tributaria.
  • Exención Tributaria: Es cuando la ley exime el cumplimiento de la obligación tributaria por razones objetivas o subjetivas, aunque ya se haya producido el hecho imponible.
  • Base Imponible: Resulta de medir o valorar el hecho imponible. Se realiza por procedimientos determinados por ley: estimación directa, estimación objetiva y estimación indirecta.
  • Base Liquidable: Es el resultado de la base imponible menos las deducciones establecidas por ley propia de cada tributo.
  • Tipo de Gravamen: Cifra o porcentaje que se aplica a la base liquidable para determinar la cuota tributaria.
  • Cuota Tributaria: Resultado de la aplicación del gravamen a la base liquidable.
  • Deuda Tributaria: Cuota a ingresar que resulte de la obligación tributaria, disminuida por las deducciones correspondientes y aumentada por recargos, intereses o sanciones que puedan haber.

Tipos de Impuestos

En función del Tipo de Hecho de Gravamen
  • Impuestos Personales: Tienen en cuenta la situación personal del contribuyente.
  • Impuestos Reales: Toman como hecho imponible una actividad y no se tiene en cuenta la situación individual.
Distinción entre Impuestos Directos e Indirectos
  • Según Criterio Administrativo: Los impuestos directos implican una relación directa entre contribuyente y administración; los impuestos indirectos son aquellos donde no existe relación directa.
  • Según Criterio de Capacidad de Pago: Se basa en si se tiene en cuenta o no la capacidad de pago del contribuyente. Si toma en cuenta la capacidad de pago, será impuesto directo; si no se toma en cuenta, será impuesto indirecto.
Impuestos en función del Tipo de Cuota
  • Impuestos de Cuota Fija: La cuota es la misma para todos los sujetos pasivos.
  • Impuestos de Cuota Proporcional: La cuota aumenta proporcionalmente a los incrementos de la base imponible.
  • Impuestos de Cuota Progresiva: La cuota aumenta de manera más que proporcional a los incrementos de la base imponible.
Clasificación según la OCDE (Formas Posibles de Imposición)
  1. Impuestos sobre la renta, beneficios y ganancias del capital:
    • Impuestos sobre la renta, beneficios y ganancias del capital de personas físicas.
    • Impuestos sobre la renta, beneficios y ganancias del capital de las sociedades.
  2. Contribuciones a la Seguridad Social:
    • A cargo de los empleados.
    • A cargo de los empresarios.
    • A cargo de los trabajadores independientes o que no trabajen.
  3. Impuestos sobre las nóminas y mano de obra.
  4. Impuestos sobre el patrimonio y la propiedad:
    • Impuestos regulares sobre la propiedad inmobiliaria.
    • Impuestos sobre la propiedad, herencia.
    • Impuestos sobre transacciones de capital.
  5. Impuestos sobre bienes y servicios:
    • Impuestos sobre la producción, ventas y prestación de servicios de tipo general y sobre productos y servicios específicos.
    • Impuestos sobre el uso de bienes.

Principios de Imposición

Los principios de imposición se agrupan en tres bloques:

Principios Político-Sociales

  1. Generalidad: Sometidos a los que puedan pagar.
  2. Igualdad: Mismo trato impositivo en situaciones iguales.
  3. Proporcionalidad: La carga fiscal es proporcional a la capacidad de pago.
  4. Redistribución: Contribuye a reducir las diferencias de renta.

Principios Político-Económicos

  1. Evitar el Dirigismo Fiscal.
  2. Minimizar la Intervención: Minimizar la intervención en el sector privado y en la disponibilidad económica de las personas.
  3. Evitar Favorecer a la Competencia (Neutralidad Fiscal).
  4. Suficiencia: El sistema fiscal ha de cubrir las necesidades del sector público.
  5. Capacidad de Adaptación.
  6. Flexibilidad Activa.
  7. Flexibilidad Pasiva.
  8. Favorecer el Desarrollo: Influencia positiva en el crecimiento económico.

Principios Técnico-Tributarios

  1. Congruencia y Sistematización.
  2. Transparencia: Claridad en las normas.
  3. Factibilidad.
  4. Continuidad: Vigencia sostenida del sistema fiscal.
  5. Comodidad: Facilidades para el contribuyente.

La comodidad se desglosa en cuatro aspectos principales:

  • Simplicidad: Ha de ser sencillo, de fácil comprensión.
  • Adecuación: Los impuestos han de ser cobrados en el momento y de forma más cómoda para los sujetos pasivos.
  • Economía: Los costos de gestión han de ser reducidos.
  • Equidad: La carga impositiva ha de ser distribuida para que sea igual entre los contribuyentes.

Elementos para el Estudio Económico de los Impuestos

Aspectos para estudiar la incidencia de los efectos económicos:

  • Evasión: El contribuyente no cumple sus obligaciones tributarias.
  • Percusión: Recae sobre el sujeto pasivo/contribuyente que está obligado a liquidar su importe.
  • Traslación: El contribuyente percutido por el impuesto tratará de transferir el gravamen a otros agentes.
  • Incidencia Efectiva: Se valora quién soporta la carga del impuesto en última instancia, cuando ya no puede ser trasladada.

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